Comité Preparatorio de la Conferencia Diplomática de la OMPI sobre la Protección de las Interpretaciones y Ejecuciones Audiovisuales

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S AVP/PM/6 ORIGINAL: INGLÉS FECHA: 1 DE DICIEMBRE DE 2011 Comité Preparatorio de la Conferencia Diplomática de la OMPI sobre la Protección de las Interpretaciones y Ejecuciones Audiovisuales Ginebra, 30 de noviembre y 1 de diciembre de 2011 INFORME aprobado por el Comité Preparatorio

página 2 I. INTRODUCCIÓN 1. El Comité Preparatorio de la Conferencia Diplomática sobre la Protección de las Interpretaciones y Ejecuciones Audiovisuales (en adelante denominado el Comité Preparatorio ) se reunió en Ginebra los días 30 de noviembre y 1 de diciembre de 2011. 2. Estuvieron representados en la reunión los siguientes Estados miembros de la OMPI: Alemania, Argelia, Argentina, Armenia, Australia, Austria, Azerbaiyán, Bangladesh, Barbados, Belarús, Bélgica, Botswana, Brasil, Burkina Faso, Canadá, Chile, China, Chipre, Colombia, Congo, Costa Rica, Cote d Ivoire, Croacia, Cuba, Dinamarca, Ecuador, Egipto, El Salvador, Eslovenia, España, Estados Unidos de América, Etiopía, ex República Yugoslava de Macedonia, Federación de Rusia, Filipinas, Finlandia, Francia, Georgia, Grecia, Haití, Honduras, Hungría, India, Irán (República Islámica del), Irlanda, Israel, Italia, Jamaica, Japón, Kenya, Lituania, Madagascar, Malasia, Malawi, Marruecos, México, Mónaco, Nepal, Nigeria, Noruega, Nueva Zelandia, Omán, Países Bajos, Pakistán, Panamá, Paraguay, Perú, Polonia, Portugal, Qatar, Reino Unido, República Árabe Siria, República Checa, República de Corea, República Popular Democrática de Corea, Santa Sede, Senegal, Serbia, Singapur, Sudáfrica, Sudán, Suecia, Suiza, Tailandia, Trinidad y Tabago, Turquía, Ucrania, Uruguay, Venezuela (República Bolivariana de), Viet Nam, Yemen y Zambia (92). 3. La Unión Europea también participó en la reunión en calidad de observador. II. ELECCIÓN DEL PRESIDENTE Y DE DOS VICEPRESIDENTES 4. El Comité Preparatorio eligió por unanimidad Presidente al Sr. Justin Hughes (Estados Unidos de América) y Vicepresidentas a la Sra. Marisella Ouma (Kenya) y la Sra. Graciela Peiretti (Argentina). La Sra. Geidy Lung desempeñó las funciones de Secretaria del Comité Preparatorio. La Sra. Christine Castro-Hublin representó a la Oficina del Consejero Jurídico. III. APROBACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA 5. El título del punto 4 del orden del día se corrigió, sustituyéndolo por Proyecto de disposiciones administrativas y de cláusulas finales. 6. El proyecto de orden del día que figura en el documento AVP/PM/1 Prov. se modificó trasladando el punto 4 después del punto 6, y posteriormente se aprobó por unanimidad. 7. Los debates se basaron en los documentos AVP/PM/2, AVP/PM/3, AVP/PM/4 y AVP/PM/5. IV. CONSIDERACIÓN DEL PROYECTO DE REGLAMENTO DE LA CONFERENCIA DIPLOMÁTICA 8. El proyecto de Reglamento de la Conferencia Diplomática fue aprobado tras realizar las siguientes modificaciones: Artículo 1.1: SUSTITUIDO POR: El objetivo de la Conferencia Diplomática sobre la Protección de las Interpretaciones y Ejecuciones Audiovisuales, convocada nuevamente, (denominada en adelante la Conferencia ) es adoptar el Tratado de la OMPI sobre Interpretaciones y Ejecuciones

página 3 Audiovisuales (denominado en adelante el Tratado ) de conformidad con el mandato contenido en el documento de la Asamblea General WO/GA/40/11. Artículo 1.2.i): AÑADIR: modificado después de Reglamento de la Conferencia Artículo 1.2.vi): SUSTITUIDO POR: Aprobar las declaraciones concertadas y la cláusula del preámbulo de conformidad con el mandato contenido en el documento de la Asamblea General WO/GA/40/11. Artículo 1.3: NUEVO En virtud de la adopción del presente Reglamento modificado, todas y cada una de las acreditaciones, elecciones de mesas, o elecciones de comités anteriores quedarán sin efecto. Artículo 13.2: SUSTITUIR 11 por 12 9. El título del Reglamento será: Proyecto de Reglamento modificado de la Conferencia Diplomática sobre la Protección de las Interpretaciones y Ejecuciones Audiovisuales. V. CONSIDERACIÓN DE LA LISTA DE LOS INVITADOS A LA CONFERENCIA DIPLOMÁTICA Y DE LOS TEXTOS DE LOS PROYECTOS DE CARTAS DE INVITACIÓN 10. Con arreglo a las modificaciones introducidas en el Proyecto de Reglamento de la Conferencia Diplomática, se añadirán las palabras que ha sido convocada nuevamente después de Conferencia Diplomática sobre la Protección de las Interpretaciones y Ejecuciones Audiovisuales en los proyectos de cartas de invitación que se propone cursar a cada Delegación miembro, de modo que el texto sea el siguiente: El Director General de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) presenta sus atentos saludos al Señor Ministro de Relaciones Exteriores y tiene el honor de invitar al Gobierno de S.E. a estar representado, en calidad de Delegación miembro, en la Conferencia Diplomática sobre la Protección de las Interpretaciones y Ejecuciones Audiovisuales, que ha sido convocada nuevamente, ( la Conferencia Diplomática ). 11. Asimismo, se modificarán las palabras Proyecto de Reglamento por las palabras Proyecto de Reglamento modificado. 12. A reserva de las modificaciones antes señaladas, que se reproducirán en todas las cartas de invitación, la lista de invitados y las cartas de invitación fueron aprobadas en la forma propuesta. VI. CONSIDERACIÓN DEL PROYECTO DE DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS Y DE CLÁUSULAS FINALES DEL INSTRUMENTO QUE SERÁ CONSIDERADO POR LA CONFERENCIA DIPLOMÁTICA 13. El proyecto de disposiciones administrativas y de cláusulas finales fue aprobado de la siguiente manera: Artículo 21: El artículo 21 del proyecto de disposiciones administrativas y de cláusulas finales del Tratado fue modificado para reflejar la estructura de la disposición del WPPT (Artículo 24). En lo que atañe al contenido, los artículos 21.1) y 2) se mantienen en la forma propuesta, excepto el Artículo 21.2)c), respecto del cual las Delegaciones acordaron que deberá reflejar el artículo 24.2)c) del WPPT, de modo que el texto sea el siguiente:

página 4 La Asamblea decidirá acerca de la convocación de conferencias diplomáticas para la revisión del presente Tratado y dará las instrucciones necesarias al Director General de la OMPI para la preparación de las mismas. Artículo 21.3): NUEVO a) Cada Parte Contratante que sea un Estado dispondrá de un voto y votará únicamente en nombre propio. b) Cualquier Parte Contratante que sea organización intergubernamental podrá participar en la votación, en lugar de sus Estados miembros, con un número de votos igual al número de sus Estados miembros que sean parte en el presente Tratado. Ninguna de estas organizaciones intergubernamentales podrá participar en la votación si cualquiera de sus Estados miembros ejerce su derecho de voto y viceversa. Artículo 21.4): VOLVER A NUMERAR el Artículo 21.3) para que pase a ser el Artículo 21.4). SUSTITUIR Organización POR OMPI Artículo 21.5): NUEVO La Asamblea procurará adoptar sus decisiones por consenso y establecerá su propio reglamento, incluidas las reglas para la convocación de períodos extraordinarios de sesiones, los requisitos de quórum y, con sujeción a las disposiciones del presente Tratado, la mayoría necesaria para los diversos tipos de decisiones. Artículo 21.6): SUPRIMIDO Artículo 21.7): SUPRIMIDO Artículo 21.8): SUPRIMIDO Artículo 22: Aprobado como se propone en las recomendaciones de la Secretaría Artículo 23: Aprobado como se propone en las recomendaciones de la Secretaría Artículo 24: Aprobado como se propone en las recomendaciones de la Secretaría Artículo 25: NUEVO El presente Tratado quedará abierto a la firma en la Sede de la OMPI por toda parte que reúna las condiciones para ser parte en el mismo durante un año contado a partir de su adopción. Artículo 26: NUEVO El presente Tratado entrará en vigor tres meses después de que 30 partes que reúnan las condiciones para ser parte en el mismo, tal como se expone en el Artículo 23, hayan depositado sus instrumentos de ratificación o adhesión. Artículo 27: Se suprime la propuesta de párrafo 1. El artículo consistirá en el párrafo 2, en la forma propuesta por la Secretaría, SUSTITUYENDO en el inciso i) diez Estados por 30 partes que reúnan las condiciones para ser parte en el Tratado Artículo 28: Aprobado como se propone en las recomendaciones de la Secretaría Artículo 29: Aprobado como se propone en las recomendaciones de la Secretaría Artículo 30: SUSTITUIR será POR la palabra es

página 5 VII. EXAMEN DEL ORDEN DEL DÍA, LAS FECHAS, EL LUGAR DE CELEBRACIÓN Y OTRAS CUESTIONES DE ORGANIZACIÓN DE LA CONFERENCIA DIPLOMÁTICA 14. ORDEN DEL DÍA SUSTITUIR Apertura de la Conferencia por el Director General de la OMPI POR Apertura de la Conferencia 15. FECHAS, LUGAR DE CELEBRACIÓN Y OTRAS CUESTIONES DE ORGANIZACIÓN El Comité Preparatorio tomó nota con suma satisfacción del deseo del Gobierno de la República Popular de China de ser anfitrión de la Conferencia Diplomática en Beijing (China) y de que se haya previsto iniciar la Conferencia Diplomática tan pronto como se considere práctico a partir del 20 de junio, con sujeción a un acuerdo concertado entre la OMPI y China. El Comité Preparatorio decidió, además, que la Conferencia Diplomática dure una semana y que se añadan los días que la OMPI, en consulta con China, considere necesarios. VIII. APROBACIÓN DEL INFORME 16. Las Delegaciones aprobaron por unanimidad el proyecto de informe. [Fin del documento]