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Transcripción:

BOP Número 226 ny LXVI Dilluns, 20 de setembre de 2004 Butlletí Oficial de la Província de Barcelona Sumari 2 ÍNDEX 3 DMINISTRCIÓ CENTRL Ministeri de Treball i fers Socials 3 10 DMINISTRCIÓ LOCL Diputació de Barcelona 10 Consells Comarcals 11 juntaments 12 76 DMINISTRCIÓ DE JUSTÍCI Jutjats Socials 76 Institut d Edicions de la Diputació de Barcelona Butlletí Oficial de la Província https://bop.diba.es bope@diba.es Tel. 934 022 581 Fax 934 022 774 934 022 775 Centre d Informació i Documentació Oficials www.diba.es/iebos cido@diba.es Tel. 934 022 514 Fax 934 022 515 Carrer Londres, 57 08036 Barcelona Dipòsit legal: B-41698-2002

Núm. 226 / Pàg. 2 BUTLLETÍ OFICIL DE L PROVÍNCI DE BRCELON Índex 20 / 9 / 2004 DMINISTRCIÓ CENTRL Ministeri de Treball i fers Socials DIRECCIÓN PROVINCIL DE L TESORERÍ GENERL DE L SEGURIDD SOCIL 3 Edicto de notificación de resolución de reclamación de recurso de alzada Unidad de Recaudación Ejecutiva número 08/25, de Cerdanyola del Vallès 3 nuncios de notificación de embargo de bienes inmuebles DMINISTRCIÓ LOCL Diputació de Barcelona SERVEI DE CONTRCTCIÓ I INVENTRI 10 nunci de convocatòria de concurs públic 10 nunci de subhasta pública Consells Comarcals GRRF 11 Edicte daprovació definitiva de lordenança reguladora de preu públic per a la utilització del servei de transport escolar col lectiu no obligatori juntaments 12 Barcelona 12 Canet de Mar 13 Canovelles 39 Castellgalí 43 Cervelló 43 Corbera de Llobregat 48 Cornellà de Llobregat 49 Les Franqueses del Vallès 49 LHospitalet de Llobregat 50 Llinars del Vallès 50 Manresa 51 Matadepera 52 Molins de Rei 52 Òdena 53 Orís 53 Pineda de Mar 55 El Pla del Penedès 56 Rubí 60 Sabadell 67 Sant Esteve Sesrovires 67 Sant Fost de Campsentelles 68 Sant Pere de Ribes 68 Santa Coloma de Gramenet 69 Súria 71 Teià 74 Tordera 74 Vic 75 Vilafranca del Penedès DMINISTRCIÓ DE JUSTÍCI Jutjats Socials 76 Edictos B

20 / 9 / 2004 BUTLLETÍ OFICIL DE L PROVÍNCI DE BRCELON Núm. 226 / Pàg. 3 dministració Central MINISTERI DE TREBLL I FERS SOCILS Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social Notificación resolución reclamación recurso alzada. Exp.: 160/04 CG. Por el presente edicto, se notifica a doña Elena morós Tora la resolución recaída en la reclamación formulada en expediente de apremio instruido por la unidad de recaudación ejecutiva de la Seguridad Social núm. 08/25, de Cerdanyola del Vallès a doña Elena morós Tora, al no haber atendido las notificaciones hechas en el domicilio por ella señalado. Dicha resolución es del tenor literal siguiente: «Resuelve: Desestimar el recurso interpuesto, no acceder a la suspensión solicitada y confirmar íntegramente la actuación de la U.R.E. 08/25, de Cerdanyola del Vallès.» Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-dministrativa de 13 de julio de 1998 (Boletín Oficial del Estado de 14-7-98). Barcelona, 14 de septiembre de 2004. La Directora provincial, Isabel Martínez Jensen. 062004005000 Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social Unidad de Recaudación Ejecutiva número 08/25, de Cerdanyola del Vallès NOTIFICCIÓN DE EMBRGO DE BIENES INMUEBLES TRVÉS DE NUNCIO (TV-502) (Cl. Parcers, 1, 08290 - Cerdanyola del Vallès. Tel.: 93 586 36 40. Fax: 93 586 36 46. Número expediente: 08 25 94 00627777. Nombre/razón social: Serrano Lobera, Ventura) El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 08/25, de Cerdanyola del Vallès, En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor Serrano Lobera, Ventura, por deudas a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido fue en calle Vic, 5, 2-4, se procedió con fecha 27 de mayo de 2004, al embargo de bienes inmuebles, de cuya diligencia se acompaña copia adjunta al presente edicto. simismo, por este mismo medio, se notifica al cónyuge del apremiado y a doña María Serrano Lobera, don Francisco Javier Serrano Lobera y doña Milagros Serrano Lobera, todos ellos, en calidad de cotitulares de la finca embargada, la realización de este embargo. Cerdanyola del Vallès, 26 de julio de 2004. El Recaudador ejecutivo, José Miguel González Ganuza. DILIGENCI DE EMBRGO DE BIENES INMUEBLES (TV-501) Diligencia. Tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social expediente administrativo de apremio contra el deudor de referencia, con DNI/NIF/CIF número 038543481N, por deudas a la Seguridad Social que responden al siguiente detalle: Número de P. apremio Período Régimen# 08 94 090764093 01 1993 / 12 1993 0521# 08 96 023612327 02 1995 / 12 1995 0521# 08 95 038975027 01 1994 / 12 1994 0521# 08 96 044576148 01 1996 / 06 1996 0521# 08 97 033529645 01 1997 / 06 1997 0521# 08 98 033038661 01 1998 / 06 1998 0521# 08 98 017366087 07 1997 / 12 1997 0521# 08 99 024588324 07 1998 / 12 1998 0521# 08 99 042428038 01 1999 / 06 1999 0521# 08 00 023393549 07 1999 / 12 1999 0521# 08 97 023683539 07 1996 / 12 1996 0521# 08 00 042159615 01 2000 / 05 2000 0521# 08 01 018775621 07 2000 / 12 2000 0521# 08 01 035497714 01 2001 / 03 2001 0521# 08 01 051926177 06 2001 / 06 2001 0521# 08 01 041812616 04 2001 / 04 2001 0521# 08 01 045764758 05 2001 / 05 2001 0521# 08 02 016770528 08 2001 / 10 2001 0521# 08 02 025301979 12 2001 / 12 2001 0521# 08 02 021387122 11 2001 / 11 2001 0521# 08 02 045165256 04 2002 / 04 2002 0521# 08 02 033912347 01 2002 / 02 2002 0521# 08 01 057493674 07 2001 / 07 2001 0521# 08 02 040828043 03 2002 / 03 2002 0521# 08 02 056038653 07 2002 / 07 2002 0521# 08 02 053365493 05 2002 / 06 2002 0521# 08 03 011835328 08 2002 / 08 2002 0521# 08 03 015891342 09 2002 / 09 2002 0521# 08 03 020094573 10 2002 / 10 2002 0521# 08 03 024931641 11 2002 / 11 2002 0521# 08 03 034948105 01 2003 / 01 2003 0521# 08 03 031258566 12 2002 / 12 2002 0521# 08 03 047620345 02 2003 / 02 2003 0521# 08 03 050213780 03 2003 / 03 2003 0521# 08 03 054434492 04 2003 / 04 2003 0521# 08 03 058492126 05 2003 / 05 2003 0521# 08 03 069040167 07 2003 / 07 2003 0521# 08 03 062810949 06 2003 / 06 2003 0521# 08 03 074783981 08 2003 / 08 2003 0521# Importe del principal: 22.410,75 EUR. Recargos de apremio: 7.763,48 EUR. Costas devengadas: 3,04 EUR. Costas presupuestas: 1.000,00 EUR. Total débitos: 31.177,27 EUR. Y en cumplimiento de la providencia de embargo, dictada en su día, al amparo del artículo 114 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social (aprobado por Real Decreto 1637/1995 del 6 de octubre) declaro embargados los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen en la relación adjunta, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 129 de dicho Reglamento. Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada. Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios, indicándoles que los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, o por las personas o colaboradores que se indican en el vigente Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos, en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. No obstante, si no estuviese de acuerdo con la valoración que se efectúe, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le hayan sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la valoración inicial realizada a instancias de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicarán las siguientes reglas: - Cuando la diferencia entre ambas no exceda del 20% de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. - Cuando la diferencia entre ambas exceda del 20%, se convocará al deudor para dirimir las diferencias y, si se logra acuerdo, hacer una sola. - Cuando no exista acuerdo entre las partes, esta Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará una nueva valoración por perito adecuado y su valoración de los bienes embargados, que deberá estar entre las efectuadas anteriormente, será la definitivamente aplicable y servirá como tipo para la venta pública del bien embargado. Todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 139 del Reglamento General de Recaudación citado y 116 de su Orden de Desarrollo, aprobada por Orden de 26 de mayo de 1999 (Boletín Oficial del Estado del día 4 de junio). simismo, expídase el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Solicítese certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su

Núm. 226 / Pàg. 4 BUTLLETÍ OFICIL DE L PROVÍNCI DE BRCELON dministració Central 20 / 9 / 2004 momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta. Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 140 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, en el término de tres días en el supuesto de residencia en la propia localidad donde tiene ubicadas las oficinas esta Unidad, o en quince días en el caso contrario. dvirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa. Descripción de las fincas embargadas Deudor: Serrano Lobera, Ventura Finca número: 01 - Datos finca urbana: Descripción finca: 1/5 parte indivisa de la nudad propiedad. Tipo vía: Cl. Nombre vía: San ntonio. Núm. vía: 56. Cod.-Post.: 08292. Cod.- Muni.: 08076. - Datos Registro: Núm. Reg.: 02. Núm. tomo: 2204. Núm. libro: 0156. Núm. folio: 0135. Núm. finca: 004323. - Descripción ampliada: Urbana: Número once. Vivienda piso segundo tercera, cuerpo, derecha, del edificio sito en Esparraguera, con frente a la calle San ntonio, 56, mide una superficie útil de sesenta y dos metros cuadrados y tiene una cuota de uno con cero cincuenta y cuatro por ciento. Finca inscrita en el Registro de la Propiedad de Martorell número 2, finca número 4323. Cerdanyola del Vallès, 27 de mayo de 2004. El Recaudador ejecutivo, José Miguel González Ganuza. 062004004933 Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social Unidad de Recaudación Ejecutiva número 08/25, de Cerdanyola del Vallès NOTIFICCIÓN DE EMBRGO DE BIENES INMUEBLES TRVÉS DE NUNCIO (TV-502) (C. Parcers, 1. 08290 Cerdanyola del Vallès. Tel.: 93 586 36 40. Fax: 93 586 36 46. Número expediente: 08 25 01 00078023. Nombre/razón social: Núñez Piñeiro, María Dolore). El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 08/25, de Cerdanyola del Vallès, En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor Núñez Piñero, María Dolore, por deudas a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido fue en calle Martorell, 26, 2 1, se procedió con fecha 1 de junio de 2004, al embargo de bienes inmuebles, de cuya diligencia se acompaña copia adjunta al presente edicto. simismo, por este mismo medio, se notifica a don Juan Javier Folch Montoliu, en calidad de cónyuge de la apremiada, la realización de este embargo. Cerdanyola del Vallès, 27 de julio de 2004. El Recaudador ejecutivo, José Miguel González Ganuza. DILIGENCI DE EMBRGO DE BIENES INMUEBLES (TV-501) Diligencia. Tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social expediente administrativo de apremio contra el deudor de referencia, con DNI/NIF/CIF número 046621077P, por deudas a la Seguridad Social que responden al siguiente detalle: Número de P. apremio Período Régimen# 08 00 042197910 01 2000 / 06 2000 0521# 08 01 018820683 09 2000 / 09 2000 0521# Importe del principal: 781,97 EUR. Recargos de apremio: 484,05 EUR. Costas devengadas: 8,29 EUR. Costas presupuestas: 50,00 EUR. Total débitos: 1.324,31 EUR. Y en cumplimiento de la providencia de embargo, dictada en su día, al amparo del artículo 114 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social (aprobado por Real Decreto 1637/1995 del 6 de octubre) declaro embargados los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen en la relación adjunta, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 129 de dicho Reglamento. Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada. Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios, indicándoles que los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, o por las personas o colaboradores que se indican en el vigente Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos, en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. No obstante, si no estuviese de acuerdo con la valoración que se efectúe, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le hayan sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la valoración inicial realizada a instancias de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicarán las siguientes reglas: - Cuando la diferencia entre ambas no exceda del 20% de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. - Cuando la diferencia entre ambas exceda del 20%, se convocará al deudor para dirimir las diferencias y, si se logra acuerdo, hacer una sola. - Cuando no exista acuerdo entre las partes, esta Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará una nueva valoración por perito adecuado y su valoración de los bienes embargados, que deberá estar entre las efectuadas anteriormente, será la definitivamente aplicable y servirá como tipo para la venta pública del bien embargado. Todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 139 del Reglamento General de Recaudación citado y 116 de su Orden de Desarrollo aprobada por Orden de 26 de mayo de 1999, (Boletín Oficial del Estado del día 4 de junio). simismo, expídase el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Solicítese certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta. Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 140 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, en el término de tres días en el supuesto de residencia en la propia localidad donde tiene ubicadas las oficinas esta Unidad, o en quince días en el caso contrario. dvirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa. Descripción de las fincas embargadas Deudor: Nuñez Piñero, María Dolore Finca número: 01 - Datos finca urbana: Descripción finca: Pleno dominio vivienda en Sant Cugat del Vallès. Tipo vía: Cl. Nombre vía: Martorell. Núm. vía: 26. Bis núm. vía: 2. Escalera: 1. Cod.- Post.: 08172. Cod. Muni.: 08260. - Datos Registro: Núm. Reg.: 01. Núm. tomo: 1477. Núm. libro: 0759. Núm. folio: 0022. Núm. finca: 034016. - Descripción ampliada: Urbana número cinco, vivienda piso segundo puerta primera del edificio en Sant Cugat del Vallès, calle Martorell, números veintiséis, con una superficie útil de cincuenta y seis metros cuadrados, y anexo el derecho de acceso y uso exclusivo de una terraza en la planta azotea, tiene una cuota de dieciocho enteros cuarenta centésimos por ciento. Ref. catastral 3115516DF2931E0005EF. Finca inscrita en el Registro de la Propiedad

20 / 9 / 2004 BUTLLETÍ OFICIL DE L PROVÍNCI DE BRCELON Núm. 226 / Pàg. 5 dministració Central de Sant Cugat del Vallès, finca número 34016. Finca número: 02 - Datos finca urbana: Descripción finca: Parcela de terreno de figura irregular en La Floresta. Tipo vía: Cl. Nombre vía: La Floresta Pearson. Cod.-Post.: 08198. - Datos Registro: Núm. Reg.: 01. Núm. tomo: 1266. Núm. libro: 0642. Núm. folio: 0071. Núm. finca: 11824N. - Descripción ampliada: Urbana, parcela de terreno de figura irregular, sita en término municipal de Sant Cugat del Vallès, paraje La Floresta Pearson, ocupa una superficie de cuatrocientos setenta y nueve metros cuarenta y cinco decímetros cuadrados, equivalentes a doce mil seiscientos noventa palmos ocho centésimos. Finca inscrita en el Registro de la Propiedad de Sant Cugat del Vallès, finca número 11824- N. Cerdanyola del Vallès, 1 de junio de 2004. El Recaudador ejecutivo, José Miguel González Ganuza. 062004004936 Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social Unidad de Recaudación Ejecutiva número 08/25, de Cerdanyola del Vallès NOTIFICCIÓN DE EMBRGO DE BIENES INMUEBLES TRVÉS DE NUNCIO (TV-502) (C. Parcers, 1. 08290 Cerdanyola del Vallès. Tel.: 93 586 36 40. Fax: 93 586 36 46. Número expediente: 08 19 96 00383920. Nombre/razón social: Castiglio Notaro, Claudio Marcelo). El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 08/25, de Cerdanyola del Vallès, En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor Castiglio Notaro, Claudio Marcelo, por deudas a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido fue en Ctra. Mollet Sabadell Km. 4,3, se procedió con fecha 2 de julio de 2004, al embargo de bienes inmuebles, de cuya diligencia se acompaña copia adjunta al presente edicto. simismo, por este mismo medio, se notifica a doña Maia Dolores Moreno Rubio, en calidad de cónyuge, y a lejandra Virg Castiglio Notaro, María ntonia Notaro Costas y Eleonora Castiglio Notaro, en concepto de cotitulares de los bienes embargados, la realización de este embargo. Cerdanyola del Vallès, 27 de julio de 2004. El Recaudador ejecutivo, José Miguel González Ganuza. DILIGENCI DE EMBRGO DE BIENES INMUEBLES (TV-501) Diligencia. En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor de referencia, con DNI/NIF/CIF número 035116576S, por deudas a la Seguridad Social, una vez notificadas al mismo las providencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe a continuación se indica: Número de P. apremio Período Régimen# 08 96 023431663 11 1995 / 12 1995 0521# 08 02 017744871 10 2001 / 10 2001 0521# 08 02 021999939 11 2001 / 11 2001 0521# 08 02 025941068 12 2001 / 12 2001 0521# 08 02 034747254 01 2002 / 02 2002 0521# 08 02 041461371 03 2002 / 03 2002 0521# 08 02 045809496 04 2002 / 04 2002 0521# Importe deuda: Principal: 1.608,59 EUR. Recargo: 402,60 EUR. Intereses: 0,00 EUR. Costas devengadas: 0,00 EUR. Costas e intereses presupuestados: 100,00 EUR. Total: 2.111,19 EUR. No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a lo previsto en el artículo 103 del Reglamento de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio, (Boletín Oficial del Estado del día 26), declaro embargados los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen en la relación adjunta. Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada. Los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos, en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20% de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento. simismo, se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta. Descripción de las fincas embargadas Deudor: Castiglio Notaro, Claudio Marcelo Finca número: 01 - Datos finca urbana: Descripción finca: Pleno dominio vivienda en Barcelona. Tipo vía: Cl. Nombre vía: Cerdeña. Núm. vía: 499. Piso: 5. Puerta: 3. Cod.-Post.: 08024. Cod. Muni.: 08019. - Datos Registro: Núm. Reg.: 05. Núm. tomo: 2129. Núm. libro: 1786. Núm. folio: 0088. Núm. finca: 112332. - Descripción ampliada: Entidad número veintidós, vivienda en la planta quinta, puerta tercera, de la casa sita en esta ciudad, con frente a la calle Cerdeña, en la que está señalada con el número 499, formando chaflán con la venida Gral. Sanjurjo, en la que corresponden los números 81 y 83 y con la calle Providencia en la que se halla demarcada con el número 180, de superficie útil sesenta y ocho metros cuadrados y seis decímetros cuadrados, con un coeficiente de tres enteros cincuenta y tres centésimas por ciento. Finca inscrita en el Registro de la Propiedad de Barcelona número cinco, finca número 112332, primera inscripción. Finca número: 02 - Datos finca urbana: Descripción finca: 25 por 100 nuda propiedad plaza aparcamiento S. Quirze. Tipo vía: Cl. Nombre vía: Vallcorba, 1 35 7. Cod.-Post.: 08192. Cod. Muni.: 08238. - Datos Registro: Núm. Reg.: 04. Núm. tomo: 3051. Núm. libro: 0133. Núm. folio: 0119. Núm. finca: 06667. - Descripción ampliada: Urbana, cuatro, plaza aparcamiento número cuatro, en la planta sótano dos, del edificio en calle Vallcorba, números 1, 3, 5 y 7 de Sant Quirze del Vallès, con una superficie útil de diecinueve metros y ochenta decímetros cuadrados, con un coeficiente de planta 3,914 por ciento y un coeficiente

Núm. 226 / Pàg. 6 BUTLLETÍ OFICIL DE L PROVÍNCI DE BRCELON dministració Central 20 / 9 / 2004 general de 0,554 por ciento. Finca inscrita en el Registro de la Propiedad de Sabadell, número cuatro, finca número 6667. Cerdanyola del Vallès, 2 de julio de 2004. El Recaudador ejecutivo, José Miguel González Ganuza. 062004004937 Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social Unidad de Recaudación Ejecutiva número 08/25, de Cerdanyola del Vallès NOTIFICCIÓN DE EMBRGO DE BIENES INMUEBLES TRVÉS DE NUNCIO (TV-502) (Cl. Parcers, 1, 08290 - Cerdanyola del Vallès. Tel.: 93 586 36 40. Fax: 93 586 36 46. Número expediente: 08 25 03 00248940. Nombre/razón social: Obiols Codina, Montserrat) El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 08/25, de Cerdanyola del Vallès, En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor Obiols Codina, Montserrat, por deudas a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido fue en calle Francisco Moragas, 8, se procedió con fecha 29 de marzo de 2004, al embargo de bienes inmuebles, de cuya diligencia se acompaña copia adjunta al presente edicto. simismo, por este mismo medio, se notifica a don lphonsus Van Campen Picavet, en calidad de cónyuge de la apremiada, la realización de este embargo. Cerdanyola del Vallès, 28 de julio de 2004. El Recaudador ejecutivo, José Miguel González Ganuza. DILIGENCI DE MPLICIÓN DE EMBRGO DE BIENES INMUEBLES (TV-504) Diligencia. De las actuaciones del presente expediente administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social seguido contra el deudor de referencia, con N.I.F./C.I.F. número 039079459K, y con domicilio en calle Francisco Moragas, 8, resulta lo siguiente: a) Que para responder de los débitos de dicho deudor, debidamente notificados, se practicó embargo de las fincas que se detallan en relación adjunta, siendo anotado el embargo en el Registro de la Propiedad de Girona número 2, garantizando la suma total de 115,34 EUR, que incluye el principal, el recargo de apremio y las costas del procedimiento, con las letras que se indican: Libro, 0183; tomo, 2398; folio, 0022; finca número, 012297. b) Que se han producido débitos de vencimientos posteriores, reglamentariamente notificados, a los ya anotados en el Registro indicado, débitos que responden al siguiente detalle: Número de P. apremio Período Fecha de la Régimen P. apremio# 08 03 074693752 08 2003 / 08 2003 0521 24 03 2004# Expediente número: 08 25 03 00248940. Importe del principal: 209,62 EUR. Recargos de apremio: 73,37 EUR. Costas devengadas: EUR. Costas presupuestas: 15,00 EUR. Total débitos: 297,99 EUR. Por lo que se acuerda ampliar el embargo sobre las fincas indicadas en la suma de 297,99 EUR, con lo que la responsabilidad total sobre las mismas asciende a la cantidad de 413,33 EUR. Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor o deudores y, en su caso, a los cónyuges, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 129.2 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social. Expídase, asimismo, mandamiento de ampliación de embargo al Registro de la Propiedad. Descripción de las fincas embargadas sobre las que se amplía el embargo Deudor: Obiols Codina, Montserrat Finca número: 02 - Datos finca no urbana: Nom. finca: Manso niceto. Localidad: LEscala. Provincia: Girona. Término: LEscala. Cultivo: -. Cabida: Ha. Linde N.: Camino. Linde E.: Camino a Bellcaire. Linde S.: Resto finca procedencia. Linde O.: Rech del Molí. - Datos Registro: Núm. Reg.: 02. Núm. tomo: 2398. Núm. libro: 0183. Núm. folio: 0022. Núm. finca: 012297. Cerdanyola del Vallès, 25 de mayo de 2004. El Recaudador ejecutivo, José Miguel González Ganuza. 062004004939 Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social Unidad de Recaudación Ejecutiva número 08/25, de Cerdanyola del Vallès NOTIFICCIÓN DE EMBRGO DE BIENES INMUEBLES TRVÉS DE NUNCIO (TV-502) (C. Parcers, 1. 08290 Cerdanyola del Vallès. Tel.: 93 586 36 40. Fax: 93 586 36 46. Número expediente: 08 25 01 00089440. Nombre/razón social: García lonso, V Javier). El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 08/25, de Cerdanyola del Vallès, En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor García lonso, V Javier, por deudas a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido fue en calle Santiago Rusinyol, 2, se procedió con fecha 9 de junio de 2004, al embargo de bienes inmuebles, de cuya diligencia se acompaña copia adjunta al presente edicto. simismo, por este mismo medio, se notifica a María Mercedes Villaltaer García, en calidad de cónyuge del apremiado, y a Rubén García Villalta, Marta García Villata y dam García Villalta, en calidad de cotitulares, la realización de este embargo. Cerdanyola del Vallès, 27 de julio de 2004. El Recaudador ejecutivo, José Miguel González Ganuza. DILIGENCI DE EMBRGO DE BIENES INMUEBLES (TV-501) Diligencia. Tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social expediente administrativo de apremio contra el deudor de referencia, con DNI/NIF/CIF número 040825663L, por deudas a la Seguridad Social que responden al siguiente detalle: Número de P. apremio Período Régimen# 08 02 017725673 10 2001 / 10 2001 0521# 08 02 033903354 02 2002 / 02 2002 0521# 08 02 045156970 04 2002 / 04 2002 0521# 08 02 021990239 11 2001 / 11 2001 0521# 08 02 025930257 12 2001 / 12 2001 0521# 08 02 040819959 03 2002 / 03 2002 0521# 08 02 053356605 05 2002 / 06 2002 0521# 08 03 011826436 08 2002 / 08 2002 0521# 08 02 056030973 07 2002 / 07 2002 0521# 08 03 020085479 10 2002 / 10 2002 0521# 08 03 015883157 09 2002 / 09 2002 0521# 08 03 024909413 11 2002 / 11 2002 0521# 08 02 034733009 01 2002 / 01 2002 0521# 08 03 031142772 12 2002 / 12 2002 0521# 08 03 034965784 01 2003 / 01 2003 0521# 08 03 047516574 02 2003 / 02 2003 0521# 08 03 054420247 04 2003 / 04 2003 0521# 08 03 050251368 03 2003 / 03 2003 0521# 08 03 062756789 06 2003 / 06 2003 0521# 08 03 058476160 05 2003 / 05 2003 0521# 08 03 069027235 07 2003 / 07 2003 0521# 08 03 074684658 08 2003 / 08 2003 0521# 08 04 014024372 09 2003 / 09 2003 0521# Importe del principal: 4.855,25 EUR. Recargos de apremio: 1.613,68 EUR. Costas devengadas: 0,00 EUR. Costas presupuestas: 200,00 EUR. Total débitos: 6.668,93 EUR. Y en cumplimiento de la providencia de embargo, dictada en su día, al amparo del artículo 114 del Reglamento General de

20 / 9 / 2004 BUTLLETÍ OFICIL DE L PROVÍNCI DE BRCELON Núm. 226 / Pàg. 7 dministració Central Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social (aprobado por Real Decreto 1637/1995 del 6 de octubre) declaro embargados los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen en la relación adjunta, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 129 de dicho Reglamento. Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada. Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios, indicándoles que los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, o por las personas o colaboradores que se indican en el vigente Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos, en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. No obstante, si no estuviese de acuerdo con la valoración que se efectúe, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le hayan sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la valoración inicial realizada a instancias de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicarán las siguientes reglas: - Cuando la diferencia entre ambas no exceda del 20% de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. - Cuando la diferencia entre ambas exceda del 20%, se convocará al deudor para dirimir las diferencias y, si se logra acuerdo, hacer una sola. - Cuando no exista acuerdo entre las partes, esta Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará una nueva valoración por perito adecuado y su valoración de los bienes embargados, que deberá estar entre las efectuadas anteriormente, será la definitivamente aplicable y servirá como tipo para la venta pública del bien embargado. Todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 139 del Reglamento General de Recaudación citado y 116 de su Orden de Desarrollo aprobada por Orden de 26 de mayo de 1999, (Boletín Oficial del Estado del día 4 de junio). simismo, expídase el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Solicítese certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta. Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 140 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, en el término de tres días en el supuesto de residencia en la propia localidad donde tiene ubicadas las oficinas esta Unidad, o en quince días en el caso contrario. dvirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa. Descripción de las fincas embargadas Deudor: García lonso, V Javier Finca número: 01 - Datos finca urbana: Descripción finca: 20 por ciento del pleno dominio, vivienda en Sabadell. Tipo vía: Cl. Nombre vía: Canonge Joncar. Núm. vía: 127. Bis núm. vía: Bi. Piso: t. Cod.-Post.: 08208. Cod. Muni.: 08184. - Datos Registro: Núm. Reg.: 01. Núm. tomo: 3570. Núm. libro: 1295. Núm. folio: 0075. Núm. finca: 09517. - Descripción ampliada: Vivienda situada en el ático del edificio sito en Sabadell, calle Canonge Joncar, número ciento veintisiete bis, con una superficie cubierta de noventa y nueve metros cuadrados, cuota de 8 enteros por ciento. Tiene como referencia catastral: Número 5314515DG2051B0007QD. Finca inscrita en el Registro de la Propiedad de Sabadell número 1, finca número 9517. Cerdanyola del Vallès, 9 de junio de 2004. El Recaudador ejecutivo, José Miguel González Ganuza. 062004004942 Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social Unidad de Recaudación Ejecutiva número 08/25, de Cerdanyola del Vallès NOTIFICCIÓN DE EMBRGO DE BIENES INMUEBLES TRVÉS DE NUNCIO (TV-502) (C. Parcers, 1. 08290 Cerdanyola del Vallès. Tel.: 93 586 36 40. Fax: 93 586 36 46. Número expediente: 08 25 03 00178515. Nombre/razón social: Cofyba Outsorcing Servicios Empresarial). El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 08/25, de Cerdanyola del Vallès, En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor Cofyba Outsorcing Servicios Empresarial, por deudas a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido fue en calle Camí ntic de Sant Cugat, 10, 3 2, se procedió con fecha 28 de mayo de 2004, al embargo de bienes inmuebles, de cuya diligencia se acompaña copia adjunta al presente edicto. Cerdanyola del Vallès, 28 de julio de 2004. El Recaudador ejecutivo, José Miguel González Ganuza. DILIGENCI DE EMBRGO DE BIENES INMUEBLES (TV-501) Diligencia. Tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social expediente administrativo de apremio contra el deudor de referencia, con DNI/NIF/CIF número 0B61244299, por deudas a la Seguridad Social que responden al siguiente detalle: Número de P. apremio Período Régimen# 08 02 050560880 08 2002 / 08 2002 0111# 08 02 057456873 09 2002 / 09 2002 0111# 08 03 017368267 11 2002 / 11 2002 0111# 08 03 013320842 10 2002 / 10 2002 0111# 08 03 021452472 12 2002 / 12 2002 0111# 08 02 047218323 07 2002 / 07 2002 0111# 08 03 026013900 01 2003 / 01 2003 0111# 08 03 028098588 02 2003 / 02 2003 0111# 08 03 044435715 03 2003 / 03 2003 0111# 08 03 051234910 04 2003 / 04 2003 0111# 08 03 055389641 05 2003 / 05 2003 0111# 08 03 059526790 06 2003 / 06 2003 0111# Importe del principal: 7.071,38 EUR. Recargos de apremio: 1.414,80 EUR. Costas devengadas: 27,34 EUR. Costas presupuestas: 260,00 EUR. Total débitos: 8.773,52 EUR. Y en cumplimiento de la providencia de embargo, dictada en su día, al amparo del artículo 114 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social (aprobado por Real Decreto 1637/1995 del 6 de octubre) declaro embargados los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen en la relación adjunta, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 129 de dicho Reglamento. Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada. Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios, indicándoles que los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, o por las personas o colaboradores que se indican en el vigente Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos, en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. No obstante, si no estuviese de acuerdo con la valoración que se efectúe, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le hayan sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la valoración inicial realizada a instancias de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicarán las siguientes reglas:

Núm. 226 / Pàg. 8 BUTLLETÍ OFICIL DE L PROVÍNCI DE BRCELON dministració Central 20 / 9 / 2004 - Cuando la diferencia entre ambas no exceda del 20% de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. - Cuando la diferencia entre ambas exceda del 20%, se convocará al deudor para dirimir las diferencias y, si se logra acuerdo, hacer una sola. - Cuando no exista acuerdo entre las partes, esta Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará una nueva valoración por perito adecuado y su valoración de los bienes embargados, que deberá estar entre las efectuadas anteriormente, será la definitivamente aplicable y servirá como tipo para la venta pública del bien embargado. Todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 139 del Reglamento General de Recaudación citado y 116 de su Orden de Desarrollo aprobada por Orden de 26 de mayo de 1999, (Boletín Oficial del Estado del día 4 de junio). simismo, expídase el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Solicítese certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta. Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 140 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, en el término de tres días en el supuesto de residencia en la propia localidad donde tiene ubicadas las oficinas esta Unidad, o en quince días en el caso contrario. dvirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa. Descripción de las fincas embargadas Deudor: Cofyba Outsorcing Servicios Empresariales, S.L. Finca número: 06 - Datos finca urbana: Descripción finca: Vivienda en Manresa. Tipo vía: Cl. Nombre vía: Barcelona Núm. vía: 75. Cod.-Post.: 08241. Cod. Muni.: 08113. - Datos Registro: Núm. Reg.: 01. Núm. tomo: 2416. Núm. libro: 1045. Núm. folio: 0140. Núm. finca: 043259. - Descripción ampliada: Urbana. Entidad número cuarenta y cuatro, vivienda en planta segunda en alto, puerta C, del edificio sito en Manresa, calle Barcelona, 75, de 92 metros y 81 decímetros cuadrados, de superficie construida y 75 metros y 42 decímetros cuadrados de superficie útil. Coeficiente de un entero y noventa y dos centésimas por ciento. Finca inscrita en el Registro de la Propiedad de Manresa número 1, finca número 43259. Finca número: 07 Datos finca urbana: Descripción finca: Vivienda en Manresa. Tipo vía: Cl. Nombre vía: Barcelona Núm. vía: 75. Cod.-Post.: 08241. Cod. Muni.: 08113. - Datos Registro: Núm. Reg.: 01. Núm. tomo: 2416. Núm. libro: 1045. Núm. folio: 0145. Núm. finca: 043277. - Descripción ampliada: Urbana. Entidad número cincuenta y tres, vivienda en planta cuarta en alto, puerta D, del edificio en Manresa, calle Barcelona, 75, de 87 metros cuadrados y 39 decímetros cuadrados, de superficie construida y de 69 metros y 28 decímetros cuadrados de superficie útil. Coeficiente de un entero y ochenta y una centésimas por ciento. Finca inscrita en el Registro de la Propiedad de Manresa número 1, finca número 43277. Cerdanyola del Vallès, 28 de mayo de 2004. El Recaudador ejecutivo, José Miguel González Ganuza. 062004004944 Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social Unidad de Recaudación Ejecutiva número 08/25, de Cerdanyola del Vallès NOTIFICCIÓN DE EMBRGO DE BIENES INMUEBLES TRVÉS DE NUNCIO (TV-502) (Cl. Parcers, 1, 08290 - Cerdanyola del Vallès. Tel.: 93 586 36 40. Fax: 93 586 36 46. Número expediente: 08 25 03 00178515. Nombre/razón social: Cofyba Outsorcing Servicios Empresarial) El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 08/25, de Cerdanyola del Vallès, En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor Cofyba Outsorcing Servicios Empresarial, por deudas a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido fue en calle Camí ntic de Sant Cugat, 10, 3-2, se procedió con fecha 28 de mayo de 2004, al embargo de bienes inmuebles, de cuya diligencia se acompaña copia adjunta al presente edicto. Cerdanyola del Vallès, 28 de julio de 2004. El Recaudador ejecutivo, José Miguel González Ganuza. DILIGENCI DE EMBRGO DE BIENES INMUEBLES (TV-501) Diligencia. Tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social expediente administrativo de apremio contra el deudor de referencia, con DNI/NIF/CIF número 0B61244299, por deudas a la Seguridad Social que responden al siguiente detalle: Número de P. apremio Período Régimen# 08 02 050560880 08 2002 / 08 2002 0111# 08 02 057456873 09 2002 / 09 2002 0111# 08 03 017368267 11 2002 / 11 2002 0111# 08 03 013320842 10 2002 / 10 2002 0111# 08 03 021452472 12 2002 / 12 2002 0111# 08 02 047218323 07 2002 / 07 2002 0111# 08 03 026013900 01 2003 / 01 2003 0111# 08 03 028098588 02 2003 / 02 2003 0111# 08 03 044435715 03 2003 / 03 2003 0111# 08 03 051234910 04 2003 / 04 2003 0111# 08 03 055389641 05 2003 / 05 2003 0111# 08 03 059526790 06 2003 / 06 2003 0111# Importe del principal: 7.071,38 EUR. Recargos de apremio: 1.414,80 EUR. Costas devengadas: 27,34 EUR. Costas presupuestas: 260,00 EUR. Total débitos: 8.773,52 EUR. Y en cumplimiento de la providencia de embargo, dictada en su día, al amparo del artículo 114 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social (aprobado por Real Decreto 1637/1995 del 6 de octubre) declaro embargados los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen en la relación adjunta, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 129 de dicho Reglamento. Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada. Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios, indicándoles que los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, o por las personas o colaboradores que se indican en el vigente Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos, en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. No obstante, si no estuviese de acuerdo con la valoración que se efectúe, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le hayan sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la valoración inicial realizada a instancias de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicarán las siguientes reglas: - Cuando la diferencia entre ambas no exceda del 20% de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. - Cuando la diferencia entre ambas exceda del 20%, se convocará al deudor para dirimir las diferencias y, si se logra acuerdo, hacer una sola. - Cuando no exista acuerdo entre las par-

20 / 9 / 2004 BUTLLETÍ OFICIL DE L PROVÍNCI DE BRCELON Núm. 226 / Pàg. 9 dministració Central tes, esta Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará una nueva valoración por perito adecuado y su valoración de los bienes embargados, que deberá estar entre las efectuadas anteriormente, será la definitivamente aplicable y servirá como tipo para la venta pública del bien embargado. Todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 139 del Reglamento General de Recaudación citado y 116 de su Orden de Desarrollo, aprobada por Orden de 26 de mayo de 1999 (Boletín Oficial del Estado del día 4 de junio). simismo, expídase el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Solicítese certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta. Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 140 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, en el término de tres días en el supuesto de residencia en la propia localidad donde tiene ubicadas las oficinas esta Unidad, o en quince días en el caso contrario. dvirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa. Descripción de las fincas embargadas Deudor: Cofyba Outsorcing Servicios Empresariales, S.L. Finca número: 01 - Datos finca urbana: Descripción finca: Vivienda en Manresa. Tipo vía: Cl. Nombre vía: Barcelona. Núm. vía: 75. Cod.-Post.: 08241. Cod.- Muni.: 08113. - Datos Registro: Núm. Reg.: 01. Núm. tomo: 2396. Núm. libro: 1025. Núm. folio: 0052. Núm. finca: 043281. - Descripción ampliada: Urbana: Entidad número cincuenta y cinco. Vivienda en planta quinta en alto, puerta B, del edificio en Manresa, calle Barcelona, 75, de 157 metros y 27 decímetros cuadrados de superficie construida y de 127 metros y 67 decímetros cuadrados de superficie útil, con un coeficiente de tres enteros y veinticinco centésimas por ciento. Refer. catastral 2212051DG02210055T. Finca inscrita en el Registro de la Propiedad de Manresa número 1, finca 43281. Finca número: 02 - Datos finca urbana: Descripción finca: Vivienda en Manresa. Tipo vía: Cl. Nombre vía: Barcelona. Núm. vía: 75. Cod.-Post.: 08241. Cod.- Muni.: 08113. - Datos Registro: Núm. Reg.: 01. Núm. tomo: 2396. Núm. libro: 1025. Núm. folio: 0173. Núm. finca: 043275. - Descripción ampliada: Urbana: Entidad número 52. Vivienda en planta cuarta en alto, puerta C, del edificio en Manresa, calle Barcelona, 75, de 92 metros y 80 decímetros cuadrados de superficie construida y de 75 metros cuadrados y 2 decímetros cuadrados de superficie útil, con un coeficiente de un entero y dos centésimas por ciento. Finca inscrita en el Registro de la Propiedad de Manresa número 1, finca 43275. Finca número: 03 - Datos finca urbana: Descripción finca: Vivienda en Manresa. Tipo vía: Cl. Nombre vía: Barcelona. Núm. vía: 75. Cod.-Post.: 08241. Cod.- Muni.: 08113. - Datos Registro: Núm. Reg.: 01. Núm. tomo: 2396. Núm. libro: 1025. Núm. folio: 0183. Núm. finca: 043257. - Descripción ampliada: Urbana: Entidad número cuarenta y tres. Vivienda en planta segunda en alto, puerta -B, del edificio en Manresa, calle Barcelona, número 75, de 93 metros y 44 decímetros cuadrados de superficie construida y 78 metros y 24 decímetros cuadrados de superficie útil. Coeficiente de un entero y noventa y dos centésimas por ciento. Finca inscrita en el Registro de la Propiedad de Manresa número 1, finca 43257. Finca número: 04 - Datos finca urbana: Descripción finca: Vivienda en Manresa. Tipo vía: Cl. Nombre vía: Barcelona. Núm. vía: 75. Cod.-Post.: 08241. Cod.- Muni.: 08113. - Datos Registro: Núm. Reg.: 01. Núm. tomo: 2396. Núm. libro: 1025. Núm. folio: 0189. Núm. finca: 043261. - Descripción ampliada: Urbana: Entidad número cuarenta y cinco. Vivienda en planta segunda en alto, puerta D, del edificio en Manresa, calle Barcelona, setenta y cinco, de 87 metros y 39 decímetros cuadrados de superficie construida y de 69 metros y 28 decímetros cuadrados de superficie útil. Coeficiente de un entero ochenta y una centésimas por ciento. Finca inscrita en el Registro de la Propiedad de Manresa número 1, finca 43261. Finca número: 05 - Datos finca urbana: Descripción finca: Vivienda en Manresa. Tipo vía: Cl. Nombre vía: Barcelona. Núm. vía: 75. Cod.-Post.: 08241. Cod.- Muni.: 08113. - Datos Registro: Núm. Reg.: 01. Núm. tomo: 2240. Núm. libro: 0869. Núm. folio: 0213. Núm. finca: 043267. - Descripción ampliada: Urbana: Entidad número cuarenta y ocho. Vivienda en planta tercera en alto, puerta C, del edificio en Manresa, calle Barcelona, setenta y cinco, de 92 metros y 81 decímetros cuadrados de superficie construida y de 75 metros y 42 decímetros cuadrados de superficie útil. Coeficiente de un entero y noventa y dos centésimas por ciento. Finca inscrita en el Registro de la Propiedad de Manresa número 1, finca 43267. Cerdanyola del Vallès, 28 de mayo de 2004. El Recaudador ejecutivo, José Miguel González Ganuza. 062004004945