núm. 78 de 5-iv-2013 1/6 I. Principado de Asturias Ot r a s Disposiciones Consejería de Hacida y Sector Público Acuerdo de 27 de marzo de 2013, del Consejo de Gobierno, por el que se rectifica el Acuerdo de 13 de febrero de 2013, del Consejo de Gobierno, por el que se fijan, con efectos de 1 de ero de 2013, las cuantías de las retribuciones para el personal al servicio de la Administración del Principado de Asturias. Advertidos errores el texto del Acuerdo de 13 de febrero de 2013, del Consejo de Gobierno, por el que se fijan con efectos de 1 de ero de 2013 las cuantías de las retribuciones para el personal al servicio de la Administración del Principado de Asturias, publicado el Boletín Oficial del Principado de Asturias, número 39, de 16 de febrero de 2013 y considerando necesaria su corrección, aplicación de lo establecido el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régim Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimito Administrativo Común, por medio de la preste el Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejera de Hacida y Sector Público, ACUERDA Primero. Rectificar el texto del Acuerdo de 13 de febrero de 2013, del Consejo de Gobierno, por el que se fijan con efectos de 1 de ero de 2013 las cuantías de las retribuciones para el personal al servicio de la Administración del Principado de Asturias, publicado el Boletín Oficial del Principado de Asturias, número 39, de 16 de febrero de 2013, el siguite stido: En la página 4, apartado Primero, números 13) a 15), 13) retribuciones del personal del Convio del Hospital Monte Naranco. el anexo XIII recoge las retribuciones del personal adscrito al extinto Convio del Hospital Monte Naranco. 14) retribuciones del personal del Convio de Salud Mtal. el anexo XIV recoge las retribuciones del personal adscrito al extinto Convio de Salud Mtal. 15) retribuciones del personal del Convio del Hospital Geral de Asturias. el anexo XV recoge las retribuciones del personal adscrito al extinto Convio del Hospital Geral de Asturias. 13) retribuciones del personal del Convio del Hospital Monte Naranco. el anexo XIII recoge las retribuciones del personal adscrito al Convio del Hospital Monte Naranco. 14) retribuciones del personal del Convio de Salud Mtal. el anexo XIV recoge las retribuciones del personal adscrito al Convio de Salud Mtal. 15) retribuciones del personal del Convio del Hospital Geral de Asturias. el anexo XV recoge las retribuciones del personal adscrito al Convio del Hospital Geral de Asturias. En la página 6, apartado Primero, número 20) punto7, 7. Se faculta a la titular de la Consejería de Hacida y Sector Público para dictar las instrucciones que sean precisas ejecución y desarrollo del preste Acuerdo, incluidas las adaptaciones retributivas pdites de aplicación que se deriv de la unificación de Gercias de Área ya producida el ámbito del mismo. 7. Se faculta a la titular de la Consejería de Hacida y Sector Público para dictar las instrucciones que sean precisas ejecución y desarrollo del preste Acuerdo, incluidas las adaptaciones retributivas pdites de aplicación que se deriv de la unificación de Gercias de Área ya producida el ámbito del Servicio de Salud del Principado de Asturias. En la página 18, el anexo V, punto 3.2) letra d),
núm. 78 de 5-iv-2013 2/6 d) Por el desempeño de cargos directivos: Cargo Presidte del Consejo Escolar. 722,66 Presidte del Consejo de Asturias de la Formación Profesional. 722,66 d) Por el desempeño de cargos directivos: Cargo Presidte del Consejo Escolar. 722,66 En la página 28, el anexo VI, punto 6, apartado Segundo, número 2.2, letra C) PERSONAL DE ÁREA, el cuadro Matrona de Área. Euros/mes función del número de Zonas Básicas de Salud y la población asignada : Matrona de Área. Euros/mes función del número de Zonas Básicas de Salud y la población asignada Número de mujeres mayores de 14 años 1 Zona Básica 2 Zonas Básicas 3 Zonas Básicas Mos de 5.000 160,68 231,10 306,25 De 5.001 a 6.500 199,30 256,77 334,07 De 6.501 a 8.000 237,51 282,32 361,92 Más de 8.000 271,46 338,12 392,08 Matrona de Área. Euros/mes función del número de Zonas Básicas de Salud y la población asignada Número de mujeres mayores de 14 años 1 Zona Básica 2 Zonas Básicas 3 Zonas Básicas Hasta 5.000 160,68 231,10 306,25 De 5.001 a 6.500 199,30 256,77 334,07 De 6.501 a 8.000 237,51 282,32 361,92 Más de 8.000 271,46 338,12 392,08 En la página 32, el anexo VI, punto 11, letra C) Programas Especiales para el SAMU: Programa especial de dispositivos el SAMU. ACTIVIDAD CONCEPTO SISTEMA DE RETRIBUCIÓN (*) FACULTATIVO D.U.E. jornada 32,07 18,95 sábados y 34,99 21,87 Programa especial de dispositivos el SAMU Intervciones evtos que requier cobertura sanitaria PMA jornada 53,94 30,62 42,76 25,27 (*) PMA =Puesto Médico Avanzado PMA sábados y PMA estivos 46,65 29,16 71,92 40,82
núm. 78 de 5-iv-2013 3/6 Programa especial de dispositivos el SAMU. ACTIVIDAD Programa especial de dispositivos el SAMU CONCEPTO Intervciones evtos que requier cobertura sanitaria (*) PMA =Puesto Médico Avanzado SISTEMA DE RETRIBUCIÓN (*) jornada sábados y PMA jornada PMA sábados y PMA FACULTATIVO D.U.E. 32,07 18,95 34,99 21,87 53,94 30,62 42,76 25,27 46,65 29,16 71,92 40,82 En la página 37, el anexo VIII, letra B, B. PERSONAL DE ENFERMERÍA EN FORMACIÓN (MATRONAS Y UNIDADES DE SALUD MENTAL) B. PERSONAL DE ENFERMERÍA EN FORMACIÓN En la página 39, el anexo XII,
núm. 78 de 5-iv-2013 4/6 A) Personal Hospital Geral Anexo XII RETRIBUCIONES DEL PERSONAL ESTATUTARIO CON CATEGORÍAS DECLARADAS A EXTINGUIR Supervisora de Área Funcional a 958,98 554,17 807,41 699,38 Supervisora de Unidad a (*) 958,98 517,08 725,81 699,38 Técnico Especialista jefe a 720,02 377,61 502,22 26,66 622,30 (*) En el caso de Supervisora de Unidad a sin funciones, el Complemto será el mismo de la categoría Enfermera/DUE Unidades Hospitalización, Quirófano, Urgcias, UCI, UVI, de Personal Estatutario, con la consiguite repercusión las de junio y diciembre. Coordinador de Informática a 1.109,05 844,23 1.390,01 987,20 684,36 Jefe de Sección Administrativa a 1.109,05 708,11 977,81 684,36 Jefe de Sección Administrativa B a 958,98 708,11 960,03 699,38 Asistte Social Jefe a 958,98 480,07 518,09 699,38 Jefe de Limpieza a 958,98 554,17 784,63 699,38 Jefe Negociado a 720,02 423,18 469,48 19,01 622,30 Jefe de Unidad a 720,02 377,61 448,59 25,41 622,30 Jefe de Cocina a 720,02 377,61 639,51 622,30 Ayudante de Cocina a 548,47 377,61 293,78 9,32 548,47 B) Personal Hospital Monte Naranco Jefe de Servicio Farmacia a 1.109,05 844,23 1.390,01 987,20 684,36 Adjunto Enfermería a 958,98 554,17 807,41 699,38 Supervisora a 958,98 517,08 725,81 699,38 Aux. Sanitario Especialista Psiquiatría (ASEP) a 720,02 377,61 306,79 19,01 622,30 Auxiliar Sanitario a 599,25 332,09 280,24 54,09 593,79 Responsable Unidad Trabajo Social a 958,98 517,08 725,81 699,38 Jefe de Negociado Admisiones a 720,02 423,18 469,48 19,01 622,30 Jefe de Grupo a 720,02 423,18 469,48 19,01 622,30 C) Personal Salud Mtal Jefe de Servicio a 1.109,05 844,23 1.390,01 987,20 684,36 Jefe de Sección a 1.109,05 708,11 1.303,05 727,46 684,36 Supervisora Sección a 720,02 377,61 306,79 91,24 622,30 Supervisora Unidad a 720,02 377,61 306,79 43,35 622,30 Aux. Sanitario Especialista Psiquiatría (ASEP) a 622,30 720,02 377,61 306,79 19,01 Directora de Programas a 958,98 708,11 1.569,93 699,38
núm. 78 de 5-iv-2013 5/6 Anexo XII RETRIBUCIONES DEL PERSONAL ESTATUTARIO CON CATEGORÍAS DECLARADAS A EXTINGUIR A) Personal Hospital Geral Supervisora de Área Funcional a 958,98 554,17 807,41 699,38 Supervisora de Unidad a (*) 958,98 517,08 725,81 699,38 Técnico Especialista jefe a 720,02 377,61 502,22 26,66 622,30 (*) En el caso de Supervisora de Unidad a sin funciones, el Complemto será el mismo de la categoría Enfermera/DUE Unidades Hospitalización, Quirófano, Urgcias, UCI, UVI, de Personal Estatutario, con la consiguite repercusión las de junio y diciembre. Coordinador de Informática a 1.109,05 844,23 1.390,01 987,20 684,36 Jefe de Sección Administrativa A a 1.109,05 708,11 977,81 684,36 Jefe de Sección Administrativa B a 958,98 708,11 960,03 699,38 Asistte Social Jefe a 958,98 480,07 518,09 699,38 Jefe de Limpieza a 958,98 554,17 784,63 699,38 Jefe Negociado a 720,02 423,18 469,48 19,01 622,30 Jefe de Unidad a 720,02 377,61 448,59 25,41 622,30 Jefe de Cocina a 720,02 377,61 639,51 622,30 Ayudante de Cocina a 548,47 377,61 293,78 9,32 548,47 B) Personal Hospital Monte Naranco Jefe de Servicio Farmacia a 1.109,05 844,23 1.390,01 987,20 684,36 Adjunto Enfermería a 958,98 554,17 807,41 699,38 Supervisora a 958,98 517,08 725,81 699,38 Aux. Sanitario Especialista Psiquiatría (ASEP) a 720,02 377,61 306,79 19,01 622,30 Auxiliar Sanitario a 599,25 332,09 280,24 54,09 593,79 Responsable Unidad Trabajo Social a 958,98 517,08 725,81 699,38 Jefe de Negociado Admisiones a 720,02 423,18 469,48 19,01 622,30 Jefe de Grupo a 720,02 423,18 469,48 19,01 622,30 C) Personal Salud Mtal Jefe de Servicio a 1.109,05 844,23 1.390,01 987,20 684,36 Jefe de Sección a 1.109,05 708,11 1.303,05 727,46 684,36 Supervisora Sección a 720,02 377,61 306,79 91,24 622,30 Supervisora Unidad a 720,02 377,61 306,79 43,35 622,30 Aux. Sanitario Especialista Psiquiatría (ASEP) a 622,30 720,02 377,61 306,79 19,01 Directora de Programas a 958,98 708,11 1.569,93 699,38
núm. 78 de 5-iv-2013 6/6 En la página 44, el anexo XIV, CONVENIO SALUD MENTAL, Coordinador Puestos de Libre Designación Complemto de Complemto Productividad Área Nivel I 1.103,24 582,92 1.199,02 1.291,08 Área Nivel II 1.103,24 582,92 1.199,02 1.137,62 Área Nivel III 1.103,24 582,92 1.199,02 851,53 Unidad Nivel I 1.103,24 582,92 1.199,02 844,03 Unidad Nivel II 1.103,24 582,92 1.199,02 742,16 Unidad Nivel III 1.103,24 582,92 1.199,02 687,32 Enfermera Área 936,31 473,35 424,36 489,13 Enfermería Unidad 936,31 473,35 424,36 339,90 Encargado Geral 697,97 372,32 302,49 593,48 Coordinador Puestos de Libre Designación Complemto de Complemto Productividad Área Nivel I 1.103,24 582,92 1.199,02 1.291,08 Área Nivel II 1.103,24 582,92 1.199,02 1.137,62 Área Nivel III 1.103,24 582,92 1.199,02 851,53 Unidad Nivel I 1.103,24 582,92 1.199,02 844,03 Unidad Nivel II 1.103,24 582,92 1.199,02 742,16 Unidad Nivel III 1.103,24 582,92 1.199,02 687,32 Enfermería Área 936,31 473,35 424,36 489,13 Enfermería Unidad 936,31 473,35 424,36 339,90 Encargado Geral 697,97 372,32 302,49 593,48 Segundo. Disponer la publicación del preste Acuerdo el Boletín Oficial del Principado de Asturias. Dado Oviedo, a 18 de marzo de 2013. La Consejera de Hacida y Sector Público..