Política de igualdad laboral y no discriminación para la administración pública del estado de Guanajuato. (Norma mexicana nmx-r-025-scfi-2015)

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Transcripción:

Política de igualdad laboral y no discriminación para la administración pública del estado de Guanajuato (Norma mexicana nmx-r-025-scfi-2015)

2003 el Instituto Nacional de las Mujeres INMUJERES, implementó el Modelo de Equidad de Género (MEG) Antecedentes 2009 la Secretaría del Trabajo y Prevención Social instrumentó la Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2009 para la Igualdad laboral entre Hombres y Mujeres 2011 el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED) diseñó e implemento una Guía de Acción contra la Discriminación 2015 se elaboró la Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2015 para la igualdad laboral entre hombres y mujeres

OBJETIVO Modelo de Equidad de Genero (MEG) Desarrollar, fomentar, impulsar e institucionalizar la igualdad de género en las organizaciones, y propiciar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en el trabajo. Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2009 Evaluar y certificar las practicas implementadas en los centros de trabajo referentes a este tema, además de dar cumplimiento a la normatividad nacional e internacional en materia de igualdad, no discriminación laboral, previsión social, clima laboral adecuado, libertad sindical, entre otros. Guía de Acción contra la Discriminación Apoyar y asesorar a las instituciones públicas, educativas, empresas y organizaciones sociales en la construcción de la cultura de igualdad laboral y no discriminación.

Logros en el estado de Guanajuato En el año 2013, nuestro Estado logró certificar en el modelo de equidad de género a los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así como a los organismos autónomos, siendo la entidad federativa con el mayor número de dependencias y entidades certificadas: 49 en total. En el 2015, el estado de Guanajuato participó en una auditoría de seguimiento, realizada por el INMUJERES, resultando con una puntuación del 93.23% de cumplimiento, posicionándose en los niveles más altos de puntaje entre las entidades federativas.

Sustitución de modelo El 31 de diciembre de 2015, se da por terminado el Modelo de Equidad de Género Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2015 en Igualdad Laboral y No Discriminación

Qué incluye el nuevo proceso de certificación? i. Exista una política de igualdad laboral y no discriminación en forma escrita y que sea del conocimiento de quienes laboran en el centro de trabajo. ii. iii. iv. Un compromiso formal de la máxima autoridad, alta dirección, o representante legal respecto del cumplimiento de la política. Esté armonizada con lo que establece la fracción III del articulo primero de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación (LFPED) que define discriminación como toda distinción, exclusión, restricción o preferencia que, por acción u omisión, con intención o sin ella, no sea objetiva, racional ni proporcional y tenga por objeto o resultado obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y libertades, cuando se base en uno o más de los siguientes motivos: el origen étnico o nacional, el color de piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud o jurídica, la religión, la apariencia física, las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones, las preferencias sexuales, la identidad o filiación política, el estado civil, la situación familiar, las responsabilidades familiares, el idioma, los antecedentes penales o cualquier otro motivo. También se entenderá como discriminación la homofobia, misoginia, cualquier manifestación de xenofobia, segregación racial, antisemitismo, así como la discriminación racial y otras formas conexas de intolerancia Establezca el área responsable de su implementación y evaluación. v. Considere a todo el personal que labora en el centro de trabajo. vi. Contenga la prohibición explícita del maltrato, violencia y segregación de las autoridades del centro de trabajo hacia el personal y entre el personal.

Compromiso El Estado de Guanajuato está comprometido en trabajar por los derechos laborarles y oportunidades igualitarias para mujeres y hombres, sin discriminación, une los esfuerzos para lograr la certificación de cada una de las dependencias y entidades en la citada Norma.

Normatividad aplicable Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Plan Nacional de Desarrollo Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia Programa Sectorial de Trabajo y Prevención Social 2013-2018 Programa Nacional para la Igualdad de Oportunidades y no Discriminación contra las Mujeres 2013-2018 Ley Federal sobre Metrología y Normalización Ley Federal del Trabajo Programa Nacional para la Igualdad y No Discriminación 2014-2018 Ley General de Igualdad entre Mujeres y Hombres Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación

Sustento de Normativa Instrumentos jurídicos internacionales en materia de igualdad laboral y no discriminación que México ha ratificado y por tanto tiene la obligación de respetar y hacer cumplir de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

DECLARATORIA Política de Igualdad Laboral y No Discriminación para la Administración Pública del Estado de Guanajuato

Objetivo Establecer el compromiso de todas y cada una de las personas que integran los centros de trabajo en la entidad, de velar por la defensa de los derechos de las personas trabajadoras, de combatir la discriminación, de enaltecer el respeto a la dignidad humana, de promover una cultura de igualdad laboral y no discriminación y de garantizar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, dando cumplimiento a lo establecido en la normatividad vigente aplicable.

Prohibiciones Además de lo establecido en el artículo 1, fracción III de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, cualquier forma de maltrato, violencia y segregación de las autoridades de los centros de trabajo hacia el personal y entre el personal por motivos de: apariencia física, cultura, discapacidad, idioma, sexo, género, edad, condición social, económica, de salud o jurídica, embarazo, estado civil o conyugal, religión, opiniones, origen étnico o nacional, preferencias sexuales o situación migratoria.

Ámbito de aplicación La Política es aplicable a todo el personal de las dependencias, entidades y unidades de apoyo de la administración pública estatal, de la administración pública municipal, organismos centralizados, descentralizados y autónomos en el estado de Guanajuato, así como a las empresas privadas que se adhieran o adopten la Norma.

Implementación, Vigilancia y Evaluación Tales acciones estarán a cargo del Comité de Igualdad Laboral y No Discriminación de la administración pública del estado de Guanajuato, así como de los Comités de Igualdad Laboral y No Discriminación o sus equivalentes de cada una de las dependencias o entidades que para tal efecto se conformen, de acuerdo a los lineamientos de operación que los mismos establezcan

Principios Respetamos las diferencias individuales de cultura, religión y origen étnico. Promovemos la igualdad de oportunidades y el desarrollo para todo el personal. En los procesos de contratación y promoción, buscamos otorgar las mismas oportunidades de empleo a las personas candidatas, sin importar su origen étnico o nacional, sexo, edad, discapacidad, condición social o económica, condiciones de salud, embarazo, lengua, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o conyugal, o cualquier otra situación protegida por los tratados internacionales en materia de derechos humanos, leyes federales o del Estado. Fomentamos un ambiente laboral de respeto e igualdad, una atmosfera humanitaria de comunicación abierta y un lugar de trabajo libre de discriminación, de acoso sexual y de otras formas de intolerancia y violencia. Nos comprometemos en la atracción, retención y motivación de nuestro personal, por lo que el sistema de compensaciones y beneficios de nuestro centro de trabajo no hace diferencia alguna entre empleadas o empleados que desempeñen funciones de responsabilidad similar. Respetamos y promovemos el derecho de las personas para alcanzar un equilibrio en sus vidas; impulsando la corresponsabilidad en la vida laboral, familiar y personal de nuestras colaboradoras y colaboradores.