CARATULA DEL PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL CONTRATO ADMINISTRATIVO ESPECIAL PARA LA PRESTACION DE SERVICIOS DE PELUQUERIA EN EL CENTRO PARA LA 3ª EDAD DE GERNIKA-LUMO. 1. OBJETO DEL CONTRATO: Prestación de los servicios de peluquería (señoras y caballeros) en el Centro para la 3ª Edad sito en el Pasealeku de Gernika-Lumo 1.1.- Núm. de referencia C.P.V. 1.2.- Expresión de los documentos incorporados al expediente que revisten carácter contractual: Carátula, y Pliego de cláusulas administrativas particulares. 1.3.- Existencia de lotes (sí/no): No. a) Reglas especiales para licitar a los lotes (sí/no): b) Reglas especiales para adjudicar los lotes (sí/no): 1.4.-Posibilidad de introducir variantes (sí/no): No. Variantes en número total no superior a sobre los siguientes elementos o sistemas y en las condiciones (requisitos mínimos y modalidades de presentación) que se señalan: 1.5.- Necesidades administrativas a satisfacer: servicio de peluquería para el colectivo de la tercera edad de la Villa. 2. TRAMITACIÓN: Ordinaria 3. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN: Abierto y adjudicación en base a varios criterios. 4. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN: 4.1.- El precio o canon mínimo que el adjudicatario debe abonar al Ayuntamiento es de 60 euros / mes. (Impuestos excluidos) 5. CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA (en su caso, distribución en anualidades): ---- --------------- 1
6. DURACION DEL CONTRATO: CUATRO (4) años. 7. PRORROGA DEL CONTRATO: 7.1.- Número de prorrogas que pueden adoptarse: 1 o 4. 7.2.- Duración de cada una de las prórrogas: 4 años o de un año cada una. 8. SISTEMA DE DETERMINACION DEL PRECIO (ART. 302 TRLCSP): tanto alzado. 9. PAGO DEL PRECIO O CANON: Se abonará dentro de los cinco (5) primeros días hábiles del mes siguiente al que se refiera el canon, en la Tesorería Municipal. 10. ABONOS A CUENTA: No. 10.1.- Definición de las operaciones susceptibles de abonos a cuenta: 10.2.- Criterios y forma de valoración de las operaciones preparatorias: 10.3.- Plan de amortización de los abonos a cuenta: 10.4.- Garantía a prestar: 11. REVISIÓN DE PRECIOS (sí/no): Si. 11.1.- Índice o fórmula a aplicar: IPC de la CAPV. 11.2.- Método o sistema para su aplicación: El canon o precio y las tarifas a abonar por los usuarios se revisarán con arreglo a lo dispuesto en la cláusula 8 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. 12. GARANTÍAS: 12.1.- Garantía provisional: No. 12.2.- Garantía definitiva: 5% del importe de adjudicación, IVA excluido. 12.3.- Garantía complementaria: No 13. IMPORTE DE LOS GASTOS DE PUBLICIDAD: Hasta 600 serán a cargo del adjudicatario. 2
14. PORCENTAJE MÁXIMO DE SUBCONTRATACIÓN: Dada la naturaleza y características de las prestaciones no se permite la subcontratación de las prestaciones del contrato.. 15. LUGAR DE REALIZACION DE LAS PRESTACIONES OBJETO DEL CONTRATO: Gernika-Lumo 16. PENALIDADES DISTINTAS A LAS ENUMERADAS EN EL ARTÍCULO 212.4 DEL TRLCSP: Conforme a lo dispuesto en el Pliego. 17. PLAZO DE RECEPCIÓN Y DE GARANTÍA DE LAS PRESTACIONES: 17.1.- Plazo de Recepción: un mes.. 17.2.- Plazo de Garantía: 3 meses desde la recepción. 18. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES: hasta las 13 horas y dentro de los 15 días naturales siguientes a la publicación del anuncio en el B.O.B. o aquel que se establezca en el correspondiente anuncio, si es superior. 19. LUGAR DONDE SE PUEDE EXAMINAR EL EXPEDIENTE ASI COMO OBTENER COPIAS: : GERNIKA-LUMOKO UDALA FORU PLAZA, 3 (2ª PLANTA) 48300 GERNIKA-LUMO TLF. : 94 627 02 07 20. LUGAR DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS: REGISTRO GENERAL DEL AYUNTAMIENTO DE GERNIKA-LUMO FORU PLAZA, 3 48300 GERNIKA-LUMO HORARIO: De 8:00 a 13:00 horas Posibilidad de anunciar a través de correo electrónico el envío de la oferta realizada por correo postal: Sí, mediante remisión de comunicación a obrak@gernika-lumo.net. 3
21.- FORMA DE PRESENTACION DE LA DOCUMENTACION: Sobre A.- Documentación administrativa, de capacidad y solvencia. Sobre B.- Documentación relativa a los criterios no valorables mediante formulas Sobre C.- Proposición económica y documentación relativa a los criterios valorables mediante formula Todos los sobres deberán estar identificados con los siguientes datos: SOBRE: DOCUMENTACIÓN: OBJETO DEL CONTRATO: DENOMINACIÓN EMPRESA: NOMBRE DEL APODERADO O FIRMANTE: DIRECCIÓN: e-mail DE CONTACTO: FAX: TLF DE CONTACTO: 22.- CONDICIONES DE SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA Y DE SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL REQUERIDAS PARA PARTICIPAR EN EL PROCEDIMIENTO: Los licitadores acreditarán por los medios fijados a continuación los siguientes requisitos de solvencia económica y financiera y de solvencia técnica o profesional conforme a los artículos 75 y 78 del TRLCSP: 22.1.- - Solvencia económica y financiera: Requisitos minimos exigidos: justificación de que el licitador tiene la suficiente solvencia economica y financiera para la realización de este contrato. :Acreditación: Mediante Informes favorables de Institución Financiera con las que se relaciona habitualmente el licitador y que garanticen su solvencia económica y financiera en el momento más actual al de la presentación de la oferta y emitido expresamente para la presente contratación. 22.2 - Solvencia técnica y/o profesional: Para acreditar su solvencia técnica y profesional los licitadores deberán aportar la siguiente documentación: 4
a) Una relación de los principales servicios o trabajos efectuados durante los cinco últimos años y relacionados con el negocio de peluquería tanto en calidad de propietario o como trabajador. Será requisito indispensable estar prestando o haber prestado en los últimos cinco años servicios de peluquería durante, al menos, 1 año continuado o por periodos mínimos de 6 meses cada uno. Acreditación: Mediante certificación expedida o visada por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público. Cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. b) El licitador o, en su caso, la persona que vaya a prestar el servicio deberá acreditar conocimientos suficientes de euskera para que esta sea la lengua de servicio, al igual que el castellano. La acreditación de dicha capacitación lingüística se podrá efectuar mediante títulos y certificados oficiales o, en su defecto, excepcionalmente considerando las características concretas de este contrato administrativo, mediante certificado o documento expedido por el Euskaltegi municipal de Gernika-Lumo o el servicio municipal de euskera. La validez de dicha acreditación será única y exclusivamente para la presente contratación. 23.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS LICITADORES: 23.1.- En el sobre A se incluirá la documentación que se indica en la cláusula 11.3 del PCAP. 23.2.- Sobre B.- Documentación relativa a criterios no valorables por formula: Los licitadores presentarán en este sobre la siguiente documentación: 1.- Memoria explicativa.- Que contendrá la justificación del cumplimiento de las obligaciones fundamentales contenidas en el Pliego de Cláusulas Administrativas particulares e incluirá, como mínimo, los siguientes datos: a) Definición, clara y precisa, de los trabajos y prestaciones que integran el servicio y forma en la que se ejecutarán los mismos. b) Determinación del equipo humano, concretando el número, la dedicación y la categoría laboral de la/s persona/s que proponga, para la prestación de los servicios, diferenciando, si es preciso, por días o temporadas, con expresión, en su caso, del responsable, y teniendo en cuenta que todo el personal que vaya a prestar el servicio 5
deberá tener conocimientos suficientes de euskera para que esta sea la lengua de servicio al igual que el castellano. c) Determinación de los medios y materiales a emplear en el desarrollo de los trabajos. d) Calendario anual y horarios de prestación del servicio de peluquería. 2.- Mejoras sobre las prestaciones obligatorias: Las mejoras son aportaciones/prestaciones extras que no están incluidas en las obligaciones del contrato y que no suponen coste económico adicional para el Ayuntamiento. Se presentarán según modelo del Anexo II de este pliego y se identificarán con absoluta claridad y descripción de las mismas. 23.3- Sobre C.- En este sobre y para la valoración de los criterios cuantificables mediante fórmulas se presentará: Oferta económica, según modelo Anexo I de este pliego. 24.- CRITERIOS DE VALORACION DE OFERTAS : 24.1.- Existencia de un único criterio de adjudicación, Precio más bajo (sí/no): no. 24.2.- Criterios que han de servir de base para la adjudicación: A) No valorables por formulas: hasta 49 puntos. 1.- Memoria explicativa: hasta 35 puntos. 2.- Mejoras sobre las prestaciones obligatorias: hasta 14 puntos. Únicamente se contemplarán aquellas mejoras que, no suponiendo contraprestación económica para el Ayuntamiento hayan sido valoradas económicamente por los licitadores, redunden en una mejor ejecución del contrato y sean aprobadas por los servicios técnicos municipales. B) Valorables por formulas: hasta 51 puntos. Canon: hasta 51 puntos Entre las ofertas admitidas, a la que contenga el máximo canon que se considerará a efectos de esta valoración, esto es, 100 euros/mes (impuestos excluidos), se le otorgará la puntuación máxima de 51 puntos. Las demás ofertas se puntuarán de acuerdo a la siguiente fórmula: 6
Puntuación oferta X = 51 x oferta X Oferta máxima : 24.3.- Supuesto excepcional en que se dará preponderancia a criterios no cuantificables mediante fórmulas (sí/no): No. 25.- UMBRAL MINIMO DE PUNTUACIÓN QUE DEBE OBTENERSE EN LOS CRITERIOS NO EVALUABLES MEDIANTE FORMULAS: Si se establece: Conforme al artículo 150 del TRLCSP, para ser admitidos a la valoración global, se exigirá que en los criterios no cuantificables por formulas los licitadores alcancen un umbral mínimo de puntuación, de forma que no sean tenidas en cuenta por la Mesa de Contratación la ofertas cuya puntuación no alcance 20 puntos. 26.- LÍMITES QUE PERMITEN APRECIAR EL CARÁCTER ANORMAL O DESPROPORCIONADO DE LAS OFERTAS: Se considera que las ofertas presentan valores anormales o desproporcionados, las que se encuentren en los supuestos previstos en el art 85 del RGLCAP. Para la valoración del precio únicamente se tendrán en cuenta las ofertas con valores anormales o desproporcionados que, previa justificación de los mismos, hayan sido admitidas por el Órgano de Contratación. 27.- MODIFICACION DEL CONTRATO: El contrato podrá ser modificado cuando concurra alguna de las circunstancias y con los límites previstos en el art. 107 del TRLCSP. 28.- CONTRATO SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA: No. 29.- CONTRATO SUSCEPTIBLE DE RECURSO ESPECIAL: No. 7