ANEJO Nº 5.- GESTIÓN DE RESIDUOS

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DOCUMENTACIÓN ESCRITA DOCUMENTACIÓN GRÁFICA MEMORIA PLIEGO DE CONDICIONES ESTUDIO DE SEGURIDAD ESTUDIO DE GESTIÓN DE RESIDUOS MEDICIONES Y PRESUPUESTO

Transcripción:

ANEJO Nº 5.- GESTIÓN DE RESIDUOS Pág. 1

ÍNDICE 1.- INTRODUCCIÓN... 3 2.- IDENTIFICACIÓN DE RESIDUOS GENERADOS... 4 3.- ESTIMACIÓN DE LA CANTIDAD DE CADA TIPO DE RESIDUO QUE SE GENERARÁ EN LA OBRA... 9 4.- MEDIDAS DE SEGREGACIÓN IN SITU PREVISTAS (CLASIFICACIÓN / SELECCIÓN)... 10 5.- PREVISIÓN DE OPERACIONES DE REUTILIZACIÓN EN LA MISMA OBRA O EN EMPLAZAMIENTOS EXTERNOS.... 10 6.- PREVISIÓN DE OPERACIONES DE VALORIZACIÓN IN SITU DE LOS RESIDUOS GENERADOS... 11 7.- PLANOS Y CARACTERÍSTICAS DE LAS INSTALACIONES PREVISTAS... 12 8.- DESTINO PREVISTO PARA LOS RESIDUOS NO REUTILIZABLES NI VALORABLES IN SITU... 12 9.- OBLIGACIONES DEL PRODUCTOR Y POSEEDOR DE RESIDUOS. 13 9.1.- OBLIGACIONES DEL PRODUCTOR DE RESIDUOS... 13 9.2.- OBLIGACIONES DEL POSEEDOR DE RESIDUOS... 13 10.- GESTIÓN EN FASE DE OBRA.... 15 11.- COSTE TOTAL DE LA GESTION DE RESIDUOS GENERADOS... 15 12.- CONCLUSIÓN... 15 Pág. 2

1.- INTRODUCCIÓN Como consecuencia de la ejecución de las obras que se contemplan en el presente proyecto, se van a generar residuos de construcción y demolición. Por ello, y en cumplimiento del, según el art. 4, apdo. 1º a) del Real Decreto 105/2008 de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición se redacta el presente anejo de Gestión de Residuos Se procede por tanto a identificar todos los residuos generados de construcción y demolición y clasificados según la lista europea de residuos de la Orden M.M.A. 304/2002, publicada en el BOE de 19 de febrero de 2002. Posteriormente se determina la gestión particularizada más idónea para cada tipo de residuo generado mediante operaciones de eliminación o valoración según los casos, de acuerdo a la citada Orden M.M.A. Finalmente se procederá a la cuantificación y valoración de la gestión de los mencionados residuos. Así pues, en el presente Anejo se realiza un estudio de la gestión a realizar de los residuos generados en las demoliciones y construcciones planteadas, en base en las pautas y criterios establecidos en la legislación autonómica, estatal y comunitaria en materia de gestión de residuos: Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición. Orden MAM 304/2002 de 8 de Febrero, por la que se publican las operaciones de valorización y eliminación de residuos y la Lista Europea de Residuos (LER). Ley 10/1998 de 21 de abril de Residuos. Real Decreto 833/1988 de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986 básica de residuos tóxicos y peligrosos. Real Decreto 952/1997 de 20 de junio, por el que se modifica el Reglamento de ejecución de la Ley 20/86, Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos. Pág. 3

Real Decreto 1481/2001, de 27 de Diciembre, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero. Directiva 75/442/CEE sobre residuos. Directiva 91/689/CEE sobre residuos peligrosos. Lista Europea de Residuos (LER) de conformidad con la letra a) del artículo 1 de la Directiva 75/442/CEE, sobre residuos, y con el apartado 4 del artículo 1 de la Directiva 91/689/CEE, sobre residuos peligrosos. El objeto fundamental de este documento es establecer un procedimiento que garantice una gestión controlada de los residuos mediante la separación de los mismos en función de su naturaleza: Residuos inertes: una gestión controlada de estos residuos debe evitar su contaminación, permitiendo obtener un valor añadido sobre los mismos, facilitando su recuperación, reciclaje y valorización. Residuos no peligrosos: se debe evitar la mezcla de este tipo de residuos, estableciendo subgrupos (rechazos, productos adecuados, papel y cartón, plásticos, chatarra, maderas, etc.) y favoreciendo su recuperación, reciclaje y/o valorización. Residuos peligrosos: su gestión se realizará por medio de gestor autorizado; asimismo, las instalaciones de almacenamiento temporal deberán estar dotadas de un sistema adecuado de depósito. Cuando el destino de estos residuos sea la eliminación, ésta se hará siempre en instalaciones autorizadas por la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León. 2.- IDENTIFICACIÓN DE RESIDUOS GENERADOS Los trabajos de construcción de una obra dan lugar a una amplia variedad de residuos, cuyas características y cantidad dependen de la fase de construcción y del tipo de trabajo que será ejecutado. Pág. 4

Es necesario identificar los trabajos previstos en la obra con el fin de contemplar el tipo y el volumen de residuos se producirán, organizar los contenedores e ir adaptando esas decisiones a medida que avanza la ejecución de los trabajos. En efecto, en cada fase del proceso se debe planificar la manera adecuada de gestionar los residuos, hasta el punto de que, antes de que se produzcan los residuos, hay que decidir si se pueden reducir, reutilizar y reciclar. A este efecto, de la Orden MAM/304/2002 de 8 de febrero se identifican dos categorías de Residuos de Construcción y Demolición (RCD): RCDs de Nivel I.- Residuos generados por el desarrollo de las obras de infraestructura de ámbito local o supramunicipal contenidas en los diferentes planes de actuación urbanística o planes de desarrollo de carácter regional, siendo resultado de los excedentes de excavación de los movimientos de tierra generados en el transcurso de dichas obras. Se trata, por tanto, de las tierras y materiales pétreos, no contaminados, procedentes de obras de excavación. RCDs de Nivel II.- residuos generados principalmente en las actividades propias del sector de la construcción, de la demolición, de la reparación domiciliaria y de la implantación de servicios. Por otro lado es necesario tener en cuenta que son residuos no peligrosos que no experimentan transformaciones físicas, químicas o biológicas significativas. Los residuos inertes no son solubles ni combustibles, ni reaccionan física ni químicamente ni de ninguna otra manera, ni son biodegradables, ni afectan negativamente a otras materias con las que entran en contacto de forma que puedan dar lugar a contaminación del medio ambiente o perjudicar a la salud humana. Se contemplan los residuos inertes procedentes de obras de construcción y demolición, incluidos los de obras menores de construcción y reparación domiciliaria sometidas a licencia municipal o no. Los residuos generados serán tan solo los marcados a continuación de la Lista Europea establecida en la Orden MAM/304/2002. No se consideraran incluidos en el cómputo general los materiales que no superen 1m³ de aporte y no sean considerados Pág. 5

peligrosos y requieran por tanto un tratamiento especial. La inclusión de un material en la lista no significa, sin embargo, que dicho material sea un residuo en todas las circunstancias. Un material sólo se considera residuo cuando se ajusta a la definición de residuo de la letra a) del artículo 1 de la Directiva 75/442/CEE, es decir, cualquier sustancia u objeto del cual se desprenda su poseedor o tenga la obligación de desprenderse en virtud de las disposiciones nacionales en vigor. En las tablas que se muestran a continuación se marcarán con una X aquellos residuos que previsiblemente serán generados en las obras objeto de este documento. A.1.: RCDs Nivel I 1. TIERRAS Y PÉTREOS DE LA EXCAVACIÓN X 17 05 04 Tierras y piedras distintas de las especificadas en el código 17 05 03 17 05 06 Lodos de drenaje distintos de los especificados en el código 17 05 05 * 17 05 08 Balasto de vías férreas distinto del especificado en el código 17 05 07 A.2.: RCDs Nivel II RCD: NATURALEZA NO PÉTREA 1. Asfalto X 17 03 02 Mezclas bituminosas distintas de las del código 17 03 01 2. Madera X 17 02 01 Madera 3. Metales 17 04 01 Cobre, bronce y latón 17 04 02 Aluminio 17 04 03 Plomo 17 04 04 Zinc X 17 04 05 Hierro y Acero 17 04 06 Estaño 17 04 07 Metales mezclados 17 04 11 Cables distintos de los especificados en el código 17 04 10 4. Papel X 20 01 01 Papel Pág. 6

A.2.: RCDs Nivel II RCD: NATURALEZA NO PÉTREA 5. Plástico X 17 02 03 Plástico 6. Vidrio 17 02 02 Vidrio 7. Yeso 17 08 02 Materiales de construcción a partir de yesos distintos a los del código 17 08 01 RCD: NATURALEZA PÉTREA 1. Arena, Grava y otros Áridos X 01 04 08 Residuos de grava y rocas trituradas distintos de los mencionados en el código 01 04 07 X 01 04 09 Residuos de arena y arcilla 2. Hormigón X 17 01 01 Hormigón 3. Ladrillos, azulejos y otros cerámicos 17 01 02 Ladrillos 17 01 03 Tejas y materiales cerámicos X 17 01 07 Mezcla de hormigón, ladrillos, tejas y materiales cerámicos distintas de las especificadas en el código 17 01 06 4. Piedra X 17 09 04 RCDs mezclados distintos a los especificados en los códigos 17 09 01, 02 y 03 RCD: POTENCIALMENTE PELIGROSOS Y OTROS 1. Basuras X 20 02 01 Residuos biodegradables X 20 03 01 Mezcla de residuos municipales 2. Potencialmente peligrosos y otros 17 01 06 Mezcla de hormigón, ladrillos, tejas y materiales cerámicos con sustancias peligrosas (SP s) 17 02 04 Madera, vidrio o plástico con sustancias peligrosas o contaminadas por ellas 17 03 01 Mezclas bituminosas que contienen alquitrán de hulla Pág. 7

RCD: POTENCIALMENTE PELIGROSOS Y OTROS 17 03 03 Alquitrán de hulla y productos alquitranados 17 04 09 Residuos metálicos contaminados con sustancias peligrosas 17 04 10 Cables que contienen hidrocarburos, alquitrán de hulla y otras sustancias peligrosas 17 06 01 Materiales de aislamiento que contienen amianto 17 06 03 Otros materiales de aislamiento que contienen sustancias peligrosas 17 06 05 Materiales de construcción que contienen amianto 17 08 01 Materiales de construcción a partir de yeso contaminado con sustancias peligrosas 17 09 01 Residuos de Construcción y Demolición que contienen mercurio 17 09 02 Residuos de Construcción y Demolición que contienen PCB s 17 09 03 Otros Residuos de Construcción y Demolición que contienen sustancias peligrosas 17 06 04 Materiales de aislamiento distintos de los 17 06 01 y 03 17 05 03 Tierras y piedras que contienen sustancias peligrosas 17 05 05 Lodos de drenaje que contienen sustancias peligrosas 17 05 07 Balasto de vías férreas que contienen sustancias peligrosas 15 02 02 Absorbentes contaminados (trapos,...) 13 02 05 Aceites usados (minerales no clorados de motor,...) 16 01 07 Filtros de aceite 20 01 21 Tubos fluorescentes 16 06 04 Pilas Alcalinas y Salinas 16 06 03 Pilas de botón 15 01 10 Envases vacíos de metal o plástico contaminado 08 01 11 Sobrantes de pinturas y barnices 14 06 03 Sobrantes de disolventes no halogenados 07 07 01 Sobrantes de desencofrantes 15 01 11 Aerosoles vacíos 16 06 01 Baterías de plomo 13 07 03 Hidrocarburos con agua 17 09 04 RCDs mezclados distintos códigos 17 09 01, 02 y 03 Pág. 8

3.- ESTIMACIÓN DE LA CANTIDAD DE CADA TIPO DE RESIDUO QUE SE GENERARÁ EN LA OBRA La estimación se realiza en función de las mediciones de proyecto recogidas en el presupuesto. En otros casos se manejan parámetros estimativos estadísticos o porcentuales. Una vez que han sido identificados los residuos de construcción y que se generarán en obra, se realiza una estimación del peso (toneladas) y volumen (m3) de cada tipo en función de las categorías recogidas en el apartado anterior. Dadas las características de las obras a realizar, de las mediciones recogidas en el Proyecto, se estiman los siguientes valores: El volumen de fresado se calcula en función de la superficie total obtenida en Proyecto multiplicada por un espesor de 5 cm. El volumen de excavación se obtiene directamente del Proyecto en la medición de saneos. Estas mediciones junto con la geometría de los elementos a demoler y la densidad de los materiales establecen las cantidades recogidas en el punto 11. Coste total de la gestión de residuos generados del presente anejo. En base a estas premisas se obtienen los siguientes datos: FRESADO: 3.203,55 m3 (64.071,04 m2) Con el dato estimado de RCD s por metro cuadrado de construcción y en base a los estudios realizados para obras similares de la composición en peso de los RCD s que van a vertedero plasmados en el Plan Nacional de RCD s 2001-2006, adaptados a ésta obra en particular, se consideran los siguientes pesos y volúmenes en función de la tipología de residuo: Pág. 9

4.- MEDIDAS DE SEGREGACIÓN IN SITU PREVISTAS (CLASIFICACIÓN / SELECCIÓN) En base al artículo 5.5 del Real Decreto 105/2008, los residuos de construcción y demolición deberán separarse en fracciones, cuando, de forma individualizada para cada una de dichas fracciones, la cantidad prevista de generación para el total de la obra supere las siguientes cantidades: Hormigón TIPOLOGÍA DEL RESIDUO TONELADAS DE CADA TIPO DE RCD 160,00 t Ladrillos, Tejas, cerámicos...etc Metales Maderas Vidrio Plásticos Papel y Cartón 80,00 t 4,00 t 2,00 t 2,00 t 1,00 t 1,00 t Las medidas aplicadas en la obra serán MEDIDAS PROPUESTAS DE SEGREGACIÓN IN SITU DE LOS RCD Eliminación previa de elementos desmontables y/o peligrosos Derribo separativo / segregación en obra nueva (ej.: pétreos, madera, metales, plásticos + cartón + envases, orgánicos, peligrosos ). Solo en caso de superar las fracciones establecidas en el artículo 5.5 del RD 105/2008 X Derribo integral o recogida de escombros en obra nueva todo mezclado, y posterior tratamiento en planta 5.- PREVISIÓN DE OPERACIONES DE REUTILIZACIÓN EN LA MISMA OBRA O EN EMPLAZAMIENTOS EXTERNOS. Se prevé la reutilización de materiales en la propia obra o en elementos externos a la misma En la tabla que se presenta a continuación se marcarán con una X las operaciones previstas y el destino inicial previsto para los materiales generados en la (propia obra o Pág. 10

externo). OPERACIÓN PREVISTA DESTINO INICIAL X No hay previsión de reutilización en la misma obra o en emplazamientos externos, simplemente serán transportados a vertedero autorizado Reutilización de tierras procedentes de la excavación Reutilización de residuos minerales o pétreos en áridos reciclados o en urbanización Reutilización de materiales cerámicos Reutilización de materiales no pétreos: madera, vidrio Reutilización de materiales metálicos Otros (indicar) Acopio El material se fresado será acopiado para su posterior reutilización por parte del Ayuntamiento de León. 6.- PREVISIÓN DE OPERACIONES DE VALORIZACIÓN IN SITU DE LOS RESIDUOS GENERADOS En la tabla que se presenta a continuación se marcarán con una X las operaciones previstas y el destino inicial previsto para los materiales generados en la (propia obra o externo). OPERACIÓN PREVISTA X No hay previsión de reutilización en la misma obra o en emplazamientos externos, simplemente serán transportados a vertedero autorizado Utilización principal como combustible o como otro medio de generar energía Recuperación o regeneración de disolventes Reciclado o recuperación de sustancias orgánicas que utilizan no disolventes Reciclado o recuperación de metales o compuestos metálicos Reciclado o recuperación de otras materias orgánicas Regeneración de ácidos y bases Tratamiento de suelos, para una mejora ecológica de los mismos Pág. 11

OPERACIÓN PREVISTA Acumulación de residuos para su tratamiento según el Anexo II.B de la Comisión 96/350/CE Otros (indicar) 7.- PLANOS Y CARACTERÍSTICAS DE LAS INSTALACIONES PREVISTAS El emplazamiento y organización de las instalaciones previstas para el almacenamiento, manejo y, en su caso, otra operaciones de gestión de los residuos de construcción y demolición en la obra, será establecido por la empresa encargada de la ejecución de la obra atendiendo a su propio proceso constructivo, organizativo y a las características particulares de cada obra, siempre con acuerdo de la dirección facultativa de la obra por este motivo no se incluyen planos referentes a estas instalaciones. Estas instalaciones si contemplarán las siguientes áreas: Acopios y/o contenedores de los distintos RCDs. Itinerarios de circulación de máquinas y equipos para acceso a los acopios y contenedores de RCD, en las operaciones de carga y descarga. Señalización de seguridad de las zonas destinadas a acopios y contenedores de RCDs. Delimitación de espacios y zonas de seguridad de contenedores y acopios de los RCD. Radios de acción de máquinas y equipos en las operaciones de carga y descarga de los RCDs. Zona de contenedor para lavado de canaletas / cubetas de hormigón. Almacenamiento de residuos y productos tóxicos potencialmente peligrosos. Contenedores para residuos urbanos. Ubicación de los acopios provisionales de materiales para reciclar como áridos, vidrios, madera o materiales cerámicos. 8.- DESTINO PREVISTO PARA LOS RESIDUOS NO REUTILIZABLES NI VALORABLES IN SITU Los materiales serán destinados a Gestor Autorizado, que deberá contar con la Pág. 12

correspondiente acreditación por parte de la Junta de Castilla y León. 9.- OBLIGACIONES DEL PRODUCTOR Y POSEEDOR DE RESIDUOS En el presente apartado se recogen las obligaciones y derechos de las distintas partes implicadas en la gestión de residuos. 9.1.- OBLIGACIONES DEL PRODUCTOR DE RESIDUOS El productor de residuos debe disponer de la documentación que acredite que los residuos han sido gestionados adecuadamente, ya sea en la propia obra, o entregados a una instalación para su posterior tratamiento por Gestor Autorizado. Si fuera necesario, por así exigírselo, el productor de residuos debe constituir la fianza o garantía que asegure el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Licencia, en relación con los residuos. 9.2.- OBLIGACIONES DEL POSEEDOR DE RESIDUOS La figura del poseedor de los residuos en la obra es fundamental para una eficaz gestión de los mismos y ha de adaptarse a las obligaciones establecidas en el artículo 5 del R.D. 105/2008. El poseedor de residuos debe tomar las decisiones para mejorar la gestión de los residuos y adoptar las medidas preventivas para minimizar y reducir los residuos que se originan. En síntesis, los principios que debe observar son los siguientes: Presentar ante el promotor un Plan que refleje cómo llevará a cabo esta gestión, si decide asumirla él mismo, o en su defecto, si no es así, estará obligado a entregarlos a un Gestor de Residuos acreditándolo fehacientemente. Si se los entrega a un intermediario que únicamente ejerza funciones de recogida para entregarlos posteriormente a un Gestor, debe igualmente poder acreditar quien es el Gestor final de estos residuos. Pág. 13

Este Plan, debe ser aprobado por la Dirección Facultativa, y aceptado por la Propiedad, pasando entonces a ser otro documento contractual de la obra. Mientras se encuentren los residuos en su poder, los debe mantener en condiciones de higiene y seguridad, así como evitar la mezcla de las distintas fracciones ya seleccionadas, si esta selección hubiere sido necesaria, es deber establecer a partir de qué valores se ha de proceder a esta clasificación de forma individualizada. Esta clasificación, que es obligatoria una vez se han sobrepasado determinados valores conforme al material de residuo que sea (límites recogidos en el apartado 3 de la memoria del presente estudio de gestión de residuos), puede ser dispensada por la Junta de Castilla y León de forma excepcional. Si el poseedor no pudiera realizar la correcta segregación por falta de espacio, debe obtener igualmente por parte del Gestor final, un documento que acredite que él lo ha realizado en lugar del Poseedor de los residuos. Debe sufragar los costes de gestión, y entregar al Productor (Promotor), los certificados y demás documentos acreditativos. Todo el personal de la obra, del cual es el responsable, conocerá sus obligaciones acerca de la manipulación de los residuos de obra y la ubicación de las zonas destinadas a su almacenamiento. Las iniciativas para reducir, reutilizar y reciclar los residuos en la obra han de ser coordinadas debidamente. Facilitar la difusión, entre todo el personal de la obra, de las iniciativas e ideas que surgen en la propia obra para la mejor gestión de los residuos. Debe seguirse un control administrativo de la información sobre el tratamiento de los residuos en la obra, y para ello se deben conservar los registros de los movimientos de los residuos dentro y fuera de ella. Siempre que sea posible, intentar reutilizar y reciclar los residuos de la propia obra antes de optar por usar materiales procedentes de otros solares. Pág. 14

10.- GESTIÓN EN FASE DE OBRA. Previo al inicio de las obras, el Contratista adjudicatario de las mismas deberá elaborar el correspondiente Plan de Gestión de Residuos, para su aprobación por parte del Director de las Obras. 11.- COSTE TOTAL DE LA GESTION DE RESIDUOS GENERADOS Los costes que puedan derivarse de la gestión de residuos de la obra se consideran repercutidos proporcionalmente en las diferentes unidades de obra. El principal residuo generado será el propio material procedente del fresado, el cual será acopiado en el lugar indicado por la Dirección de Obra para su posterior reutilización por el Ayuntamiento, por lo que no se requerirá su traslado a planta o gestor. 12.- CONCLUSIÓN Con todo lo anteriormente expuesto, el técnico que suscribe entiende que queda suficientemente desarrollado el Estudio de Gestión de Residuos para el proyecto reflejado en su encabezado. León, Mayo de 2016 El Autor del Estudio Fdo.: Javier Herrero González I.C.C.P. Ingeniero Municipal de Vías y Obras Pág. 15