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Transcripción:

2.2.CURSOS, OPOSICIONES Y CONCURSOS CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA Orden PRE/1/2018, de 8 de enero, de la Consejería de Presdenca y Justca, por la que se resuelve defntvamente el concurso de traslados para plazas vacantes entre funconaros de los Cuerpos y Escalas de Gestón Procesal y Admnstratva, Tramtacón Procesal y Admnstratva y Auxlo Judcal de la Admnstracón de Justca, anuncado por Orden PRE/48/2017, de 19 de juno. Vsto el expedente nstrudo como consecuenca del concurso de traslados convocado por Orden PRE/48/2017 de 19 de juno, (Boletín Ofcal de Cantabra de 7 de julo de 2017), para cubrr plazas vacantes de los Cuerpos o Escalas de Gestón Procesal y Admnstratva, Tramtacón Procesal y Admnstratva y Auxlo Judcal de la Admnstracón de Justca. Esta Consejería, de conformdad con lo dspuesto en el Título VIII de la Ley Orgánca 19/2003, de 23 de dcembre, de modfcacón de la Ley Orgánca 6/1985, de 1 de julo, del Poder Judcal y en el art. 43 y sguentes y Dsposcón Derogatora únca del Reglamento de Ingreso, Provsón de puestos de trabajo y promocón profesonal del personal funconaro al servco de la Admnstracón de Justca, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de dcembre, ha dspuesto: Prmero. Hacer públcos en Anexo de la presente Orden los destnos que con carácter defntvo han sdo adjudcados a los funconaros que han partcpado en el concurso de traslados convocado por Orden de la fecha menconada anterormente, que se corresponden con los relaconados en el Anexo I de la Orden de convocatora y sus correspondentes resultas. Segundo. Exclur del concurso de traslados a los funconaros que se relaconan en la págna Web del Mnstero de Justca (www.mjustca.gob.es). Tercero. Declarar caducadas las nstancas presentadas por los partcpantes en el presente concurso que no han obtendo destno, por lo que no serán tendas en cuenta en futuros concursos de traslados. Cuarto. Declarar desertas las plazas no adjudcadas en el presente concurso que se cubrrán por funconaros de nuevo ngreso, salvo que, por necesdades del servco, se pretendan amortzar. Tambén podrán anuncarse nuevamente como vacantes en concurso ordnaro en caso de que no se convoquen oposcones o de que la oferta públca de empleo que corresponda no haga necesaro el anunco de todas las desertas exstentes. Qunto. Para los funconaros que se encuentren en actvo, en servcos especales o en excedenca voluntara por el cudado de famlares y no rengresen en nnguno de los Cuerpos o Escalas a que se refere el presente concurso, no ncluyéndose en ese punto a los funconaros que se encuentren rengresados provsonales, el cese deberá efectuarse en las fechas que a contnuacón se ndcan: Tramtacón Procesal y Admnstratva, el 12 de febrero de 2018, lunes; Gestón Procesal y Admnstratva y Auxlo Judcal, el 16 de febrero de 2018, vernes. Pág. 4305 1/8

Sexto. La toma de posesón del nuevo destno obtendo por concurso, para los funconaros ndcados en el punto anteror, se producrá en los tres días hábles sguentes al cese, s no hay cambo de localdad del funconaro, o en los ocho días hábles sguentes s mplca cambo de localdad dentro de la Comundad Autónoma, y vente días hábles s mplca cambo de Comundad Autónoma, con excepcón de la Comundad Autónoma de Canaras, Comundad Autónoma de Illes Balears, Cudad de Ceuta y Cudad de Mellla, en que será de un mes, tanto s el puesto de trabajo en las slas o en las cudades es el de orgen como s es el de destno. El plazo posesoro será retrbudo por la Admnstracón competente respecto a la plaza obtenda en concurso. Séptmo. S la Orden comporta rengreso al servco actvo a la Admnstracón de Justca en los Cuerpos o Escalas de Gestón Procesal y Admnstratva, Tramtacón Procesal y Admnstratva o Auxlo Judcal, procedentes desde las stuacones admnstratvas de excedenca voluntara por prestacón de servcos en el sector públco, excedenca voluntara por nterés partcular, excedenca voluntara por agrupacón famlar o suspensón de funcones, ncluyéndose en este punto a los funconaros que se encuentren adscrtos provsonales, el plazo posesoro será de vente días hábles y deberá de computarse desde el día de la publcacón de esta Orden en el Boletín Ofcal del Estado. Este plazo posesoro no será retrbudo. En el caso de que los funconaros rengresados por medo del presente concurso se encontraran adscrtos provsonales en el Cuerpo o Escala donde rengresan o en actvo en otro Cuerpo o Escala de la Admnstracón de Justca y no quseran que se nterrumpera su relacón de servco con la Admnstracón de Justca, bastará con que, dentro del plazo posesoro de vente días hábles tomen posesón en el nuevo Cuerpo o Escala, tenéndolos por cesados en su antguo destno con la fecha nmedatamente anteror a la de su posesón en la nueva plaza de rengreso. Para ello, dada la necesdad de contar con el tempo ndspensable para efectuar la toma de posesón, podrán solctar a la Gerenca Terrtoral de Justca o al órgano competente de la Comundad Autónoma de su actual destno, un permso retrbudo de dos días hábles s hay cambo de localdad, salvo aquellos casos que hayan de desplazarse a Canaras, Islas Baleares o Ceuta y Mellla, en cuyo caso el permso podrá ser de hasta tres días hábles, debendo dsfrutarse, en cualquer caso, dentro del plazo posesoro. La toma de posesón en el nuevo destno se efectuará durante los días de permso ndcados. Por la Comundad Autónoma competente, o la Gerenca Terrtoral que corresponda, se les concederá la excedenca de ofco en el Cuerpo o Escala de procedenca s ésta se produce en un Cuerpo o Escala al servco de la Admnstracón de Justca, en cuyo destno se les tendrá por cesados con la fecha anteror a la de su posesón en los Cuerpos o Escalas de Gestón Procesal y Admnstratva, Tramtacón Procesal y Admnstratva o Auxlo Judcal, al objeto de evtar la nterrupcón en la percepcón de sus haberes. Los funconaros nternos que actualmente ocupen las plazas que han sdo adjudcadas, cesarán como consecuenca de la posesón del ttular. Octavo. Para el supuesto de que un funconaro rengresado, de los ndcados en el punto Séptmo, tomara posesón antes de los días 12 o 16 de febrero en un órgano judcal en el que hubera destnado un funconaro en actvo, en servcos especales o en excedenca por cudado de famlares, u otro funconaro adscrto provsonal que debera trasladarse al haber obtendo un puesto de trabajo en el concurso, no se segurá el orden de cese establecdo en el punto Qunto, sno que se deberá actuar de la sguente forma: a) El funconaro rengresado tomará posesón. b) El funconaro en actvo, en servcos especales o en excedenca por cudado de famlares, o en adscrpcón provsonal cesará el msmo día de la toma de posesón del rengresado, empezando a contarle al prmero entonces el plazo posesoro ndcado en el punto Sexto. c) S el funconaro cesado en el apartado b) tomara posesón en un órgano judcal ocupado por otro que aún no ha cesado, se actuará de gual modo que en los puntos a) y b), y así sucesvamente. Pág. 4306 2/8

Cuando tome posesón un funconaro en actvo, en servcos especales o excedenca voluntara por cudado de famlares, y no haya cesado aún un funconaro que deba rengresar o que esté adscrto provsonal, se deberá actuar de la sguente forma: d) El funconaro en actvo, en servcos especales o en excedenca por cudado de famlares tomará posesón. e) El funconaro que deba rengresar o que esté en adscrpcón provsonal cesará el msmo día de la toma de posesón del funconaro en actvo, en servcos especales o en excedenca por cudado de famlares, empezando a contarle al prmero entonces el plazo posesoro ndcado en el punto Séptmo. f) S el funconaro cesado en el apartado e) tomara posesón en un órgano judcal ocupado por otro que aún no ha cesado, se actuará de gual modo que en los puntos d) y e), y así sucesvamente. Noveno. Contra la presente orden cabe nterponer recurso de alzada ante el Consejo de Goberno en el plazo de un mes contado a partr del sguente a su publcacón según lo dspuesto en el artículo 128 de la Ley de Cantabra 6/2002 de 10 de dcembre de Régmen Jurídco del Goberno y de la Admnstracón Autónoma de Cantabra. Santander, 8 de enero de 2018. El consejero de Presdenca y Justca, Rafael de la Serra González. Pág. 4307 3/8

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