BASES BECAS PROMOCIÓN ACADÉMICA COLEGIO SEK-ALBORÁN

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Transcripción:

BASES BECAS PROMOCIÓN ACADÉMICA COLEGIO SEK-ALBORÁN Modalidades de las becas: Se presentan 3 modalidades: - Modalidad 1: becas de apoyo al estudio para el curso escolar, con una bonificación del 50%. - Modalidad 2: becas de apoyo al estudio para el curso escolar, con una bonificación del 25%. - Modalidad 3: 20 becas para la participación en proyectos de actividades realizadas en verano en el SEK Alborán. Los destinatarios de las becas de apoyo al estudio en el curso escolar modalidad 1 y 2, serán alumnado de educación secundaria obligatoria y bachillerato; y para las becas de participación en las actividades de verano, modalidad 3, alumnado de educación infantil, primaria y educación secundaria obligatoria. La cuantía de las becas será: - Modalidad 1: corresponderá al SEK, becas de apoyo al estudio, con la bonificación del 50% del importe completo de la enseñanza del curso escolar en que esté matriculado el alumnado becado y del servicio de comedor. El importe de los gastos del transporte escolar y los derivados del uniforme, material didáctico y escolar, actividades extraescolares, etc. corresponderán a las familias. - Modalidad 2: corresponderá al SEK, becas de apoyo al estudio, con la bonificación del 25% del importe completo de la enseñanza del curso escolar en que esté matriculado el alumnado becado y del servicio de comedor. El importe de los gastos del transporte escolar y los derivados del uniforme, material didáctico y escolar, actividades extraescolares, etc. corresponderán a las familias. - Modalidad 3: 20 becas para la incorporación y participación en los proyectos de actividades de verano. El 100% del importe de los gastos de docencia de la actividad corresponden al SEK. El resto de los gastos generados, tales como transporte, servicio de comedor, etc., corresponderán a las familias. La selección del alumnado para todas las modalidades de becas, será realizada por el Ayuntamiento de El Ejido con arreglo al procedimiento que se recoge en estas bases. Una vez aprobadas las becas para las modalidades 1 y 2, tendrán continuidad durante todos y cada uno de los cursos académicos en que esté matriculado el alumnado becario en el colegio SEK Alborán, perdiendo automáticamente esta beca en los siguientes supuestos: a) Por no superar el correspondiente curso académico, según los criterios de evaluación que tenga establecido el colegio. 1

b) Por ser expulsado con anterioridad a la finalización del curso escolar por el colegio, de acuerdo con su normativa interna, o, de la misma manera, por no ser admitido para el siguiente curso. c) Por dejar de estar empadronado en el término municipal de El Ejido, por cualquier causa. d) Por disminuir la puntuación obtenida en la baremación inicial en un 50% en el año económico siguiente al que se concedió la beca, porcentaje que se incrementará con un punto en cada uno de los sucesivos años económicos. Para ello el Colegio SEK Alborán enviará al Ayuntamiento de El Ejido un informe del alumnado becado en las modalidades 1 y 2, en el mes de febrero y una vez finalizado el curso escolar, en el que se expresará además de los resultados de la evaluación y rendimiento del curso, la valoración académica y pedagógica por parte del Departamento de Orientación, sobre si debe o no continuar con la situación de becado. Una vez recibido el informe académico, el Ayuntamiento de El Ejido consultará los ingresos de la unidad familiar del último ejercicio cerrado (previa autorización del solicitante). En el supuesto de que sea retirada una beca de las modalidades 1 y 2, se les comunicará a las familias con anterioridad a la finalización del mes de marzo. Cada curso escolar, el Ayuntamiento abrirá procedimiento para cubrir aquellas becas que quedasen vacantes, para el siguiente curso escolar, según cada modalidad. El alumnado que disfrute de beca en la modalidad 3, para la participación en el proyecto de actividad de verano, lo tendrá que solicitar cada año una vez abierta la convocatoria, ya que estas becas no tienen continuidad. Los requisitos para ser becario serán los siguientes: - Empadronamiento en el municipio de El Ejido de la unidad familiar al menos los cinco años anteriores a la convocatoria (se entiende por unidad familiar los miembros hasta segundo grado de parentesco a contar desde el alumnado candidato a la beca). - Nivel de estudios que desarrolla. Para las modalidades 1 y 2, alumnado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato. Para la modalidad 3, alumnado de Educación Infantil, Primaria y Educación Secundaria Obligatoria. 2

Las solicitudes: La apertura del plazo para la presentación de las solicitudes será determinado por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de El Ejido para las becas en las modalidades 1 y 2 de apoyo al estudio, y para las becas en la modalidad 3 de participación en el proyecto de actividades de verano. La solicitud deberá hacerse, necesariamente, en el impreso normalizado que se acompaña como anexo, y se presentará en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de Noviembre. 1. Podrán solicitar beca cualquiera de los progenitores del/la menor, que ejerzan la patria potestad; y, en su defecto, el tutor o persona a cuya guarda esté el/la menor. 2. La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación: a) Fotocopia completa y compulsada del documento nacional de identidad y número de identificación fiscal del/la solicitante y de todos los miembros computables de la familia mayores de 16 años. b) Fotocopia completa y compulsada del libro de familia en que conste el/la menor para el/la cual se solicita la beca. c) Certificación expedida por la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales de la Junta de Andalucía, en su caso, acreditativa de pertenecer el/la solicitante a familia numerosa, y clase o categoría de la misma. d) Certificación, en su caso, expedida por el órgano competente de la Junta de Andalucía, de estar afectado el/la solicitante o cualesquiera de los miembros de la unidad familiar (abuelos/as y hermanos/as mayores de 16 años que residan en la misma vivienda) de minusvalía, legalmente calificada, de grado igual o superior al treinta y tres por ciento. e) Certificación expedida por el Servicio Público de Empleo Estatal acreditativa, en su caso, de estar el/la solicitante y su cónyuge en situación de desempleo y prestaciones que por este concepto viniera percibiendo en el momento al 31 de diciembre del año inmediato anterior. f) Toda la documentación a que se refiere éste número deberá ser presentada con la solicitud, o, en todo caso, con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. No se tendrán en cuenta las circunstancias a que se refiere dicho número que no se hayan presentado en la forma y en el plazo especificado. En el supuesto de que se constate algún error o falta de documentación, será requerido y subsanado en el plazo de 10 días naturales a partir del día de la finalización del período para la presentación de documentación. 3. El ayuntamiento, antes de resolver, podrá requerir al solicitante a que presente aclaración o justificación de cualquier extremo referente a la documentación presentada, así como realizar comprobaciones por sí mismo. 3

4. La falsedad o falsificación del contenido de la solicitud, o de la documentación aportada, dará lugar a la exclusión del proceso selectivo, si no hubiese sido concedida la beca, y si hubiese sido concedida dará lugar a la pérdida de la misma y la devolución al colegio SEK Alborán y al Ayuntamiento de El Ejido, según corresponda, de las cantidades satisfechas, y sin perjuicio de la responsabilidad penal a que hubiera lugar. Periodo para solicitar las becas: La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de El Ejido determinará cada año los períodos para solicitar las becas. Lugar de presentación: - Registro General del Ayuntamiento de El Ejido - Oficinas municipales de los núcleos de población. - De manera telemática en los lugares habilitados para ello. Información: Información del Ayuntamiento de El Ejido. Unidad de Educación y Juventud. Área de Cultura. Teatro Auditorio de El Ejido, c/ Bayárcal s/n. El baremo de aplicación para las diferentes modalidades: A).- Puntuación otorgada por al Ayuntamiento. 1. Por empadronamiento: 0,25 puntos por cada año completo de empadronamiento del/la tutor/a solicitante en el municipio de El Ejido, hasta un máximo de 3 puntos. El empadronamiento deberá ser inmediato a contar desde el día en que se abre el plazo de solicitudes y continuado. No se tendrán en cuenta los períodos inferiores al año. 2. Por circunstancias económicas, que serán referidas al ejercicio fiscal inmediato anterior: a) Se sumará 0,5 puntos por cada 1.000,00 en que disminuyan las cantidades de renta familiar que se establecen a continuación, y se detraerá 0,25 puntos por cada 1.000,00 que excedan de dichas cantidades. No se tendrán en cuenta las fracciones inferiores a las cantidades completas. Si coincide la renta del solicitante con las cantidades de partida, la puntuación será cero puntos. En todo caso el/la solicitante y el alumnado para el que se solicita la beca serán computados para determinar el número de miembros de la unidad familiar: - Familias de dos miembros: 27.102,60 - Familias de tres miembros: 31.619,70 - Familias de cuatro miembros: 36.136,80 - Familias de cinco miembros: 40.653,90 4

- Familias de seis miembros: 45.171,00 - Familias de siete miembros: 49.688,10 - A partir del séptimo miembro, se añadirán 3.011,40 por cada nuevo miembro computable. b) 0,50 puntos por cada hermano/a, incluido el alumnado solicitante, que forme parte de la unidad familiar; cuando se trate de familias numerosas de primera la puntuación será de 1 punto por cada hermano/a; si se trata de familias numerosas de segunda la puntuación será de 1,5 puntos por cada hermano/a; y en el caso de tratarse de familias numerosas de honor, 2 puntos por cada hermano/a. c) 1 punto cuando el solicitante o su cónyuge tengan reconocida una invalidez absoluta que imposibilite para cualquier trabajo y que la única fuente de ingresos de la unidad familiar sea la pensión devengada por dicha invalidez. d) 1 punto cuando el/la solicitante sea soltero/a, viudo/a o cónyuge separado legalmente o de hecho, siempre que la única fuente de ingresos de la unidad familiar sean los procedentes de su trabajo, o la pensión o los alimentos devengados, en su caso. e) 1 punto cuando el/la solicitante y su cónyuge estén en la situación de desempleo sin percepción de prestaciones. f) Se detraerán 0,10 puntos por cada 2.000,00 de valor catastral de las fincas urbanas que pertenezcan a la unidad familiar. Para el cómputo se excluirá la vivienda habitual, siempre que su valor catastral no exceda de 75.000,00 ; por cada 2.000,00 que exceda de dicha cantidad, se detraerán 0,10 puntos. g) Se detraerán 0,15 puntos por cada 3.000,00 de valor catastral de las fincas rústicas que pertenezcan a la unidad familiar. 3. Por circunstancias sociales, referidas al ejercicio fiscal inmediato anterior: 1 punto por cada hijo/a del/la solicitante que forme parte de la unidad familiar, que esté afectado/a de minusvalía, legalmente calificada, de grado igual o superior al treinta y tres por ciento. B).- Puntuación otorgada por el Colegio SEK Alborán. El Colegio SEK Alborán someterá al alumnado aspirante a pruebas psicopedagógicas adecuadas a la edad del alumnado aspirante y del curso escolar al que se pretende matricular, y puntuará esta prueba de 0 a 5 puntos. 5

C).- Puntuación Final. La puntuación total vendrá determinada por la suma algebraica de los apartados números 1, 2 y 3 del apartado A), a la cual se le sumará la puntuación emitida por el Colegio en el apartado B). En caso de empate, se dirimirá éste a favor del/la solicitante que haya obtenido mayor puntuación en el apartado B), y de persistir éste se tendrá en cuenta la mayor puntuación del punto 1 del apartado A). Si a pesar de esto continuase el empate se efectuará un sorteo entre aquellos/as solicitantes que continúen empatados al final. D).- Resolución. El órgano competente para la resolución del concurso será la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento, que aprobará una lista ordenada por orden decreciente de puntuación de todos los/las solicitantes. La adjudicación de las becas de apoyo al estudio en las modalidades 1 y 2 se realizará siguiendo el orden decreciente que resulta de la puntuación final obtenida adjudicando en primer lugar las becas disponibles en la modalidad 1, y continuando con la adjudicación de las becas disponibles en la modalidad 2. Para la adjudicación de las becas disponibles en la modalidad 3 se seguirá el orden decreciente que resulta una vez otorgada la puntuación final. E).- Contra el acuerdo de la Junta de Gobierno Local, los/las interesados/as podrán interponer los recursos que conforme a derecho procedan. 6