CONVOCATORIA DE BECAS DE FORMACIÓN El Vicerrectorado de convoca 2 becas de formación, con destino en la Escuela Internacional de Doctorado (EID) de la Universidad de Castilla-La Mancha (UCLM) en el campus de Albacete. Primero. Objeto de la convocatoria. El objetivo principal es ofrecer a los becarios la posibilidad de formarse activamente en nuevas metodologías educativas y técnicas de gestión administrativa, principalmente en el ámbito de los estudios de doctorado, colaborando con el Vicerrectorado de y la EID de la UCLM. En consonancia con lo anterior, la formación estará en relación con: 1. Las acciones de tipo general que se desarrollen en la EID en el ámbito de los estudios de doctorado. 2. Estudio de la evolución del doctorado en la UCLM en los últimos años. 3. Atención y seguimiento de los estudiantes de doctorado. 4. Diseño de procedimientos administrativos de gestión. 5. Gestión y mantenimiento de páginas Web. Las tareas formativas a desempeñar serán las que en cada momento determinen los responsables directos de la EID. Segundo. Requisitos de los candidatos. 1. Para optar a estas becas de formación es necesario: a) Estar matriculado en alguno de los programas de doctorado de la UCLM y haber abonado los derechos de tutela correspondientes al año académico en curso. b) Estar en disposición de desarrollar su actividad formativa en el campus de Albacete en el horario de mañana que le sea asignado. c) No tener ningún otro tipo de beca o ayuda o relación contractual laboral o administrativa con entidad pública o privada. d) No haber concluido la tesis doctoral ni estar en condiciones de obtener o haber obtenido el título de doctor en el momento de la adjudicación de la beca. 2. Se valorarán, según se establece en el apartado noveno de esta convocatoria, el expediente académico de grado o de primer y segundo ciclo, el expediente de postgrado, en su caso, y los conocimientos acreditados de inglés, informática, así como de normativa y gestión del doctorado. Tercero. Duración y dotación económica. 1. La actividad que conlleva la beca se realizará desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2015, excluido el mes de agosto, con una dedicación semanal a las actividades objeto de la convocatoria de 30 horas. 2. Los becarios realizarán la formación práctica en la EID y con el régimen de dedicación y horario que se establezca por parte de sus responsables. La dotación económica será de 600 brutos mensuales, con cargo a la orgánica 01130. El programa Operativo Feder de Castilla-La Mancha 2014-2020 cofinancia la presente acción formativa. 3. Estas cantidades estarán sujetas a las retenciones que procedan, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de la Personas Físicas. Asimismo, cada beca estará sujeta al régimen de cotización establecido en el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el régimen general de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización de la Seguridad Social. La acción protectora es la correspondiente al Régimen General de la Seguridad Social, con la única exclusión de la protección por desempleo. Página 1 de 5 PÁGINA 1 / 5 ID. DOCUMENTO zgxdno7uldklmkp36mv4eg$$
Cuarto.- Formalización de solicitudes. Las solicitudes se presentarán siguiendo el modelo del Anexo I de la presente convocatoria, al que se adjuntará la siguiente documentación: Fotocopia del D.N.I. Currículum vitae. Justificante de haber abonado la tutela académica correspondiente al curso 2014-15. Certificación académica, con nota media, de los estudios de grado o primer y segundo ciclo, cuando dichos estudios se hayan realizado en una universidad distinta a la UCLM. Certificación académica, con nota media, de los estudios de postgrado, cuando dichos estudios se hayan realizado en una universidad distinta de la UCLM. Justificante que acredite el nivel de idiomas. Justificante que acredite los conocimientos informáticos. Justificante que acredite los conocimientos de normativa y gestión del doctorado (asistencia a jornadas de orientación, jornadas doctorales, etc.) Quinto.- Plazos y contactos. 1. La presentación de la instancia y documentación adicional ha de hacerse antes de las 14:00 horas del día 10 de diciembre de 2014, en el Registro del Rectorado de la UCLM en la c/ Altagracia, nº 50, de Ciudad Real o en los Vicerrectorados de los Campus de Albacete, Cuenca o Toledo. 2. La presente convocatoria se hará pública en la página Web de la EID, en los tablones de anuncios del Rectorado y en los Registros de los Vicerrectorados de cada uno de los diferentes campus de la UCLM. Para cualquier información adicional, el contacto es: Sexto.- Incompatibilidades. Escuela Internacional de Doctorado Vicerrectorado de Tel: 902 204 100 extensión 96227-90204 Correo electrónico: doctorado@uclm.es No se podrá disfrutar de esta beca mientras exista una relación laboral o administrativa con entidad pública o privada. La beca será incompatible con el disfrute de cualquier otra beca o ayuda al estudio. Séptimo.- Periodo y condiciones de disfrute. 1. El período de disfrute de la beca será el que se indica en el punto tercero de la presente convocatoria. En cualquier caso, el mes de agosto será inhábil a todos los efectos y en consecuencia los beneficiarios no realizarán prestación alguna ni percibirán la cuantía económica correspondiente. 2. La persona que resulte beneficiaria tendrá las siguientes obligaciones: Dedicar a las actividades objeto de la convocatoria 30 horas semanales. Acreditar el cumplimiento de los requisitos y condiciones establecidos para la concesión y disfrute de la beca. Someterse a las actuaciones de comprobación precisas para verificar, en su caso, el cumplimiento y efectividad de las condiciones de la concesión de la ayuda. Realizar su formación práctica en la EID, sometiéndose al régimen de trabajo y horario que se establezca por el responsable de la misma. 3. En ningún caso el disfrute de esta beca tendrá efectos jurídico-laborales entre el becario y la UCLM y, en consecuencia, su concesión no implicará ningún tipo de relación contractual laboral o administrativa con dicha Universidad, viniendo obligado el beneficiario a suscribir la oportuna declaración al respecto, antes del inicio de la percepción de la beca. Octavo.- Comisión de selección. El estudio de las solicitudes presentadas y propuesta de los posibles becarios se llevará a cabo por una Comisión de selección constituida por los siguientes miembros: Página 2 de 5 PÁGINA 2 / 5 ID. DOCUMENTO zgxdno7uldklmkp36mv4eg$$
Presidente: La directora académica del Vicerrectorado de o persona en quien delegue. Vocales: La subdirectora de la EID. El coordinador de alguno de los programas de doctorado integrados en la EID. Un doctorando. Secretario: La responsable de la gestión administrativa de la EID. Noveno.- Criterios de adjudicación. 1. La Comisión de Selección valorará las solicitudes de los aspirantes en base a los méritos de los candidatos, atendiendo a los siguientes criterios: a) Nota media del expediente académico de los estudios de grado o de primer y segundo ciclo: Aprobado (1 punto), Notable (2 puntos), Sobresaliente (3 puntos), Matrícula de Honor (4 puntos). b) Nota media del expediente académico de los estudios de postgrado: Aprobado (1 punto), Notable (2 puntos), Sobresaliente (3 puntos), Matrícula de Honor (4 puntos). c) Conocimientos de inglés: B1 (1 punto), B2 (2 puntos), C1 (3 puntos). d) Conocimientos de informática debidamente acreditados: hasta un máximo de 1 punto. e) Conocimientos de normativa y gestión de doctorado debidamente acreditado: hasta un máximo de 2 puntos. 2. La Comisión de selección podrá realizar si fuese necesario, una entrevista personal entre los candidatos con mayores méritos evaluados. Décimo.- Resolución 1. La propuesta de beneficiarios que formule la Comisión de selección se producirá en el plazo máximo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. 2. La Comisión de Selección podrá proponer, en su caso, una lista de suplentes que quedará activa hasta la finalización de la beca, para el caso de que alguno de los candidatos propuestos como titulares de la beca renunciara a la misma. 3. La resolución por la que se conceden las becas será adoptada por el Vicerrector de por delegación del Sr. Rector Magfco. de la UCLM. 4. La Universidad dará publicidad a dichos resultados en la página Web de la EID y en el tablón de anuncios del Rectorado y de los Vicerrectorados de Campus. 5. Las notificaciones a los candidatos se realizarán preferentemente por correo electrónico a la cuenta que ellos mismos hayan indicado en su solicitud. Undécimo.- Renuncia y revocación de las becas. 1. Deberá renunciar, por escrito, a la beca, todo beneficiario que: Deje de cumplir los requisitos exigidos en la convocatoria. La obtención del título de Doctor con posterioridad a la resolución de concesión de la beca, no supone, durante el periodo de tiempo para el que fue concedida, incumplimiento de los requisitos de la convocatoria. Incurra en alguna de las incompatibilidades establecidas en el punto sexto de la presente convocatoria. 2. Son causas de revocación de la beca: Página 3 de 5 PÁGINA 3 / 5 ID. DOCUMENTO zgxdno7uldklmkp36mv4eg$$
No cumplir con las obligaciones establecidas en el punto séptimo de la convocatoria. Seguir disfrutando de la beca sin tener derecho a ello ni haber renunciado a la misma cuando exista causa para ello, lo que supondrá la obligación por parte del beneficiario de reintegrar a la Universidad las cantidades indebidamente percibidas. 3. Cuando una beca quede vacante antes de la finalización del período para el que se concede, ésta se otorgará al primer suplente que cumpla todos los requisitos establecidos en el apartado segundo de esta convocatoria en el momento del inicio del disfrute de la beca. En su caso, se concederá al siguiente suplente, en las mismas condiciones. 4. Si un suplente no puede ser localizado telefónicamente o por correo electrónico, se le enviará un escrito certificado con acuse de recibo para que, en el plazo de dos días hábiles, contados a partir del siguiente a la recepción de la notificación, comunique telefónicamente a la EID si acepta o renuncia a la beca, sin perjuicio de su posterior confirmación por escrito, considerando que la no contestación en dicho plazo supone renunciar a la misma. Duodécimo.- Recursos. Contra la resolución de concesión de las becas, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Albacete, sede del órgano autor del acto, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la misma. No obstante, los interesados podrán optar por interponer, potestativamente, contra dicha resolución, recurso de reposición, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante el mismo órgano que la dictó, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto no recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de conformidad con lo establecido en los arts. 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. En Albacete, a la fecha que se indica en la firma electrónica de este documento. EL RECTOR, P.D. EL VICERRECTOR DE INVESTIGACIÓN Y POLÍTICA CIENTÍFICA (Resolución de 18/12/2013, DOCM de 02/01/2014) Página 4 de 5 PÁGINA 4 / 5 ID. DOCUMENTO zgxdno7uldklmkp36mv4eg$$
ANEXO I SOLICITUD DE BECA DE FORMACIÓN APELLIDOS: NOMBRE: DNI: FECHA DE NACIMIENTO: DOMICILIO: Nº LOCALIDAD: PROVINCIA: TELÉFONO: E-MAIL: MATRICULADO EN EL PROGRAMA DE DOCTORADO EN: El candidato cuyos datos se detallan en el cuadro anterior SOLICITA: Le sea concedida una de las becas de formación con destino en la EID, a cuyos efectos declara que por el hecho de solicitar la beca referida, se atiene estrictamente a lo dispuesto en la convocatoria de la misma, aceptando expresamente todos los términos de dicha convocatoria y, en particular, lo estipulado en el punto séptimo, apartado 3, que establece que En ningún caso el disfrute de esta beca tendrá efectos jurídicolaborales entre el becario y la UCLM y, en consecuencia, su concesión no implicará ningún tipo de relación contractual laboral o administrativo con dicha institución, viniendo obligado el beneficiario a suscribir la oportuna declaración al respecto, antes del inicio de la percepción de la beca. Lo que firma en a. de de 2014. (Firma del solicitante) De acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal, le informamos que sus datos pasan a formar parte del fichero de la Universidad, cuya finalidad es gestionar la solicitud de beca de colaboración, y podrían ser cedidos de acuerdo con las leyes vigentes. Asimismo, le comunicamos que puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de sus datos remitiendo un escrito al Director Académico de Seguridad de Sistemas Informáticos de la UCLM, calle Altagracia, número 50, 13071 Ciudad Real, adjuntando copia de documento que acredite su identidad. Documentación que acompaña: DNI Currículum vítae Justificante del pago de matrícula en el curso 2014-15 Certificación académica de los estudios de grado o primer y segundo ciclo, con nota media. No es necesario si se han realizado en la UCLM. Certificación académica de los estudios de postgrado, con nota media. No es necesario si se han realizado en la UCLM. Documento acreditativo del nivel de idiomas. Documento acreditativo de los conocimientos informáticos. Acreditación de los conocimientos de normativa y gestión de doctorado. SR. VICERRECTOR DE INVESTIGACIÓN Y POLÍTICA CIENTÍFICA.- Página 5 de 5 PÁGINA 5 / 5 ID. DOCUMENTO zgxdno7uldklmkp36mv4eg$$