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, ~ ,12016 ~~~: 17 ACTA DE INSPECCIÓN.

Transcripción:

CONSEJO DE CSN-PV / AIN/ENV-238/E-0092/15 Hoja 1 de 6 ACTA DE INSPECCION D. funcionario adscrito al Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad del Gobierno Vasco, acreditado como inspector por el Consejo de Seguridad Nuclear CERTIFICA: Que se ha personado el día 13 de marzo de 2015, a las 08:00 horas en el Puerto de Bilbao (Bizkaia). Que la visita tuvo por objeto la inspección de las operaciones de descarga desde barco y la carga en vehículos, para su transporte por carretera, de contenedores conteniendo óxido de uranio, procedentes del Reino Unido y con destino la Fábrica de elementos combustibles de Enusa Industrias Avanzadas, S.A. (EN USA) en Juzbado (Salamanca). Que la Inspección fue recibida por D. y D., por parte de Express Truck S.A. (ETSA), quienes aceptaron la finalidad de la inspección en lo que se refiere a la seguridad nuclear y la protección radiológica. Asimismo, la Inspección fue recibida por D., Técnico de prevención y medio ambiente de la Autoridad Portuaria, quien dio las facilidades necesarias para la realización de la inspección en las instalaciones portuarias. Que los representantes de ETSA fueron advertidos previamente al inicio de la inspección de que el acta que se levante, así como los comentarios recogidos en la tramitación de la misma, tendrán la consideración de documentos públicos y podrán ser publicados de oficio o a instancia de cualquier persona física o jurídica. Lo que se notifica a los efectos de que se exprese qué información o documentación aportada durante la inspección podría no ser publicable por su carácter confidencial o restringido. De las comprobaciones efectuadas por la inspección, así como de la información requerida y suministrada por el personal presente, resultaron las siguientes

- PV /Al N/ENV-238/E-0092/15 Hoja 2 de 6 OBSERVACIONES El transporte por vía marítima había sido realizado en el buque, de la naviera y había tenido entrada en el puerto de Bilbao sin que se hubieran producido incidencias. El material transportado era óxido de uranio en polvo, con un enriquecimiento menor del 5% en U-235, en 60 bultos del tipo con certificado de aprobación, convalidado en España mediante certificado El expedidor del material era la empresa británica Uranium Asset Management, Ltd. y el destinatario y titular del material la empresa Enusa Industrias Avanzadas, S.A. 30 de los bultos se transportaron dentro del contenedor marítimo de 40' identificado como TCIU429739/6 y los otros 30 en el contenedor marítimo de 40' identificado como CPIU 995230/8. Los contenedores marítimos fueron descargados del buque portacontenedores sobre sendos vehículos de transporte por carretera: ambos de la empresa ETSA, registrada en el Registro de empresas de transporte de materiales radiactivas con el nº RTR- 0001. En las operaciones de descarga y carga no se produjeron incidencias y la Inspección comprobó la correcta estiba y anclaje de los contenedores en los vehículos de carretera. Una vez cargados en los vehículos, la Inspección realizó una comprobación visual sobre el estado general externo de los contenedores, sin que se detectaran defectos o deterioros aparentes. El contenedor TCIU429739/6 disponía de placa de aprobación de acuerdo al Convenio Internacional sobre Seguridad de los Contenedores (CSC) de nº: D HH-2889/GL 4733 en la que se indicaba como fecha de fabricación 11/2008; asimismo, en etiqueta contigua de la entidad, se indicaba una validez de la inspección ese hasta mayo de 2016. El contenedor CPIU 995230/8 disponía de placa de aprobación de acuerdo al Convenio Internacional sobre Seguridad de los Contenedores (CSC) de nº: GB LR 20350-6/2004, en la que se indicaba como fecha de fabricación 1/2008;

CONSEJO DE esn-pv /Al N/E NV-238/E-0092/15 Hoja 3 de 6 as1m1smo, en etiqueta contigua de la entidad una validez de la inspección ese hasta septiembre de 2015. se Indicaba Los dos contenedores tenían el cierre precintado: el contenedor TeiU429739/6 con el precinto nq: ES 3550646 y el epiu 995230/8 con el precinto nq: ES 3550645. En el contenedor Te1U429739/6 se disponía en sus cuatro costados de una etiqueta romboidal de categoria 111-amarilla en la que se indicaba el contenido (U enriquecido al 20% o menos); Actividad: < 630 GBq; IT: 2,2. Asimismo, cada costado presentaba una etiqueta romboidal informando del transporte de sustancias fisionables con una indicación de ISe total de 49,8, la etiqueta indicativa de sustancia peligrosa para el medio ambiente y etiqueta rectangular naranja con indicación del nq UN 3327. En el contenedor epiu 995230/8 se disponía en sus cuatro costados de una etiqueta romboidal de categoría 111-amarilla en la que se indicaba el contenido (U enriquecido al 20% o menos); Actividad: < 630GBq; IT: 1,5. Además, cada costado presentaba una etiqueta romboidal informando del transporte de sustancias fisionables con una indicación de ISe total de 49,8, etiqueta indicativa de sustancia peligrosa para el medio ambiente y la etiqueta rectangular naranja con indicación del nq UN 3327. Asimismo, en el lateral de puertas del contenedor, presentaba otra etiqueta rectangular naranja con indicación del nq UN 2910. Esta etiqueta fue eliminada a propuesta de la inspección. Los dos vehículos disponían en la parte delantera y trasera de un rótulo naranja, indicativo de transporte de mercancías peligrosas. Se llevaron a cabo medidas radiológicas en el exterior de los contenedores y en los vehículos obteniéndose los siguientes resultados: En el contenedor TeiU429739/6: "" Tasa de dosis máxima en contacto con el contenedor (accesible por la Inspección): 13,5!lSv/h en lateral izquierdo (en el sentido de la marcha). "" Tasa de dosis máxima a 1m del punto anterior: 3,5!lSv/h. "" Tasa de dosis máxima en contacto con el contenedor (accesible por la Inspección): 4,3!lSv/h en lateral derecho (en el sentido de l marcha).

CONSEJO DE CSN-PV / AIN/ENV-238/E-0092/15 Hoja 4 de 6../ Tasa de dosis máxima a 1m del punto anterior: 1,8 ~Sv/h.../ Tasa de dosis máxima en puertas del contenedor: 1,2 ~Sv/h.../ Tasa de dosis máxima en asiento de conductor: 0,35 ~Sv/h. En el contenedor CPIU 995230/8:../ Tasa de dosis máxima en contacto con el contenedor (accesible por la Inspección): 4,5 ~Sv/h en lateral izquierdo (en el sentido de la marcha).../ Tasa de dosis máxima a 1m del punto anterior: 1,6 ~Sv/h.../ Tasa de dosis máxima en contacto con el contenedor (accesible por la Inspección): 2,6 ~Sv/h en lateral derecho (en el sentido de la marcha).../ Tasa de dosis máxima a 1m del punto anterior: 0,5 ~Sv/h.../ Tasa de dosis máxima en puertas del contenedor: 2,2 ~Sv/h.../ Tasa de dosis máxima en asiento de conductor: 0,42 ~Sv/h. En el vehículo marca, modelo matrícula se disponía de un equipo detector de radiación, marca lnc., modelo, nº de serie 118374, con sonda nº de serie 118151, con indicación de calibración en e en fecha 6 de febrero de 2013 y próxima calibración en fecha 6 de febrero de 2017; la última verificación es de fecha 5 de febrero de 2015 y la periodicidad de la misma es anual. En el vehículo marca, model, matrícula, se disponía de un equipo detector de radiación, marca lnc., modelo, nº de serie 133222, con sonda nº de serie 136055, con indicación de calibración en el en fecha 8 de marzo de 2013 y próxima calibración en fecha 8 de marzo de 2017; la última verificación es de fecha 3 de marzo de 2015 y la periodicidad de la misma es anual. El equipo detector de radiación utilizado por la Inspección fue un radiámetro marca modelo nº de serie 014619, calibrado en ei el 7 de octubre de 2013. Los conductores de los vehículos eran D. y D., ambos de la empresa ETSA. Ambos conductores disponían de certificado de formación válido para el transporte de materias de la clase 7, hasta el26 de noviembre de 2017 y 2 de mayo de 2019 respectivamente.

CONSEJO OE CSN-PV /Al N/ENV-238/E-0092/15 Hoja 5 de 6 Ambos conductores disponían de dosímetro personal de termoluminiscencia de la marca y referencias y respectivamente. La Inspección hizo comprobaciones sobre la documentación de transporte, pudiendo verificar entre otras cosas, la existencia de: La hoja de ruta. Una por vehículo. La Carta de Porte Internacional (CMR). Una por vehículo. El Manifiesto de carga de mercancías peligrosas en el buque. En ambos vehículos se encontraban disponibles en la cabina: Disposiciones a tomar en caso de emergencia, aplicables al transporte de óxido de uranio, emitidas por Instrucciones escritas de emergencia aportadas por la transporte a los conductores de acuerdo al formato ADR. empresa de Lista de números de teléfono para llamar en caso de emergencia. Se mostraron a la Inspección las Listas de comprobación LC 001 de ETSA cumplimentadas para los vehículos de su propiedad en relación con el chequeo de puntos relacionados con la expedición, entre ellos algunos relacionados con la seguridad radiológica. En el vehículo matrícula se llevaban dos bolsas precintadas, con números de precinto 000144 y 000145, en las que, según se manifestó y se incluían en fotografías adjuntas a cada bolsa, se incluía el equipamiento de actuación en emergencia requerido por ADR. Asimismo, dicho vehículo estaba dotado de dos extintores en cabina, otros dos en remolque así como dos calzos para ruedas. En el vehículo matrícula se llevaban dos bolsas precintadas, con números de precinto 000130 y 000392, en las que, según se manifestó y se incluían en fotografías adjuntas a cada bolsa, se incluía el equipamiento de actuación en emergencia requerido por ADR. Asimismo, dicho vehículo estaba dotado de dos extintores en cabina, otros dos en remolque así como dos calzos '-" -"'"' ' para ruedas.

-PV /Al N/ENV-238/E-0092/15 Hoja 6 de 6 Con el fin de que quede constancia de cuanto antecede y a los efectos que señala la Ley 15/1980 de Creación del Consejo de Seguridad Nuclear, la Ley 25/1964 sobre Energía Nuclear, el RD 1836/1999 por el que se aprueba el Reglamento sobre Instalaciones Nucleares y Radiactivas y el RD 783/2001 por el que se aprueba el Reglamento sobre Protección Sanitaria contra las Radiaciones lonizantes, se levanta y suscribe la presente Acta por triplicado en la sede del Gobierno Vasco. En Vitoria-Gasteiz, a 17 de marzo de 2015. INSPECTOR DE INSTALACIONES RADIACTIVAS ~================================================== TRAMITE.- En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 45 del Reglamento citado, se invita a un representante autorizado de Express Truck S.A. (ETSA) para que con su firma, lugar y fecha, manifieste su conformidad o reparos al contenido del acta. En.~0~~..., a.. Z3... de... (':1.~!1-.-?/;-;Q... de 2015 Cargo.')?~:... ~... ~.~?:~.:.... ' "