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Transcripción:

CENTRO DIRECTIVO Ayuntamiento de Valdepeñas LUGAR VALDEPEÑAS FECHA/HORA 12/02/2014 10:14:47 REFERENCIA CLF2014REG02624 PÁGINA 1 / 5 DF JUSTICIA JUZGADO DE l a INSTANCIA N' 001 ALMAGRO PASEO VIEJO DE LA FLORIDA S/N Tfno: 926 860047-926882804 Fax: 926 882 009 5016K N.I.G.: 13013 41 1 2009 0100563 Procedimiento: EJECUCION HIPOTECARIA 0000688 /2008 Sobre OTRAS MATERIAS De D/ña. BANCA CIVICA S.A Procurador/a Sr/a. MARIA LUISA RUIZ VILLA Contra D/ña. FRANCISCO JESUS FERNANDEZ PEDRERO, MARIA PAZ GARCIA FILOSO PEREZ, J.F. OBRAS Y VIVEROS S.L. Procurador/a Sr/a. JUAN VILLALON CABALLERO, JUAN VILLALON CABALLERO, EDICTO SUBASTA JUDICIAL D./Da Ma PILAR SÁNCHEZ ALARCÓN, SECRETARIO/A JUDICIAL DE JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.] DE ALMAGRO, HAGO SABER: Que por el JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de ALMAGRO se tramita procedimiento de EJECUCION HIPOTECARIA número 688/08, seguido a instancia de CAIXABANK, representado por el/la Procurador/a Ma LUISA RUIZ VILLA, contra FRANCISCO JESUS FERNANDEZ PEDRERO, MARIA PAZ GARCIA FILOSO PEREZ, J.F. OBRAS Y VIVEROS S.L. en reclamación de 36.160,06 euros por principal y, en su caso, por intereses vencidos, más 6.700 euros presupuestados para intereses y costas. En dicho expediente se ha acordado la celebración de subasta, que se sujetará a las siguientes condiciones. El presente edicto estará expuesto en el tablón de anuncios de este Juzgado hasta la fecha de celebración de la subasta y se publicará a través del Portal de Subastas Judiciales del Ministerio de Justicia: http://www.administraciondejusticia.gob.es CONDICIONES GENERALES Las condiciones generales por las que se rige esta subasta son las establecidas por la Ley de Enjuiciamiento Civil para la subasta de bienes inmuebles, en la Sección VI del Capítulo IV del Libro III de la LEC, tal y como dispone el apartado cuarto del artículo 691 de la L.E.C. para los bienes hipotecados y pignorados. A. - Bienes subastados: A.1. - Título de la subasta: CONDICIONES PARTICULARES - RUSTICA: Olivar secano t indivisible en valdepeñas, al sitio Encomienda de Corral Rubio. - RUSTICA: Secano cereal e indivisible, en término de Almagro, al sitio camino de Pozuelo

CENTRO DIRECTIVO Ayuntamiento de Valdepeñas LUGAR VALDEPEÑAS FECHA/HORA 12/02/2014 10:14:47 REFERENCIA CLF2014REG02624 PÁGINA 2 / 5,,4-- DE JUSTICIA A.2.- Descripción: - Descripción del bien: 1./ RUSTICA: Olivar secano e indivisible en valdepeñas, al sitio Encomienda de Corral Rubio,con una superficie de una hectárea, sesenta y ocho áreas y setenta y siete centiáreas, lindando al saliente, con otra de Juan Vicente Garcia Guzmán, sru, otra que fue de Anacleta Ruiz Tello; Norte, sucesores de Asunción López de Lerma, antes de dicha Asunción y Ponienh:. Camino de la Atalayuela. INSCRITA EN EL REGISTRO DE LA PROPIEAD DE VALDEPEÑAS, TOMO 1661, LIBRO 814, FOLIO 79,FINCA 30181, INSCRIPCION 6 a. 2./ RUSTICA: Secano cereal e indivisible, en término de Almagro, al sitio camino de Pozuelo, con una superficie de noventa y seis áreas, sesenta centiáreas. Linda: Norte, herederos de Cesárea Acosta Galiana ; Sur, carretera de pozuelo; Este, Antonio Robledo, Oeste, Francisco Maldonado. INSCRITA EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE ALMAGRO, AL TOMO 561, LIBARO 157, FOLIO 45, FINCA 1963, INSCRIPCION 8 a. A.3. - Número finca registral: 1/ FINCA 30181. INSCRITA EN EL REGISTRO DE LA PROPIEAD DE VALDEPEÑAS TOMO 1661, LIBRO 814, FOLIO 79, INSCRIPCION 6 a. /V, FINCA 1963 INSCRITA EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE ALMAGRO, AL TOMO 561, LIB1RO 157, FOLIO 45, INSCRIPCION 8 a. A.4.- Valor de tasación a efe,.. o:._< de subasta de las fincas: 33.724,64 euros. A.5.- Situación posesoria que consta en el expediente judicial: no consta. A.6.- Consignación o aval necesarios para participar: 5% del valor del bien a efectos de suba:.-.ta. B.- Día, lugar y forma de celebración: La subasta se celebrará de forma presencial el próximo día 28 de abril de 2014 a las 10:30 horas en la sede ck_ la Oficina Judicial, sito en PASEO VIEJO DE LA FLORIDA S/N y se publicará de conformidad con el artículo 645 de la LEC por medio de edictos, que se fijarán en el sitio destacado, público y visible en la sede de la Oficina judicial, así como en el Portal de Subastas Judiciales del Ministerio de Justicia h_t_le://www.administraciondejusticia.gob.es El artículo 691.2 de la L.E.0 establece que la subasta se anunciará al menos con veinte días de antelación. El señalamiento del lugar, día y hora para el remate se notificará al deudor, con la misma antelación, en el domicilio que conste en el Registro o, en su caso, en la forma en que se haya practicado el requerimiento conforme a lo previsto en el art. 686 de la L.E.C. Durante dicho plazo cualquier interesado en la subasta podrá solicitar del tribunal inspeccionar el inmueble hipotecado.

CENTRO DIRECTIVO Ayuntamiento de Valdepeñas LUGAR VALDEPEÑAS FECHA/HORA 12/02/2014 10:14:47 REFERENCIA CLF2014REG02624 PÁGINA 3 / 5 Al)MINISTR/NCION DI JISTI('IA En cualquier momento anterior a la aprobación del remate o de la adjudicación al acreedor, podrá el deudor liberar sus bienes pagando íntegramente ](-) que se deba al ejecutante por principal, intereses y costas. C.- Existencia de cargas registrales preferentes. Documentación disponible: La certificación registral y, en su caso, la titulación y demás información sobre el inmueble estará a disposición de los interesados en la sede de la Oficina Judicial y también se facilitará a través del Portal de Subastas Judiciales del Ministerio de Justicia. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación existente o que no existan títulos. Las cargas o gravámenes anteriores, si los hubiere, al crédito del actor continuarán subsistentes entendiéndose por el solo hecho de participar en la subasta, que el licitador los admite y queda subrogado en la responsabilidad derivada de aquellos, si el remate se adjudicare a su favor. D.- Existencia de ocupantes en el inmueble: La situación posesoria de la finca/s, (lile consta en el expediente judicial es la siguiente: NO CONSTA. El ejecutante y los demandados también pueden informar a la oficina judicial si hay otras personas que ocupen el inmueble. Deberá identificarlas a fin de que se les pueda notificar la existencia del procedimiento de ejecución y puedan presentar en el plazo de diez días ante la oficina judicial que ha señalado la subasta los títulos o documentos que justifiquen su posesión. Si el ocupante u ocupantes pueden considerarse de mero hecho o sin título suficiente, el tribunal podrá declarar que no tienen derecho a permanecer en el inmueble, una vez que éste se haya adjudicado. En otro caso, declarará que el ocupante u ocupantes tienen derecho a permanecer en el inmueble, dejando a salvo las acciones que pudieran corresponder al futuro adquirente para desalojar a aquéllos. E.- Información sobre la situación de las careas registrales que debe pagar quien resulte adjudicatario del bien: Si no se hubiera obtenido información de los acreedores preferentes, el deudor podrá aportar a la oficina judicial encargada de la ejecución información sobre la situación actual de las cargas registrales preferentes la que da lugar a la subasta, que pueden haberse extinguido o aminorado a fin de informar de ello a los interesados a través del Portal de Subastas Judiciales. F.- Estado del inmueble: De conformidad con el artículo 646 de la L.E.C, y con la finalidad de garantizar el éxito de la subasta, tanto el ejecutante como el deudor pueden aportar a esta oficina judicial cualquier información sobre el estado actual del inmueble, incluidas fotografías en formato digital, a fin de que los interesados en participar en la subasta puedan conocer el estado real del inmueble y ofrecer un precio más ajustado al de mercado. Esta información se publicará en el Portal de Subastas Judiciales del Ministerio de Justicia. G.- Re isitos ara tomar arte en la subasta: Para tomar parte en la subasta los postores, identificados de forma suficiente, y conociendo las condiciones generales y

CENTRO DIRECTIVO Ayuntamiento de Valdepeñas LUGAR VALDEPEÑAS FECHA/HORA 12/02/2014 10:14:47 REFERENCIA CLF2014REG02624 PÁGINA 4 / 5 1)1 JUSTICIA particulares de la subasta, deberán depositar, previamente, el 5 % del tipo de subasta. El depósito se efectuará conforme a lo dispuesto en el número 3 del apartado 1 del artículo 647. En el caso de ingreso en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones se verificará en el número de cuenta siguiente 1366 0000 06 0688 08 de la entidad bancaria BANESTO. Por el mero hecho de participar en la subasta se entenderá que los postores aceptan como suficiente la titulación que consta en autos o que no exista titulación y que aceptan, asimismo, subrogarse en las cargas anteriores al crédito por el que se ejecuta, en caso de que el remate se adjudique a su favor. H.- Desarrollo de la subasta: - La subasta de bienes hipotecados, sean muebles o inmuebles, se realizará con arreglo a lo dispuesto en la L.E.0 para la subasta de bienes inmuebles. El desarrollo de la misma se sujetará a lo dispuesto en el artículo 670 de la LEC, para el caso de concurrencia de postores. - Sólo el ejecutante podrá hacer postura reservándose la facultad de ceder el remate a un tercero. La cesión se verificará mediante comparecencia ante el Secretario judicial responsable de la ejecución, con asistencia del cesionario, quien deberá aceptarla, y todo ello previa o simultáneamente al pago del precio del remate, que deberá hacerse constar documentalmente - Posturas en sobre cerrado. Desde el anuncio de la subasta hasta su celebración, podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado. Los sobres se conservarán cerrados por el Secretario Judicial y serán abiertos al inicio del acto de la subasta. Las posturas que contengan se harán públicas con las demás, surtiendo los misiros efectos que las que se realicen oralmente. - Traslado al deudor para mejora de postura. Inicio del cómputo del plazo según el demandado tenga o no domicilio conocido. Cuando la mejor postura ofrecida en la subasta sea inferior al 70 % del valor por el que el bien hubiere salido a subasta, podrá el ejecutado, en el plazo de diez días hábiles, presentar tercero que mejore la postura ofreciendo cantidad superior al 70 % del valor del bien a efectos de subasta o que, aun siendo inferior a dicho importe, resulte suficiente para lograr la completa satisfacción del derecho del ejecutante. Este plazo podrá empezar a contar, a criterio del secretario judicial encargado de la ejecución, desde el día siguiente a aquél en que la oficina judicial notifique al deudor el resultado de la subasta o desde la fecha de celebración de la subasta, sin necesidad de realizar un nuevo intento de notificación personal. La disposición adicional sexta de la L.E.0 establece que cuando la subasta se realice sobre bienes inmuebles distintos de la vivienda habitual del deudor cuando la mejor postura ofrecida sea inferior al 70 % del valor por el que el bien hubiere salido a subasta y el ejecutado no hubiere presentado postor, podrá él acreedor pedir la adjudicación del inmueble por el 70 % o por la cantidad que se le deba por todos los conceptos, siempre que esta cantidad sea superior a la mejor postura.

CENTRO DIRECTIVO Ayuntamiento de Valdepeñas LUGAR VALDEPEÑAS FECHA/HORA 12/02/2014 10:14:47 REFERENCIA CLF2014REG02624 PÁGINA 5 / 5 I» JUSTICIA - Subastas sin postor. En el caso de que al acto de la subasta no concurra ningún postor podrá el acreedor pedir la adjudicación por cantidad igual o superior al cincuenta por ciento de su valor de tasación o por la cantidad que se le deba por todos los conceptos (Disposición adicional sexta de la L.E.C.). - Aprobación de remate. Si la mejor postura fuera igual o superior al 70 % del valor por el que el bien hubiere salido a subasta, el Secretario judicial responsable de la ejecución, mediante decreto, el mismo día o el día siguiente, aprobará el remate en favor del mejor postor. En el plazo de cuarenta días hábiles, el rematante habrá de consignar en la cuenta de depósitos y consignaciones la diferencia entre lo depositado y el precio total del remate. - Decreto de adjudicación del bien subastado. Aprobado el remate y consignado, cuando proceda, en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones, la diferencia entre lo depositado y el precio total del remate, se dictará decreto de adjudicación en el que se exprese, en su caso, que se ha consignado el precio, así como las demás circunstancias necesarias para la inscripción con arreglo a la legislación hipotecaria. - Entrega voluntaria del inmueble. Desde el momento en que el demandado titular del inmueble sea informado de que el bien subastado ha sido adjudicado a otra persona, puede entregarle directamente la posesión, debiendo ésta firmar el correspondiente recibo de conformidad. También el demandado podrá comparecer ante el juzgado que ha dictado el decreto de adjudicación a fin de depositar las llaves, poniéndolas a disposición del nuevo propietario para que tome posesión de él, sin necesidad de que se constituya en el lugar la comisión judicial para la práctica forzosa de esa diligencia, salvo que lo solicite el adjudicatario. I - Portal de Internet: En el Portal de Subastas Judiciales del Ministerio de Justicia (http://www.administraciondejusticia.gob.es ), se crea un espacio para esta subasta dond a disposición de los interesados la información documentos. Para acceder al contenido íntegro de la c tificación d cargas del Registro de la Propiedad, info raes y otros documentos que se determinen, se hace pr cdso registrars en el portal como usuario. J.- Notificación al notificación del señ infructuoso por encon - rarse presente de notificació ejecutado: Para lamiento a los en igno edictal par K.- En el supuesto que p.,-- causa llevarse a cabo la subasta en celebrará el día siguiente hábi Y en cumplimiento de lo acor ado a 4 de de febrero de dos mi) cato In EL/ A SECREVR T el caso de que la ejecutados resultante ado paradero, sirva la el mismo. de fuerza mayor no pudiere día y hora señalados, se esente en ALMAGRO