A continuación se detallan las modificaciones contempladas en el presente Anteproyecto:

Documentos relacionados
A continuación se detallan las modificaciones contempladas en el presente Anteproyecto:

C O N S I D E R A N D O

A continuación, les damos a conocer las modificaciones detectadas respecto a la versión anterior:

N.I. 035/ 2018 NOTA INFORMATIVA

NOM s bajo el esquema de certificados equivalentes, sujetas al procedimiento establecido en el segundo párrafo del numeral 5 del Anexo 2.4.

Anexo Anexo de NOM s Proyecto de Reforma

C O N S I D E R A N D O

CIRCULAR INFORMATIVA No. 042 CIR_GJN_IMH_042.17

Relación de Normas Oficiales Mexicanas Competencia de Profeco. Actualizado al día 17/02/2012

A continuación se detallan los puntos más relevantes del presente Anteproyecto:

SECRETARIA DE ECONOMIA

SECRETARIA DE ECONOMIA

ANEXO Descripción NOM Publicación D.O.F Lectores ópticos (scanners) y dispositivos lectores de tinta magnética.

Acuerdo que modifica al diverso por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

SECRETARIA DE ECONOMIA

Viernes 13 de diciembre de 2013 DIARIO OFICIAL (Primera Sección)

Modificaciones a supuestos de excepción de NOM, Numeral 10 del Anexo de las Reglas de Economía

SECRETARIA DE ECONOMIA

SECRETARIA DE ECONOMIA

A continuación, se enumera y describe lo más sobresaliente: Capítulo 1.2.

NORMAS OFICIALES MEXICANAS COMPETENCIA DE LA PROCURADURÍA FEDERAL DEL CONSUMIDOR NORMAS EXPEDIDAS POR LA SECRETARÍA DE ECONOMÍA

Las modificaciones contempladas en el Acuerdo son como a continuación se indica:

A TODA LA COMUNIDAD DE COMERCIO EXTERIOR y ADUANAL:

SECRETARIA DE ECONOMIA

Asociación de Normalización y Certificación, A.C.

A continuación se detallan los puntos más relevantes del presente Anteproyecto:

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

Criterio: No aplicación del Numeral 10 del Anexo de NOM s en la importación de mercancías sujetas a la NOM-028-ENER-2010 (lámparas de uso general).

CIRCULAR AAANAC-P Nogales, Sonora., a 28 de diciembre de Asunto: Se modifica la regla 2,3,3, AGENTES ADUANALES ASOCIADOS:

1. Regla señala nuevas definiciones para efectos del citado Acuerdo.

COMPLEMENTO DE LA SOLICITUD GENERAL DE SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN ANEXOS COMPLEMENTARIOS INDISPENSABLES PARA LA CERTIFICACIÓN DE:

COMPLEMENTO DE LA SOLICITUD GENERAL DE SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN ANEXOS COMPLEMENTARIOS INDISPENSABLES PARA LA CERTIFICACIÓN DE:

T-0162/2016 México D.F., a 30 de Agosto de 2016

A TODA LA COMUNIDAD DE COMERCIO EXTERIOR y ADUANAL:

SECRETARIA DE ECONOMIA

Jueves 6 de junio de 2013 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 74

MODIFICACIÓN AL ANEXO DE NOM S, QUE ESTABLECE LAS MERCANCÍAS QUE DEBEN CUMPLIR CON NOM S AL MOMENTO DE SU IMPORTACIÓN Y EXCEPCIONES

Acuerdo que modifica al diverso por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior.

SECRETARIA DE ECONOMIA

(Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 16 de octubre de 2015

SEGUNDA SECCION PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE ECONOMIA

AGENCIA ADUANAL OBREGON, S. C.

SECRETARIA DE ECONOMIA

A continuación, se detallan los puntos más relevantes del Anteproyecto, relacionados con las operaciones de comercio exterior:

SEGUNDA SECCION SECRETARIA DE ECONOMIA

16 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 20 de octubre de 2011

A&E INTERTRADE CRITERIO DE AGRUPACIÓN DE FAMILIA NORMAS COMPETENCIA DE LA COMISIÓN NACIONAL PARA EL USO EFICIENTE DE LA ENERGÍA (CONUEE) DATCE.16.

Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-028-ENER-2017, Eficiencia energética de lámparas para uso general. Límites y métodos de prueba.

D. O. F. 15 de abril de 2004.

Anexo (Anexo de NOM S) Numeral 1. Mercancías sujetas al cumplimiento de NOM S en términos del numeral 5 (presentación del certificado NOM)

Registro Federal de Trámites y Servicios Homoclave: SE Nombre del trámite: Certificación NOM. Fundamentación jurídica: Artículo 53 de la Ley

SECRETARIA DE ECONOMIA

A TODA LA COMUNIDAD DE COMERCIO EXTERIOR y ADUANAL:

Anteproyecto COFEMER: Acuerdo por el que se implementa el uso de la etiqueta electrónica a través de la aplicación móvil NOM.

Criterios de agrupación de familia para Productos que deben cumplir con los Reglamentos y/o Normas Técnicas Ecuatorianas.

REGLA Se adiciona para ser considerada dentro de este supuesto la fracción IV, del artículo 7 del anexo

SECRETARIA DE ENERGIA

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

Miércoles 21 de diciembre de 2011 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección)

NOM-005-SCFI-1994 Instrumentos de medición- Sistemas para medic ión y despacho de gasolina y otros combustibles líquidos (DOF 30 de marzo de 1998);

Numeral 1. Mercancías sujetas al cumplimiento de NOM s en términos del numeral 5 (presentación del certificado NOM).

CRITERIOS DE AGRUPACIÓN DE FAMILIA NORMAS COMPETENCIA DE LA SECRETARÍA DE ECONOMÍA

Nota: En el Anexo A, se da a conocer el catálogo de equipos y aparatos.

CRITERIOS PARA EL AGRUPAMIENTO DE MODELOS EN FAMILIA EN NORMAS DE INDUSTRIA DEL GAS

Les informo que el día 28 de abril del 2017 la Secretaría de Hacienda y Crédito Público publicó en el Diario Oficial de la Federación la Primera

Decreto por el que se modifica el diverso para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación.

A continuación, se detallan las modificaciones más relevantes detectadas en el Anteproyecto:

SECRETARIA DE ECONOMIA

PRODUCTOS Y AGRUPACIÓN DE MODELOS CONFORME A LA NORMA OFICIAL MEXICANA

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-028-ENER-2010 EFICIENCIA ENERGETIC DE LAMPARAS PARA USO GENERAL. LÍMITES Y METODOS DE PRUEBA.

ESPECIFICACIÓN SELLO FIDE

SEGUNDA SECCION PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE ECONOMIA

SEGUNDA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2018.

ACUERDO QUE MODIFICA AL DIVERSO POR EL QUE LA SECRETARÍA DE ECONOMÍA EMITE REGLAS Y CRITERIOS DE CARÁCTER GENERAL EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR.

SEPTIMA SECCION SECRETARIA DE ECONOMIA

DIARIO OFICIAL Miércoles 21 de diciembre de 2011

PROYECTO PROPUESTA DE MODIFICACIÓN JUSTIFICACIÓN DE LA PROPUESTA RESPUESTA CCNNSUICPC

PROYECTO PROPUESTA DE MODIFICACIÓN JUSTIFICACIÓN DE LA PROPUESTA RESPUESTA CCNNSUICPC

Criterios de agrupación de familia para Productos de Gas y Seguridad.

DOF: 11/05/2018. LINEAMIENTOS de eficiencia energética para la Administración Pública Federal.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

A continuación se destacan algunos cambios respecto a la NOM vigente: Se modifica la capacidad de los medidores sujetos al cumplimiento de la NOM

ANTEPROYECTO DE MODIFICACIÓN DE LA NOM-144-SEMARNAT-2012, PARA QUEDAR COMO: NOM-144-SEMARNAT-2015, QUE ESTABLECE LAS MEDIDAS FITOSANITARIAS

COMITÉ CONSULTIVO NACIONAL DE NORMALIZACIÓN PARA LA PRESERVACIÓN Y USO RACIONAL DE LOS RECURSOS ENERGÉTICOS (CCNNPURRE)

Martes 10 de enero de 2017 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 8

COMPLEMENTO DE LA SOLICITUD GENERAL DE SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN ANEXOS COMPLEMENTARIOS INDISPENSABLES PARA LA CERTIFICACIÓN DE:

Reglamentos de Etiquetado de Eficiencia energética Un reto Ing. Raúl Del Rosario Q.

Criterios de agrupación de familia para Productos de Gas y Seguridad.

ANTEPROYECTO COFEMER:

A TODA LA COMUNIDAD DE COMERCIO EXTERIOR y ADUANAL:

RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2018.

Transcripción:

T-0086/2017 México D.F., a 27 de Junio de 2017 Anteproyecto COFEMER: "Acuerdo que modifica al diverso por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior". A TODOS LOS ASOCIADOS: Hacemos de su conocimiento que se encuentra en revisión ante la COFEMER el Anteproyecto citado al rubro, el cual prevé su entrada en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOF, excepto aquellas disposiciones que se indiquen en artículos transitorios. A continuación se detallan las modificaciones contempladas en el presente Anteproyecto: Regla 5.3.1 Requisitos de los trámites ante la Ventanilla Digital, rubro A Permisos. (Resolutivo Primero). Permiso automático de importación de calzado y de productos textiles y de confección (Numerales 8, fracción II y 9, fracción II). Se elimina el requisito de anexar a la solicitud el documento de exportación del país de procedencia, en caso de que la aduana de entrada sea marítima, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo sobre Facilitación del Comercio de la OMC, mismo que entró en vigor el pasado 22 de febrero. Anexo 2.2.2 Reglas y criterios para otorgar permisos previos. (Resolutivo Segundo). Productos textiles y de confección y calzado (Numeral 7 Bis, fracciones I y II). Se elimina el requisito de anexar a la solicitud el documento de exportación del país de procedencia, en concordancia con la modificación a la Regla 5.3.1, mencionada anteriormente. Anexo 2.4.1 (Anexo de NOM s) (Resolutivo Tercero y Cuarto). Mercancías sujetas al cumplimiento de presentación del certificado NOM (Numeral 1).

Se reforma la tabla para actualizar las referencias de las NOM s que se indican a continuación: Se adiciona la referencia a la NOM-026-ENER-2015 "Eficiencia energética en acondicionadores de aire tipo dividido", en la fracción 8415.10.01, correspondiente a aparatos para acondicionamiento de aire. Se adicionan 12 fracciones arancelarias correspondientes a aparatos que utilicen bluetooth y/o ZigBee en las y/o 2,400.00 MHz 2,483.50 MHz y/o WiFi y/o WLAN en las bandas 2,400.00 MHz MHz 5,850.00 MHz, para sujetarlas al cumplimiento de la NOM-208-SCFI-2016 "Sistemas de radiocomunicación que emplean la técnica de espectro disperso", en virtud de que dicha NOM entró en vigor el pasado 8 de abril. Se adiciona la Fracción Arancelaria 8539.21.99, correspondiente a lámparas de uso general, para sujetarlas al cumplimiento de la NOM-028- ENER-2010 "Eficiencia energética de lámparas para uso general. Límites y métodos de prueba". Se actualiza la referencia a la NOM-114-SCFI-2016 "Gatos hidráulicos tipo botella", en las fracciones arancelarias 8425.42.02 y 8425.42.99, correspondientes a gatos hidráulicos tipo botella, en virtud de que dicha NOM entró en vigor el pasado 24 de abril para cancelar y sustituir a la NOM-114-SCFI-2006. Se actualiza la referencia a la NOM-030-ENER-2016 "Eficacia luminosa de lámparas de diodos emisores de luz (led) integradas para iluminación general", en la fracción arancelaria 8543.70.99, correspondiente a lámparas LED, en virtud de que dicha NOM entró en vigor el pasado 17 de abril para cancelar y sustituir a la NOM-030-ENER-2012. Se actualiza la referencia a la NOM-208-SCFI-2016 Sistemas de radiocomunicación que emplean la técnica de espectro disperso", en 39 fracciones arancelarias, correspondiente aparatos que utilicen bluetooth y/o ZigBee en las MHz y/o WiFi y/o WLAN en las 2,483.50 MHz y/o 5,725.00 MHz 5,850.00 MHz, en virtud de que dicha NOM entró en vigor el pasado 8 de abril. Se modifica la acotación señalada en la fracción arancelaria 9026.20.06, correspondiente a manómetros, vacuómetros o manovacuómetros de 0.5 MPa y 1,000 MPa, con elemento elástico, para ajustar los parámetros del alcance de medición respecto a la NOM-013-SCFI-2004 Instrumentos de medición - Manómetros con elemento elástico-especificaciones y métodos de prueba. La modificación contemplada en el Anteproyecto prevé que la presentación del certificado NOM será requerida para la importación de manómetros, vacuómetros o manovacuómetros de -0,1 MPa a 1,000 MPa, con elemento elástico. Dicha modificación se da en concordancia con el campo de aplicación de la NOM, el cual señala que la norma es aplicable a los instrumentos en el alcance de medición entre - 0,1 MPa a 1 000 MPa.

Mercancías sujetas al cumplimiento de NOM s de información comercial. (Numeral 3). Fracción III: NOM-024-SCFI-2013, Información Comercial para empaques, instructivos y garantías de los productos electrónicos, eléctricos y electrodomésticos Se adiciona la Fracción Arancelaria 8528.71.99, para sujetar a los televisores y decodificadores al cumplimiento de la NOM-024-SCFI-2013, Información comercial para empaques, instructivos y garantías de los productos electrónicos, eléctricos y electrodomésticos. Documentos que se deben anexar al pedimento de importación. (Numeral 5). Se reforman los párrafos penúltimo y último para adicionar la referencia a la NOM- 208-SCFI-2016 "Sistemas de radiocomunicación que emplean la técnica de espectro disperso", para indicar que no será necesario acreditar el cumplimiento de esta norma en el punto de entrada al país, cuando se trate de mercancías importadas por empresas ubicadas en la franja fronteriza norte o en la región fronteriza, que cuenten con registro como empresa de la frontera y estén destinadas a permanecer en dichas franjas y regiones fronterizas; esto no exime el cumplimiento de la NOM, el cual podrá ser verificado por la autoridad competente en los puntos de almacenamiento o venta. Mercancías sujetas al cumplimiento de NOM s de emergencia. (Numeral 8). Se adiciona la fracción arancelaria 8543.20.05, correspondiente a generadores de señales de radio, audio, video o estéreo, para sujetarla al cumplimiento de la Norma de emergencia NOM-EM-018-SCFI-2016, cuando se trate de equipos de bloqueo de señales de telefonía celular de radiocomunicación o de transmisión de datos e imagen, la cual entró en vigor el pasado 22 de febrero. Mercancías exceptuadas de la presentación del certificado NOM y del etiquetado de información comercial (Numeral 10). Derivado de la revisión a las operaciones de importación de mercancías sujetas al cumplimiento de NOM s, específicamente las realizadas al amparo de las excepciones establecidas en las fracciones VII (Mercancías importadas por personas físicas para uso directo del importador) y VIII (Mercancías que no van a expenderse al público tal y como son importadas) de este numeral, se observó un abuso por parte de los importadores en el uso del esquema de excepción, por lo que con el fin de garantizar el cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 40 de la LFMN, asegurar que los productos de importación cumplan con los requisitos de seguridad y propiciar la protección al consumidor, se modifica el esquema de excepciones en el cumplimiento de las NOM s, establecido en el presente Anexo 2.4.1, para quedar de la siguiente forma:

Se adiciona un listado de 37 NOM s en las citadas fracciones VII y VIII para señalar que las mercancías clasificadas en las fracciones arancelarias sujetas al cumplimiento de estas normas no podrán acogerse a lo dispuesto en estas fracciones en ningún caso. Se elimina la referencia a las Fracciones Arancelarias 8702.90.06, 8703.21.02, 8703.22.02, 8703.23.02, 8703.24.02, 8704.31.05, 8704.32.07, 8705.40.02, 9613.10.01, 9613.20.01 y 9613.80.99 en la Fracción VII del presente Numeral 10. Se elimina la referencia a las Fracciones Arancelarias 4011.10.02, 4011.10.03, 4011.10.04, 4011.10.05, 4011.10.06, 4011.10.07, 4011.10.08, 4011.10.09, 4011.10.99, 4011.20.02, 4011.20.03, 4011.20.04, 4011.20.05, 8481.80.25, 9613.10.01, 9613.20.01 y 9613.80.99 en la fracción VIII del presente Numeral 10. Transitorios. Entrada en vigor (Artículo Primero Transitorio). Lo referente al cumplimiento de la NOM-024-SCFI-2013 y la NOM-026-ENER- 2015, así como lo referente a la fracción arancelaria 8539.21.99 que se sujeta al cumplimiento de la NOM-028-ENER-2010, entrará en vigor a los 10 días naturales siguientes al de su publicación en el DOF. Certificados de conformidad de la NOM-114-SCFI-2006 (Artículo Segundo Transitorio). El presente Anteproyecto establece que los certificados que se expidieron conforme a la NOM-114-SCFI-2006, "Gatos hidráulicos tipo botella", podrán ser utilizados, hasta el término de su vigencia, para dar cumplimiento a la NOM- 114-SCFI-2016. Certificados de conformidad emitidos conforme a las normas NOM-121- SCT1-2009, NOM-EM-016-SCFI-2015 y la Disposición Técnica IFT-008-2015 (Artículo Tercero Transitorio). Los certificados de conformidad y homologación emitidos conforme a las normas NOM-121-SCT1-2009, NOM-EM-016-SCFI-2015 y la Disposición Técnica IFT-008-2015 (Sistemas de radiocomunicación que emplean la técnica de espectro disperso), podrán ser utilizados, hasta el término de su vigencia, para dar cumplimiento a la NOM-208-SCFI-2016. ATENTAMENTE RUBEN DARIO RODRIGUEZ LARIOS DIRECTOR GENERAL RUBRICA

ANEXO 2.4.1 1. MERCANCÍAS SUJETAS AL CUMPLIMIENTO DE NOM S EN TÉRMINOS DEL NUMERAL 5 Fracción arancelaria Descripción NOM Publicación D.O.F. 8415.10.01... Únicamente: Acondicionadores de aire tipo dividido (Inverter) con flujo de refrigerante variable, operados con energía eléctrica, en capacidades nominales de enfriamiento de 1 Wt hasta 19,050 Wt que funcionan por compresión mecánica y que incluyen un serpentín evaporador enfriador de aire, un compresor de frecuencia y/o flujo de refrigerante variable y un serpentín condensador enfriado por aire. NOM-026-ENER- 2015 09-02-16 8425.42.02 NOM-114-SCFI-2016 24-01-17 (Referencia anterior NOM-114-SCFI- 2006) 8425.42.99 NOM-114-SCFI-2016 (Referencia anterior NOM-114-SCFI- 2006) 24-01-17 8443.31.01 Únicamente: Los equipos de NOM-208-SCFI-2016 07-02-17

8443.32.99 8443.39.08

8450.11.01 NOM-005-ENER- 2016 (Referencia anterior NOM-005-ENER- 2012) 15-11-16 8450.12.01 NOM-005-ENER- 2016 (Referencia anterior NOM-005-ENER- 2012) 15-11-16 8470.50.01 8471.30.01

8471.41.01...... 8471.49.01...... 8471.50.01......

8471.60.03... 8471.60.99...... 8517.11.01

8517.62.01 8517.62.02 8517.62.05

8517.62.06 8517.62.99 8517.69.01 NOM-208-SCFI-2016 07-02-17 Únicamente: Los equipos de

8517.69.02 8517.69.05 8517.69.99

8518.21.01 8518.21.99 8518.22.01

8518.22.99 8525.80.04......

8527.21.01 8527.29.99 8528.59.01

8528.61.01 8528.71.02 8528.71.04

8528.71.99 8528.72.01 8528.72.02

8528.72.06 8528.72.99 8531.10.03

8531.80.02...... 8543.70.99 Únicamente: Lámparas de LED integradas omnidireccionales y direccionales, destinadas para iluminación general, en tensiones eléctricas de alimentación de 100 V a 277 V c. a. y 50 Hz o 60 Hz. Excepto: Lámparas de led integradas que incorporan en el cuerpo de la misma accesorios de control tales como: fotoceldas, detectores de movimiento, radiocontroles, o atenuadores de luz; luminarios de LED; NOM-030-ENER- 2016 (Referencia anterior NOM-030-ENER- 2012) 17-01-17

módulos de LED; lámparas LED con tensión eléctrica de operación igual o menor a 24 V en corriente directa; lámparas de tubos led; lámparas de color, cambio de color y/o cambio de temperatura de color correlacionada; y, lámparas decorativas de uso ornamental con acabados aperlado. 9026.20.06 Únicamente: Manómetros, vacuómetros o manovacuómetros de -0,1 MPa a 1 000 MPa, con elemento elástico. 9504.50.01 Fracción Descripción NOM Publicación arancelaria D.O.F.

8517.12.01 Aparatos emisores con dispositivo receptor incorporado, móviles, con frecuencias de operación de 824 a 849 MHz pareado con 869 a 894 MHz, de 1,850 a 1,910 MHz pareado con 1,930 a 1,990 MHz, de 890 a 960 MHz o de 1,710 a 1,880 MHz, para radiotelefonía (conocidos como teléfonos celulares ). Únicamente: Los equipos de NOM-208-SCFI-2016 07-02-17 en las bandas de frecuencias 902-928 MHZ, 2400-2483.5 MHZ y 5725-5850 MHZ (Bluetooth y/o ZigBee en las bandas 902 MHz 928 MHz y/o 2,400.00 MHz 2,483.50 8517.12.99 Los demás. Únicamente: Los equipos de NOM-208-SCFI-2016 07-02-17 en las bandas de frecuencias 902-928 MHZ, 2400-2483.5 MHZ y 5725-5850 MHZ (Bluetooth y/o ZigBee en las bandas 902 MHz 928 MHz y/o 2,400.00 MHz 2,483.50

8517.62.14 Emisores, incluso con aparato receptor, fijos o móviles, en ultra alta frecuencia (UHF) de más de 470 MHz, a 1 GHz, para radiotelefonía o radiotelegrafía. Únicamente: Los equipos de NOM-208-SCFI-2016 07-02-17 en las bandas de frecuencias 902-928 MHZ, 2400-2483.5 MHZ y 5725-5850 MHZ (Bluetooth y/o ZigBee en las bandas 902 MHz 928 MHz y/o 2,400.00 MHz 2,483.50 8517.69.03 Sistemas de intercomunicación para transmisión y recepción de voz e imagen (llamados videoporteros), formados por una o más de las siguientes unidades: monitor monocromático o a color, microteléfono (altavoz y un micrófono), y un aparato tomavista (cámara).

Únicamente: Los equipos de NOM-208-SCFI-2016 07-02-17 en las bandas de frecuencias 902-928 MHZ, 2400-2483.5 MHZ y 5725-5850 MHZ (Bluetooth y/o ZigBee en las bandas 902 MHz 928 MHz y/o 2,400.00 MHz 2,483.50 8518.10.02 A bobina móvil. Únicamente: Los equipos de NOM-208-SCFI-2016 07-02-17 en las bandas de frecuencias 902-928 MHZ, 2400-2483.5 MHZ y 5725-5850 MHZ (Bluetooth y/o ZigBee en las bandas 902 MHz 928 MHz y/o 2,400.00 MHz 2,483.50 8518.10.99 Los demás. Únicamente: Los equipos de NOM-208-SCFI-2016 07-02-17 en las bandas de frecuencias 902-928 MHZ, 2400-2483.5 MHZ y 5725-5850 MHZ (Bluetooth y/o ZigBee en las bandas 902 MHz 928 MHz y/o 2,400.00 MHz 2,483.50

8518.30.02 Para conectarse a receptores de radio y/o televisión. Únicamente: Los equipos de NOM-208-SCFI-2016 07-02-17 en las bandas de frecuencias 902-928 MHZ, 2400-2483.5 MHZ y 5725-5850 MHZ (Bluetooth y/o ZigBee en las bandas 902 MHz 928 MHz y/o 2,400.00 MHz 2,483.50 8518.30.03 Microteléfono. Únicamente: Los equipos de NOM-208-SCFI-2016 07-02-17 en las bandas de frecuencias 902-928 MHZ, 2400-2483.5 MHZ y 5725-5850 MHZ (Bluetooth y/o ZigBee en las bandas 902 MHz 928 MHz y/o 2,400.00 MHz 2,483.50 8518.30.04 Auricular con cabezal combinado con micrófono (diadema), para operadora telefónica.

Únicamente: Los equipos de NOM-208-SCFI-2016 07-02-17 en las bandas de frecuencias 902-928 MHZ, 2400-2483.5 MHZ y 5725-5850 MHZ (Bluetooth y/o ZigBee en las bandas 902 MHz 928 MHz y/o 2,400.00 MHz 2,483.50 8518.30.99 Los demás. Únicamente: Los equipos de NOM-208-SCFI-2016 07-02-17 en las bandas de frecuencias 902-928 MHZ, 2400-2483.5 MHZ y 5725-5850 MHZ (Bluetooth y/o ZigBee en las bandas 902 MHz 928 MHz y/o 2,400.00 MHz 2,483.50 8525.80.99 Las demás. Únicamente: Los equipos de NOM-208-SCFI-2016 07-02-17 en las bandas de frecuencias 902-928 MHZ, 2400-2483.5 MHZ y 5725-5850 MHZ (Bluetooth y/o ZigBee en las bandas 902 MHz 928 MHz y/o 2,400.00 MHz 2,483.50

8539.21.99 Los demás. Únicamente: De uso NOM-028-ENER-2010 general, destinadas a la 06-12-10 iluminación residencial, comercial, de servicios, industrial y alumbrado público. Excepto: Las siguientes: a) con tensión nominal hasta 32 volts o menores; b) tipo reflector; c) para uso en automóviles y otros medios de transporte; d) para uso exclusivo en los electrodomésticos en potencias menores o iguales a 40 W; e) lámparas incandescentes decorativas, en potencias menores o iguales a 40 W tales como tipo vela, flama, corona, y globo en cualquier tipo de base; f) anti-insectos; g) infrarrojas; h) para señalización, minería, antifragmentación, semaforización, entretenimiento, foto proyección, o uso médico o terapéutico; i) con reflector integrado, y j) lámparas de rosca izquierda, triple potencia o color. 9021.50.01 Estimuladores cardiacos, excepto sus partes y accesorios.

Únicamente: Los equipos de NOM-208-SCFI-2016 07-02-17 en las bandas de frecuencias 902-928 MHZ, 2400-2483.5 MHZ y 5725-5850 MHZ (Bluetooth y/o ZigBee en las bandas 902 MHz 928 MHz y/o 2,400.00 MHz 2,483.50

ANEXO 2.4.1 10. LISTADO DE NOM s EN LAS QUE NO PODRÁ ACOGERSE A LO DISPUESTO EN LAS FRACCIONES VII Y VIII DEL NUMERAL 10 EN NINGÚN CASO. NORMA OFICIAL MEXICANA ANEXO 2.4.1 NOM-001-SCFI-1993, APARATOS ELECTRÓNICOS - APARATOS ELECTRÓNICOS DE USO DOMESTICO ALIMENTADOS POR DIFERENTES FUENTES DE ENERGIA ELECTRICA - REQUITOS DE SEGURIDAD Y METODOS DE PRUEBA PARA LA APROBACION DE TIPO NOM-016-SCFI-1993, APARATOS ELECTRONICOS - APARATOS ELECTRONICOS DE USO EN OFICINA Y ALIMENTADOS POR DIFERENTES FUENTES DE ENERGIA ELECTRICA - REQUITOS DE SEGURIDAD Y METODOS DE PRUEBA NOM-021-ENER/SCFI-2008, EFICIENCIA ENERGETICA Y REQUITOS DE SEGURIDAD AL USUARIO EN ACONDICIONADORES DE AIRE TIPO CUARTO. LIMITES, METODOS DE PRUEBA Y ETIQUETADO NOM-054-SCFI-1998, UTENLIOS DOMESTICOS-OLLAS A PREON-SEGURIDAD NOM-058-SCFI-1999, PRODUCTOS ELECTRICOS-BALASTROS PARA LAMPARAS DE DESCARGA ELECTRICA EN GAS-ESPECIFICACIONES DE SEGURIDAD NOM-063-SCFI-2001, PRODUCTOS ELECTRICOS-CONDUCTORES-REQUITOS DE SEGURIDAD NOM-064-SCFI-2000, PRODUCTOS ELECTRICOS-LUMINARIOS PARA USO EN INTERIORES Y EXTERIORES-ESPECIFICACIONES DE SEGURIDAD Y METODOS DE PRUEBA NOM-090-SCFI-2014, ENCENDEDORES PORTÁTILES, DESECHABLES Y RECARGABLES-ESPECIFICACIONES DE SEGURIDAD NOM-093-SCFI-1994, VALVULAS DE RELEVO DE PREON (SEGURIDAD, SEGURIDAD-ALIVIO Y ALIVIO) OPERADAS POR RESORTE Y PILOTO; FABRICADAS DE ACERO Y BRONCE NOM-094-SCFI-1994, NO USO DEL GAS NATURAL LICUADO COMO COMBUSTIBLE VEHICULAR-REQUITOS DE SEGURIDAD PARA INSTALACIONES VEHICULARES. NOM-113-SCFI-1995, LIQUIDO PARA FRENOS HIDRAULICOS EMPLEADO EN VEHICULOS AUTOMOTORES-ESPECIFICACIONES DE SEGURIDAD Y METODOS DE PRUEBA NOM-114-SCFI-2006, NOM-114-SCFI-2016 GATOS HIDRAULICOS TIPO BOTELLA-ESPECIFICACIONES DE SEGURIDAD Y METODOS DE PRUEBA

NOM-118-SCFI-2004, INDUSTRIA CERILLERA-CERILLOS Y FOSFOROS- ESPECIFICACIONES DE SEGURIDAD NOM-019-SCFI-1998, SEGURIDAD DE EQUIPO DE PROCESAMIENTO DE DATOS NOM-121-SCFI-2004, INDUSTRIA HULERA-CAMARAS PARA LLANTAS NEUMATICAS DE VEHICULOS AUTOMOTORES Y BICICLETA-ESPECIFICACIONES DE SEGURIDAD Y METODOS DE PRUEBA NOM-133/1-SCFI-1999, PRODUCTOS INFANTILES-FUNCIONAMIENTO DE ANDADERAS PARA LA SEGURIDAD DEL INFANTE- ESPECIFICACIONES Y METODOS DE PRUEBA NOM-133/2-SCFI-1999, PRODUCTOS INFANTILES-FUNCIONAMIENTO DE CARRIOLAS PARA LA SEGURIDAD DEL INFANTE- ESPECIFICACIONES Y METODOS DE PRUEBA NOM-133/3-SCFI-1999, PRODUCTOS INFANTILES-FUNCIONAMIENTO DE CORRALES Y ENCIERROS-ESPECIFICACIONES Y METODOS DE PRUEBA NOM-134-SCFI-1999, VALVULAS PARA CAMARAS Y VALVULAS PARA RINES UTILIZADOS PARA LLANTAS TIPO N CAMARA- ESPECIFICACIONES DE SEGURIDAD Y METODOS DE PRUEBA NOM-161-SCFI-2003, SEGURIDAD AL USUARIO- JUGUETES- REPLICAS DE ARMAS DE FUEGO- ESPECIFICACIONES DE SEGURIDAD Y MÉTODOS DE PRUEBA NOM-192-SCFI/SCT1-2013, APARATOS DE TELEVIÓN Y DECODIFICADORES (ESPECIFICACIONES) NOM-003-SCFI-2014, PRODUCTOS ELÉCTRICOS-ESPECIFICACIONES DE SEGURIDAD NOM-086-SCFI-2010, INDUSTRIA HULERA-LLANTAS NUEVAS DE CONSTRUCCION RADIAL QUE SON EMPLEADAS PARA CUALQUIER VEHICULO CON UN PESO BRUTO VEHICULAR IGUAL O MENOR A 4 536 kg (10 000 lb)- ESPECIFICACIONES DE SEGURIDAD Y METODOS DE PRUEBA NOM-086/1-SCFI-2011, INDUSTRIA HULERA-LLANTAS NUEVAS, DE CONSTRUCCIÓN RADIAL QUE SON EMPLEADAS EN VEHICULOS CON UN PESO BRUTO VEHICULAR SUPERIOR A 4 536 KG (10 000 LB) Y LLANTAS DE CONSTRUCCIÓN DIAGONAL DE CUALQUIER CAPACIDAD DE CARGA- ESPECIFICACIONES DE SEGURIDAD Y MÉTODOS DE PRUEBA

NOM-017-ENER/SCFI-2012, EFICIENCIA ENERGETICA Y REQUITOS DE SEGURIDAD DE LAMPARAS FLUORESCENTES COMPACTAS AUTOBALASTRADAS. LIMITES Y METODOS DE PRUEBA NOM-113-STPS-2009, SEGURIDAD-EQUIPO DE PROTECCION PERSONAL- CALZADO DE PROTECCION-CLAFICACION, ESPECIFICACIONES Y MÉTODOS DE PRUEBA NOM-11-STPS-2009, NO SE ENCUENTRA NOM-011-STPS-2009 (Condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se genere ruido) NOM-010-SESH-2012, APARATOS DOMESTICOS PARA COCINAR ALIMENTOS QUE UTILIZAN GAS L.P. O GAS NATURAL-ESPECIFICACIONES Y METODOS DE PRUEBA NOM-002-SEDE/ENER-2014, TRANSFORMADORES DE DISTRIBUCION (REQUITOS DE SEGURIDAD Y EFICIENCIA ENERGETICA) NOM-013-SEMARNAT-2010, QUE REGULA SANITARIAMENTE LA IMPORTACION DE ARBOLES DE NAVIDAD NATURALES DE LAS ESPECIES DE LOS GENEROS PINUS Y ABIES Y LA ESPECIE PSEUDOTSUGA MENZIEI NOM-041-SEMARNAT-2015, QUE ESTABLECE LOS LÍMITES MÁXIMOS PERMIBLES DE EMIÓN DE GASES CONTAMINANTES PROVENIENTES DEL ESCAPE DE LOS VEHÍCULOS AUTOMOTORES EN CIRCULACIÓN QUE USAN GASOLINA COMO COMBUSTIBLE NOM-011-SESH-2012, CALENTADORES DE AGUA DE USO DOMÉSTICO Y COMERCIAL QUE UTILIZAN COMO COMBUSTIBLE GAS L.P. O GAS NATURAL.- REQUITOS DE SEGURIDAD, ESPECIFICACIONES, MÉTODOS DE PRUEBA, MARCADO E INFORMACIÓN COMERCIAL NOM-022-ENER/SCFI-2014, EFICIENCIA ENERGÉTICA Y REQUITOS DE SEGURIDAD AL USUARIO PARA APARATOS DE REFRIGERACIÓN COMERCIAL AUTOCONTENIDOS. LÍMITES, MÉTODOS DE PRUEBA Y ETIQUETADO NOM-014-SESH-2013 CONEXIÓN INTEGRAL Y CONEXIÓN FLEXIBLE QUE SE UTILIZAN EN INSTALACIONES DE APROVECHAMIENTO DE GAS L.P. O GAS NATURAL. ESPECIFICACIONES Y MÉTODOS DE PRUEBA NOM-028-ENER-2010 EFICIENCIA ENERGETICA DE LAMPARAS PARA USO GENERAL. LIMITES Y METODOS DE PRUEBA NO