- Por las cláusulas contenidas en este Pliego y las especificaciones del Pliego de Prescripciones Técnicas, que forman parte integrante del mismo.

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PLIEGO DE CONDICIONES QUE HAN DE REGIR LA SELECCIÓN Y CONCERTACION CON UNA MUTUA C0LABORADORA CON LA SEGURIDAD SOCIAL DE UN CONVENIO DE ASOCIACION PARA LA COBERTURA DE CONTINGENCIA DERIVADAS DE ACCIDENTE DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES PARA EL PERSONAL DE AYUNTAMIENTO DE BASAURI Y SUS ORGANISMOS DEPENDIENTES 1. OBJETO El presente pliego tiene por objeto establecer las condiciones que han de regir la selección y concertación de un Convenio de Asociación con una Mutua colaboradora con la Seguridad Social (en adelante Mutua) para la cobertura de las contingencias derivadas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales del personal del Ayuntamiento de Basauri integrado en el Régimen General de la Seguridad Social, así como de sus Organismos dependientes. El Convenio, de conformidad con el artículo 4.1.d del RD Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP) queda excluido del ámbito de esta Ley, y se regirá por las cláusulas comprendidas en el presente Pliego, teniendo carácter obligatorio y complementario al Convenio de Asociación que se firme con la Mutua que resulte seleccionada. Para todo lo no previsto en él y de conformidad con el apartado 2 del artículo 4 del TRLCSP, se regulará por sus normas especiales, concretamente el Real Decreto Legislativo 8/2015 de 30de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (en adelante TRLGSS), el R/D 1993/1995 de 7 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento sobre colaboración de las Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social, así como los principios del TRLCSP para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse. 2. NORMATIVA APLICABLE El contrato que en base a este Pliego se realice, se regirá: - Por las cláusulas contenidas en este Pliego y las especificaciones del Pliego de Prescripciones Técnicas, que forman parte integrante del mismo. - Por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. 1

- Por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en adelante RGLCAP), en tanto continúe vigente. - Por la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local, en cuanto no se oponga a lo establecido en el citado TRLCAP. - Por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprobó el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social. - Por el Real Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre, por el que se aprobó el Reglamento General sobre colaboración en la gestión de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades profesionales de la Seguridad Social, modificada por Real Decreto 576/1997, de 18 de abril. - Por la Ley 3/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos laborales. - Por el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprobó el Reglamento de Servicios de prevención. - Por La Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 22 de abril de 1997, que regula el régimen de funcionamiento en el desarrollo de actividades de prevención de riesgos laborales. - Supletoriamente regirán las restantes normas del Derecho Administrativo y en su defecto las del Derecho Privado. En caso de contradicción entre el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el resto de la documentación técnica unida al expediente, prevalecerá lo dispuesto en este Pliego 3. PRESUPUESTO Y FINANCIACION El presente contrato no genera gasto inmediato alguno para la Administración, por cuanto que la Tesorería General de la Seguridad Social recauda para la Mutua las cuotas o primas que el Ayuntamiento de Basauri en concepto de cotización por contingencias derivadas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, debe de abonar en la mencionada Tesorería, por lo que no procede constancia de existencia de crédito ni de presupuesto máximo. 4. GARANTIA DEFINITIVA 4.1- Se dispensa la exigencia de garantía definitiva al estar garantizado el cumplimiento de las Mutuas mediante fianza depositada en la Caja General de Depósitos, a disposición del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, en lo que se 2

refiere a su actuación como colaboradoras de la protección de las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. La convocatoria a que se refiere este Pliego será anunciada en el Perfil de Contratante del Ayuntamiento de Basauri y en el Boletín Oficial de Bizkaia. 5. CAPACIDAD PARA CONCURRIR Y CONTRATAR 5.1.- En relación con lo dispuesto en el artículo 54 y siguientes de la TRLCSP, sólo podrán presentar proposiciones a esta licitación, en la forma que se especifica más adelante, las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social, definidas por el artículo 81 del TRLGSS, por R/D 1993/1995 y la Ley 35/2014. 5.2 Asimismo, deberán tener plena capacidad de obrar, no estar incursas en ninguna de las prohibiciones para contratar establecidas en el artículo 60 de la citada Ley, encontrarse al corriente en las obligaciones tributarias y de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, acreditar su solvencia económica y financiera, técnica o profesional y disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del presente Convenio. 5.3.- La presentación de proposiciones presupone por parte del licitador la aceptación incondicionada de las cláusulas de este Pliego, del resto de los documentos contractuales, así como presentados y de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para la contratación de las prestaciones objeto de la licitación. 6. DURACION DEL CONVENIO El plazo de duración del Convenio de Asociación del Ayuntamiento de Basauri a la Mutua Colaboradora con la Seguridad Social elegida será de UN (1) AÑO, desde el 1 de julio de 2016, según establece el Artº 62 del R/D 1993/1995. Dicho Convenio se prorrogara automáticamente por años según se establece en el mencionado R/D 1993/1995, salvo denuncia del mismo revocando su renovación automática con un mes de antelación al de su vencimiento. 7. DOCUMENTACION A PRESENTAR 7.1- Las propuestas de los interesados deberán ajustarse a lo previsto en este Pliego, y su presentación supone la aceptación incondicionada de su contenido, sin salvedad o reserva alguna. 7.2- La documentación para la licitación se presentará en un único sobre, que contendrá lo siguiente: 3

A) Hoja índice de todos los documentos incluidos en el sobre. B) Autorización Mutua: documento acreditativo de la aprobación de la constitución de la Mutua y de sus Estatutos por parte del Ministerio de Empleo y Seguridad Social y su inscripción en el correspondiente Registro. C) En el caso de que se actúe en representación de otra persona, poder notarial bastante (indicando en la hoja índice de documentos el número de la página de las escrituras en que se apodera al representante). D) Propuesta para tomar parte en el procedimiento, con arreglo al modelo del Anexo II de este Pliego y Declaración expresa responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones enumeradas en el artículo 60 del TRLCSP, que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, salvo que se aporten certificaciones acreditativas de estas dos últimas circunstancias. A estos efectos será suficiente con cumplimentar el modelo de declaración incluido como Anexo II del Pliego. E) Documentos necesarios para la valoración y ponderación de sus propuestas con respecto a los criterios de valoración indicados en el punto 9 de este Pliego. DOCUMENTACION TECNICA. En el mismo se incluirá la siguiente documentación, la cual será la referencia que se utilizará para la selección de la Mutua: a).- Memoria empresarial en la que se expongan los datos básicos de la actividad del licitador, expresando los medios personales, financieros y técnicos, con determinación de los elementos de trabajo y medios necesarios de que dispongan, tales como personal, instalación, equipo, materiales y elementos auxiliares, todos ellos referidos al Territorio Histórico de Bizkaia, señalando la distribución del personal según categorías profesionales y especificando el tipo de contratación laboral, así como con el compromiso de adscribirles a la realización del servicio objeto del presente contrato. b).- Relación de centros propios: hospitalarios, ambulatorios y rehabilitadores con descripción de medios sanitarios y el personal adscrito a cada centro en el Territorio Histórico de Bizkaia. c).- Declaración sobre los centros de atención propios y su proximidad respecto del municipio de Basauri.y medios personales e instalaciones con las que cuenta. d) Otros medios sanitarios ajenos: concertados, bien sean privados y/o, públicos,, 4

centros mancomunados con otras mutuas, etc e).- Declaración relativa a las mejoras adicionales que oferte el licitador: interlocutor único, asesoría jurídica propia y medios, calendario reuniones, cercanía órganos de decisión de la mutua. f).- Servicio de asesoramiento y formación: actividades divulgativas en prevención, plan reducción de la siniestralidad, prevención de agresiones,, seminarios y talleres, programa educación vial, otras. g).- Modelo de gestión de calidad. Acreditaciones y reconocimientos: A de oro, Q de oro, certificaciones ISO otras. h).- Cualesquiera otra documentación que considere oportuno aportar el licitador y que, a criterio de la Administración, pueda resultar relevante a la hora de adjudicar el contrato. (Planes de Igualdad, Política lingüística, Modelo organizativo de cumplimiento de LOPD, otros) Notas aclaratorias sobre la presentación de la documentación El licitador podrá presentar la documentación exigida en original o copia de la misma, debidamente autentificada bien por la Administración o bien por Notario. La omisión de cualquiera de los documentos citados o la no observancia estricta del cumplimiento de lo previsto en los apartados anteriores, podrá ser motivo de la no admisión de la proposición presentada. La documentación presentada por los licitadores que no resulten adjudicatarios podrá ser retirada en el plazo de tres meses a contar desde la notificación de la adjudicación. Transcurrido el mismo sin que se haya procedido a su recogida, la Administración podrá disponer sobre su destrucción. Las propuestas de los interesados deberán ajustarse a lo previsto en este pliego, y su presentación supone la aceptación incondicionada de su contenido, sin salvedad o reserva alguna. 7.3- Dirección de correo electrónico.- La empresa licitadora señalará una dirección de correo electrónico para que esta Administración pueda efectuar a través de este medio los requerimientos, comunicaciones y notificaciones que precise durante la tramitación del expediente. A estos efectos, cumplimentará el modelo del Anexo I. 8. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACION 5

8.1- Los sobres se presentarán, durante el plazo de 15 días naturales a contar desde el siguiente al de publicación del anuncio en el B.O.B., en el Registro de Plicas del Ayuntamiento de Basauri (Departamento de Contratación y Servicios), de 9 a 14 horas. Su presentación fuera del plazo de admisión será motivo de exclusión. 8.2- Cuando la documentación se envíe por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día (comunicación que podrá realizarse a cualquier hora, hasta el último día de plazo). Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de la terminación del plazo señalado en el anuncio. Transcurridos, no obstante, diez días siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso. 9. CRITERIOS DE ADJUDICACION Los criterios objetivos que servirán de base para la adjudicación del convenio de asociación, por decreciente de importancia y por ponderación máxima que se les atribuye, serán los siguientes: Memoria empresarial, medios personales, instalaciones 30 puntos Centros propios en Bizkaia: Hospitalarios, ambulatorios y rehabilitadores 20 puntos Centros propios en Basauri o proximidad 20 puntos Medios sanitarios ajenos o mancomunados 10 puntos Mejoras adicionales: interlocutor, letrado 5 puntos Asesoramiento y formación 5 puntos Modelos de gestión y acreditaciones 5 puntos Otros: Planes de Igualdad, Política lingüística 5 puntos 6

10. FORMALIZACION DEL CONVENIO DE ASOCIACION El adjudicatario queda obligado a suscribir, dentro del plazo de diez días hábiles desde la fecha de la notificación de la adjudicación, el documento administrativo de formalización del contrato, según modelo anexo II al presente pliego, al que se unirá, formando parte del contrato, la oferta del adjudicatario y un ejemplar del pliego de cláusulas administrativas particulares y de las prescripciones técnicas, debidamente compulsados. El documento en que se formalice el contrato será en todo caso administrativo, siendo título válido para acceder a cualquier registro público. Si por causa imputable al adjudicatario no pudiera formalizarse el contrato dentro del plazo indicado, la Administración podrá acordar la resolución del mismo, siguiendo a tal efecto el procedimiento establecido en el artículo 109 del Reglamento General de la LCAP. En tal supuesto, procederá la incautación de la garantía y la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados. En estos casos, la Administración, de conformidad con lo establecido en el artículo 151 de la LCSP, podrá efectuar una nueva adjudicación al licitador o licitadores siguientes a aquél, por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas, siempre que ello fuese posible y que el nuevo adjudicatario haya prestado su conformidad, en cuyo caso se concederá a éste un plazo de diez días hábiles para cumplimentar lo señalado en las cláusulas 12 y 13. En el supuesto de que en el expediente haya recaído declaración de urgencia, se podrá, previa constitución de la garantía definitiva cuando fuera exigible, iniciar la ejecución del contrato sin la previa formalización, de acuerdo con lo previsto en el artículo 96.2.c) de la LCSP. 11. PROTECCION DE DATOS Toda la información con datos de naturaleza personal que resulte preciso facilitar a la Mutua seleccionada, tiene la consideración de comunicación de datos de carácter personal cuya finalidad es posibilitar el cumplimiento del TRLGSS y del objeto del convenio de asociación que finalmente se suscriba. Las comunicaciones de datos personales citadas no requieren el consentimiento de la persona interesada, al amparo de la excepción del artículo 11.2.a) de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD) en relación, entre otros, con el artículo 99 del TRLGSS. En todo caso, la mutua viene obligada al cumplimiento de las siguientes obligaciones en relación al tratamiento de los datos personales. - La mutua únicamente tratará los datos para finalidades relacionadas con lo establecido en el TRLGSS y en el objeto del convenio. 7

- La mutua se obliga, por el solo hecho de la comunicación, a la observancia de las Disposiciones de la LOPD y del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la LOPD. - La mutua viene obligada al tratamiento de tales datos con sujeción a los principios de confidencialidad, integridad, proporcionalidad y seguridad, establecidos en las normas estatales y autonómicas de la Comunidad Autónoma Vasca en materia de protección de datos. 12. JURISDICCION COMPETENTE Todas las cuestiones litigiosas derivadas del presente pliego, así como las derivadas del convenio de asociación se someterán al orden jurisdiccional social de los Juzgados y Tribunales del Bilbao. Basauri, 19 de abril del 2016. EL JEFE DE CONTRATACIÓN ASESORIA JURIDICA Fdo.: Mikel Bagan. Fdo.: Antonio Laguna 8

ANEXO I Autorización de notificaciones por correo electrónico D./Dña... con domicilio en...y D.N.I. nº, en nombre propio o como.(señalar las facultades de representación: administrador/a único, apoderado/a ) en representación de la Mutua., con domicilio social en..y C.I.F. Nº.... DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD: Que autoriza al Ayuntamiento de Basauri para practicar por correo electrónico, a la dirección que figura más abajo, toda clase de requerimientos, comunicaciones y notificaciones, con los efectos jurídicos establecidos por la Ley, en el procedimiento para la selección y concertación de un convenio de asociación con una Mutua Colaboradora con la Seguridad Social para la cobertura de las contingencias derivadas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales del personal del Ayuntamiento de Basauri integrado en el Régimen General de la Seguridad Social, en el que toma parte: email:...@... Y para que conste a los efectos oportunos, firma la presente declaración responsable, en. a de... de. Fdo.: Sello de la empresa: 9

ANEXO II PROPUESTA Y DECLARACION RESPONSABLE D./Dña......, con domicilio en.. calle... y D.N.I. número......, en representación de la Mutua......, con domicilio en...,calle......,c.p...teléfono... y C.I.F...., enterado del procedimiento convocado por el Ayuntamiento de Basauri para la selección y concertación de un convenio de asociación con una Mutua Colaboradora con la Seguridad Social para la cobertura de las contingencias derivadas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales del personal del Ayuntamiento de Basauri integrado en el Régimen General de la Seguridad Social. DECLARO I. Que conozco el Pliego de Condiciones y demás documentación que ha de regir el Convenio a concertar, que expresamente asumo y acato en su totalidad. II. Que me comprometo a su ejecución en los términos derivados de la propuesta que formulo, con arreglo a la documentación que acompaño a la presente. III. Que ni el firmante, ni la entidad o empresa a la que represento, ni sus administradores/as ni representantes están incursos/as en las prohibiciones previstas en el artículo artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. IV. Que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social previstas en la normativa en vigor, no habiéndose dado de baja en el epígrafe de la matrícula del I.A.E. correspondiente al objeto de este contrato. En..., a... de... de. Fdo.: D.N.I.: 10