BASES DEL CONCURSO DE IDEAS CON JURADO PARA LA ILUMINACIÓN Y DECORACIÓN PARA NAVIDAD EN LOS MUSEOS DE ANDALUCÍA

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Transcripción:

BASES DEL CONCURSO DE IDEAS CON JURADO PARA LA ILUMINACIÓN Y DECORACIÓN PARA NAVIDAD EN LOS MUSEOS DE ANDALUCÍA PRIMERO- OBJETO DEL CONCURSO La Consejería de Cultura, a través de la Dirección General de Museos, convoca un concurso de ideas que consiste en la redacción de un proyecto y coordinación de la ejecución material del mismo para la iluminación y decoración de las fachadas de los Museos de Andalucía. Se trata de seleccionar las propuestas de mayor calidad, originalidad, creatividad, viabilidad técnica y económica. El objeto de este Concurso de Ideas es decorar e iluminar las fachadas de los museos gestionados por la Consejería de Cultura a través de la Dirección General de Museos, con motivos diseñados según el contenido de cada uno, pero con una imagen común para todos ellos a pesar de las diferentes colecciones que tutelan. Toda esta ornamentación efímera, deberá respetar el bien inmueble sobre el cual se va a intervenir, utilizando soluciones técnicas ajustadas a los criterios de economía, estandarización, sencillez de montaje y de respeto al Patrimonio. Dicha intervención se realizará sólo en el entorno del acceso al interior del museo, buscando resaltar el mismo, de entre la superficie total de la fachada del inmueble. SEGUNDO- LUGARES Y PLAZO DE EJECUCIÓN DEL TRABAJO Los Museos en los que se realizarán dichas decoraciones e iluminaciones de fachadas serán: Museo de Almería, Centro Andaluz de la Fotografía, Museo de Cádiz, Museo Arqueológico y Etnológico de Córdoba, Museo de Bellas Artes de Córdoba, Museo Arqueológico y Etnológico de Granada, Museo Casa de los Tiros, Museo de Huelva, Museo de Jaén, Museo Arqueológico Úbeda, Museo de Linares, Museo de Málaga, Museo Arqueológico de Sevilla, Museo de Bellas Artes de Sevilla, Museo de Artes y Costumbres Populares de Sevilla. Podrán encontrar las imágenes de las fachadas a intervenir en la web www.museosdeandalucia.es Se tendrá en cuenta a la hora de diseñar la propuesta, que el plazo máximo de ejecución de dichos proyectos no podrá ser superior a un mes a partir de la fecha de contratación de la/s empresas/s que lo realicen, siendo la fecha prevista de la inauguración el 6 de diciembre de 2007.

TERCERO- PERFIL CURRICULAR PARA EL TRABAJO Esta convocatoria va dirigida a aquellos profesionales de los campos de la creación, tales como arquitectos, artistas plásticos, diseñadores, publicistas, escenógrafos, etc., sin más limitación que la de estar habilitados para contratar con la Administración Pública. No será necesaria una inscripción previa, será suficiente la presentación de la propuesta dentro de los plazos de entrega establecidos. Se podrán presentar tanto personas físicas como grupos de personas físicas o personas jurídicas. El incumplimiento de los requisitos que señalan estas bases llevará aparejada la descalificación como participante en el concurso. CUARTO- CRITERIOS DE VALORACIÓN 1- Aspecto creativo y originalidad de las propuestas presentadas. El motivo que se elija debe estar conceptualizado con materiales visibles tanto de día como de noche 40% 2- Criterio de economía, debiendo especificarse la inversión según partidas, materiales y conceptos para el desarrollo de la idea 30% 3- Adecuación del consumo y potencias de los proyectos a las características de cada una de las sedes 30% QUINTO- PRESUPUESTO El proyecto presentado debe garantizar la ejecución del mismo en el plano técnico para cada una de las sedes a las que va destinado dicho proyecto. Cada propuesta presentada deberá garantizar el consumo y potencias en cada una de las sedes donde se va a ubicar la decoración. Los proyectos presentados habrán de adecuarse a un presupuesto de ejecución con un límite máximo de 2.000 euros, IVA incluido para cada una de las sedes. SEXTO- PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN No se aceptarán propuestas recepcionadas con posterioridad al 2 de octubre del presente.

Las propuestas se presentarán, de forma anónima, sin identificación alguna de la personalidad del autor, y en soporte digital y en formato papel A3 bajo el lema Disfruta otra Navidad. Ven al Museo. El resultado obtenido por la deliberación del jurado, se dará a conocer en el Portal de Museos de Andalucía www.museosdeandalucia.es a partir del día diez días naturales tras la resolución del mismo. De entre todas las propuestas recibidas, se seleccionará una sola como ganadora, pudiendo quedar desierto el concurso. El jurado adoptará sus decisiones con total independencia, sobre la base de proyectos que le sean presentados de manera anónima y atendiendo a los criterios indicados en las bases. Las solicitudes deberán presentarse debidamente cumplimentadas y con la documentación relacionada en el Anexo I en original o debidamente compulsada, en los registros de las Delegaciones de la Consejería de Cultura, o bien en el resto de oficinas o registros administrativos, conforme a lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común La participación en esta convocatoria supone la plena aceptación de las bases SEPTIMO- CESIÓN DE DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL. El artista que resulte ganador cede a la Consejería de Cultura, Dirección General de Museos, en exclusiva y de forma excluyente, por el máximo de tiempo legalmente establecido, los derechos de fijación, reproducción, distribución y comunicación pública de la obra, incluidos el derecho de transformación. El artista garantiza el carácter original e inédito de la obra. OCTAVO- PREMIO PARA EL GANADOR DEL CONCURSO. El proyecto que resulte ganador del concurso será premiado con la cantidad de 5.000 euros (IVA incluido), cantidad que incluye el encargo de realizar la coordinación del montaje y la producción del proyecto, producción que deberá estar completamente finalizada antes del 3 de diciembre de 2007. NOVENO- PROYECTOS NO GANADORES. Los proyectos que no resulten ganadores podrán ser retirados por el concursante en el plazo máximo de un mes previa solicitud escrita.

DÉCIMO- JURADO El jurado estará compuesto por las siguientes entidades: Dirección General de Museos, Empresa Pública de Gestión de Programas Culturales, Instituto Andaluz de Patrimonio Histórico, Asociación Andaluza de Diseñadores, Fundación FIDAS, que nombrarán cada una un representante y un técnico especialista a designar por la Dirección General de Museos. En el caso en que cualquiera de las instituciones miembros del jurado renunciase, no designase representante o este no compareciera a la votación y fallo, el Jurado se entenderá validamente constituido con la asistencia de al menos la mitad de sus miembros. En caso de empate en la votación, será el voto de calidad del presidente del jurado el que decline la balanza. El Jurado adoptará sus decisiones o dictámenes con total independencia, sobre la base de proyectos que le sean presentados y atendiendo únicamente a los criterios indicados en las bases. Ninguno de los miembros del jurado concurrirá en algunos de los supuestos por el art 28 de la Ley 30/1992 por el que, en quienes se den algunas de las circunstancias señaladas en dicho articulo, se abstendrán de intervenir en el procedimiento. Se tendrá en cuenta la aplicación de los arts 22 y ss. de la Ley 30/1992, relativa al funcionamiento de los órganos colegiados que regula ciertas especialidades. El jurado se reserva la posibilidad de perfilar los detalles del proyecto, respetando la idea inicial ganadora del concurso. UNDÉCIMO- RESOLUCIÓN DEL JURADO Tras el fallo del jurado, será publicado en BOJA y se comunicará al ganador la documentación requerida para hacer efectivo el pago del premio del concurso. Dicha documentación queda explícita en los anexos a este documento. DUODÉCIMO- REGIMEN JURÍDICO DEL CONCURSO DE IDEAS El concurso de ideas con intervención de jurado constituye una modalidad de los contratos de elaboración de proyectos regulado en el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y por lo tanto, este concurso queda regulado por el art. 216 del Real Decreto Legislativo 2/2000 de 16 de junio, teniendo en cuenta igualmente, lo estipulado en los arts. 59 y 60 de TRCLAP.

ANEXO I DOCUMENTACIÓN QUE DEBE ADJUNTAR A LA PROPUESTA Copia compulsada del D.N.I En el caso de ser persona jurídica, escrituras de constitución de Sociedad y representación del administrador compulsadas y bastanteadas por el Gabinete Jurídico Declaración responsable de tener capacidad de contratar (Anexo II) Declaración responsable del artículo 52.3 TRLCAP (Anexo III) Cesión de autorización de datos de carácter fiscal y de Seguridad Social (Anexo IV)

ANEXO II DECLARACIÓN RESPONSABLE DE TENER CAPACIDAD PARA CONTRATAR D. con residencia en provincia de calle según Documento Nacional de Identidad nº en nombre, propio o de la empresa que representa, declara bajo su personal responsabilidad, de acuerdo con el punto 6.2.1.e) del presente pliego: - Tener capacidad de obrar y no estar incurso en las prohibiciones que contiene el art. 20 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. - Que el licitador persona física o los administradores de la persona jurídica que representa, no están incursos en ninguno de los supuestos a que se refiere la Ley 12/1995, de 11 de mayo, de incompatibilidades de los miembros de Gobierno de la Nación y de los altos cargos de la Administración General del Estado; Ley 3/2005, de 8 de abril, de Incompatibilidad de Altos Cargos de la Administración de la Junta de Andalucía y de Declaración de Actividades, Bienes e Intereses de Altos Cargos y otros Cargos Públicos y Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones públicas. - Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Comunidad Autónoma de Andalucía impuestas por las disposiciones vigentes, encontrándose inscrito en la Seguridad Social y al corriente en el abono de las cuotas correspondientes, así como estar de alta y al corriente en el Impuesto de Actividades Económicas. (Lugar, fecha y firma del declarante) CERTIFICACIÓN RESPONSABLE DE NO ESTAR INCURSO EN INCOMPATIBILIDAD DE ACUERDO CON EL ART.9 DE LA LEY 3/2005 Y SU DESARROLLO REGLAMENTARIO D. con D.N.I. Con residencia en provincia de

calle En nombre propio con N.I.F. o de la empresa CERTIFICA: Que de los órganos de Gobierno o Administración de la entidad anteriormente citada, no forma parte persona alguna que esté sujeta al régimen de incompatibilidades de Altos Cargos. (Lugar, fecha y firma)

ANEXO III DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL ARTÍCULO 52.3 DEL TRLCAP D. con residencia en provincia de calle según Documento Nacional de Identidad nº en nombre, propio o de la empresa que representa, declara bajo su personal responsabilidad, de acuerdo con el punto 6.2.1.f) del presente Pliego: Que no ha participado en la elaboración de las especificaciones técnicas del contrato que se licita, en los términos del artículo 52.3 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Lugar, fecha y firma del declarante

ANEXO IV AUTORIZACIÓN PARA LA CESIÓN DE INFORMACIÓN RELATIVA A OBLIGACIONES CON LA SEGURIDAD SOCIAL Y TRIBUTARIAS CON EL ESTADO Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA, EN PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN Don/doña.. con D.N.I. en nombre propio/en representación de con CIF..(cumplimentar lo que proceda). AUTORIZA a la Consejería de. / Organismo Autónomo (cumplimentar lo que proceda) de la Junta de Andalucía a solicitar la cesión de la información por medios informáticos o telemáticos, sobre la circunstancia de estar o no al corriente de sus obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de Andalucía así como con el Estado a efectos del procedimiento de contratación (indicar el procedimiento contractual de que se trate), de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, disposición adicional cuarta de la Ley 40/1998, de 9 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras Normas Tributarias, y demás disposiciones de la aplicación. En..., a... de... de 20... Fdo.:... (Sello de la empresa, en su caso)