Gobierno del Estado de Puebla

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Página 2 Periódico Oficial No. Extraordinario, Febrero 15 del 2013

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Transcripción:

Gobierno del Estado de Puebla Secretaría General de Gobierno Orden Jurídico Poblano Acuerdo por el que destina el inmueble propiedad del Gobierno del Estado, a fin de que sea la nueva sede de la Casa del Estudiante

Acuerdo por el que destina el inmueble propiedad del Gobierno del Estado, a fin de que sea la nueva sede de la Casa del Estudiante REFORMAS Publicación Extracto del texto 02/feb/2018 ACUERDO de la Directora de Bienes Muebles e Inmuebles, de la Secretaría de Finanzas y Administración del Gobierno del Estado, por el que destina el inmueble propiedad del Gobierno del Estado, que se identifica como casa habitación número seiscientos diecinueve de la Primera Calle Central del Fraccionamiento Molino de San Francisco de esta Ciudad de Puebla, con una superficie de 292.51 metros cuadrados, con las medidas y colindancias descritas en el Considerando III del presente Acuerdo, a fin de que sea la nueva sede de la Casa del Estudiante 1

Orden Jurídico Poblano CONTENIDO ACUERDO... 3 PRIMERO... 3 SEGUNDO... 3 TERCERO... 3 CUARTO... 3 TRANSITORIOS... 5 2

Acuerdo por el que destina el inmueble propiedad del Gobierno del Estado, a fin de que sea la nueva sede de la Casa del Estudiante PRIMERO ACUERDO Se destina el inmueble propiedad del Gobierno del Estado, que se identifica como casa habitación número seiscientos diecinueve de la Primera Calle Central del Fraccionamiento Molino de San Francisco de esta Ciudad de Puebla, con una superficie de 292.51 metros cuadrados, a fin de que sea la nueva sede de la Casa del Estudiante, con las medidas y colindancias descritas en el Considerando número III del presente Acuerdo. El presente destino permanecerá siempre y cuando no se modifique el objeto por el cual se otorga el inmueble, así como las funciones y objetivos principales establecidos en los Antecedentes IX y X del presente Acuerdo. SEGUNDO Dado el objeto al cual se destina el inmueble materia de este Acuerdo, corresponde al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Puebla, la conservación, el mantenimiento general, la vigilancia, administración, la operación y funcionamiento del mismo; así como el pago de todas las cargas administrativas y fiscales que éste genere; y en los casos que así proceda, solicitar las exenciones correspondientes, lo anterior, de conformidad con las atribuciones que tiene conferidas el mismo. En caso de que las facultades atribuidas al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Puebla, le sean conferidas a otra Dependencia o Entidad, la asignación a la que hace referencia el presente resolutivo le será atribuida a la Dependencia o Entidad que asuma dichas facultades, sin necesidad de dictarse nuevo Acuerdo al respecto. TERCERO La Secretaría de Finanzas y Administración, a través de la Dirección de Bienes Muebles e Inmuebles, inspeccionará y vigilará directamente, que el bien inmueble sea utilizado para el fin que fue destinado, cumpliendo con las normas y disposiciones aplicables. CUARTO Si el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Puebla, diere un uso distinto para el cual le fue destinado el inmueble a que se ha hecho mención, automáticamente la Secretaría de 3

Orden Jurídico Poblano Finanzas y Administración, a través de la Dirección de Bienes Muebles e Inmuebles, procederá a su recuperación administrativa, de conformidad con lo dispuesto en la fracción IV del artículo 9 de la Ley General de Bienes del Estado y fracción IV del artículo 59 del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y Administración. 4

Acuerdo por el que destina el inmueble propiedad del Gobierno del Estado, a fin de que sea la nueva sede de la Casa del Estudiante TRANSITORIOS (Del ACUERDO de la Directora de Bienes Muebles e Inmuebles, de la Secretaría de Finanzas y Administración del Gobierno del Estado, por el que destina el inmueble propiedad del Gobierno del Estado, que se identifica como casa habitación número seiscientos diecinueve de la Primera Calle Central del Fraccionamiento Molino de San Francisco de esta Ciudad de Puebla, con una superficie de 292.51 metros cuadrados, con las medidas y colindancias descritas en el Considerando III del presente Acuerdo, a fin de que sea la nueva sede de la Casa del Estudiante ; publicado en el Periódico Oficial del Estado, el Viernes 2 de febrero de 2018, Número 2, Quinta Sección, Tomo DCIV). PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor a partir de su suscripción. SEGUNDO. La Secretaría de Finanzas y Administración, a través de la Dirección de Bienes Muebles e Inmuebles y el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Puebla, en el ámbito de sus respectivas competencias, coordinarán las acciones necesarias para el cumplimiento del presente Acuerdo. TERCERO. Cúmplase y publíquese en el Periódico Oficial del Estado. Dado en la Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los 29 días del mes de enero de 2018. La Directora de Bienes Muebles e Inmuebles de la Secretaría de Finanzas y Administración. C. AMPARO MONTOYA OBREGÓN. Rúbrica. 5