Resolución de 10 de octubre de 2016, del Vicerrectorado de Internacionalización de la Universidad de Almería, por la que se convocan Becas Erasmus de Movilidad Internacional de formación para Personal de Administración y Servicios en una universidad, institución o empresa radicada en alguno de los países de la Unión Europea o países asociados, en el marco del programa ERASMUS+ K103 Movilidad para el curso académico 2016/17. Este Vicerrectorado, en ejercicio de las competencias que le corresponden por delegación del Excmo. y Magnífico Sr. Rector de la Universidad de Almería, establecidas por Resolución de 3 de junio de 2015 del Rectorado de la Universidad de Almería (BOJA de 27 de julio de 2015), por la que se determina la estructura, Áreas del Rectorado y Delegación de Competencias en la Universidad de Almería, ha resuelto lo siguiente: Convocar Becas de Movilidad Internacional para PAS en el curso 2016/17, en el marco del programa ERAMUS +, Acción Clave 107, K103, STT: movilidad de las personas por motivos de aprendizaje en: A) Instituciones de Enseñanza Superior. B) Cualquier organización pública o privada activa en el mercado de trabajo o en los ámbitos de la educación, la formación o la juventud. Las becas se podrán solicitar para cualquier Institución Europea de Enseñanza Superior y para ello no será necesario que exista un acuerdo bilateral firmado. En todo caso, quedarán condicionadas a la aceptación final por parte de la Universidad o empresa de destino. Los siguientes tipos de organizaciones no son elegibles como organizaciones de acogida: Instituciones de la Unión Europea y otros organismos de la Unión Europea, incluyendo agencias especializadas (cuya lista exhaustiva se encuentra en la página ec.europa.eu/institutions/index_en.htm), organizaciones que gestionan programas comunitarios (para evitar posibles conflictos de intereses y/o doble financiación) o la representación diplomática nacional (embajadas, etc.) del país de acogida. El objeto de la ayuda, cofinanciada por la Universidad de Almería, es contribuir a los gastos de viaje, alojamiento y manutención que se produzcan con ocasión del desplazamiento para recibir formación, dentro de un programa de trabajo aprobado por ambas instituciones, adecuado a las funciones desarrolladas en sus puestos de trabajo. El objetivo de la movilidad para recibir formación (a partir de ahora denominada STT) es: Fomentar el proceso de internacionalización de la UAL en todos los sectores de la comunidad universitaria, y en concreto en el del personal de Administración y Servicios. Promover la concienciación y la implicación necesaria en la internacionalización de la UAL en el personal de Administración y Servicios. Contribuir a la mejora de los servicios que presta el PAS a la comunidad universitaria. Favorecer el aprendizaje a lo largo de la vida laboral del Personal de Administración y Servicios de la UAL y su mejora continua. Facilitar el aprendizaje de buenas prácticas y la exposición a formas de trabajo y entornos laborales de otras Universidades Europeas, la transferencia de conocimientos y competencias, y la adquisición de aptitudes, en general en todas las áreas, y más especialmente en las que tengan que ver con la movilidad de estudiantes y profesores. Estrechar, fortalecer y ampliar los vínculos de la Universidad de Almería con las Universidades socias, a través del conocimiento personal y directo de las personas que trabajan en las mismas áreas, y extender la colaboración a nuevas áreas. Mejorar la competencia en lengua extranjera de los participantes El Vicerrectorado garantiza la concesión de 20 BECAS de movilidad de PAS Erasmus. El número de ayudas se podrá incrementar si la Universidad de Almería recibiera financiación complementaria. Se podrán realizar dos tipos de estancias: - Participación en semanas internacionales. - Realización de buenas prácticas. 1 ID. FIRMA blade39adm.ual.es PÁGINA 1/6
BASES DE LA CONVOCATORIA 1. - REQUISITOS GENERALES DE LOS SOLICITANTES 1.1.- Personal de Administración y Servicios de la UAL que tenga vinculación jurídico-laboral con la misma. Entre estos, tendrán preferencia, por este orden, el personal funcionario o laboral de carácter fijo e indefinido que reciban sus retribuciones con cargo a Capítulo I de los Presupuestos de la UAL, el personal interino y eventual y el resto de personal que cobre con cargo a otro capítulo. 1.2.- Las becas se concederán al personal de Administración y Servicios de la Universidad de Almería que sean ciudadanos de un Estado miembro de la Unión Europea o de cualquier otro Estado que participe en el programa Erasmus, o bien, personas oficialmente reconocidas por España como refugiados, apátridas o residentes, siempre que el permiso de residencia esté vigente durante todo el período de movilidad. 1.3.- El personal, en el momento de solicitar y realizar la movilidad, debe estar en situación de servicio activo. 1.4. Acreditar al menos un nivel B1 de INGLÉS o del idioma del país donde se realice la estancia en el caso de realización de buenas prácticas. Todos los requisitos deberán cumplirse a fecha de fin de plazo de esta convocatoria. 2.- CONDICIONES DE LA BECA: Todas las movilidades deberán finalizar antes del día 30 de septiembre de 2017. El beneficiario de la movilidad recibirá una ayuda financiera de fondos de la UE para un máximo de 5 días. La duración total del periodo de movilidad no podrá ser superior a 2 meses ni inferior a 2 días. El importe de la beca estará supeditado a la financiación que la UAL reciba del Servicio Español para la Internacionalización de la Educación (SEPIE), así como de la aportada por la propia Universidad. La dotación económica, en todo caso, será la correspondiente a los días de estancia real del PAS en la universidad de destino hasta un máximo de 5 días. En el caso de que la estancia sea inferior a 5 días podrá computarse hasta dos días de viaje, uno de ida y otro de vuelta. Los beneficiarios tienen la obligación de seguir el plan de visita de formación pactado con la institución socia o empresa o el programa establecido en la semana internacional. La cuantía de la beca está destinada a contribuir a los gastos de viaje, alojamiento y manutención desglosados de la siguiente forma: 1. Financiación de la movilidad a través del Programa ERAMUS+ a. Ayuda viaje: contribución a los gastos de viaje del personal basada en la distancia entre la Universidad de Almería y el lugar en el que se desarrolle la actividad Distancia en kilómetros Cantidad a percibir Entre 100 y 499 Km. 180 por participante. Entre 500 y 1999 Km. 275 por participante. Entre 2000 y 2999 Km. 360 por participante. Entre 3000 y 3999 Km. 530 por participante. Entre 4000 y 7999 Km. 820 por participante. Entre 8000 y 19999 Km. 1.100 por participante. http://ec.europa.eu/programmes/erasmus-plus/resources_en#tab-1-4 b. Manutención: las cantidades dependerán del país de destino País de destino Cantidad diaria a percibir Grupo A: Dinamarca, Holanda, Irlanda, Reino 120 Unido, Suecia. 2 ID. FIRMA blade39adm.ual.es PÁGINA 2/6
Grupo B: Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, 105 Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Islandia, Italia, Liechtenstein, Luxemburgo, Noruega, Polonia, República Checa, Rumanía, Suiza, Turquía. Grupo C: Alemania, Antigua República 90 Yugoslava de Macedonia, Eslovaquia, Letonia, Malta, Portugal. Grupo D: Croacia, Eslovenia, Estonia, Lituania. 75 2. Financiación de la Universidad de Almería: La UAL, a través de Gerencia y de este Vicerrectorado, complementará la beca con 150 adicionales, siempre que el periodo de estancia sea igual o superior a 5 días hábiles. En el caso de existir solicitantes con necesidades especiales derivadas de algún tipo de discapacidad grave, deberán hacerlo constar en el formulario de solicitud, para gestionar una ayuda suplementaria ante el Servicio Español para la Internacionalización de la Educación. 3.-FORMALIZACIÓN DE SOLICITUDES Y PLAZOS 3.1.- Las solicitudes se formalizarán en el formulario web que estará a disposición del personal de administración y servicios en la página web del Servicio de Relaciones Internacionales: http://cms.ual.es/ual/universidad/serviciosgenerales/uinternacional/pagina/pasconvocatoria1 617 3.2. - El plazo de presentación de será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en la página web del Servicio de Relaciones Internacionales. En caso de que, tras la primera reunión de la Comisión de Selección, no queden cubiertas todas las plazas, ésta podrá determinar la apertura de un nuevo plazo de solicitud. 3.3.- Las solicitudes deberán ir acompañadas de un Plan de Trabajo y una presentación en soporte informático. Ambos serán utilizados por la Comisión para baremar los méritos. El Plan de Trabajo debe recoger los aspectos relacionados en el punto 4.2.d. de la presente convocatoria. El mismo se presentará en inglés o en el idioma del país donde se realizará la estancia. Para el resto de méritos se tendrá en cuenta el expediente personal de los solicitantes obrante en el Servicio de Gestión de Recursos Humanos y en el Servicio de Relaciones Internacionales. 3.4.- Si la solicitud adoleciera de algún requisito, se requerirá al interesado a través del correo electrónico para que, en un plazo de diez días, los subsane, de acuerdo con el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero. Se considerará que han desistido de su solicitud quienes no respondan debidamente al requerimiento. 4.- PROCESO DE SELECCIÓN 4.1. La selección final de los candidatos se efectuará por una Comisión integrada por los siguientes miembros: a) El Vicerrector de Internacionalización o persona en quién delegue, que actuará como Presidente. b) La Gerente de la Universidad de Almería o persona en quién delegue. c) El Director de Secretariado de Movilidad. d) Un miembro del Servicio de Relaciones Internacionales, que actuará como Secretario. 3 ID. FIRMA blade39adm.ual.es PÁGINA 3/6
4.2. Para la selección dicha Comisión tendrá en consideración los siguientes criterios: a) El conocimiento del idioma se considerará un requisito imprescindible para adjudicar la beca, requiriéndose como mínimo un nivel B1 de inglés o del idioma del país donde se va a realizar la estancia en caso de buenas prácticas. Se considerará acreditado el nivel de idioma reconocido a través del CED. o Nivel C2... 6 puntos. o Nivel C1... 4 puntos. o Nivel B2... 2 puntos. b) Nivel del puesto desempeñado: o Nivel 27 o superior... 6 puntos. o Nivel 25... 5 puntos. o Nivel 23... 4 puntos. o Nivel 20... 3 puntos. o Nivel 17... 2 puntos. o Nivel 15... 1 punto. c) Se fomentará a los participantes que disfruten por primera vez de una movilidad en el marco del programa, aplicando el siguiente baremo: o Quienes no han disfrutado anteriormente de una movilidad:... 6 puntos. o Quienes han realizado anteriormente una movilidad:... 5 puntos. o Quienes han realizado anteriormente dos movilidades:... 4 puntos. o Quienes han realizado anteriormente tres movilidades:... 3 puntos. o Quienes han realizado anteriormente cuatro movilidades:... 2 puntos. o Quienes han realizado anteriormente cinco movilidades:... 1 puntos. o Quienes han realizado anteriormente séis o más movilidades:... 0 puntos. d) Valoración del Plan de Trabajo: hasta 9 puntos. (Se realizará en inglés o idioma del país de acogida para buenas prácticas) Objetivos generales de la movilidad: Contribución de los objetivos de la movilidad al proceso de internacionalización de la UAL. (Hasta 3 puntos). Valor añadido de la movilidad: Justificación del valor que aportará al Servicio/Unidad al que pertenece los conocimientos y experiencias que pueda adquirir en la estancia. (Hasta 3 puntos). Impacto de la movilidad: Descripción del impacto esperado como consecuencia de su estancia. (Hasta 3 puntos). e) Presentación: hasta 3 puntos. Intervención que realizará durante la estancia, con inclusión en el caso de buenas prácticas, de las actividades a realizar durante la misma. En caso de empate, se priorizará en primer lugar en función de la puntuación obtenida por la no participación en programas de movilidad y de persistir el empate se atenderá al nivel del puesto de trabajo desempeñado. 5.- ADJUDICACIÓN DE LAS BECAS Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Servicio de Relaciones Internacionales publicará la lista de solicitantes admitidos y excluidos, con indicación del motivo de exclusión. Los candidatos excluidos dispondrán de un plazo de 3 días hábiles para presentar alegaciones. Resueltas las alegaciones, se procederá a la adjudicación de las plazas y ayudas del siguiente modo: La Comisión realizará una relación priorizada de solicitantes seleccionados, en función del resultado de la aplicación del baremo al que se hace referencia en el punto 4 de estas bases, adjudicándose las ayudas en ese orden, hasta que se agote la asignación presupuestaria. Todos los solicitantes que no obtengan una beca de movilidad serán incluidos en una relación también priorizada (lista de espera) según su puntuación en el baremo, con objeto de que puedan cubrir posibles renuncias de los adjudicatarios originales, durante el curso académico 2016/2017. 4 ID. FIRMA blade39adm.ual.es PÁGINA 4/6
Los interesados podrán presentar reclamaciones a la propuesta de la Comisión, en el plazo de 3 días hábiles, contados desde el día siguiente a su publicación. Resueltas las reclamaciones, el Presidente de la Comisión ordenará la publicación de la relación definitiva de adjudicatarios. Los seleccionados deben ser aceptados por la Institución de destino y deberán presentar antes de su estancia el Acuerdo de movilidad (Mobility Agreement) debidamente firmado según el modelo facilitado por el Servicio de Relaciones Internacionales. No se requiere firma original. En el caso de las Semanas Internacionales, los candidatos preseleccionados deberán solicitar su admisión a la Universidad de destino en los plazos y en la forma que ésta haya establecido. En caso de renuncia, ésta deberá comunicarse a la mayor brevedad al Vicerrectorado, siempre antes del 31 de marzo de 2017. En el caso de que se hubiese agotado la lista de espera, el Vicerrector de Internacionalización oida la Gerencia, podrá determinar la adjudicación de las plazas vacantes de la forma que considere más beneficiosa para la Internacionalización de la Universidad. En caso de que se produzcan renuncias fuera de plazo, los adjudicatarios de dichas plazas podrán ser penalizados en futuras convocatorias. 6. - COMPROMISO DE ACEPTACIÓN DE LA BECA Los solicitantes seleccionados como destinatarios de una beca de movilidad Erasmus para recibir formación quedan obligados a: Con antelación a la realización de la movilidad: a) El beneficiario de la beca deberá solicitar previa a su estancia, Comisión de Servicios, que será autorizada, en su caso, por la Gerencia previo visto bueno del Responsable funcional. La Comisión de Servicios será como máximo de 5 días hábiles y no generará ningún derecho económico sobre los ya contemplados en esta convocatoria. Tampoco generará la compensación horaria a la que se refiere el art. 5.4.4. y 11 del Reglamento de Jornadas, Horarios, Permisos, Licencias y Vacaciones del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Almería. b) Firmar el Convenio de Subvención entre la UAL y el beneficiario. c) Firmar el documento de Condiciones Generales. d) Adjuntar el Mobility Agreement firmado por todas las partes. Con posterioridad a la realización de la movilidad: a) Entregar el Certificado de Estancia en el Servicio de Relaciones Internacionales, debidamente firmado y sellado por la universidad o empresa de destino, en un plazo de siete días hábiles desde que finaliza el periodo de estancia donde se especifique claramente las fechas y horas de trabajo realizado. b) Justificar los gastos de acuerdo con lo especificado por el Servicio de Relaciones Internacionales. c) Confirmar la movilidad realizada en el formulario de registro de visitas de la UAL como salida. d) Cumplimentar el Informe de movilidad del Personal on line, remitido por la Comisión Europea. Las gestiones necesarias para obtener el acuerdo de la institución o empresa de destino tanto en la movilidad como en el programa de trabajo así como la gestión para la búsqueda de alojamiento, reserva de viajes, y demás trámites necesarios, serán responsabilidad del PAS beneficiario. 7.- REQUISITOS PARA EL ABONO DE LA AYUDA ECONÓMICA. 7.1.- Las ayudas se abonarán mediante transferencia bancaria a la cuenta del beneficiario. 7.2.- El beneficiario recibirá en los 30 días posteriores a la firma del convenio de subvención y no más tarde de la fecha de inicio del periodo de movilidad un pago de prefinanciación equivalente al 80% del importe de la ayuda concedida por el SEPIE, que deberá justificarse con la documentación requerida en la base 6 de esta convocatoria una vez haya finalizado dicha movilidad y con anterioridad a la liquidación final de gastos. 5 ID. FIRMA blade39adm.ual.es PÁGINA 5/6
7.3.- La liquidación del importe final se realizará una vez finalizada la estancia y presentada la documentación correspondiente. 7.4.- En caso de no justificar adecuadamente, el beneficiario deberá reintegrar a la Universidad de Almería el importe íntegro de la beca concedida. 7.5.- Los beneficiarios gozarán de un seguro colectivo que la Universidad tiene suscrito para todos los trabajadores que viajen en comisión de servicio; no obstante, se aconseja que el beneficiario tramite la Tarjeta sanitaria europea. 8.- NORMA FINAL 8.1.- La propuesta definitiva de selección de la Comisión se hará pública en el tablón de anuncios del Servicio de Relaciones Internacionales de la Universidad de Almería y en la página web del Vicerrectorado, y servirá de notificación a los solicitantes, de acuerdo con el artículo 59.5 b) de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 8.2.- El Vicerrector de Internacionalización ordenará la publicación de la Resolución definitiva de adjudicación de las Ayudas para estancias de formación para PAS para recibir formación. La citada Resolución agota la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 60 de los Estatutos de la Universidad de Almería, aprobados por Decreto 276/98 de 22 de diciembre (BOJA de 19-01-99). Los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición contra la misma ante el Vicerrectorado en el plazo de un mes a partir de la publicación de la Resolución según establece el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27-11-92) en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE de 14-01-99), o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Almería en el plazo de dos meses a partir igualmente de la publicación de la Resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.3 y 46 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14-07-98). 8.3. - A los adjudicatarios que realicen la estancia Erasmus para recibir formación se les extenderá el correspondiente Certificado. 8.4. - A los efectos previstos en el artículo 44 de la Ley 30/1992 del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, se entenderán desestimadas las solicitudes sobre las que no recaiga resolución expresa. 8.5.- La Comisión a que se hace referencia en el apartado 4.1. de la presente convocatoria, podrá resolver aquellas cuestiones no previstas en estas bases. En Almería, a 10 de octubre de 2016 Julián Cuevas González VICERRECTOR DE INTERNACIONALIZACIÓN 6 ID. FIRMA blade39adm.ual.es PÁGINA 6/6