RESOLUCIÓN 12632 DE 2014 14 de Noviembre de 2014 Por medio de la cual se resuelven unas solicitudes de Estímulos Educativos a los Docentes LA SECRETARÍA DE EDUCACIÒN DE MEDELLÌN En uso de las facultades conferidas y la Ley 715 de 2001, y el Decreto Municipal 0442 de 2012 modificado parcialmente por el Decreto Municipal 01334 de 2014, y CONDERANDO: 1. Que el Decreto Municipal 0442 de 2012, reglamentó el procedimiento para conceder los Estímulos Educativos para la profesionalización y formación de pregrado, posgrados y estudios en segundo idioma de los docentes vinculados bajo el Decreto 2277 de 1979 y pagados por la Nómina de la Alcaldía de Medellín. 2. Que en cumplimiento de los artículos 5º y 6º del Decreto 0442 de 2012, el Comité de Estímulos Educativos evaluó y resolvió las distintas propuestas presentadas por los docentes y directivos docentes que solicitaron Estímulos Educativos, correspondientes al segundo semestre de 2014. 3. Que los docentes Jose Luis Vasquez Echavarria identificado con cédula de ciudadanía número 98550262, Jorge Hernando Acevedo Martínez identificado con cédula de ciudadanía número 98662351 y Olga Beatriz Montoya Velásquez identificada con cédula de ciudadanía número 43501274, presentaron sus propuestas radicadas con número 201400510921, 2014200516799, 201400520174 respectivamente; las cuales fueron analizadas en el Comité de Estímulos Educativos en la sesión realizada el 15 de Octubre de 2014, como consta en el acta No 04, dichas solicitudes no cumplen con lo establecido en el Decreto 0442 de 2012 modificado parcialmente por el Decreto 01334 de 2014, toda vez que aportaron certificados de estudios realizados en Fundaciones o Corporaciones, las cuales no ostentan calidad de Universidad, así mismo los programas académicos de estas instituciones de educación superior no cuenta con acreditación de alta calidad; por lo tanto no aplica a lo establecido en el artículo 4 parágrafo 3 del Decreto 0442 de 2012. 4. Que el docente Carlos Alberto Cuartas Roman identificado con cédula de ciudadanía número 71660847, aportó su propuesta radicada con número 201400489644, cuyos documentos corresponden a estudios que adelanta en el exterior; sin embargo, la solicitud no es aprobada debido a que la Universidad Nacional del Rosario en Buenos Aires -
Argentina no cuenta con un convenio de doble titulación con instituciones de educación superior acreditadas en Colombia, por consiguiente no tiene reconocimiento oficial por parte del Ministerio de Educación Nacional, y la convalidación del título sólo se puede realizar una vez terminado el postgrado. 5. Que los docentes Margarita Maria Sanchez Leon identificada con cédula de ciudadanía número 43831490, Diana Patricia Porras Cano identificada con cédula de ciudadanía número 43685488, Cesar Emilio Tangarife Bedoya identificado con cédula de ciudadanía número 71724895, Luz Maria Jimenez Yepes identificada con cédula de ciudadanía número 42687574, Jesus Alfonso Arango Cuartas identificado con cédula de ciudadanía número 71689373, Jesus Humberto Posada Londoño identificado con cédula de ciudadanía número 3667499, John Alcides Arango Orrego identificado con cédula de ciudadanía número 71612702, Mary Isabel Arredondo Chaverra identificada con cédula de ciudadanía número 43825416, Luz Elena Salazar Gomez identificada con cédula de ciudadanía número 42790196, Luz Adriana Aguirre Vasco identificada con cédula de ciudadanía número 43092959, Mauricio de Jesus Lopez Gonzalez identificado con cédula de ciudadanía número 98522787, Angela Maria Velez Bedoya identificada con cédula de ciudadanía número 43010588, Wilson de Jesus Urrego Ramirez identificado con cédula de ciudadanía número 98541205, Miguel Angel Otalvaro Benjumea identificado con cédula de ciudadanía número 71655589, Carmen Liliana Rodas Gonzalez identificada con cédula de ciudadanía número 43034479, Rafael Alberto Rodriguez Torres identificado con cédula de ciudadanía número 71576307, Monica Cecilia Urrego Restrepo identificada con cédula de ciudadanía número 42792622, Oscar de Jesus Ceballos identificado con cédula de ciudadanía número 70082910, Manuel Alejandro Cerra Blanco identificado con cédula de ciudadanía número 9039020, Beatriz Eugenia Rios identificada con cédula de ciudadanía número 43546249, Francy Helena Lopez Eusse identificada con cédula de ciudadanía número 43800703, Melba Leonor Cifuentes Lujan identificada con cédula de ciudadanía número 43070353, Gloria Cecilia Díez Carmona identificada con cédula de ciudadanía número 43549686, Dora Patricia Figueroa Gomez identificada con cédula de ciudadanía número 43099382, Arleima del Socorro Quintero Gonzalez identificada con cédula de ciudadanía número 43544714, Humberto Restrepo Zapata identificado con cédula de ciudadanía número 8404537, Luis Carlos Ortiz Ramirez identificado con cédula de ciudadanía número 70569135, presentaron sus propuestas radicadas con números 201400511311, 201400486335, 201400488200, 201400489438, 201400489622, 201400489715, 201400491110, 201400491850, 201400492105, 201400499848, 201400501476, 201400505136, 201400505240, 201400505324, 201400507021, 201400507039, 201400507134, 201400507412, 201400509263, 20140051915,
201400511073, 201400513310, 201400514077, 201400516588, 201400520480, 201400521389, 201400522608 respectivamente, las cuales fueron analizadas y aprobadas en el Comité de Estímulos Educativos en la sesión antes mencionada, las cuales cumplen con los requisitos establecidos en el Decreto 0442 de 2012 modificado parcialmente por el Decreto 01334 de 2014. 6. Que mediante Disponibilidad Presupuestal número 2200037259, fondo 110000912, proyecto 130263; se aprobó una partida de veinte millones quinientos noventa y ocho mil quinientos cincuenta y seis pesos ($20.598.556),y mediante Disponibilidad Presupuestal número 2200037275, fondo 110000114, proyecto 130263; se aprobó una partida de veinte cinco millones ochocientos sesenta y siete mil trecientos veinte seis pesos ($25.867.326) para el reconocimiento de este auxilio a los docentes que fueron vinculados por el Municipio de Medellín y que cursan estudios de actualización y capacitación profesional durante el año 2014. En mérito de lo expuesto; RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar los Estímulos Educativos y Reconocer el valor de Cuarenta y seis millones cuatrocientos sesenta y cinco mil ochocientos ochenta y dos pesos ($46.465.882), a los educadores que a continuación se detallan, correspondiente al 60% del valor por la matrícula de cada beneficiario y que corresponde al segundo semestre de 2014. MBRES Y APELLIDOS CÉDULA INSTITUCIÓN DE EDUCACIÓN SUPERIOR VALOR MATRÍCULA SEMESTRE QUE CURSA ESPECIALIZACIÓN MAESTRÍA BENEFICIO SEM ANTERIOR VALOR 60% DIANA PATRICIA PORRAS CA CESAR EMILIO TANGARIFE BEDOYA LUZ MARIA JIMENEZ YEPES JESUS ALFONSO ARANGO CUARTAS 43.685.488 71.724.895 42.687.574 71.689.373 UNIVERDAD CATÓLICA UNIVERDAD DE ANTIOQUIA UNIVERDAD NACIONAL DE COLOMBIA UNIVERDAD CATÓLICA EDUCACIÓN PERSONALIZADA 4.930.400 2 EDUCACIÓN 4.825.735 1 ENSEÑANZA DE LAS CIENCIAS EXACTAS Y NATURALES 2.958.240 2.895.441
JESUS HUMBERTO POSADA LONDOÑO JOHN ALCIDES ARANGO ORREGO MARY ISABEL ARREDONDO CHAVERRA LUZ ELENA SALAZAR GOMEZ LUZ ADRIANA AGUIRRE VASCO MAURICIO DE JESUS LOPEZ GONZALEZ ANGELA MARIA VELEZ BEDOYA WILSON DE JESUS URREGO RAMIREZ MIGUEL ANGEL OTALVARO BENJUMEA CARMEN LILIANA RODAS GONZALEZ RAFAEL ALBERTO RODRIGUEZ TORRES MONICA CECILIA URREGO RESTREPO OSCAR DE JESUS CEBALLOS MANUEL ALEJANDRO CERRA BLANCO BEATRIZ EUGENIA RIOS FRANCY HELENA LOPEZ EUSSE 3.667.499 71.612.702 43.825.416 42.790.196 43.092.959 98.522.787 43.010.588 98.541.205 71.655.589 43.034.479 71.576.307 42.792.622 70.082.910 9.039.020 UNIVERDAD CATÓLICA UNIVERDAD AUTOMA LATIAMERICANA UNAULA UNIVERDAD CATÓLICA UNIVERDAD UNIVERDAD CATÓLICA UNIVERDAD CATÓLICA UNIVERDAD DE UNIVERDAD UNIVERDAD DE CALDAS UNIVERDAD CATÓLICA UNIVERDAD CATÓLICA UNIVERDAD NACIONAL DE COLOMBIA UNIVERDAD AUTOMA LATIAMERICANA UNAULA UNIVERDAD DE 3.838.220 2 5.700.000 2 1.986.000 1 1.906.000 2 GERENCIA CULTURA POLÍTICA Y PEDAGOGÍA DERECHOS HUMAS EDUCACIÓN PERSONALIZADA GERENCIA ENSEÑANZA DEL INGLÉS 3.870.900 2 LITERATURA 930.500 2 4.825.735 1 3.984.648 2 1.991.250 2 CULTURA POLÍTICA Y PEDAGOGÍA DERECHOS HUMAS DISEÑO Y CREACIÓN INTERACTIVA ENSEÑANZA DE LAS CIENCIAS EXACTAS Y NATURALES 43.546.249 UNIVERDAD CATÓLICA GERENCIA 1.986.000 1 43.800.703 UNIVERDAD DE 1.991.250 1 MELBA 43.070.353 UNIVERDAD DE 1.991.250 2 2.302.932 3.420.000 1.143.600 2.322.540 558.300 2.895.441 2.390.789
LEOR CIFUENTES LUJAN GLORIA CECILIA DÍEZ CARMONA DORA PATRICIA FIGUEROA GOMEZ ARLEIMA DEL SOCORRO QUINTERO GONZALEZ HUMBERTO RESTREPO ZAPATA LUIS CARLOS ORTIZ RAMIREZ MARGARITA MARIA SANCHEZ LEON 43.549.686 43.099.382 43.544.714 8.404.537 70.569.135 43.831.490 UNIVERDAD UNIVERDAD CATÓLICA UNIVERDAD UNIVERDAD DE UNIVERDAD DE UNIVERDAD 3.570.000 2 3.600.000 1 1.991.250 2 1.906.000 2 LITERATURA CON ÉNFAS EN PRODUCCIÓN DE TEXTOS E HIPERTEXTOS LITERATURA CON ÉNFAS EN PRODUCCIÓN DE TEXTOS E HIPERTEXTOS 5.730.000 1 LITERATURA 2.142.000 2.160.000 1.143.600 3.438.000 ARTÍCULO SEGUNDO: Negar el estímulo a los educadores que a continuación se detallan según lo establecido en la presente resolución. MBRES Y APELLIDOS CÉDULA MOTIVO CARLOS ALBERTO CUARTAS ROMAN JOSE LUIS VASQUEZ ECHAVARRIA JORGE HERNANDO ACEVEDO MARTINEZ 71.660.847 98.550.262 98.662.351 la Universidad Nacional del Rosario en Buenos Aires - Argentina no cuenta con un convenio de doble titulación con instituciones de educación superior acreditadas en Colombia, por consiguiente no tiene reconocimiento oficial por parte del Ministerio de Educación Nacional estudios realizados en Fundaciones o Corporaciones, las cuales no ostentan calidad de Universidad, así mismo los programas académicos de estas instituciones de educación superior no cuenta con acreditación de alta calidad estudios realizados en Fundaciones o Corporaciones, las cuales no ostentan calidad de Universidad, así mismo los programas académicos de estas instituciones de educación superior no cuenta con acreditación de alta calidad
OLGA BEATRIZ MONTOYA VELASQUEZ 43.501.274 estudios realizados en Fundaciones o Corporaciones, las cuales no ostentan calidad de Universidad, así mismo los programas académicos de estas instituciones de educación superior no cuenta con acreditación de alta calidad ARTÍCULO TERCERO: Contra el presente Acto Administrativo procede Recursos de Reposición, el cual debe interponerse en los términos de la Ley 1437 de 2011. Dada en Medellín, 14 de noviembre de 2014 TIFIQUESE Y CÚMPLASE Original firmado ADRIANA PATRICIA ARCILA ROJAS Secretaria de Educación Elaboró: Andrés Restrepo Bernal Profesional Universitario Luisa Fernanda Gaviria Alzate Auxiliar Administrativa 066-21/10/2014 Revisó: Diana Isabel Duran Vergara Profesional Universitario Revisó: Isabel Angarita Nieto Líder de Jurídica Aprobó: Yolanda Ester Ariza Rios Directora Técnica de Recursos Humanos Revisó y Aprobó: Juan Diego Barajas López Subsecretario Administrativo y Financiero