Calendario de inspecciones reglamentarias en Comunidades de Viviendas La seguridad de sus instalaciones en las mejores manos TÜV SÜD ATISAE
TÜV SÜD ATISAE ofrece sus servicios profesionales de inspección y soporte técnico dirigidos a la mejora de los procesos de gestión y administración integral de comunidades de propietarios, mancomunidades, urbanizaciones, garajes, edificios de oficinas y centros comerciales, que de forma integrada permiten dar respuesta a las exigencias y requisitos de la legislación. TÜV SÜD ATISAE realiza inspecciones reglamentarias, supervisión de equipos e instalaciones con una competencia técnica y experiencia demostrada en sus años de actividad, además de contar con todas las acreditaciones y autorizaciones necesarias para actuar como Organismo de Control (OC). TÜV SÜD es un proveedor líder internacional de soluciones de alta calidad, seguridad y sostenibilidad especializado en ensayos, inspecciones, auditorías, certificación, consultoría, metrología y formación. Con más de 24.000 empleados en 1.000 ubicaciones en todo el mundo, TÜV SÜD cuenta con acreditaciones en Europa, América, Asia, África y Oriente Medio. Al ofrecer soluciones objetivas a sus clientes, TÜV SÜD añade valor tangible a las empresas, consumidores y medio ambiente. En TÜV SÜD España y Portugal contamos con más de 1.300 profesionales y una amplia red de más de 70 centros repartidos por la Península Ibérica entre delegaciones e ITV. Bajo la marca TÜV SÜD ATISAE ofrecemos todos los servicios de evaluación de la conformidad en diferentes sectores como el industrial, con la realización de inspecciones en diferentes ámbitos para verificar el cumplimiento de los reglamentos de Seguridad Industrial y de directivas europeas, el sector ITV con la realización de Inspecciones Técnicas de Vehículos, el medioambiental que engloba inspecciones y ensayos medioambientales. También contamos con la división de Car Business Services que ofrece servicios globales para el sector de la automoción, desde consultoría y coaching, hasta formación, remarketing y servicios de atención al cliente.
Instalaciones Eléctricas de Baja Tensión Instalaciones comunes con potencia instalada superior a 100 Kw (en algunas CC.AA. pueden existir disposiciones que regulen la aplicación de este plazo): Cada 10 años. Instalaciones eléctricas de garajes + 25 plazas, piscinas con potencia > 10 Kw y alumbrado exterior > 5 Kw: Cada 5 años. Legislación: Real Decreto 842/2002 de 2 de agosto. Equipos de Elevación Equipos de elevación Edificios industriales y de pública concurrencia: Cada 2 años. Edificios de viviendas con más de 4 plantas ó 20 viviendas: Cada 4 años. Resto de edificios: Cada 6 años. Legislación: Real Decreto 2291/1985 y Real Decreto 88/2013 (ITC AEM-1 de 22 de febrero de 2013). Instalaciones petrolíferaseq Inspecciones periódicas a todas las instalaciones que requieren proyecto: Cada 10 años. Revisión periódica a todas las instalaciones que requieren proyecto: Cada 5 años. Pruebas de Estanqueidad a tanques enterrados de simple pared sin cubeto: - Si se realiza con producto en el interior: Cada 5 años. - Si se realiza con el tanque vacío, limpio, desgasificado y con medición de espesores: Cada 10 años. Pruebas a tanques de superficie: - Si requieren proyecto: Cada 5 años. - Si no requieren proyecto: Cada 10 años. Primera prueba a tuberías enterradas nuevas y/o reparadas: A los 10 años de su instalación o reparación. Pruebas a tuberías enterradas: Cada 5 años. Tanques reparados: Primera prueba al reparar y las siguientes cada 10 años. Legislación: Real Decreto 2085/1994 de 20 de octubre. Real Decreto 1427/1997 de 15 de septiembre. Real Decreto 1523/1999 de 1 de octubre.
Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificiosen Edificios (RITE) Inspección inicial: A determinar por el Órgano Competente de cada CC.AA. Inspección periódica de eficiencia energética a instalaciones sujetas al RITE: - SISTEMAS DE CALEFACCIÓN Y ACS con potencia térmica nominal entre 20 y 70 Kw: Cada 5 años. - SISTEMAS DE CALEFACCIÓN Y ACS con potencia térmica nominal superior a 70 Kw: Cada 2 ó 4 años. - SISTEMAS DE AIRE ACONDICIONADO con potencia térmica nominal igual o mayor de 12 Kw: Cada 5 años. Inspección de la instalación térmica completa con potencia térmica nominal superior a 20 Kw en calor ó 12 Kw en frío: Cada 15 años. Legislación: Real Decreto 1027/2007 de 20 de julio. Real Decreto 238/2013 de 5 de abril. Instalaciones de gas Instalaciones de almacenamiento de GLP en depósitos fijos (ITC ICG03): Inspección inicial. Prueba de presión periódica: Cada 15 años. Legislación: Real Decreto 919/2006 de 28 de julio. Instalaciones contra incendios Edificios destinados a uso como aparcamiento con superficie construida igual o mayor de 500 m 2. Inspección periódica: Cada 10 años. Legislación: Real Decreto 513/2017 de 22 de mayo.
Otros servicios ofrecidos por TÜV SÜD Certificación Energética Obligatoria de Edificios Existentes: A partir del 1 de junio de 2013, todo contrato de compraventa o alquiler debe adjuntar el certificado energético y su etiqueta, según el Real Decreto 235/2013. Inspección Técnica en Edificaciones: Conforme a la legislación vigente establecida en cada Comunidad Autónoma. Estudios patológicos en la construcción: Análisis de defectos, grietas, humedades, etc. Auditorías Energéticas en edificios nuevos: Conforme al Código Técnico de Edificación. Estudios de aislamiento acústico y ruido: Mediciones de aislamiento y emisiones de ruido generadas por las instalaciones de la vivienda y actividades comerciales.
La seguridad de sus viviendas en las mejores manos www.tuv-sud.es info@tuv-sud.es GIRASAL También le ofrecemos GIRASAL: una solución informática para Gestionar sus Inspecciones Reglamentarias y un Servicio de Actualización de la Legislación que aplica TÜV SÜD ATISAE Avda. de los Artesanos, 20. 28760 Tres Cantos (Madrid) Tel.: 918 061 720 2017 TÜV SÜD ATISAE S.A.U. ES-MKG/RE/5.0/es/ES