Seguro de Accidentes Personales más Asistencia Hogar 1.- Qué coberturas contempla este seguro? Para los efectos de este seguro se entiende por : Este seguro contempla una cobertura de Muerte Accidental. En virtud de esta cobertura la Compañía pagará a los beneficiarios del asegurado la suma equivalente a UF250 (docientas cincuenta unidades de fomento), una vez recibidas y aprobadas las pruebas de que el fallecimiento del asegurado se produjo durante la vigencia de esta cobertura y como consecuencia directa e inmediata de un accidente. ACCIDENTE: Todo suceso imprevisto, involuntario, repentino y fortuito, causado por medios externos y de un modo violento, que afecte el organismo del asegurado ocasionándole una o más lesiones, que se manifiesten por heridas visibles o contusiones internas, incluyéndose asimismo el ahogamiento y la asfixia, torcedura y desgarramientos producidos por esfuerzos repentinos, como también estados septicémicos e infecciones que sean la consecuencia de heridas externas e involuntarias y hayan penetrado por ellas en el organismo o bien se hayan desarrollado por efecto de contusiones, revelados por los exámenes correspondientes. 2.- Primas La prima mensual del presente seguro es UF 0,17 ($ 3.990)
3.- Requisitos de asegurabilidad l) El Asegurado podrá contratar el seguro a partir de los 18 años de edad. m) El Asegurado podrá contratar esta póliza hasta los 64 años y 364 días de edad. El Asegurado Titular podrá permanecer en esta póliza hasta los 69 años y 364 días de edad. i) n) 4.- Exclusiones j) No se pagará el monto asegurado cuando el fallecimiento por accidente se haya originado, se asocie o sea consecuencia de: a) Efectos de guerra, declarada o no declarada, invasión, acción de un enemigo extranjero, hostilidades u operaciones bélicas, ya sea con o sin declaración de guerra, así como tampoco ningún ejercicio o práctica de guerra. e) p) Prestación de servicios del asegurado en las Fuerzas Armadas o funciones policiales de cualquier tipo. Para todos los efectos de esta póliza las funciones de policía incluyen además las funciones de policía civil y gendarmería. k) b) c) Peleas o riñas, salvo en aquellos casos en que se establezca judicialmente que se ha tratado de legítima defensa. Comisión de actos que puedan ser calificados como delito, así como la participación activa en rebelión, revolución, sublevación, asonadas, motín, conmoción civil, subversión y terrorismo. Suicidio, intento de suicidio, o heridas auto infringidas, ya sea que el asegurado haya estado en su pleno juicio o enajenado mentalmente. f) g) Participación en carreras, apuestas, competencias y desafíos que sean remunerados o sean la ocupación principal del asegurado. Intoxicación o encontrarse el asegurado bajo los efectos de cualquier narcótico o droga a menos que hubiese sido administrado por prescripción médica. Dicha circunstancia se acreditará mediante la documentación expedida por los organismos correspondientes. d)
h) i) j) k) La conducción de cualquier vehículo por parte del asegurado, encontrándose éste en estado de ebriedad, conforme a los límites establecidos en la normativa vigente a la fecha del siniestro. Dicha circunstancia se acreditará mediante la documentación expedida por los organismos correspondientes. Negligencia o imprudencia o culpa grave del asegurado. Realización o participación en una actividad o deporte riesgoso, considerándose como tales aquellos que objetivamente constituyan una flagrante agravación del riesgo o se requiera de medidas de protección o seguridad para realizarlos. A vía de ejemplo y sin que la enumeración sea taxativa o restrictiva sino que meramente enunciativa, se considera actividad o deporte riesgoso el manejo de explosivos, minería subterránea, trabajos en altura o líneas de alta tensión, inmersión submarina, piloto civil, paracaidismo, montañismo, alas delta, benji, parapente, carreras de auto y moto, entre otros. Desempeñarse el asegurado como piloto o tripulante de aviones comerciales a menos que expresa y específicamente se prevea y acepte su cobertura por la Compañía Aseguradora.
l) m) n) o) p) Riesgos nucleares o atómicos. Movimientos sísmicos desde el grado 8 inclusive en la escala de Mercalli, determinado por el Centro Sismológico Nacional o del servicio que en el futuro lo reemplace. Viaje o vuelo en vehículo aéreo de cualquier clase, excepto como pasajero en uno sujeto a itinerario, operado por una empresa de transporte aéreo comercial, sobre una ruta establecida para el transporte de pasajeros. Quemaduras resultantes de la exposición al sol o del uso de lámparas o de rayos ultravioletas para fines estéticos. Fractura de Huesos producida como consecuencia directa e inmediata de osteoporosis. En caso de dudas o consultas puedes llamar al teléfono 600 390 3000 donde una ejecutiva especializada te atenderá. (*) Valores referenciales expresados en pesos aproximados, según UF del día 01/01/2014 ($23.312). Promoción valida desde el 01 de Enero de 2014 hasta el 31 de Diciembre de 2014. La Compañía que asume el riesgo es MetLife Chile Seguros de Vida S.A. La información presentada es sólo un resumen de las principales características del Seguro de Accidentes Personales mas Asistencia Hogar. Las coberturas, condiciones y exclusiones se rigen según lo dispuesto en las Condiciones Generales depositadas en la SVS bajo el código POL 3 2013 0103. Art 2 Letra A. Para el asegurado la edad máxima de incorporación al seguro es hasta los 64 años y 364 días, y la edad máxima de permanencia es hasta los 70 años de edad, siempre que cumplan con los requisitos de asegurabilidad señalados en las Condiciones Particulares. ** Este convenio adicional Asistencia Hogar no constituye cobertura de seguros, siendo exclusiva responsabilidad de Inversiones y Servicios RAV Ltda, Rut N 76.101.906-6
Asistencia Hogar Express ASISTENCIA TOPE POR EVENTO MÁX. DE EVENTOS AÑO instalación de luminarias y/o lámparas en cualquier área de su casa interior o exterior. Instalaciones eléctricas menores, colocación de otras tomas de corriente, enchufes, interruptores, timbres y citófonos. Perforaciones menores en paredes, muros, arreglos, o colocación de mobiliario, cuadros, piezas decorativas, etc. Servicio de mantención de calefón y aire acondicionado. Reparación en cerrajería cambio de chapas, cambio de combinaciones, reparación de portones eléctricos. Chequeo del circuito eléctrico por fallas. Armado de muebles de casa, según instructivo del fabricante. Instalación de cortinas. Instalación o cambio de plantas en maceteros de piso o colgantes en el interior o terraza de su casa (No Jardín). Mano de obra, pintura en paredes o techos en mal estado sólo en cuartos y baños. Costo Preferencial 3 UF 3 UF 3 UF 3 EVENTOS 3 EVENTOS 3 EVENTOS
Asistencia Hogar por Emergencia ASISTENCIA TOPE POR EVENTO MÁX. DE EVENTOS AÑO Envío y pago de cerrajero por emergencia. 3,5 UF 6 EVENTOS AL AÑO