Alcaldía BASES PARA LA CONTRATACION DEL ARRENDAMIENTO DEL HOGAR DEL JUBILADO DE VIVEROS. CLAÚSULA PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO

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Transcripción:

BASES PARA LA CONTRATACION DEL ARRENDAMIENTO DEL HOGAR DEL JUBILADO DE VIVEROS. CLAÚSULA PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO El contrato tiene por objeto otorgar el uso privativo del local situado en la Calle Arenal, nº 17, de Viveros, destinado a bar del Hogar del Jubilado, calificado como bien de dominio público, mediante la modalidad de concesión administrativa, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales. El contrato tiene una calificación de contrato administrativo especial, tal y como establece el artículo 19.1.b) del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por satisfacer de forma directa o inmediata una finalidad pública. CLAÚSULA SEGUNDA: PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN. La forma de adjudicación de la concesión será el procedimiento abierto, en el que toda persona interesada podrá presentar una proposición. Para la valoración de la proposición y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa deberá de atenderse a criterios vinculados al objeto del contrato, de conformidad con el artículo 150 del Real Decreto Legislativo 3/2011,de 14 de noviembre, y con la cláusula novena de este Pliego. CLAÚSULA TERCERA: CANON El canon que sirve de base a la licitación se fija en la cantidad de 150 euros mensuales, IVA incluido, que el adjudicatario/a hará efectivos dentro de los diez primeros días naturales de cada mes. Se exigirá una fianza de 300 al inicio del contrato, que será devuelta al finalizar el mismo. CLAÚSULA CUARTA: DURACIÓN El contrato tendrá una duración de un año, a contar desde la fecha de su firma, pudiendo ser prorrogable por un año por acuerdo de ambas partes, contando a partir de la fecha de finalización del contrato. 1 Puede verificar su autenticidad en la dirección https://eadmin.dipualba.es/csv/ Código seguro de verificación: P4LAM9-QQV9GED7 Pág. 1 de 6

CLAÚSULA QUINTA: DEBERES Y FACULTADES DEL CONCESIONARIO: 1. El Adjudicatario podrá ejercer su actividad de café bar libremente, pero cuidará especialmente que predomine el interés público del local como hogar del jubilado. Para ello actuará de manera coordinada con los servicios municipales y respetará los acuerdos e instrucciones dados por los mismos. Los precios de las consumiciones para jubilados serán un 20% inferiores que para el resto de clientes. 2. Los daños materiales y perjuicios a particulares que se ocasionen con motivo de la explotación del local, dentro de periodo de vigencia del contrato, serán abonados por la empresa adjudicataria/particular, eximiéndose este Ayuntamiento de la obligación de indemnizar en ningún caso por estos conceptos. A este respecto, deberá acreditar la formalización de un seguro de responsabilidad civil frente a terceros por los daños que pudiera causar en el ejercicio de la actividad de explotación bar, antes del comienzo de la misma, (la cobertura será como mínimo de 30.000 euros) pudiendo la no prestación del citado seguro, ser causa de resolución del contrato. 3. El ayuntamiento tendrá acceso a las instalaciones objeto del servicio, para las comprobaciones e inspecciones que estime oportunas. 4. Correrá a cargo de adjudicatario el abono de los suministros de agua, electricidad y calefacción que consuma con ocasión de la utilización del local. 5. El adjudicatario no podrá cambiar la finalidad comercial del local en que solo se puede desarrollar la actividad de establecimiento dedicado a Hogar del Jubilado y estará obligado a conservar el local en un perfecto estado, efectuado por su cuenta las reparaciones necesarias y la averías producidas por los usuarios y habrá de devolverlo, cuando finalice el contrato, en el mismo estado que ha sido entregado. 6. No se podrán hacer obras de modificación en su estructura, ni subarrendarlo a terceros, sin autorización expresa del Ayuntamiento. Sólo se permitirá realizar las obras estrictamente necesarias impuestas por exigencias de la Administración para cumplir con la legislación vigente. 7. El adjudicatario se obliga a tener al día todas las licencias, las autorizaciones o los permisos que se requieran de los organismos competentes en materia de sanidad, educación, trabajo y hacienda o cualquier otro que haga falta para el ejercicio de la actividad que se pretende, como estar dado de alta en el epígrafe correspondiente el I.A.E., e I.R.P.F., así como en el Régimen correspondiente de la Seguridad Social, y encontrarse en todo momento al corriente de sus 2 Puede verificar su autenticidad en la dirección https://eadmin.dipualba.es/csv/ Código seguro de verificación: P4LAM9-QQV9GED7 Pág. 2 de 6

obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Viveros. 8. Mantener en perfecto estado de limpieza y funcionamiento el local y las instalaciones que son objeto de este contrato, propiedad del municipio, así como el mantenimiento y funcionamiento del mobiliario, electrodomésticos y enseres. CLAÚSULA SEXTA: FACULTADES DE LA CORPORACIÓN. 1. Dejar sin efecto la concesión antes del vencimiento si lo justificaren circunstancias sobrevenidas de interés público, mediante resarcimiento de los daños que acusaren, o sin él cuando no procediere. 2. Acordar y ejecutar por si el lanzamiento si transcurrido el tiempo de la concesión, el concesionario no deja a disposición de la Administración los bienes objeto de utilización. 3. Cobrar y recepcionar el canon pagado por el concesionario. 4. Hacer cumplir lo dispuesto en el presente Pliego, usando los medios descritos en el mismo u otros permitidos legalmente. 5. Inspeccionar en cualquier momento los bienes objeto de concesión, las instalaciones y construcciones. 6. Facultad de la Administración para interpretar y resolver unilateralmente las dudas que ofrezca el contenido y cumplimiento del contrato, siempre que en aras del interés público y sin desviarse de este, con la particularidad de que, en caso de discrepancia del contratista, resulta preceptivo el dictamen del órgano consultivo competente. 7. Facultad de modificar, exclusivamente por razón de interés público y atendiendo al fin propio del contrato, los contratos celebrados y acordar su resolución, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos señalados en la Ley. CLAÚSULA SÉPTIMA: ACREDITACIÓN DE LA APTITUD PARA CONTRATAR Podrán presentar ofertas las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibiciones de contratar. 3 Puede verificar su autenticidad en la dirección https://eadmin.dipualba.es/csv/ Código seguro de verificación: P4LAM9-QQV9GED7 Pág. 3 de 6

CLAÚSULA OCTAVA: PRESENTACIÓN DE OFERTAS Y DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA Las ofertas se presentarán en el Ayuntamiento, Plaza de lglesia, nº1, de Viveros en horario de atención al público, dentro del plazo de diez días naturales contados a partir del siguiente día al de la publicación del anuncio de licitación en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, así como en su página web. Las proposiciones podrán presentarse, por correo, fax, o por medios electrónicos, informáticos o telemáticos y en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición. La proposición se presentará en dos sobres cerrados, firmados por el licitador y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que se hará constar la denominación del sobre y la leyenda Proposición para licitar a la adjudicación de uso privativo del local destinado a bar de los jubilados de Viveros. La denominación de los sobres es la siguiente: - Sobre A: Documentación Administrativa. - Sobre B: Proposición económica. Dentro de cada sobre se incluirán los siguientes documentos: SOBRE A: DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA: - Documento nacional de Identidad. - Declaración responsable de no estar incurso en una prohibición para contratar de las recogidas en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, además de hallarse al corriente de pago con el Ayuntamiento de Viveros. SOBRE B: PROPOSICIÓN ECONÓMICA. La proposición económica se presentará conforme al modelo que se adjunta en el ANEXO 1. 4 Puede verificar su autenticidad en la dirección https://eadmin.dipualba.es/csv/ Código seguro de verificación: P4LAM9-QQV9GED7 Pág. 4 de 6

CLAÚSULA NOVENA: CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN. Para la valoración de las ofertas y determinación de la más ventajosa se atenderá al criterio de mejora económica. Se otorgará al que ofrezca un canon mayor, partiendo de la cantidad base de 150 Euros. CLAÚSULA DÉCIMA: MESA DE CONTRATACIÓN: Conformarán la mesa de contratación los siguientes miembros: - La alcaldesa de la Corporación, actuará como Presidenta de la mesa. - Un Concejal en representación del Partido Popular, que actuará como vocal. - Un concejal en representación del Partido Socialista, que actuará como vocal. - Un funcionario del Ayuntamiento, que actuará como secretario. - El Secretario-Interventor, del Ayuntamiento. CLAÚSULA UNDÉCIMA: FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO La formalización del contrato se efectuará dentro de los 10 días naturales siguientes a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicación definitiva. CLAÚSULA DUODÉCIMA: RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO Este contrato tiene carácter administrativo y su preparación, adjudicación, efectos y extinción se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación el Real Decreto Legislativo 3/2011,de 14 de noviembre, supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado. El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. Viveros, a 27 de septiembre de 2017 LA FDO. MARÍA LUISA VILCHES RUIZ 5 Puede verificar su autenticidad en la dirección https://eadmin.dipualba.es/csv/ Código seguro de verificación: P4LAM9-QQV9GED7 Pág. 5 de 6

ANEXO I PROPOSICIÓN ECONÓMICA D. con domicilio a efectos de notificaciones en, c/, nº, con DNI nº en representación de la Entidad, con CIF nº, enterado del expediente para la contratación de la concesión administrativa de USO PRIVATIVO del local destinado a BAR-HOGAR DEL JUBILADO del municipio de Viveros por procedimiento abierto, oferta económicamente más ventajosa, varios criterios de adjudicación, anunciado en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Viveros, hago constar que conozco el Pliego de Condiciones Técnicas, Jurídicas y Económico-Administrativas que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente, tomando parte de la licitación y comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato por el siguiente importe: CANON mensual: Euros. En, a de de 2017. Firma del licitador SRA. -PRESIDENTA DE VIVEROS 6 Puede verificar su autenticidad en la dirección https://eadmin.dipualba.es/csv/ Código seguro de verificación: P4LAM9-QQV9GED7 Pág. 6 de 6