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Transcripción:

Ayudas e incentivos para empresas Referencia: 56329 Anual: X Actualizado a: 03/03/2017 Se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva con destino a la realización de proyectos empresariales e industriales durante el año 2017, en el término municipal de Calatayud Destinatarios: Personas físicas o jurídicas que realicen actividad empresarial, comercial o industrial, emprendan un nuevo negocio y empresas consolidadas Información de interés Ámbito gegráfico: Organismo: Administración: Calatayud Ayuntamiento de Calatayud Administración Local Plazo(s) de solicitud: 30/09/2017 Notas solicitud: Hasta el 30 de septiembre de 2017 Tipo: Subvención Importe: 50.000,00 Notas: Crédito 2017: 50.000 euros. Cuantía máxima de 2.500 euros por solicitud CEE: Enlaces: www.calatayud.es www.calatayudemprende.es Referencias de la publicación - Acuerdo 170221. Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza número 51 de 3 de marzo de 2017. (Extracto-Convocatoria) Comercio Sectores Subsectores Descriptores Infraestructura Mejora de estructuras Activos fijos inmateriales Activos fijos materiales Creación de empleo Creación de empresas Emprendedores Equipamiento Mantenimiento de empleo Página 1 de 2 Resumen de la Ayuda elaborado a partir de la Publicación Oficial de referencia. Recopilado y procesado por la Dirección General de Industria y de la Pyme

Ayudas e incentivos para empresas Referencia: 56329 Empresas en general Industria Infraestructura Mejora de estructuras Infraestructura Mejora de estructuras Activos fijos inmateriales Activos fijos materiales Creación de empleo Creación de empresas Emprendedores Equipamiento Mantenimiento de empleo Activos fijos inmateriales Activos fijos materiales Creación de empleo Creación de empresas Emprendedores Equipamiento Mantenimiento de empleo Página 2 de 2 Resumen de la Ayuda elaborado a partir de la Publicación Oficial de referencia. Recopilado y procesado por la Dirección General de Industria y de la Pyme

BOP Zaragoza. Núm. 51 3 marzo 2017 5 Oficinas entidades colaboradoras: Mediante ingreso en la cuenta que la Residencia de Ancianos tiene abierta en las entidades bancarias de la localidad. Plazo de ingreso: Del 5 de marzo al 5 de mayo de 2017. A los contribuyentes que tengan domiciliado el pago el cargo en sus cuentas se les realizará el 5 de marzo de 2017. Los contribuyentes que no tengan domiciliado el pago podrán hacer efectivo el mismo en las oficinas bancarias indicadas anteriormente. Los contribuyentes que no hayan recibido el aviso de pago podrán pagarlo en la oficina de recaudación en el horario y plazo establecidos. Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda se iniciará el período ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, lo que determinará la exigencia de los intereses de demora, así como los recargos que correspondan y, en su caso, de las costas del procedimiento de apremio. Alfajarín, a 27 de febrero de 2017. La presidenta, María Inmaculada Abadía Gracia. A L F A J A R Í N Núm. 1.791 EDICTO de notificación colectiva de liquidaciones y anuncio de cobranza. Aprobados por resolución núm. 57 de esta Alcaldía, dictada con fecha 24 de febrero de 2017, los padrones y listas cobratorias de los tributos locales, referidos todos ellos al impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, ejercicio 2017, a efectos tanto de su notificación colectiva, en los términos que se deducen del artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, como de la sumisión de los mismos a trámite de información pública, por medio del presente anuncio se exponen al público en el BOPZ y tablón municipal de anuncios del Ayuntamiento por el plazo de quince días hábiles, a fin de que quienes se estimen interesados puedan formular cuantas observaciones, alegaciones o reclamaciones tengan por convenientes. Contra el acto de aprobación de los citados padrones y/o las liquidaciones contenidas en los mismos podrá interponerse recurso previo de reposición ante la Alcaldía en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de finalización del término de exposición pública, de acuerdo con cuanto establece el artículo 14 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo. De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se pone en conocimiento de los contribuyentes que se procederá al cobro en período voluntario del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, ejercicio 2017, en: Localidad: Alfajarín. Oficinas entidades colaboradoras: Mediante ingreso en la cuenta que el Ayuntamiento tiene abierta en las entidades bancarias de la localidad. Plazo de ingreso: Del 5 de marzo al 5 de mayo de 2017. A los contribuyentes que tengan domiciliado el pago el cargo en sus cuentas se les realizará el 5 de mayo de 2017. Los contribuyentes que no tengan domiciliado el pago podrán hacer efectivo el mismo en las oficinas bancarias indicadas anteriormente. Los contribuyentes que no hayan recibido el aviso de pago podrán pagarlo en la oficina de recaudación en el horario y plazo establecidos. Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda se iniciará el período ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, lo que determinará la exigencia de los intereses de demora, así como los recargos que correspondan y, en su caso, de las costas del procedimiento de apremio. Alfajarín, a 27 de febrero de 2017. La alcaldesa, María Inmaculada Abadía Gracia. A L F A M É N Núm. 1.711 Por decreto de Alcaldía de fecha 17 de febrero de 2017 han sido aprobados los padrones de los siguientes tributos y tasas: Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, ejercicio 2017. Tasa del servicio de agua potable, cuarto trimestre de 2016. Tasa de alcantarillado, cuarto trimestre de 2016. Tasa por recogida de basuras, año 2017. Tasa de utilización de inmuebles para vacunación de perros, año 2017. Tasa por badenes, año 2017. Tasa por prestación del servicio Escuela Municipal Infantil de 0 a 3 años, cuotas de enero a julio de 2017. Precio público por utilización de locales y prestación de servicios, gimnasio, cuotas de enero a julio de 2017. Dichos documentos se exponen al público por quince días, durante los cuales podrán los sujetos pasivos examinarlos. Contra la aprobación de los mismos y las liquidaciones que formulan podrá formularse recurso de reposición ante esta Alcaldía en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la finalización del período de exposición pública. El plazo de ingreso voluntario comprenderá del 4 de junio al 5 de agosto de 2016, y se realizará en las oficinas municipales, de lunes a jueves de 10:00 a 13:00 y de 16:00 a 18:00, salvo los recibos domiciliados, que serán cargados en las cuentas bancarias indicadas por los contribuyentes. Transcurrido el período voluntario sin realizarse el pago se iniciará el período ejecutivo, que supone el devengo del recargo del 20% del importe de la deuda, los intereses de demora correspondientes y las costas que se produzcan. Alfamén, a 17 de febrero de 2017. El alcalde, Alejandro Gil Arnal. B O R J A Núm. 1.803 ANUNCIO relativo a notificación colectiva, de exposición pública y período voluntario de cobranza correspondiente al cuarto trimestre de 2016 de la tasa por servicio de suministro de agua potable y recogida de basuras. Por resolución del alcalde de fecha 27 de febrero de 2017 se ha aprobado y dispuesto el sometimiento a exposición pública del padrón de la tasa por servicio de suministro de agua potable y recogida de basuras del Ayuntamiento de Borja correspondiente al cuarto trimestre de 2016, por importe de 93.041,90 euros, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 88 del Reglamento General de Recaudación, se hace pública la apertura del período voluntario de cobranza. EXPOSICIÓN PÚBLICA: El padrón correspondiente a la tasa por suministro de agua se encuentra expuesto al público en la oficina de Intervención (situada en la segunda planta del Ayuntamiento) por término de veinte días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOPZ. PLAZO DE INGRESO: De acuerdo con la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por servicio de suministro de agua potable, el plazo para el pago en voluntaria será de dos meses, quedando fijado para el presente período de devengo desde el día 13 de marzo al 12 de mayo de 2017, ambos inclusive. LUGAR Y FORMA DE PAGO: El pago podrá efectuarse en la cuenta que este Ayuntamiento de Borja tiene abierta en la entidad bancaria Ibercaja Banco. Los contribuyentes que dentro de los primeros veinte días del período voluntario no hayan recibido la documentación del pago podrán reclamarla en el Ayuntamiento, sin que su falta de recepción exima de la obligación de realizar el pago. Los recibos domiciliados serán cargados directamente en las cuentas señaladas por los contribuyentes. PROCEDIMIENTO DE APREMIO: Transcurrido el período voluntario de cobranza sin que se haya hecho efectivo el pago, se incurrirá en los recargos establecidos en el artículo 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y vencido el plazo de ingreso en vía de apremio se exigirá un recargo del 20% del importe de la deuda no ingresada, más los intereses de demora. RÉGIMEN DE RECURSOS: Tasa por suministro de agua (la liquidación no agota la vía administrativa): Recurso de reposición ante el órgano que aprobó la liquidación, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de exposición pública del padrón o matrícula. Contra su desestimación expresa o presunta cabe recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la notificación de la resolución del recurso de reposición si fuese expresa, y, si no lo fuera, en el plazo de seis meses desde el día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto. Borja, a 27 de febrero de 2017. El alcalde, Eduardo Arilla Pablo. B O R J A Núm. 1.804 Por resolución de Alcaldía de fecha 27 de febrero de 2017 se ha aprobado el padrón de las tasas por abastecimiento de agua potable y recogida de basuras en el Santuario de Misericordia correspondiente al cuarto trimestre de 2016, por un importe de 4.277,42 euros. Dicho padrón se expone al público por un plazo de veinte días, a contar desde el siguiente al de publicación de este anuncio en el BOPZ, durante el cual estará a disposición de los interesados en las oficinas generales del Ayuntamiento. Contra el acto de aprobación del padrón y de las liquidaciones incorporadas en él podrá formularse recurso de reposición ante el alcalde en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de finalización del período de exposición pública. El plazo de ingreso en período voluntario de las citadas tasas se extenderá desde el 14 de marzo al 13 de mayo de 2017, ambos inclusive. El pago podrá efectuarse en la cuenta que este Ayuntamiento de Borja tiene abierta en la entidad bancaria Ibercaja Banco. Los recibos domiciliados se cargarán en las cuentas señaladas por los contribuyentes. Transcurrido el período voluntario sin que se haya efectuado el pago, se iniciará el período ejecutivo, que de acuerdo con el artículo 161.4 de la Ley General Tributaria, determinará la exigencia de los intereses de demora y de los de recargo del período ejecutivo en los términos de los artículos 26 y 28 de esa misma Ley. Borja, a 27 de febrero de 2017. El alcalde, Eduardo Arilla Pablo. C A L A T A Y U D Núm. 1.693 ANUNCIO del acuerdo de 21 de febrero de 2017 de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Calatayud por el que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva con destino a la realización de proyectos empresariales e industriales durante el año 2017 en el término municipal de Calatayud. BDNS (identif.): 333508. De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index:

6 3 marzo 2017 BOP Zaragoza. Núm. 51 Primero. Beneficiarios. Podrán solicitar estas ayudas: de una parte, aquellas personas físicas o jurídicas que, realizando una actividad empresarial, comercial o industrial, emprendan un nuevo negocio; de otra, las empresas consolidadas que abran un nuevo centro de trabajo en el término municipal de Calatayud, y por otra, aquellas empresas consolidadas que creen un puesto de trabajo en su centro de la ciudad. Las acciones conllevarán la creación de empleo autónomo y/o por cuenta ajena. En los beneficiarios deberán concurrir los requisitos que de forma expresa se señalan en la base tercera de la convocatoria. Segundo. Objeto. Las presentes bases tienen por objeto financiar parcialmente la promoción de proyectos que supongan el inicio, en el término municipal de Calatayud, de una actividad empresarial o industrial, así como la apertura de nuevos centros de trabajo que conlleven el mantenimiento o creación de empleo y la creación de puestos de trabajo por empresas consolidadas en la ciudad. Tercero. Bases reguladoras. La presente convocatoria se realiza con sujeción a lo dispuesto en la Ordenanza General de Subvenciones (BOPZ de 27 de abril de 2016), en su condición de bases reguladoras. Cuarto. Cuantía. Las subvenciones convocadas se otorgarán, en su caso y con arreglo a los requisitos establecidos en la presente convocatoria, con cargo a la aplicación presupuestaria 422-47000, para la concesión de subvención en concurrencia, denominada: Industria-promoción industrial, dotada con veinte mil euros (20.000 euros), y a la aplicación presupuestaria 422-77000, Industria-promoción proyectos empresariales e industriales, dotada con treinta mil euros (30.000 euros). La cuantía máxima a percibir será de 2.500 euros (dos mil quinientos euros) por solicitud para los puntos 1 y 2 establecidos en la base tercera de la convocatoria, y de 1.000 euros (mil euros) en el punto 3 de la base tercera de la convocatoria, hasta que se extinga el crédito presupuestario para cada uno de los conceptos, al estar condicionada la cuantía global de las subvenciones a la disponibilidad presupuestaria. El importe de las subvenciones reguladas en esta convocatoria en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras Administraciones públicas o de otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales, supere el coste total de la actividad subvencionada. (Art. 19 LGS). Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será dentro del período de ejecución, según se dispone en la cláusula decimotercera de las presentes bases, admitiendo solicitudes desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOPZ. No se concederán subvenciones a las solicitudes presentadas fuera de este plazo. La convocatoria íntegra será publicada en la web del Ayuntamiento de Calatayud: http://www.calatayud.es; y en sede electrónica: sede.calatayud.es, y en el tablón de anuncios. El impreso de solicitud, así como el resto de modelos normalizados a cumplimentar por el solicitante, se pondrán a disposición de los interesados en la página web del Ayuntamiento de Calatayud, www.calatayud. es, y en www.calatayudemprende.es. Sexto. Otros datos. El período de ejecución de los proyectos subvencionados de conformidad con estas bases abarcará desde el 1 de octubre de 2016 al 30 de septiembre de 2017, sin perjuicio de la excepción establecida en la base tercera. El resto de cuestiones quedan reflejados en las bases de la convocatoria. Calatayud, a 23 de febrero de 2017. El alcalde, José Manuel Aranda Lassa. C A L A T A Y U D Núm. 1.694 ANUNCIO del acuerdo de 21 de febrero 2017 de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Calatayud por el que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva con destino a la mejora y modernización de la actividad industrial, comercial y servicios de Calatayud durante el año 2017 en el término municipal de Calatayud. BDNS (identif.): 333513. De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index: Primero. Beneficiarios. Podrán acceder a este tipo de ayudas los empresarios y empresas que radiquen y desarrollen su actividad en el término municipal de Calatayud y que acrediten el desarrollo de la actividad de industria, comercio o servicios y que reúnan los requisitos generales y específicos que se señalan en la base tercera de la convocatoria. Segundo. Objeto. El objeto de las presentes bases es regular las condiciones que regirán la concesión de ayudas dirigidas a fomentar la mejora y modernización de la actividad industrial, comercial y de servicios de Calatayud a través de las siguientes líneas: A) Línea de ayudas para la mejora y modernización de la industria, servicios y comercio no ubicado en el casco urbano. B) Línea de ayudas para la modernización del comercio minorista del casco urbano. Tercero. Bases reguladoras. La presente convocatoria se realiza con sujeción a lo dispuesto en la Ordenanza General de Subvenciones (BOPZ de 27 de abril de 2016), en su condición de bases reguladoras. Cuarto. Cuantía. Las subvenciones convocadas se otorgarán, en su caso y con arreglo a los requisitos establecidos en la presente convocatoria, con cargo a la siguiente aplicación presupuestaria: 4314-77001, Iniciativas de apoyo al comercio, siendo la cuantía destinada a la presente convocatoria la de 50.000 euros. La cuantía máxima a percibir será de 2.500 euros (dos mil quinientos euros) para actividades ubicadas fuera del casco histórico y de 3.000 euros (tres mil euros) para actividades ubicadas en el casco histórico, hasta que se extinga el crédito presupuestario para cada uno de los conceptos, al estar condicionada la cuantía global de las subvenciones a la disponibilidad presupuestaria. El importe de las subvenciones reguladas en esta convocatoria en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras Administraciones públicas o de otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales, supere el coste total de la actividad subvencionada. (Art. 19 LGS). Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes comenzará el 1 de septiembre de 2017 y finalizará el 30 de septiembre de 2017. No se concederán subvenciones a las solicitudes presentadas fuera de este plazo. La convocatoria íntegra será publicada en la web del Ayuntamiento de Calatayud: http://www.calatayud.es; y en sede electrónica: sede.calatayud.es, y en el tablón de anuncios. El impreso de solicitud, así como el resto de modelos normalizados a cumplimentar por el solicitante, se pondrán a disposición de los interesados en la página web del Ayuntamiento de Calatayud, www.calatayud.es, y en www.calatayudemprende.es. Sexto. Otros datos. El período de ejecución de los proyectos subvencionados de conformidad con estas bases abarcará desde el 1 de octubre de 2016 al 31 de agosto de 2017, sin perjuicio de la excepción establecida en la base tercera. El resto de cuestiones quedan reflejadas en las bases de la convocatoria. Calatayud, a 23 de febrero de 2017. El alcalde, José Manuel Aranda Lassa. C A L A T A Y U D Núm. 1.731 ANUNCIO del Ayuntamiento de Calatayud referente a la desafectación del local municipal en calle Fernández Ardavín, angular con avenida de Augusta Bílbilis. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 177.2 de la Ley 7/99, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, se somete a información pública el expediente de desafectación del dominio público del local municipal sito en calle Fernández Ardavín, angular con avenida de Augusta Bílbilis, aprobado inicialmente por acuerdo de la Junta de Gobierno local de 21 de febrero de 2017, una vez trasladado el Departamento de Urbanismo que se ubicaba en el mismo, a fin de que los interesados puedan comparecer en el expediente y formular las alegaciones que a su derecho convengan en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio. Calatayud, a 24 de febrero de 2017. El alcalde, José Manuel Aranda Lassa. C A L A T A Y U D Núm. 1.813 ANUNCIO del Ayuntamiento de Calatayud, relativo a la modificación de los días de apertura autorizados en domingos y festivos en los establecimientos comerciales para el año 2017. La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 14 de noviembre de 2016, acordó la sustitución del 5 de marzo y 17 de diciembre de 2017 por los días 6 de agosto y 3 de diciembre del mismo año, como días de apertura autorizados en domingos y festivos en los establecimientos comerciales para el año 2017, establecidos según Orden del Departamento de Economía, Industria y Empleo, del Gobierno de Aragón, de 8 de agosto de 2016. Lo que se publica para general conocimiento. Calatayud, a 20 de febrero de 2017. El alcalde, José Manuel Aranda Lassa. C A L A T O R A O Núm. 1.738 ANUNCIO relativo al período de cobro en voluntaria de la tasa por suministro de agua potable, alcantarillado y basuras correspondiente al cuarto trimestre de 2016. Se pone en conocimiento de todos los contribuyentes, que se encuentran en período de pago voluntario, durante el plazo de dos meses a contar partir de la publicación del presente en el BOPZ, los recibos sin domiciliación bancaria, así como los recibos devueltos, de la tasa del cuarto trimestre de 2016 del suministro de agua, alcantarillado y basuras. El pago de los recibos podrá efectuarse en las cuentas municipales de cualquier entidad bancaria de la localidad. El importe de su tasa podrán consultarlo en las oficinas municipales.