Año del Centenario de la Promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Documentos relacionados
2015, Año del Generalísimo José María Morelos y Pavón ASUNTO:

De conformidad con el Decreto señalado en el primer párrafo de la presente, las nuevas monedas tendrán las características siguientes:

La moneda citada será de cuño corriente y coexistirá con los billetes y monedas de $20 que actualmente se encuentran en circulación.

La moneda citada será de cuño corriente y coexistirá con los billetes y monedas de $20 pesos que actualmente se encuentran en circulación.

La moneda citada será de cuño corriente y coexistirá con los billetes y monedas de $20 que actualmente se encuentran en circulación.

2015, Año del Generalísimo José María Morelos y Pavón

Secretarios de la H. Cámara de Senadores, Presentes.

De conformidad con el Decreto señalado en el párrafo anterior, la nueva moneda tendrá las características siguientes:

Anexo 25C.13. México, D. F., 30 de agosto de 2010

CIRCULAR TELEFAX NÚM.: E-122/2009

México, D.F., 23 de diciembre de A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO DEL PAÍS:

Anexo 25C.14. México, D. F., 06 de mayo de 2013

México, D. F. a 18 de enero de 2010

Ciudad de México, 27 de agosto de 2018 ASUNTO:

"2008, Año de la Educación Física y el Deporte" SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN SUBSECRETARIA DE ENLACE LEGISLATIVO

Exposición de Motivos. a) Denominación del proyecto de decreto

COMISIÓN DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO; Y DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS, PRIMERA

Comunicado de Prensa. 15 de noviembre de 2005

DICTAMEN. Estas Comisiones coinciden plenamente con los motivos expresados en la minuta que nos ocupan y estiman que la misma debe ser aprobada.

México, D.F., 26 de diciembre de 2013.

Estas modificaciones tienen por objeto retirar de la circulación los billetes de las denominaciones de 100, 200 y 500 pesos, Tipos C y D.

DE LAS COMISIONES UNIDAS DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO; Y DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS, EL QUE CONTIENE:

COMISIONES UNIDAS DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, Y DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS Marzo 4, 2010 HONORABLE ASAMBLEA:

LEY MONETARIA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Exposición de Motivos

Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de enero de 2009

México, DF, a 11 de diciembre de Secretarios de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión Presentes

BANCO DE MEXICO. 2006, Año del Bicentenario del natalicio del Benemérito de las Américas, Don Benito Juárez García CIRCULAR TELEFAX NÚM.

Monedas Conmemorativas de la Unión de los Estados de la República Mexicana en una Federación.- Segunda Etapa

CIRCULAR 36/2008 ASUNTO: DEPÓSITOS DE REGULACIÓN MONETARIA

PrimerMagistradode la Naciónproponea la Cámarade Senadores, porel digno conductodeustedes.

REPÚBLICA DE PANAMÁ ASAMBLEA NACIONAL LEGISPAN LEGISLACIÓN DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ

Dicha convocatoria fue debidamente publicada en el Diario Oficial de la Federación de fecha 17 de junio de 2005.

Monedas Conmemorativas de la Unión de los Estados de la República Mexicana en una Federación.- Segunda Etapa

Monedas Conmemorativas de la Unión de los Estados de la República Mexicana en una Federación.- Segunda Etapa Moneda de San Luis Potosí

LEY MONETARIA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

BANCO DE MEXICO. 2006, Año del Bicentenario del natalicio del Benemérito de las Américas, Don Benito Juárez García CIRCULAR TELEFAX NÚM.

CIRCULAR TELEFAX NÚM.: E-87/2006

CIRCULAR 30/ PROCEDIMIENTO PARA LA TERMINACIÓN DE LOS DEPÓSITOS DE REGULACIÓN MONETARIA VIGENTES

La emisión de una Moneda Conmemorativa del Centenario de la Fuerza Aérea Mexicana.

BANCO DE MEXICO CIRCULAR TELEFAX NÚM.: E-119/2008

1. PROCEDIMIENTO PARA LA TERMINACIÓN DE LOS DEPÓSITOS DE REGULACIÓN MONETARIA VIGENTES

CIRCULAR NÚM. E-29/2001 T E L E F A X

Monedas Conmemorativas de la Unión de los Estados de la República Mexicana en una Federación.- Segunda Etapa

Monedas Conmemorativas de la Unión de los Estados de la República Mexicana en una Federación.- Segunda Etapa

Monedas Conmemorativas de la Unión de los Estados de la República Mexicana en una Federación.- Segunda Etapa

Monedas Conmemorativas de la Unión de los Estados de la Republica Mexicana en una Federación

COMISIONES UNIDAS DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, Y DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS Marzo 4, 2010 HONORABLE ASAMBLEA:

Asimismo,se envíala impresiónconla muestrade la monedamateriade la presente Iniciativa.

Monedas Conmemorativas de la Unión de los Estados de la República Mexicana en una Federación.- Segunda Etapa

CIRCULAR 13/2014 ASUNTO: MODIFICACIÓN A LAS REGLAS DE TARJETAS DE CRÉDITO

Circular núm. 2012/94

CARTA-CIRCULAR. Nos referimos a la Circular 2026/96, "Disposiciones de Operaciones de Caja", emitida por este Banco Central el 4 de enero de1999.

Monedas Conmemorativas de la Unión de los Estados de la República Mexicana en una Federación.- Segunda Etapa

Dicha convocatoria fue debidamente publicada en el Diario Oficial de la Federación de fecha 17 de junio de 2005.

México, DF, a 28 de abril de Integrantes de la Mesa Directiva De la Cámara de Diputados Del Honorable Congreso de la Unión.

Monedas Conmemorativas de la Unión de los Estados de la República Mexicana en una Federación.- Segunda Etapa

TEXTO ANTERIOR: TEXTO REFORMADO CON LA CIRCULAR 9/2018:

DECRETO NUMERO

Honorable Asamblea. Dictamen. Antecedentes

Lunes 29 de mayo de 2017 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 85 BANCO DE MEXICO

SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN SUBSECRETARÍA DE ENLACE LEGISLATIVO UNIDAD DE ENLACE LEGISLATIVO

COMISIONES UNIDAS DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, Y DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS, PRIMERA

A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO DEL PAÍS:

Honorable Asamblea: Dictamen. Antecedentes

LEY MONETARIA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

CIRCULAR-TELEFAX 56/2001

CIRCULAR 25/2011 ASUNTO: MODIFICACIONES A LA CIRCULAR 4/2006

CIRCULAR 9/2014 REGLAS APLICABLES A LOS DEPÓSITOS DE REGULACIÓN MONETARIA

Miércoles 18 de julio de 2018 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 103 BANCO DE MEXICO

27288 ORDEN de 20 de noviembre de 1998 por

REPÚBLICA DE PANAMÁ ASAMBLEA NACIONAL LEGISPAN LEGISLACIÓN DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ

CONSIDERANDO CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES. 1 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2014.

Comunicado de Prensa. 16 de octubre de 2003

Monedas y billetes conmemorativos del. Bicentenario Independencia de México 1910 Revolución Mexicana

LEY MONETARIA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

legislación económica

(Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 25 de octubre de 2010 BANCO DE MEXICO

II, 41, 3, 22 3, 23, 38, 1, 39, 49, 2, 3, 6, 7, 11, 49-B,

COMUNICACIÓN A /06/2018

Viernes 3 de junio de 2011 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 61 BANCO DE MEXICO

DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL QUE ESTABLECEN EL RÉGIMEN PATRIMONIAL AL QUE SE SUJETARAN LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA

Billetes del Banco de México. 27 agosto 2018

Lunes 16 de julio de 2007 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 1

SECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA

CIRCULAR 3/2007. México, D.F., a 29 de marzo de A LAS INSTITUCIONES DE BANCA MÚLTIPLE: ASUNTO: MODIFICACIONES A LA CIRCULAR 2019/95.

CIRCULAR 37/2010 ASUNTO: MODIFICACIONES A LAS REGLAS DE PRÉSTAMO DE VALORES

REPÚBLICA DE PANAMÁ ASAMBLEA NACIONAL LEGISPAN LEGISLACIÓN DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ

GRAL. DIV. P.A. D.E.M.A. CARLOS ANTONIO RODRÍGUEZ MUNGUÍA COMANDANTE DE LA FUERZA AÉREA

SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

LEY MONETARIA ÍNDICE ANALÍTICO

CIRCULAR TELEFAX NUM. E-16/99

CIRCULAR 1/2006 BIS 22

CIRCULAR 1/2006 Bis 14

CIRCULAR 25/2008. México, D.F., a 9 de junio de A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO:

CON PROYECTO DE DECRETO, QUE ESTABLECE LAS CARACTERÍSTICAS DE LA OCTAVA MONEDA DE PLATA CONMEMORATIVA QUINTO CENTENARIO DEL ENCUENTRO DE DOS MUNDOS

COMUNICACIÓN A /12/2017

Transcripción:

Año del Centenario de la Promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Ciudad de México, 5 de febrero de 2017 ASUNTO: Modificaciones a la Circular de Operaciones de Caja, sobre la puesta en circulación de un billete de 100 pesos y una moneda de 20 pesos, Conmemorativos del Centenario de la Promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos del 5 de febrero de 1917; y sobre los días para la atención de operaciones de caja en Plazas Banxico. A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO: El Banco de México, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 28, párrafos sexto y séptimo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2o., 3o., fracción I, 4o., 24, párrafos primero y segundo, y 25 de la Ley del Banco de México; 48 y 48 Bis 1 de la Ley de Instituciones de Crédito; 8o., párrafos quinto y séptimo, 10, párrafo primero, 16 Bis, fracción II, y 28, fracción XII, del Reglamento Interior del Banco de México; Segundo, fracciones III y X, del Acuerdo de Adscripción de las Unidades Administrativas del Banco de México, así como el Decreto por el que se establecen las características de una Moneda Conmemorativa del Centenario de la Promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos del 5 de febrero de 1917, publicado en el Diario Oficial de la Federación el primero de junio de 2016, ha resuelto adicionar los numerales IV.I.3.4.4, IV.II.3.9.9, y modificar los numerales II.III.1.5, II.III.2, II.IV.1.1, II.V.1.5, II.VI.1.4, así como el Anexo 15, Anexo 20 3/6, Anexo 20 5/6, Anexo 25 3/3, Anexo 26 3/3, todos ellos de la Circular de Operaciones de Caja (en lo sucesivo, Circular ). Estas modificaciones tienen por objeto: A. Iniciar la puesta en circulación, a partir del 5 de febrero de 2017, de un nuevo billete de 100 pesos y una moneda de 20 pesos, Conmemorativos del Centenario de la Promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos del 5 de febrero de 1917, cuyas características se detallan en el Anexo 1 y Anexo 2 adjuntos a la presente, respectivamente. B. Establecer que Banco de México podrá fijar los días, así como actualmente lo hace con los horarios, para la atención de las operaciones de caja en Plazas Banxico, respecto de depósitos y retiros de efectivo. Página 1 de 7

En consecuencia, a partir de la fecha de entrada en vigor de las modificaciones a la Circular, relativas a la puesta en circulación del nuevo billete de 100 pesos y de la nueva moneda de 20 pesos, Conmemorativos del Centenario de la Promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos del 5 de febrero de 1917, se establece lo siguiente: A. En relación con los nuevos billetes de 100 pesos, Conmemorativos del Centenario de la Promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos del 5 de febrero de 1917: 1. Se clasificarán con denominación de $100 y los depósitos de los mismos que realicen las instituciones de crédito en el Banco de México o en sus corresponsales, deberán sujetarse al procedimiento que se establece en el Capítulo IV del Título II, denominado DEPÓSITO Y ENTREGA DE BILLETES, de la Circular. 2. Se identificarán, al igual que los billetes de 100 pesos de la familia F actual y los billetes tipo F de 100 pesos, Conmemorativos del Centenario del Inicio de la Revolución Mexicana, con la clave 315 y seguirán circulando simultáneamente con los billetes de 100 pesos tipo D, clave 248. 3. Para su depósito, las instituciones de crédito podrán mezclar los nuevos billetes de 100 pesos, Conmemorativos del Centenario de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos del 5 de febrero de 1917, con los billetes Conmemorativos del Centenario del Inicio de la Revolución Mexicana, así como con los demás billetes de 100 pesos tipo F, pero separados de los billetes tipo D. B. En lo que respecta a las nuevas monedas de 20 pesos, Conmemorativas del Centenario de la Promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos del 5 de febrero de 1917: 1. Se clasificarán con denominación de $20 tipo C. 2. Para su retiro, las instituciones de crédito deberán atender a lo dispuesto en el Capítulo V del Título II, denominado RETIRO Y ENTREGA DE MONEDAS METÁLICAS, de la Circular. Sin perjuicio de lo anterior, cabe aclarar que los billetes de 100 pesos tipo D, clave 248, continuarán teniendo poder liberatorio en términos del artículo 4 de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, por lo que deben ser aceptados invariablemente por las instituciones de crédito, al igual que los demás billetes circulantes conforme a la Circular. En ese contexto, se adjuntan a la presente comunicación la Hoja Núm. II-9, Hoja Núm. II-13, Hoja Núm. II-20, Hoja Núm. II-24, Hoja Núm. IV-7, Hoja Núm. IV-8, Hoja Núm. IV-17, Anexo 15, Anexo 20 3/6, Anexo 20 5/6, Anexo 25 3/3 y Anexo 26 3/3, de la Circular que contienen los cambios Página 2 de 7

mencionados. Les agradeceremos efectuar las actualizaciones correspondientes en los ejemplares de la Circular que obran en su poder. Finalmente, en lo que respecta a la entrada en vigor de las modificaciones referidas en el presente escrito, les comunicamos lo siguiente: A. Las modificaciones relativas a la puesta en circulación del nuevo billete de 100 pesos y de la nueva moneda de 20 pesos, Conmemorativos del Centenario de la Promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos del 5 de febrero de 1917, entrarán en vigor el 5 de febrero de 2017. B. Las modificaciones que se refieren al establecimiento de días para la atención de operaciones de caja en Plazas Banxico entrarán en vigor el 7 de febrero de 2017. A t e n t a m e n t e, BANCO DE MÉXICO M. en C. LUIS MARIO DOMÍNGUEZ HERNÁNDEZ Cajero Regional Centro M. en D. ERIK MAURICIO SÁNCHEZ MEDINA Gerente Jurídico Consultivo Página 3 de 7

Anexo 1 Características del nuevo billete de 100 pesos, Conmemorativo del Centenario de la Promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos del 5 de febrero de 1917 Página 4 de 7

Página 5 de 7

Anexo 2 Características de la nueva moneda de 20 pesos, Conmemorativa del Centenario de la Promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos del 5 de febrero de 1917 De conformidad con el Decreto señalado en el primer párrafo de este documento, la nueva moneda de 20 pesos, Conmemorativa del Centenario de la Promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos del 5 de febrero de 1917, tendrá las características siguientes: Valor Nominal: Veinte pesos. Forma: Circular. Diámetro: 32 mm (treinta y dos milímetros). Composición: La moneda será bimetálica y estará constituida por dos aleaciones, una para su parte central y otra para su anillo perimétrico, que será como sigue: 1. Parte central de la moneda. Aleación de cuproníquel, que estará compuesta en los siguientes términos: a) Contenido: 75% (setenta y cinco por ciento) de cobre y 25% (veinticinco por ciento) de níquel. b) Tolerancia en contenido: 2% (dos por ciento) por elemento, en más o en menos. c) Peso: 7.355 g. (siete gramos, trescientos cuarenta y cinco miligramos). d) Tolerancia en peso por pieza: 0.294 g. (doscientos noventa y cuatro miligramos), en más o en menos. 2. Anillo perimétrico de la moneda. Aleación de bronce-aluminio, que estará integrado como sigue: a) Contenido: 92% (noventa y dos por ciento) de cobre, 6% (seis por ciento) de aluminio y 2%(dos por ciento) de níquel. b) Tolerancia en contenido: 1.5% (uno, cinco décimos por ciento) por elemento, en más o en menos. c) Peso: 8.590 g. (ocho gramos, quinientos noventa miligramos). d) Tolerancia en peso por pieza: 0.344 g. (trescientos cuarenta y cuatro miligramos), en más o en menos. Peso total: Será la suma de los pesos de la parte central y del anillo perimétrico de la moneda, que corresponde a 15.945 g. (quince gramos, novecientos cuarenta y cinco miligramos) y la tolerancia en peso por pieza: 0.638 g. (seiscientos treinta y ocho miligramos), en más o en menos. Los cuños serán: Anverso: El Escudo Nacional, con la leyenda "ESTADOS UNIDOS MEXICANOS", formando el semicírculo superior. Página 6 de 7

Reverso: Lleva estampado, como motivo principal los retratos de Pastor Rouaix, Venustiano Carranza, Heriberto Jara y Francisco J. Múgica, así como la representación gráfica de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917 y la M ceca de la Casa de Moneda de México. En el arillo, en semicírculo superior se estampa la denominación $20. En el exergo se encuentra la fecha 5 DE FEBRERO DE 1917, los nombres de los personajes históricos anteriormente mencionados, PASTOR ROUAIX, VENUSTIANO CARRANZA, HERIBERTO JARA y FRANCISCO J. MÚGICA, los años 1917-2017, así como la leyenda CENTENARIO DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. Lo anterior según el diseño del motivo de esta moneda que, de conformidad con el artículo Segundo Transitorio del citado Decreto, propuso el Comité para la Conmemoración del Centenario de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Canto: Estriado discontinuo. Anverso Reverso Página 7 de 7