4. Los licitadores deberán contar con la siguiente clasificación empresarial: Grupo (K), Subgrupo (8) Categoría (6).

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RESPUESTAS A LAS CONSULTAS RECIBIDAS ACERCA DE LOS PLIEGOS DEL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN DEL CONTRATO Nº 100/2017 REFERIDO A LOS PROYECTO Y OBRA DE AMPLIACIÓN E.D.A.R. EL PLANTIO (T.M. MAJADAHONDA). Pregunta 1: en el Anexo I del PCAP, en el apartado 5. Criterios de selección cualitativa de los operadores económicos, subapartado 5.1.A.4, se indica: 4. Los licitadores deberán contar con la siguiente clasificación empresarial: Grupo (K), Subgrupo (8) Categoría (6). Por otro lado, en el Anejo nº 0 Características principales del Pliego de Bases de Proyecto, en su página 14: 4. CLASIFICACIÓN DEL CONTRATISTA. Para la ejecución de las obras e instalaciones incluidas en el presente Proyecto se propone la siguiente clasificación: Grupo K, subgrupo 8. Categoría E. En todo caso será el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares el documento que establezca la clasificación definitiva y necesaria para la ejecución de las instalaciones y obras. Canal de Isabel II S.A. inscrita en el Registro Mercantil de Madrid al Tomo 29.733, Folio 86, Sección 8, Hoja M-534929 e Inscripción 1ª, NIF A86488087, Domicilio Social: C/ Santa Engracia, 125, 28003 Madrid En el Real Decreto 773/2015, de 28 de agosto, por el que se modifican determinados preceptos del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, en su Artículo 26 Categorías de clasificación de los contratos de obras, se indica: Las categorías 5 y 6 no serán de aplicación en los subgrupos pertenecientes a los grupos I, J y K. Para dichos subgrupos la máxima categoría de clasificación será la categoría 4, y dicha categoría será de aplicación a los contratos de dichos subgrupos cuya cuantía sea superior a 840.000 euros» Quisiéramos saber, por tanto, si la clasificación del contratista suficiente para esta licitación sería la categoría 4, equivalente a la categoría E del RD 1098/2001 de acuerdo a la Disposición Transitoria Segunda. Respuesta 1: El Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares fue rectificado en este aspecto. En este sentido, la clasificación empresarial requerida es la siguiente: Grupo (K), Subgrupo (8) Categoría (4) Los licitadores, tienen a su disposición, desde el día 5 de septiembre de 2017, el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares rectificado en el Portal de la Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (madrid.org) Pregunta 2: de acuerdo con la página 103 de la memoria del PPTP, las tuberías a presión y enterradas de la línea de agua y fangos deberán ser de fundición. Solo las conducciones con lámina no ocluida y, en concreto las de by-pass y derivaciones, podrán ser de hormigón armado, PRFV o polietileno. A pesar de esta indicación, es posible prever que las tuberías de agua y fangos con lámina ocluida sean de PRFV o de polietileno de alta densidad, materiales habituales y probados con éxito en este tipo de aplicaciones? Respuesta 2: es una exigencia del Pliego, por lo que el cambio de materiales se valoraría negativamente. Pregunta 3: puesto que con los grupos motogeneradores se dispone de una potencia unitaria de 143 kw y, dado que los posibles servicios esenciales (bombeo de agua bruta, pretratamiento, una soplante para aireación en reactores biológicos, agitación en digestores, agitación en depósito de fango digerido y agitación en reactores biológicos) son muy superiores a la citada potencia, creemos conveniente que el Canal nos indique su criterio a este respecto. De esta forma, los servicios esenciales considerados serán los que realmente considere necesarios el Canal. Santa Engracia, 125. 28003 Madrid www.canaldeisabelsegunda.es Página 1 de 5

Respuesta 3: se ha observado un error material en el Anejo nº 7 incluido en el Tomo II del Pliego de Bases del Proyecto. En este sentido, considerando los condicionantes de la configuración de las instalaciones eléctricas y las limitaciones de potencia disponible en la cogeneración, se ha rectificado el Anejo nº 7 incluido en el Tomo II del Pliego de Bases del Proyecto eliminando la condición de que la cogeneración funcione en isla. Tienen a su disposición, desde el día 5 de octubre de 2017, la rectificación publicada en el Portal de la Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (madrid.org) Pregunta 4: en relación al sistema de motogeneración, nos gustaría que nos aclarasen : Por un lado el proyecto indica que la motogeneración se debe conectar al CGBT3 asociado al centro de transformación CT 3. Por otro lado dice que en caso de funcionar en isla se debe realizar un deslastre de cargas de modo que se pasen a alimentar aquellas que se consideren esenciales para la seguridad y funcionamiento básico de la EDAR. En ningún esquema eléctrico del CGDBT1 y CGDBT2 está representada la acometida desde la motogeneración para poder realizar un funcionamiento en isla. Si existen en los cuadros una acometida de un grupo electrógeno móvil. (CGDBT1, CGDBT2 y CGDBT3 ) De un análisis previo de las posibles cargas esenciales que la planta necesitaría para un funcionamiento básico entendemos que la potencia de la motogeneración no sería suficiente (2 x 143 Kwe). Por lo tanto, podemos entender que lo que se pretende es dar servicio a la planta desde la motogeneración únicamente al CGBT3 y que no se alimenta desde la motogeneración a los cuadros CGDBT1 y CGDBT2. Respuesta 4: ver respuesta 3. Pregunta 5: En la DIA (DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO "AMPLIACIÓN DE LA E.D.A.R. DE EL PLANTÍO", PROMOVIDO POR EL CANAL DE ISABEL II GESTIÓN S.A., EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE MAJADAHONDA), en su último apartado, se especifica: A la efectividad de la presente DIA se le otorga un plazo de dos (2) años desde su fecha de emisión hasta el comienzo de las obras, debido a posibles variaciones en el medio natural, las actividades implantadas en el entorno, y la legislación aplicable. Trascurrido dicho plazo, si el promotor pretendiese llevar a cabo el proyecto, en aplicación del Art. 37 de la Ley 2/2002, deberá solicitar nuevo informe a esta Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.de la Comunidad de Madrid, pudiéndose emitir informe desfavorable o cambiar las condiciones de ejecución del proyecto. Considerando que la fecha de emisión de la misma es el 29/08/2013, nos gustaría saber si CYII Gestión ha solicitado informe sobre vigencia de la citada DIA, y, en caso positivo, si el mismo modifica las condiciones de ejecución del proyecto. Respuesta 5: los licitadores deben considerar el condicionado ambiental del Pliego de Bases del Proyecto. Pregunta 6: en el Anexo I del PCAP, en el apartado 5. Criterios de selección cualitativa de los operadores económicos, subapartado 5.1.A.3, se indica que será necesario acreditar como personal Un Jefe de Producción de equipos mecánicos y un Responsable de Puesta en marcha. Con respecto al Técnico de Puesta en marcha se indica: Un Responsable de Puestas en marcha: (...) Con dedicación completa durante la puesta en marcha. Página 2 de 5

Quisiéramos saber si puede adscribirse a la misma persona para ambos puestos (Jefe de Equipos Mecánicos y Técnico de Puesta en Marcha), ya que no existe simultaneidad en los trabajos. El jefe de Equipos Mecánicos una vez finalizada la obra, se ocuparía de la puesta en marcha con dedicación completa y exclusiva, siempre que cumpla la experiencia requerida para ocupar dichos cargos. Respuesta 6: tal y como se indica en el apartado 5.1.A.3 del Anexo I del PCAP el Jefe de Producción de equipos mecánicos tendrá dedicación completa a las obras objeto del Contrato, esto será desde el inicio al fin de las mismas, por lo tanto, no puede compatibilizarse con otros cargos o posiciones en el organigrama del adjudicatario. Pregunta 7: en el Anexo I del PCAP, en el apartado 5. Criterios de selección cualitativa de los operadores económicos, subapartado 5.1.A.3, se indica: - Un técnico de Puesta en Marcha: Un técnico titulado con experiencia mínima en la puesta en marcha de DOS instalaciones durante los últimos 10 años de nueva EDAR o ampliación de EDAR existente; o experiencia mínima de DOS años como responsable en la explotación de EDAR, que incluyan procesos de estabilización de fangos mediante mediante digestión anaerobia, tratamiento terciario y línea de fangos con cogeneración Quisiéramos saber si el condicionante establecido para EDAR que incluyan procesos de estabilización de fangos mediante digestión anaerobia, tratamiento terciario y línea de fangos con cogeneración, aplica exclusivamente a la experiencia mínima de DOS años como responsable en la explotación de EDAR o, aplica también a la puesta en marcha en los últimos 10 años de nueva EDAR o ampliación existente. Respuesta 7: requerida. la condición aplica a ambas alternativas de justificación de la experiencia mínima Pregunta 8: en la Memoria del Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, en su página 36, se indica: La importante diferencia entre los caudales nocturnos y diurnos de entrada de agua residual que se registran en la planta actual ha obligado a adoptar diversas medidas para facilitar la explotación futura de la E.D.A.R. Quisiéramos conocer la distribución horaria de los caudales o curva de distribución de caudales que llegan a planta. Respuesta 8: para establecer las bases de partida del presente PPTP se han estudiado curvas horarias aportadas por el Área de Depuración de Canal de Isabel II responsable de la explotación de la EDAR. Del análisis de dichas curvas se han establecido las bases de partida para: el fraccionamiento de la capacidad de bombeo de agua bruta y el volumen del depósito de agua depurada previa a tratamiento terciario, incluidas en el PPTP en las páginas 46 y 72. Pregunta 9: en el apartado 3.2.3 del anejo 07 instalaciones eléctrica, instrumentación y control se indica que la planta actual se alimenta a través de una línea aérea de media tensión a 20 kv de la compañía Iberdrola, mediante torre entronque aéreo-subterráneo que acomete al único centro de seccionamiento y transformación de la planta. En el punto 3.2.4 del mismo anejo se indica que la instalación de captación de aguas subterráneas acomete a la misma línea eléctrica área de 20 kv mediante la misma torre de entronque aéreosubterráneo pero con protecciones y línea de acometida diferentes. En el punto 5.5.3 se indica que en el CS y transformación ubicado a pie de parcela albergara una configuración de celdas: 3L+2V+1P ; 3 celdas de línea donde se conectan la nueva línea de MT subterránea y además se conectarán las dos líneas del actual apoyo 10138. Por favor, nos gustaría disponer del esquema del CS de la captación. Página 3 de 5

Entendemos que se debe hacer una intervención en actual poste de conexión a la planta pero no hemos encontrado la petición a Iberdrola de dicha intervención. Por favor, aclarar. Respuesta 9: tal y como recoge el plano EE-02 Esquema Eléctrico de Media Tensión. Centros de Seccionamiento y Transformación del Pliego de Bases, la intervención debe hacerse en el apoyo nº 10138 que alimenta actualmente a la EDAR Arroyo de El Plantío y al Bombeo de Aguas Subterráneas. Y Se llevarán dos ternas desde el CS del perímetro al apoyo nº 10138 e Iberdrola se encargará de su conexión a dicho apoyo. Pregunta 10: en la página 1 del anejo 10 Calidad de las aguas se indica que la infraestructura que debe quedar en cada depósito para su posterior incorporación al sistema de Telecontrol obedece al esquema de la figura 1, y en el esquema de la figura 1 se representa la sala de telecontrol junto a la sala de calidad. Podrían indicar que telecontrol se debe prever? Se trata de un telecontrol para instalaciones futuras? Respuesta 10: las instalaciones de telecontrol, deben ajustarse a todo lo recogido en el Anejo Nº7 Instalaciones Eléctricas, Instrumentación y Control y en el Anejo Nº10 incluido en el Tomo II del Pliego de Bases del Proyecto Calidad de las Aguas del Pliego de Bases del proyecto. Pregunta 11: en relación con los bombeos de agua regenerada, en la página 85 de la memoria del PPTP se indica que el licitador deberá construir los pasamuros necesarios, prever el espacio libre para ubicar las bombas, equipos auxiliares y las futuras conducciones de agua regenerada. Asimismo, en la página 86 del mismo documento se indica que se preverá la instalación de tritubo en las impulsión de salida del terciario hasta el extremo de la parcela. Quiere esto decir que se deben instalar las conducciones de impulsión de los futuros bombeos? Si es así, estas conducciones deberán llegar hasta el límite de la parcela más cercano al terciario o hasta el extremo opuesto de la nueva parcela? Respuesta 11: el trazado de las conducciones de agua regenerada a instalar están definidas en los planos: PG-03 Red de Tuberías de Proceso. Ampliación Línea de Agua I, PG-04 Red de Tuberías de Proceso. Ampliación Línea de Agua II, PG-05 Red de Tuberías de Proceso. Ampliación Línea de Agua III, PG-06 Red de Tuberías de Proceso. Ampliación Línea de Agua IV y PG-07 Red de Tuberías de Proceso. Ampliación Línea de Agua V del Pliego de Bases. Pregunta 12: en el plano EE-04 se modifica el CGDBT 1 existente, incluyendo dos nuevos interruptores y dejando el existente del CCM3 de reserva. De la visita a obra, se comprobó que no existe espacio suficiente en la sala para incluir estos interruptores y que además el Cuadro existente tiene alguna deficiencia. Por favor, confirmar si se quiere modificar el cuadro o si bien es mejor sustituirlo por uno nuevo. Respuesta 12: los trabajos a realizar en el CGDBT1 existente quedan definidos en el Pliego de Bases del Proyecto, no obstante, el licitador puede incluir prestaciones superiores tal y como queda recogido en el apartado 6.a) del PCAP. Pregunta 13: en el plano EE-03 así como en la memoria del proyecto se indica la modificación del centro de seccionamiento que da servicio al Centro de transformación existente CT-1. En él se pide retirar los elementos que intervienen en la medida y utilizar la celda de reserva como nueva celda de salida para el anillo. En la visita de obra se pudo observar que este centro está obsoleto y ya no existen piezas de repuesto. Además no tenemos claro el estado de la celda de salida de reserva para poderla reutilizar en el nuevo anillo de MT. Por favor, confirmar si se quiere modificar el centro o si bien es mejor sustituirlo por uno nuevo. Respuesta 13: los trabajos a realizar en centro de seccionamiento que da servicio al Centro de transformación CT-1 existente quedan definidos en el Pliego de Bases del proyecto. No obstante, el licitador puede incluir prestaciones superiores tal y como queda recogido en el apartado 6.a) del PCAP. Página 4 de 5

Pregunta 14: podrían proporcionar el trazado de las tuberías de la red de captación de aguas subterráneas? Respuesta 14: el trazado de las tuberías de la red de aguas subterráneas está reflejado en el plano CE- 03 del Pliego de Bases del Proyecto. Pregunta 15: pueden facilitar planos en planta, secciones y dimensiones de los edificios existentes para valorar las actuaciones de acondicionamiento a realzar en cada uno de ellos, (edificio de control y personal, edificio de reactivos y soplantes y edificio de servicios y centro de transformación)? Respuesta 15: los planos actualmente disponibles son los incluidos en el Pliego de Bases del Proyecto como planos E.A. Estado Actual. Pregunta 16: pueden facilitar datos del trazado y profundidades de las tuberías existentes de la captación de agua tratada a tratamiento terciario en su cruce con colector Ø 900 mm de llegada de agua bruta? Respuesta 16: la definición del trazado disponible está reflejado en el plano PG-03 Red de Tuberías de Proceso. Ampliación Línea de Agua I del Pliego de Bases del Proyecto. Pregunta 17: se solicita la protección de la erosión que se produce en las parcelas situadas en la margen izquierda del arroyo. Entendemos que esta protección, se realizará en el sentido de aguas abajo, es decir, en el margen situado frente a los terrenos de la parcela. Es correcta nuestra interpretación? Respuesta 17: si, tal y como se recoge en los planos CE-03 Conexiones exteriores y servicios afectados 3 y CE-04 Conexiones exteriores y servicios afectados 4 del Pliego de Bases, la protección de los terrenos será en el margen situado enfrente de los terrenos de la actual parcela de la EDAR. Pregunta 18: según el apartado 9.12.2 Conducciones de la memoria, (pag 103), se comenta que todas las tuberías enterradas de la línea de agua, fangos y flotantes, serán de fundición. Entendemos, que toda la nueva línea de agua, debe de ser igualmente de fundición. Solicitamos confirmar esta afirmación Respuesta 18: es una exigencia del Pliego de Bases del Proyecto, por lo que el cambio de materiales se valoraría negativamente. Pregunta 19: pueden facilitar la cota de agua y solera del pozo de conexión de agua bruta existente, así como su trazado longitudinal hasta el actual pretratamiento? Respuesta 19: no se dispone del longitudinal solicitado. No obstante, se indica que según la información disponible de la profundidad de solera de los pozos existentes es de aproximadamente de 4 m. Madrid, 9 de octubre de 2017 Página 5 de 5