Expte de Referenda: 76699/7./ / En La iudad utonoma de uenos ires a los dias del mes de Julio de 7 entre la UNION DE TRJDORES DE L INDUSTRI DEL LZDO (UTIR) con domicilio en Yatay 9, Representado por los Senores. gustin MIONE (Secretario General), Horacio JEREZ (Secretario djunto), Luis De Stefano (Secretario de Finanzas), Horacio HEREDI, lberto ELOTTI, Ernesto PERLT, bel Martin GONZLEZ, Hugo LOPEZ, Walter LORNOZ, Juan LOPEZ con el patrocinio letrado de la Dra. Maria Luz Miiio. T 6 P6, y la FEDERION RGENTIN DE L INDUSTRI DEL LZDO y FINES (FI), con domicilio en v. Rivadavia, representada por los seiiores. Hector lberto SELLRO, Jose F. DE VITO, Sergio PNOSSIN, Miguel HMES, Fabian GNESE, todos estos como miembros paritarios, con el patrocinio letrado del Dr. Juan Jose Etala (h) T" 6 P, todos los cuales firman al pie, declaran y convienen: ) Suscribir el presente UERDO SLRIL, que regula el incremento salarial, para el periodo comprendido entre el de junio de 7 y el de mayo de 8 inclusive. ) Los incrementos seran los siguientes: partir del de junio de 7 se incrementen los basicos de convenio y adicionales merienda, premio al presentismo y premio a la asistencia perfecta, de conformidad con la pautas que surgen en el anexo II PERSONL DE L LINE DE PRODUION (jomalizados) y en el anexo U PERSONL FUER DE L LINE DE PRODUION (mensualizados) PERIODO /6/7 al //7. partir del de enero de 8 se incrementen los basicos de convenio y adicionales merienda, premio al presentismo y premio a la asistencia perfecta, de conformidad con la pautas que surgen en el anexo II PERSONL DE L LINE DE PRODUION Gomalizados) y en el anexo II PERSONL FUER DE L LINE DE PRODUION (mensualizados) PERIODO //8 al /5/8 Los incrementos constan en los anexos que acompanan al presente acuerdo, aclarandose que para el caso del personal jomalizado los importes correspondientes al premio al presentismo, se liquidaran por quincena, dividiendo los montos por dos y en el caso del premio de asistencia perfecta, se liquidan por mes completo. HETOR. SELLRO PRESIDENTE
Estos incrementos se aplicaran a todos los trabajadores comprendidos en el T 65/, Incluidos Destajistas y los Obreros a Domicilio propiamente dichos, con exclusion de talleristas e intermediarios. Se establece, con caracter excepcional por unica vez, una gratificacion extraordinaria de pesos $ 6. para la categoria de jomalizados y de mensualizados, $ 5. para la categoria de jomalizados y de mensualizados, $.7 para la categoria de jomalizados y de mensualizados y de $ para las categorias y de jomalizados, que se abonara en cuatro cuotas. La primer cuota, se abonara junto a la primer quincena de septiembre de 7 cuyos valores seran: $. para la categoria de jomalizados y de mensualizados, $.8 para la categoria de jomalizados y de mensualizados, $.5 para la categoria de jomalizados y de mensualizados y de $. para las categorias y de jomalizados. La segunda cuota, se abonara junto a la primer quincena de noviembre de 7 cuyos valores seran: $. para la categoria de jomalizados y de mensualizados, $.5 para la categoria de jomalizados y de mensualizados, $. para la categoria de jomalizados y de mensualizados y de $. para las categorias y de jomalizados. La tercer cuota, se abonara junto a la primer quincena de marzo de 8 cuyos valores seran: $. para la categoria de jomalizados y de mensualizados, $. para la categoria de jomalizados y de mensualizados, $. para la categoria de jomalizados y de mensualizados y de $ 9 para las categorias y de jomalizados. ^ La cuarta cuota, se abonara junto a la primer quincena de abril de 8 cuyos valores seran: $. para la categoria de jomalizados y de mensualizados, $.5 para la categoria de jomalizados y de mensualizados, $. para la categoria de jomalizados y de mensualizados y de $. para las categorias y de jomalizados. Esta gratificacion, comprende a todos los trabajadores incluidos en el T 65/, incluidos Destajistas y Obreros a Domicilio propiamente dicho, con exclusion de Talleristas e Intermediarios. los fines de la percepcion de esta gratificacion se considera requisito para su devengamiento que el trabajador se encuentre vinculado laboralmente con su empleador a la fecha de pago antes indicada y se venga desempeiiando para el mismo desde el de junio de 7 a jomada completa. uando el trabajador se desempefie a tiempo parcial, la gratificacion se abonara en forma proporcional, la que sera equivalente al porcentaje que represente la jomada reducida respecto de la jomada reducida respecto de la jomada normal y habitual del establecimiento. Para establecer la proporcionalidad respecto del personal ingresado con posterioridad al de junio de 7, sea este a jomada completa o a tiempo parcial, se tomara el total de la cuota a pagar de la gratificacion, dividido por los dias corridos de vinculacion desde el de junio de 7 y y el dia efectivo de pago, multiplicando por los dias corrido de vinculacion efectiva. El aporte aqui establecido, atento a su naturaleza y excepcionalidad y su condicion de no habitual ni regular (art. 6 de la Ley.), no sera objeto de aportes ni contribuciones a la seguridad social, como tampoco a cuotas o contribuciones sindicales o solidarias de cualquier naturaleza. i%j HETOR. SELLRO PRESIDENTE
Esta asignacion extraordinaria No remunerativa no se considerara como mbro de referenda que deba mantenerse en fiituras negociaciones salariales, ni se podra proyectar para integrar bases de calculo de cualquier otro mbro o concepto, como aguinaldo, vacaciones o indemnizaciones de cualquier naturaleza, como tampoco se tomara en cuenta para la liquidacion de otros beneficios legates o convencionales como el escalafon. D Los aumentos que surgen del presente se absorberan hasta su concurrencia con los incrementos que hubieran otorgado los empleadores por conceptos a cuenta de fiituros aumentos o similares otorgados desde el /6/7. ) De acuerdo con lo previsto en el art. 7 de la ley 55 y art 9 de la ley.5 y sus modificatorias, se ratifica una aporte solidario a cargo de cada uno de los trabajadores no afiliados a UTIR, beneficiados por el presente convenio colectivo de trabajo, a favor de esta entidad sindical firmante, UTIR, consistente en un aporte mensual del,5 % de la remuneracion bmta mensual de dichos trabajadores, scan intemos o a domiciho, excluyendose a los tallerista e intermediarios. Los empleadores se constituyen en agentes de retencion de esos fondos y deberan ingresarlos en las cuentas especiales que habiliten la UTIR o sus respectivas Seccionales. Este aporte solidario tendra vigencia entre el T junio de 7 y hasta el de mayo de 8. ) on este acuerdo las partes ponen fin a sus discusiones salariedes hasta la fecha de su vencimiento. En pmeba de conformidad, las partes firman el presente en ejemplares de un mismo tenor y a un mismo efecto y sometera el mismo a la homologacion del Ministerio de Trabajo Empieo y Seguridad Social. \V%o ^HEi^OR. SELLRO PRESIDENTE
ON VIGENI DESDE EL /6/7 HST //7 REMUNERIONES SIS POR MOR at. Salarios por Mora $ 79,96 $ 69,97 $ 58,88 $ 5,9 $ 5,9 por Mora Total $ 88,6 $ 78,6 $ 67,65 $6,6 $ 6,6 $,8 $, $,8 $,8 $, $,8 $9 $9 EMPLEDOS DMINISTRTIVOS EN FRI ON VIGENI DESDE EL /6/7 HST //7 $,67 $,9 $, MERIEND $5,7 $,98 $,755 $,8 $, $, $,8 MNTENIMIENTO DE FRI ON VIGENI DESDE EL /6/7 HST //7 $5,5 $,7 $, MERIEND $7,87 $5,76 $,755 $,8 $, $, $,8 PERSONL DE DESRROLLO ON VIGENI DESDE EL /6/7 HST //7 $5,5 $,6 MERIEND $7,87 $,9 $,8 $, SUM FIJ NO REMUNERTIV TEGORI TEGORi UOT /9/7 $, $,8 $,5 UOT //7 UOT //8 $, UOT //8 HETfllVi. SELLRO \RESIDENTE
PERSONL DE EXPEDIION.:\ ON VIGENI DESDE EL /6/7 HST //7 $,87 $,6 $, MERIEND $,67 $,87 $,87 $,8 $, $, $,8 HOFER Y / O YUDNTE DE HOFER ON VIGENI DESDE EL /6/7 HST //7 $,67 $,6 MERIEND $5,7 $,796 $,8 $, VENDEDORES EN LOLES DE VENT DIRET ON VIGENI DESDE EL /6/7 HST //7 $,56 MERIEND $5,9 PERSONL DE LIMPIEZ ON VIGENI DESDE EL /6/7 HST //7 d ) $,7 MERIEND $,96 SUM FIJ NO REMUNERTIV TEGORi TEGORi UOT /9/7 $, $,8 $,5 UOT //7 UOT //8 $, UOT //8 SELLRO.SIOENTE
ON VIGENI DESDE EL //8 HST / 5/8 REMUNERIONES SIS POR HOR ift^ at. Salarios por Hora $87,8 $ 76,8 $6,66 $ 59,8 $ 59,8 por Hora Total $ 97, $ 86,6 $7,8 $ 69,6 $ 69,6 $,8 $,56 $,9 $,9 $, $,9 $,5 $,5 EMPLEDOS DMINISTRTIVOS EN FRI ON VIGENI DESDE EL //8 HST / 5/8 $5,6 $,89 $, MERIEND $6,9 $6,9 $5,6 $,8 $,56 $, $,9 <; MNTENIMIENTO DE FRI ON VIGENI DESDE EL //8 HST / 5/8 $6,97 $5,9 $, MERIEND $8,87 $6,996 $5,6 $,8 $,56 $, $,9 PERSONL DE DESRROLLO ON VIGENI DESDE EL //8 HST / 5/8 $6,97 $,68 MERIEND $8,87 $5,588 $,8 $, SUM FIJ NO REMUNERTIV TEGORi TEGORi UOT /9/7 $, $,8 $,5 / UOT //7 UOT //8 $, UOT //8 SELLRO DENTE Sforatarlo al U,T,I,.H,V
PERSONL DE EXPEDIION \ \ ON VIGENI DESDE EL //8 HST / 5/8 $,8 $,8 $,9 MERIEND $6, $5, $,97 $,8 $,56 ^ $, $,9 HOFER Y / O YUDNTE DE HOFER ON VIGENI DESDE EL //8 HST / 5/8 $5,6 $,7 MERIEND $6,9 $5,5 $,8 $, VENDEDORES EN LOLES DE VENT DIRET ON VIGENI DESDE EL //8 HST / 5/8 $,668 MERIEND $6,57 PERSONL DE LIMPIEZ ON VIGENI DESDE EL //8 HST / 5/8 $, MERIEND $, SUM FIJ NO REMUNERTIV TEGORi TEGORi UOT /9/7 $, $,8 $,5 UOT //7 / UOT //8 $, UOT //8. SELLRO ESIDENTE
"7 no de las Energies Renovables'" wm^i/eo u yjeau^iaaa Social Expte. N 76699/77 En la iudad de uenos ires, a ios 8 dias del mes de agosto dei ano 7, siendo las : horas, en ei MINISTERIO DE TRJO, EMPLEO Y SEGURIDD SOIL, representado por ia Dra. IVIagail ivinini RODRIGUEZ, asesora de ia Subsecretaria de Reiaciones Laborales, en representacion de la FEDERION RGENTIN DE L INDUSTRI DEL LZDO Y FINES (FI), lo hace el Sr. Hector lberto SELLRO, en calidad de Presidente. Declarado el acto abierto, ia representacion de ia FEDERION RGENTIN DE L INDUSTRI DEL LZDO Y FINES (FI) manlfiesta que viene a ratificar en un todo ios terminos y firmas insertas en ei acuerdo y escalas salariales obrantes a fojas /8 dei expediente 77/7 agregado al expediente de referenda, y soiicita su oportuna Inomoiogacion. Siendo las : horas se da por finalizado ei acto, firmando ios presentes de conformidad, previa lectura y ratificacion. On. MGLIMNINI RODRIGUEZ SESO 8U8 fletft DE RELIONES lorles MIM$fftlO M ntwuo. EltfUO Y SEGURIIM) SOOU
"7 no de las Energias Renovables"' wwleo u c^eau/yiaadc/occal Expte. N 76699/77 En ia iudad de uenos ires, a ios 9 dias del mes de agosto del ano 7, siendo las : iioras, en ei MINISTERIO DE TRJO, EMPLEO Y SEGURIDD SOIL, representado por ia Dra. Magali IVININI RODRIGUEZ, asesora de la Subsecretaria de Reiaciones Laborales, en representacion de ia UNION TRJDORES DE L INDUSTRI DEL LZDO DE L REPULI RGENTIN (U.T.I..R..), lo hace ei Sr. gustin IVIIONE, en calidad de Secretario General. Declarado el acto abierto, ia representacion de ia UNION TRJDORES DE L INDUSTRI DEL LZDO DE L REPULI RGENTIN (U.T.I..R..), manifiesta que viene a ratificar en un todo los terminos y firmas insertas en el acuerdo y escalas salariales obrantes a fojas /8 dei expediente 77/7 agregado al expediente de referenda, y soiicita su oportuna homologacion. Siendo las : horas se da por finalizado ei acto, firmando los conformidad, previa lectura y ratificacion. presentes de Ore. MGLI MNINI RODRIGUEZ SESOR SUSERETRi DE RELIONES LORLES MiMSiEno K nuuo, uinfo r s(6uihh sociu