El objeto de la presente convocatoria es la concesión de hasta un máximo de 2 becas en las siguientes áreas de actividad:

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ANUNCIO. El periodo de duración de las becas comienza el 1 de julio de 2013 y finalizará el 31 de agosto de 2013.

La concesión del número concreto en cada una de las áreas queda supeditado al perfil de los/as solicitantes de esta convocatoria.

El objeto de la presente convocatoria es la concesión de hasta un máximo de 4 becas en las siguientes áreas de actividad:

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PRIMERO.- Aprobar las bases para la concesión de una beca, tal y como a continuación se detalla:

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Original o copia del expediente académico y del título académico. Original o copia de los documentos que acrediten los méritos.

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El objeto de la presente convocatoria es la concesión de hasta un máximo de 21 becas en las siguientes áreas de actividad:

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La concesión del número concreto en cada una de las áreas queda supeditado al perfil de los/as solicitantes de esta convocatoria.

La participación en este proceso, supone la aceptación de sus bases.

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El objeto de la presente convocatoria es la concesión de hasta un máximo 36 becas en las siguientes áreas:

- Área Informática (nº becas: 1 de 1 mensualidad, prorrogable por 2 mensualidades): Título universitario de grado en Ingeniería Informática.

Transcripción:

BASES PARA LA CONCESIÓN DE ** BECAS DE FORMACIÓN POR EL AYUNTAMIENTO DE ALPUENTE EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE PRÁCTICAS FORMATIVAS PARA JÓVENES ESTUDIANTES DE LA DIPUTACIÓN DE VALENCIA. PROGRAMA LA DIPU TE BECA. El objetivo primordial de las presentes bases tiene como finalidad la formación de los estudiantes en el ámbito local mediante la aplicación práctica de los conocimientos adquiridos a lo largo del curso académico. En este sentido y con el fin de beneficiar a los estudiantes, el ayuntamiento de Alpuente se ha adherido al programa de prácticas formativas para jóvenes estudiantes de la Diputación de Valencia La Dipu te beca. BASE PRIMERA. OBJETO Y NÚMERO DE BECAS. El objeto de la presente convocatoria es la concesión de hasta un máximo de 2 becas en las siguientes áreas de actividad: Una beca en el área de administración, comercio y marketing. Para apoyar a los departamentos de administración en general, contabilidad y AEDL durante la época estival, encomendándose tareas de tipo administrativo, así como desarrollo de campañas de divulgación y promoción turística, publicidad en la web, campañas de difusión de actividades organizadas o promovidas por el ayuntamiento. Una beca en el área deportiva-educativa. Para apoyo al servicio de la Escuela de Verano y organización de diversas actividades dirigidas al público infantil y juvenil orientadas hacia el ocio saludable y deporte. Valorándose los conocimientos en el área de educación, especialmente en el área deportiva. La concesión del número concreto en cada una de las áreas queda supeditado al perfil de los solicitantes de esta convocatoria. Las titulaciones que se admitirán para cada una de las becas y por orden de prioridad, serán las siguientes: Área de administración, comercio y marketing: Aquellas titulaciones universitarias oficiales o másteres reconocidos oficialmente en Administración y dirección de empresas, Derecho, Económicas, Empresariales, Comercio y Marketing así como ciclos formativos de las siguientes familias: Administración y Gestión, Comercio y Marketing. Área Educativa. Especialidad Deportiva: Aquellas titulaciones universitarias oficiales o másteres reconocidos oficialmente en Magisterio con la especialidad en Educación

Física, Grado en ciencias de la actividad física y deporte, así como Grado Superior en Animación de actividades físicas deportivas. A juicio del tribunal, se podrán admitir todas las titulaciones análogas, a las relacionadas en cada una de las áreas anteriores, que no se hayan mencionado expresamente, pero que estén directamente relacionadas con la beca ofertada y estén reconocidas oficialmente. El tribunal podrá, en caso de haberse presentado solicitudes de aspirantes que no reúnan las titulaciones requeridas, pero se aproxime su perfil al área para la que se aspira, baremar a estos aspirantes, a fin de cubrir las becas ofertadas en caso de éstas o alguna de ellas hubiere quedado desierta por no reunir los aspirantes las titulaciones requeridas, o una vez seleccionado se presente renuncia por el aspirante seleccionado. Estos estudiantes se quedarán en reserva de puesto, quedando reflejado en el acta de baremación tal circunstancia. BASE SEGUNDA. DOTACIÓN, PAGO Y DURACIÓN DE LAS BECAS. Cada una de las becas está dotada con un importe de 500 euros brutos mensuales a abonar en periodos vencidos, siendo cofinanciados por la Diputación de Valencia en un 80%, corriendo el ayuntamiento con el importe restante. En aquellos supuestos que impliquen un periodo inferior al mes natural, será la parte proporcional correspondiente. El periodo de duración de las becas comienza el 1 de julio de 2018 y finalizará como máximo el 31 de agosto de 2018. El periodo de disfrute de la beca tiene que producirse necesariamente durante los meses de julio y agosto no pudiendo por causa alguna prolongar la duración de las becas más allá del mes de agosto. BASE TERCERA. REQUISITOS Las becas objeto de esta convocatoria se adjudicarán mediante concurrencia competitiva entre las personas aspirantes a las mismas, que reúnan los siguientes requisitos antes de finalización del plazo de presentación de solicitudes y lo acrediten documentalmente: 1.- Poseer vecindad administrativa en algún municipio de la provincia de Valencia, con anterioridad a la fecha de publicación de las presentes bases. 2.- Tener 18 años cumplidos. 3.- Encontrarse cursando alguna de las siguientes enseñanzas oficiales: Ciclos Formativos de Formación Profesional o Enseñanzas Universitarias Oficiales de Grado, Diplomatura o Licenciatura o equivalentes, o master oficiales de las universidades y que estén vinculadas a las áreas requeridas para el disfrute de las becas (de acuerdo con lo previsto en la base primera). 4.- No encontrarse incurso en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. 5.- Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la seguridad social, lo que acreditará mediante declaración responsable.

6.- No estar disfrutando de otra beca o ayuda, de la misma o análoga finalidad así como no desarrollar una actividad laboral durante el periodo de disfrute de la beca que resulte incompatible con el disfrute de la beca y siempre que interfiera con el horario u objeto de la beca y/o dificulte el cumplimiento de las obligaciones derivadas del desempeño de la misma, a juicio de la entidad local responsable. 7.- Cada estudiante solo podrá disfrutar de una beca en un municipio simultáneamente. BASE CUARTA. PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES, Y DOCUMENTACIÓN A APORTAR JUNTO A LAS MISMAS. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de estas Bases en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la página web del ayuntamiento. Las solicitudes, presentadas en el modelo de solicitud que se incluye como anexo y que consta en página web del Ayuntamiento de Alpuente www.alpuente.es,se presentarán en la Sede electrónica del Ayuntamiento de Alpuente (www.alpuente.es) o en el registro de este ayuntamiento sito en Cl Rey Don Jaime nº 5 de Alpuente, así como en cualquiera de los lugares que establece el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas, en cuyo caso, deberá procederse de forma inmediata y, como máximo, hasta el último día del plazo establecido, a comunicar esta circunstancia al Ayuntamiento de Alpuente, enviando el justificante de presentación en el registro correspondiente junto con la instancia de solicitud, por fax al 962101026. La documentación acreditativa de la identidad y méritos alegados, deberá estar compulsada A las solicitudes deberán acompañarse los justificantes de los requisitos enumerados a continuación y los méritos que se alegan y que aparecen en la base quinta. Para acreditar los requisitos mencionados, los aspirantes habrán de entregar la siguiente documentación: Fotocopia compulsada del DNI o documentación acreditativa equivalente. Certificado de empadronamiento histórico, acreditativo de la residencia en algún municipio de la provincia de Valencia, que indique la fecha de empadronamiento en el mismo. Documentación acreditativa de estar cursando las enseñanzas oficiales que alega, en la que conste el tipo de enseñanza, curso y centro educativo (copia compulsada de la matrícula, certificado emitido por el centro, etc.). Fotocopia compulsada del expediente académico correspondiente al curso inmediatamente anterior al que se encuentre cursando en el momento de la solicitud. Fotocopia compulsada de los documentos que acrediten los méritos. Declaración responsable de no encontrarse incurso en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

- Declaración responsable de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la seguridad social. - Declaración responsable de no estar disfrutando de otra beca o ayuda, de la misma o análoga finalidad así como no desarrollar una actividad laboral durante el periodo de disfrute de la beca que resulte incompatible con el disfrute de la beca y siempre que interfiera con el horario u objeto de la beca y/o dificulte el cumplimiento de las obligaciones derivadas del desempeño de la misma, a juicio de la entidad local responsable. -Declaración de renta de todos los miembros de la unidad familiar, para acreditar los ingresos familiares. -Declaración responsable de haber o no haber disfrutado de otra beca del Programa La Dipu te Beca en ediciones anteriores en Alpuente o cualquier otro municipio de la provincia de Valencia. Y en caso de haber disfrutado de la beca, se deberá aportar un certificado emitido por el Ayuntamiento del municipio en el que se disfrutó de la beca en el que indique el municipio y el año de disfrute de la beca. - Declaración responsable de obtención o no de beca por estudios del último curso académico, y en su caso, copia compulsada de la resolución de la concesión de la beca con indicación expresa de la cuantía de la misma. - En su caso, certificado de reconocimiento del grado de minusvalía. - Conocimientos de valenciano, en su caso, acreditado por certificado expedido por la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià. BASE QUINTA. MÉRITOS Los méritos que se bareman a efectos de esta convocatoria son los siguientes: 1.- Empadronamiento. Hasta 20 puntos. Estar empadronado en el municipio de Alpuente con una antigüedad superior a diez años: 20 puntos. Estar empadronado en el municipio de Alpuente con una antigüedad inferior a diez años y superior a 5 años: 10 puntos Estar empadronado en el municipio de Alpuente con una antigüedad inferior a 5 años y superior a 1 año: 5 puntos. Estar empadronado en el municipio de Alpuente con una antigüedad inferior a 1 año y superior a 6 meses: 2 puntos. Estar empadronado en Alpuente con antigüedad inferior a 6 meses: 1 punto. Estar empadronado en cualquier otro municipio de la provincia de Valencia: 0 puntos. 2.- Nota media del expediente académico aportado: Hasta 15 puntos valorando con la máxima puntuación al candidato con nota media más alta y al resto aplicando la regla proporcional a la inversa. 3.- Conocimientos en valenciano. Hasta 10 puntos.

Certificado de Grau Superior: 10 puntos Certificado de Grau Mitjà: 5 puntos. Certificado de Grau Elemental: 3 puntos. Sólo se valorarán los certificados o títulos expedidos por la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià. 4.- Formación complementaria. Cursos específicos en la materia objeto de la beca: hasta 5 puntos. Cursos de 15 a 25 horas: 0,50 puntos por cada curso. Cursos de 26 a 50 horas: 1,5 puntos por cada curso. Cursos de 51 a 100 horas: 2,5 puntos por cada curso. Cursos de más de 100 horas: 5 puntos por cada curso. Sólo se valorarán los cursos que hayan sido cursados o impartidos por el interesado y que hayan sido convocados u homologados por cualquier centro u organismo oficial de formación. Los cursos de menos de 15 horas no se valorarán. 5.- Situación socioeconómica familiar: Hasta 30 puntos. Ingresos de la unidad familiar: se tendrá en cuenta la renta per cápita de la unidad familiar según la última declaración del IRPF, de acuerdo con la siguiente escala referenciada al Salario Mínimo Interprofesional (pagas extras incluidas): Hasta 4.953,20 : 30 puntos. Desde 4.953,20 hasta 5943,84 : 25 puntos Desde 5.943,84 hasta 6.934,48 : 20 puntos Desde 6.934,49 hasta 7.925,12 :15 puntos Desde 7.925,13 hasta 8.915,76 : 10 puntos Desde 8.915,77 hasta 9.906,40 : 5 puntos. Más de 9.906,40 : 0 puntos. Se entenderá por unidad familiar la integrada por el interesado, padres y hermanos (o si fuera el caso, cónyuge, hijos menores de 26 años, menores acogidos y mayores de edad con una discapacidad de al menos el 33%), siempre que se acredite la convivencia mediante el correspondiente certificado.

6.- Adecuación de las enseñanzas aportadas al objeto de las distintas becas convocadas: Hasta 4 puntos. Obtendrán mayor puntuación las titulaciones superiores frente a las inferiores, así como a criterio del Tribunal las titulaciones que más se adecuen al objeto de la beca. Pudiendo en su caso dar el doble de puntuación a una titulación inferior frente a una superior si la titulación inferior se adecua más al objeto de la beca hasta un máximo de 4 puntos. Estar cursando máster de postgrado: 4 puntos Estar cursando una licenciatura, diplomatura o grado: 3 puntos. Estar cursando un grado superior de formación profesional: 2 puntos. 7.- Curso que se encuentra recibiendo en el ciclo de que se trate: hasta 1 punto. (Tendrán más prioridad los alumnos que estén en cursos superiores frente a los que estén en cursos inferiores, a razón de 0,20 puntos por curso superado). 8.- No haber disfrutado de La Dipu te beca en ediciones anteriores: Hasta 15 puntos. * En este apartado la baremación se realizará de la siguiente manera: Quien no haya disfrutado en ninguna de sus ediciones anteriores del Programa La Dipu te Beca, en Alpuente o cualquier otro municipio de la provincia de Valencia, tendrá una puntuación directa de 15 puntos. Quien disfrutó durante la edición del 2013 o anteriores, tendrá una puntuación de 12 puntos. Quien disfrutó durante la edición del 2014, tendrá una puntuación de 9 puntos. Quien disfrutó durante la edición del 2015, tendrá una puntuación de 6 puntos. Quien disfrutó durante la edición del 2016, tendrá una puntuación de 3 puntos. Quien disfrutó durante la edición del 2017, tendrá una puntuación de 0 puntos. En el caso de que algún estudiante haya disfrutado en dos o más ediciones tampoco obtendrá ninguna puntuación en este apartado.* En caso de empate de puntuaciones se dará prioridad a la solicitud que acredite situación de discapacidad, y no haber disfrutado de beca al estudio durante el último curso académico. Si continuara el empate, se dará prioridad a las solicitudes que hayan obtenido mayor puntuación en los siguientes apartados: 1º Adecuación de las enseñanzas al objeto de la beca 2º Nota media del expediente académico 3º Curso que se encuentra cursando en el ciclo educativo que se trate. 4º Situación socioeconómica familiar. BASE SEXTA. Comisión Evaluadora, concesión y seguimiento de las becas. Para el examen de las solicitudes de becas se constituirá una comisión evaluadora que estará integrada por los siguientes miembros o en su defecto, los cargos electos equivalentes.

Presidente: Alcaldesa Presidenta, Alicia Pérez Debón Vocales: o Ana Belén Varea Pérez (Concejal 1ª TTE alcalde/pp) o Mª Ángeles Herrero Martínez (Concejal PSOE) o Celia Martínez Estors (Agente de Empleo y Desarrollo Local,AEDL) Secretaria: Maria Mercedes Aznar Gimeno (Secretaria Interventora del Ayuntamiento) La comisión evaluadora tiene facultades para realizar, por medio de sus miembros, cuantas comprobaciones estime necesarias para la mejor calificación de los méritos aducidos. Una vez finalizado el correspondiente estudio de los expedientes de cada uno de los aspirantes, la comisión evaluadora formulará propuesta de adjudicación de las becas, para que las dictamine y se apruebe, en su caso, por resolución de alcaldía. La resolución de concesión puede declarar desierta la cobertura de la beca correspondiente a alguna de las áreas de actividad, si el perfil de los solicitantes no se adecuan a las características concretas necesarias para el correcto desarrollo de la misma. En este caso, se podrá aumentar el número de becas ofertadas, según las prioridades del servicio municipal. Adjudicándola al aspirante que le correspondiera por orden de puntuación obtenida, en otra área de las ofertadas siempre y cuando hubieran suficientes aspirantes. Los candidatos seleccionados, deberán traer los documentos originales, en el plazo de 3 días desde la adjudicación de la beca. La entidad local nombrará uno o varios tutores/tutoras que realizaran el seguimiento, coordinación y ordenaran la actividad de formación del personal becario y el tiempo de dedicación a dichas actividades. BASE SÉPTIMA. Derechos y obligaciones de los becarios, e incidencias. 1. Estas becas son incompatibles con el disfrute de cualquier otra beca, ayuda de similar o análoga finalidad, o actividad laboral regular que resulte incompatible con el disfrute de la beca y siempre que interfiera con el horario u objeto de la beca y/o dificulte el cumplimiento de las obligaciones derivadas del desempeño de la misma, a juicio de la entidad local responsable. La infracción de esta regla autoriza a la corporación municipal a cancelar el disfrute de la beca. 2. La participación de los becarios en este programa de formación tiene carácter formativo, sin que esta actividad constituya en ningún momento una relación laboral entre los becarios y esta entidad local. 3. Al personal becario, como perceptor de subvenciones públicas, le resultará de aplicación las obligaciones recogidas en el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones. 4. Son obligaciones de los becarios: 1.- Desarrollar sus actividades en las dependencias municipales que le sean indicadas por su tutor

2.- Tener la dedicación que se establece en las bases de estas becas, que deberán ser realizadas siguiendo las indicaciones del tutor o tutora. 3.- Realizar las actividades y cumplir los objetivos marcados por el tutor. 4.- Elaborar memoria de actividades que deberá ser aprobada por el tutor. 5. Los tutores o tutoras ordenarán las actividades de formación del personal becario y organizarán el tiempo de dedicación a dichas actividades, que será en cómputo global de 20 horas semanales, si bien se distribuirá en función de la organización municipal, pudiendo ser una semana de más de veinte horas y ser compensado con una dedicación inferior otra semana. El plan de las actividades quedará fijado al inicio de cada mensualidad. 6. El incumplimiento sin causa justificada de las condiciones establecidas en la presente convocatoria podrá dejar sin efecto la concesión de la beca, debiendo proceder al reintegro, en su caso, de las cantidades percibidas hasta el momento. 7. Ante las renuncias, bajas o finalización del periodo de vigencia, se procederá a cubrir la beca por el tiempo restante, según el orden de puntuación que haya resultado del proceso de selección. BASE OCTAVA. Presupuesto El presupuesto de gastos de la presente convocatoria se financiará con cargo a la partida 920.140.00 Otro personal. La Dipu te Beca. El importe total presupuestado para esta convocatoria asciende a 2.000,00. Alpuente, documento firmado electrónicamente al margen.

MODELO I INSCRIPCION EN EL PROGRAMA DE PRÁCTICAS FORMATIVAS DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL ESTUDIANTE PRIMER APELLIDO SEGUNDO APELLIDO NOMBRE NUM. IDENTIFICACION FISCAL FECHA NACIMIENTO NACIONALIDAD SEXO CALLE, AVDA., PLAZA NÚMERO CODIGO POSTAL LOCALIDAD PROVINCIA CONTACTO TELÉFONO FIJO TELÉFONO MÓVIL FAX CORREO ELECTRÓNICO ESTUDIOS QUE CURSA ESTUDIOS Familia Profesional /Titulación. CURSO El abajo firmante manifiesta su voluntad de participar en el programa de prácticas formativas de LA DIPU TE BECA 2017: ÁREA, correspondiente a la convocatoria publicada por el Ayuntamiento de Alpuente. Y DECLARA responsablemente: a) que no está disfrutando de otra beca o ayuda de análoga o similar finalidad, ni desarrollará actividad laboral durante la beca. b) que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. c) que va a mantener estas condiciones durante la vigencia de la beca.

d) No estar sometido a las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, beneficiaria señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13.7 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. e) Si Fue beneficiario de becas de formación en el marco del programa la Dipu te Beca en ediciones anteriores en el año en el ayuntamiento de. No (Señálese lo que proceda) f) Durante el último curso escolar SI/NO (Señale lo que proceda), ha obtenido beca por estudios. Se acompaña fotocopia compulsada de los siguientes documentos: Del DNI o CIF. Documentación acreditativa de estar cursando enseñanzas oficiales: Ciclos Formativos de Formación Profesionales o Enseñanzas Universitarias oficiales de Grado, Diplomatura o Licenciatura. Certificado de empadronamiento histórico y colectivo Fotocopia compulsada del expediente académico correspondiente al curso inmediatamente anterior al que se encuentre cursando en el momento de la solicitud. Fotocopia compulsada de los documentos que acrediten los méritos. (cursos específicos,...) Declaración de renta de todos los miembros de la unidad familiar, para acreditar los ingresos familiares. Certificado emitido por el Ayuntamiento del municipio en el que se disfrutó de la beca en el que indique el municipio y el año de disfrute de la misma, en caso de haber disfrutado de la beca en ediciones anteriores en otro municipio. En caso de obtención de beca por estudios del último curso académico, copia compulsada de la resolución de la concesión de la beca con indicación expresa de la cuantía de la misma.

En su caso, certificado de reconocimiento del grado de minusvalía. Conocimientos de valenciano, en su caso, acreditado por certificado expedido por la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià. LUGAR Y FECHA FIRMA REGISTRO ENTRADA AYTO. Fdo.:......