CARÁTULA CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO TÍTULO: CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA ELABORACIÓN DEL PLAN DE COMUNICACIÓN 2017-2019 DE LA ATTG Y SU POSTERIOR IMPLANTACIÓN Y DESARROLLO. 1.- Definición del objeto del contrato. El presente pliego contrata la elaboración del Plan de Comunicación 2017-2019 del Consorcio Autoridad Territorial del Transporte de Gipuzkoa (ATTG) así como su posterior implantación y desarrollo del contenido del mismo. CPV: 7934110000-7: Servicios de consultoría en publicidad 2.- Entidad contratante. Consorcio Autoridad Territorial del Transporte de Gipuzkoa - Gipuzkoako Garraioaren Lurralde Agintaritza Partzuergoa. ATTG-GGLA Dirección postal: Easo 74, 1ª planta. 20006 Donostia/San Sebastián, Gipuzkoa España. Órgano de contratación. Directora General de la ATTG. Mesa de contratación: Jose Miguel Castejón, Josefa Estrella, Itziar Uranga, Juan Luis Asensio, Segundo Díez, Irma Domingorena. 3.- Presupuesto base de licitación y crédito en que se ampara. Presupuesto: 96.000 euros Base imponible 96.000 euros Importe del I.V.A.: 20.160 euros Importe total: 116.160 euros Anualidades previstas: 3 (2017, 2018, 2019). Valor estimado del contrato (art. 88 TRLCSP): 192.000 Sistema determinación del precio: tanto alzado. El importe total real será en función de las tareas finalmente realizadas. La aplicación presupuestaria de las obligaciones económicas que se derivan del cumplimiento de este contrato, se realizará con cargo a la partida presupuestaria 1.226.03.440.00.2017.
4.- Contrato sujeto a regulación armonizada: No. 5. Solvencia económica, financiera y técnica o profesional. No se exige clasificación. 5.1 Solvencia económica y financiera La empresa licitadora deberá acreditar la solvencia económica y financiera por el siguiente medio previsto en el artículo 75 del TRLCSP: 1. La empresa licitadora deberá acreditar un volumen anual de negocios, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor anual medio del contrato (72.000 ). 5.2 Solvencia técnica o profesional La licitadora acreditará su solvencia técnica o profesional conforme al artículo 78 del TRLCSP, por los medios siguientes: Experiencias en proyectos similares y referencias. Relación de los principales servicios del mismo tipo o naturaleza del objeto de los contratos efectuados en los últimos cinco años, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos. Los servicios efectuados se acreditarán mediante copias de certificados de buena ejecución expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea una entidad privada, mediante la copia del certificado expedido por ésta o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. El requisito mínimo será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución de los últimos cinco en la realización de trabajos de la misma naturaleza, es decir, comunicación institucional, sea igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato (33.600 ). Recursos humanos y técnicos. Acreditación de los medios propios y ajenos, tanto materiales, técnicos como personales a disponer por la empresa ofertante de forma permanente a disposición del presente contrato, ya sea con carácter exclusivo o compartido con otras necesidades o usos. La empresa licitadora deberá contar con un equipo técnico compuesto, como mínimo, por profesionales que cumplan los siguientes requisitos: 1 persona bilingüe licenciada en periodismo (o equivalente): 5 años de experiencia acreditada.
1 persona licenciada en marketing (o equivalente): 5 años de experiencia acreditada. 1 Community manager bilingüe: 3 años de experiencia acreditada. 1 Diseñador/a gráfico: 5 años de experiencia acreditada. Documentación a presentar: Relación nominal de las personas integrantes del equipo de trabajo y Curriculum Vitae de las personas más representativas del equipo, acreditando su experiencia mediante relación detallada de temas trabajados y duración de los mismos, así como la dedicación prevista al presente contrato. La empresa adjudicataria se compromete a suplir en un plazo máximo de 24 horas a cualquiera de las personas inicialmente previstas destinadas a la realización del trabajo, por ausencia y/o eventualidades imprevistas que se puedan producir, por personal con idéntico perfil de la persona sustituida, haciéndose cargo de su formación, si es procedente. La ATTG podrá recusar en cualquier momento a cuantas personas empleadas de la adjudicataria estime no cumplen con los requisitos mínimos exigidos para la prestación del servicio de referencia. 6.- Procedimiento de adjudicación. Tramitación anticipada: NO Tramitación: ordinaria Procedimiento: abierto Pluralidad de criterios de adjudicación. 7.- Criterio de valoración de las ofertas. A) Criterios evaluables de forma automática: SÍ. Precio ofertado: 51 puntos La valoración de la oferta económica, con un máximo de 51 puntos, se obtendrá mediante la aplicación de la siguiente fórmula: CONCEPTO Elaboración de Plan de Comunicación Implantación y desarrollo del contenido del Plan de Comunicación Precio Unitario (sin IVA) Unidades 1 24 meses Precio Unitario Total (sin IVA) En este apartado se valorará la oferta económica, suma de los dos conceptos desglosados, asignando 51 puntos a la más baja (% de baja máximo). El resto
de ofertas se puntuarán mediante la siguiente fórmula: puntuación oferta económica = 51 x (% de baja ofertado / % de baja máximo) Las ofertas con bajas iguales o superiores al 25 % de la media aritmética de las ofertas presentadas se entenderán incursas en presunción de baja desproporcionada, por lo que se valorará su exclusión de la forma prevista en el artículo 152 del TRLCSP. B) Criterios evaluables mediante juicio de valor: SÍ. Oferta Técnica: 49 puntos Los criterios que se utilizarán para la valoración de las ofertas son los que se detallan a continuación: CONCEPTO PUNTUACIÓN OBSERVACIONES Plan de Comunicación 25 puntos Implantación y desarrollo del contenido del Plan de Comunicación. Metodología Organización del Proyecto y 19 Implantación del Proyecto. 5 Se deberá obtener un mínimo de 29 puntos en la propuesta técnica. De no obtenerse dicha puntuación mínima, la licitadora será automáticamente excluida. Composición de la Mesa Técnica y procedimiento para su designación: El Comité de Expertos estará compuesta por 3 miembros, designados por la Directora General de la ATTG, no integrados en el órgano proponente del contrato, publicándose su constitución en el perfil del contratante. El Comité de Expertos estará compuesto por las siguientes personas: Aintzane Lauzirika, Estibalitz Uria y Klara Olasagasti. 8.- Documentación técnica a presentar en relación con los aspectos técnicos.
En el sobre nº 2 se incluirán los siguientes documentos acreditativos de las circunstancias a tener en cuenta en la valoración de la proposición, de acuerdo con los criterios evaluables mediante juicio de valor: 1. Plan de Comunicación:25 2. Implantación y desarrollo del contenido del plan de comunicación. 2.1. Metodología y organización del proyecto.:19 2.2. Implantación del Plan de Comunicación:5 Nota: Las empresas licitadoras, con el fin de preparar sus ofertas, acorde con lo exigido en este pliego, tendrán a su disposición para su consulta en la sede de la ATTG (C/Easo 74 1ª) documentación sobre manuales, procedimientos, planes de gestión y documentación similar. De este modo, podrán conocer de primera mano la estrategia de comunicación seguida hasta la fecha, así como tener un mayor conocimiento de los procesos de la ATTG. Las personas interesadas deberán ponerse en contacto con la ATTG para fijar fecha/hora para consultar esta documentación. (Ver apartado 25 de esta carátula). 9.- Condiciones Especiales de Ejecución: Sí. 9.1. Disponibilidad e inmediatez del servicio: La contratista, al comienzo de los trabajos, deberá acreditar la implantación y adscripción de medios humanos e infraestructura adecuada en Gipuzkoa para la ejecución del presente contrato, que garantice un servicio disponible inmediato. Este requisito se exigirá a partir del inicio de los trabajos. 9.2 Condiciones lingüísticas: Este contrato se halla sujeto al régimen de doble oficialidad lingüística establecido por el Estatuto de Autonomía del País Vasco en su artículo 6ª y regulado por la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del euskera, y por la normativa que lo desarrolla. El uso de ambas lenguas oficiales constituye una condición de ejecución del contrato y de su incumplimiento se derivan las consecuencias previstas con carácter general para el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas de este contrato. En la ejecución de contrato, han de observarse las concretas condiciones lingüísticas de ejecución establecidas en la correspondiente cláusula del pliego. 9.3 Igualdad: En la realización de las tareas objeto del contrato deberá tenerse en cuenta la legislación vigente en materia de igualdad de mujeres y hombres y en especial la Norma Foral 2/2015, de 9 de marzo, para la igualdad de mujeres y hombres. (BOG, Nº 50 16/03/2015). La entidad adjudicataria deberá emplear un uso no sexista del lenguaje y de las imágenes, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos
sexistas y fomentar una imagen con valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, corresponsabilidad y pluralidad de roles e identidades de género. Se tendrá en cuenta la perspectiva de género en todos los informes, escritos, recogida de datos, estadísticas, etc. que se deriven de la ejecución del contrato. El contenido de la presente cláusula constituye una condición de ejecución del contrato y de su incumplimiento se derivan las consecuencias previstas con carácter general para el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas de este contrato. 9.4 Condiciones de tipo social: La empresa contratista debe cumplir durante la ejecución del contrato las concretas condiciones especiales de ejecución relativas a la calidad de empleo y derecho laborales básicos en relación con el cumplimiento de ordenanzas laborales o convenios colectivos, y de seguridad y salud laboral. 10.- Garantía provisional. Procede: NO 11.- Admisibilidad de variantes. Procede: NO 12.- Medios electrónicos. Licitación electrónica. Se admite la presentación de ofertas por medios electrónicos: No. Tablón de anuncios electrónico como medio de comunicación de defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada: Procede: SÍ. 13.- Garantía definitiva. Procede: SÍ Importe: 5 por 100 del importe de adjudicación del contrato, I.V.A. excluido. 14.- Garantía complementaria (artículo 95.2 del TRLCSP). Procede: NO 15.- Pólizas de seguros. Procede: SÍ Tipo de pólizas: responsabilidad civil. Importe: 5 por 100 del importe de adjudicación del contrato, I.V.A. excluido. 16.- Programa de trabajo. Obligación de presentar un programa de trabajo: SÍ 17.- Plazo de ejecución. Total: 24 meses. Fecha inicio ejecución del contrato: fecha formalización del contrato.
Recepciones parciales: SÍ. El plan de Comunicación se entregará en el plazo de 15 días hábiles desde la formalización del contrato. Procede la prórroga del contrato: Sí. De producirse dicha prórroga, se ejecutará mediante notificación de la ATTG a la contratista cursada con una antelación de 2 meses a la terminación del plazo de ejecución del contrato. Duración máxima del contrato incluidas las prórrogas: 4 años 18.- Penalizaciones. SI. Infracciones. Las infracciones que cometa la contratista en la ejecución de los trabajos se calificarán como graves o leves. Tendrán la consideración de infracciones graves: -La demora en más de un mes del comienzo de la prestación del servicio o la cesación en la prestación del mismo, salvo causas de fuerza mayor. -La realización de los trabajos de forma manifiestamente irregular. -La desobediencia a las instrucciones de los responsables del servicio encargado de la vigilancia de la prestación, relativas al desarrollo del trabajo, y, en general, a las normas que regulan la prestación de los mismos. Tendrán la consideración de infracciones leves todas las demás no previstas anteriormente y que, de algún modo, signifiquen detrimento de las condiciones establecidas en este Pliego, con perjuicio no grave en la prestación del servicio. Penalidades Las penalidades que se podrán imponer a la contratista serán las siguientes: b) Falta grave: De 1.000,01 a 3.000,00 c) Falta leve: hasta 1.000,00 Competencia. Estas penalidades se impondrán en virtud de Resolución de la Directora General de la ATTG, previa tramitación del oportuno expediente en que se dará audiencia a la contratista y, en su caso, a la avalista. Pago. El importe de las penalidades será abonado por la contratista a la ATTG dentro del plazo de un mes. Transcurrido este plazo sin que se hubiera abonado el importe de la sanción, podrá detraerse éste de la garantía contractual, quedando obligada la contratista a reponer la cantidad restada dentro del plazo de diez días a contar
desde la fecha en que fuese requerido para ello, o bien detraerse del importe de las facturas pendientes de abono. 19.- Modificaciones previstas del contrato. NO. 20.- Subcontratación. Procede: SÍ Indicación en la oferta de la parte del contrato que se pretenda subcontratar: SÍ 21.-Régimen de pagos. La primera facturación será a la entrega del Plan de Comunicación (en el plazo de 15 días hábiles desde la formalización del contrato) Las restantes facturaciones se harán en los periodos mensuales establecidos, previa certificación de cumplimiento adecuado del servicio por parte de la persona coordinadora. Las facturas emitidas se abonarán a 30 días fecha. Abonos a cuenta por operaciones preparatorias: No proceden. 22.- Revisión de precios. Procede: NO 23.- Subrogación de personas trabajadoras: Procede: No. 24.- Gastos de publicidad de la licitación imputable a la adjudicataria: Procede. Si 25.- Información sobre el contrato cuyo carácter confidencial debe respetar la contratista: Sí. Dado que existe documentación complementaria a los pliegos de prescripciones técnicas de carácter confidencial por contener información sensible de la ATTG- GGLA, esta no se publicará en su perfil de contratante, si bien se pondrá a disposición para su consulta de todos aquellas empresas interesados en concurrir en la licitación que lo soliciten y se comprometan a observar la obligación de confidencialidad respecto del contenido de dicha documentación de conformidad con el Anexo I7 de los pliegos de cláusulas administrativas particulares. La solicitud de la consulta se realizará por escrito (cumplimentando el Anexo XVII) al órgano de contratación por aquellos licitadores con interés legítimo en la licitación, debiendo así justificarlo y acreditarlo mediante la aportación de copia de escritura de constitución de la sociedad (a los efectos de comprobar el alcance del objeto social respecto del objeto del contrato), durante el plazo de presentación de las ofertas.
26.- Forma de constatación por la Administración de la correcta ejecución del contrato: La persona designada como Coordinadora del servicio de comunicación realizará el seguimiento y análisis final del trabajo realizado. 27.- Plazo de garantía: No procede.