BASES LEGALES Concurso Sorteo iphone X 1.- Compañía organizadora Esta promoción está organizada por la empresa Compañía Trasmediterranea, S.A, en adelante Trasmediterranea, con CIF A28018075 y domicilio en Calle Anabel Segura, 11, Complejo Albatros, Edif D, Planta 2ª, 28108, en Alcobendas, Madrid. Trasmediterranea tiene previsto realizar una promoción que se desarrollará de conformidad con lo establecido en las presentes bases. 2.- Requisitos para participar Podrá participar en la promoción, cualquier persona mayor de edad en plenas facultades que haya realizado una compra utilizando el código promocional asociado a la campaña jóvenes universitarios y terminado en ***********18 3.- Mecánica de la promoción Quien cumpliendo los requisitos anteriores desee tomar parte en el presente concurso deberá haber comprado un billete con Trasmediterranea entre el 04/06/2018 y el 15/07/2018 a través de la web www.trasmediterranea.es, ventanillas y el 902454645. Entre todas las personas ( compradores ) que hayan realizado sus compras de billetes en ferry en esas fechas con las condiciones especificadas, se realizará un sorteo aleatorio a través de herramienta aleatoria pública, comprobable y justificable. Se comunicará el ganador y vía Twitter en redes sociales. Para poder comunicárselo personalmente, deberá haber indicado en el momento de la compra un teléfono o email de contacto, si no se puede contactar, el premio quedará desierto. Si además, el concursante que ha realizado la compra, en el momento de realizar el sorteo se ha registrado como usuario en la página web de Trasmediterranea aceptando las condiciones del servicio y la política de privacidad, multiplicará por cuatro sus participaciones (posibilidades) de ganar el iphone X, es decir: un comprador no registrado tendrá una participación y un comprador registrado 4 participaciones. 4.- Duración Los participantes podrán participar en el concurso entre el entre el 04/06/2018 y el 15/07/2018 mediante la compra de sus billetes con Trasmediterránea. 5.- Elección del ganador Podrán optar a un iphone X anteriormente. todos los compradores de billetes en las fechas indicadas
Se realizará un sorteo el día 25/07/2018 y posteriormente se comunicará los ganadores vía twitter y personalmente al ganador. 6.- Premio Habrá un total de 1 ganador del premio consistente en un iphone X 64 GB valorado en 1.159. El premio no es canjeable por su valor económico. 7.- Comunicación al ganador/a El ganador será anunciado a través de su email o teléfono siempre que haya dejado una vía de comunicación. Si no se puede localizarle, el premio quedará desierto, no hay reserva de ganadores. Si en algún momento Trasmediterranea solicita DNI/Pasaporte o algún dato referente a la compra realizada para comprobar la autenticidad, el cliente tendrá que facilitarle la información para poder obtener el premio. Si en el paso de 7 días desde la comunicación de los ganadores del sorteo, los ganadores no son localizados, el premio quedará desierto. En ningún caso es un premio transferible a otras personas. Solo se otorga sobre la compra premiada, no sobre ninguna otra compra realizada en otras líneas u otras personas. 8.- Exención de responsabilidad por mal funcionamiento de la red La empresa organizadora no se hace responsable del mal funcionamiento de las redes de comunicación electrónicas que impidan el normal desarrollo del concurso por causas ajenas a la empresa y especialmente por actos externos de mala fe. Tampoco será responsable la empresa organizadora por los problemas de transmisión o pérdida de datos no imputables a la misma. 9.- Protección de datos/ Derechos de imagen Mediante la aceptación de estas bases, todos los participantes consienten expresamente que sus datos sean almacenados y tratados con la finalidad de poderles remitir, incluso por medios electrónicos, información sobre las actividades, novedades comerciales, promociones, publicaciones y/o cualquier otra información de Trasmediterranea que pueda resultar de su interés. Trasmediterranea garantiza el tratamiento confidencial y con pleno respeto a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, de los datos personales que le sean proporcionados por los participantes, los cuales serán incorporados a un fichero del que Trasmediterranea será titular y responsable. Los datos serán tratados con la doble finalidad promocional, en los términos antedichos, y de gestión del premio.
A la aceptación del premio, el/la ganador/a otorgará su consentimiento a Trasmediterranea para la utilización, publicación y reproducción en todo el mundo y sin limitación, por parte de Trasmediterranea de su imagen y nombre en cualquier tipo de publicidad, promoción, publicación, incluido Internet, o cualquier otro medio de la naturaleza que sea, con fines comerciales o informativos siempre que estos se relacionen con el presente concurso, sin reembolso de ningún tipo para el participante y sin necesidad de pagar ninguna tarifa. Asimismo, con la aceptación del premio, el/la ganador/a otorgará su consentimiento a Trasmediterranea para la utilización, publicación y reproducción en todo el mundo y sin limitación, por parte de Trasmediterranea de su foto/s participante/s en cualquier tipo de publicidad, promoción, publicación, incluido Internet, o cualquier otro medio de la naturaleza que sea, con fines comerciales o informativos, sin reembolso de ningún tipo para el participante y sin necesidad de pagar ninguna tarifa, y sin necesidad de citar la autoría. Para el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición, deberá remitirse un escrito a Trasmediterranea identificado con la referencia Protección de Datos, en el que se concrete la solicitud correspondiente y al que acompañe fotocopia de su documento identificativo oficial a la siguiente dirección: Calle Anabel Segura 11, Complejo Albatros, Edificio D,2º, Alcobendas (Madrid) 28108. Además, si lo desea, podrá oponerse a alguno de los concretos tratamientos mencionados en este apartado por el mismo medio, debiendo indicar en ese caso el tratamiento específico al cual se opone. 10.- Datos Personales La mecánica de la acción exige que los datos sean facilitados de forma veraz y completa. Si los datos de carácter personal fueran inciertos e incompletos, Trasmediterranea quedaría liberada, respecto de los casos concretos, del buen fin de la acción y de cualquier consecuencia relacionada con lo anterior, el/la participante no podrá ser considerado/a ganador/a. 11.- Exención de responsabilidad Cualquier pregunta, comentario o queja en relación con la promoción deberá remitirse a Trasmediterranea por cualquiera de los medios de contacto indicados en la web www.trasmediterranea.com. 12.- Aceptación de bases Los participantes, por el mero hecho de participar en el presente concurso, aceptan las bases de la presente promoción y el criterio de Compañía Trasmediterranea S.A en cuanto a la resolución de cualquier cuestión derivada del desarrollo de la presente promoción. Compañía Trasmediterranea S.A se reserva el derecho de anular la promoción en cualquier momento, excluir a aquellos participantes cuya conducta o abuso lo haga aconsejable para el buen desarrollo de la promoción o modificar las presentes bases en caso que se aprecie, justificadamente, la concurrencia de circunstancias que pudieran influir en la objetividad y transparencia de la promoción.
Cualquier incidencia que pueda surgir y que no se encuentre reflejada en las presentes bases será resuelta por Compañía Trasmediterranea S.A, según su criterio, sin que quepa reclamación alguna. 13.- Derechos reservados Compañía Trasmediterranea S.A se reserva el derecho de realizar cualquier modificación en el desarrollo del concurso, así como a denegar el premio por no ajustarse a las presentes bases. 14.- Fiscalidad A los regalos, les será de aplicación la Ley 35/2006 de 28 de Noviembre por la que se aprueba el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las Leyes sobre los Impuestos de Sociedades, sobre la Renta de no Residentes, y sobre el patrimonio; el Real Decreto nº439/2007 de 30 de Marzo, por el que se aprueba su Reglamento y sus modificaciones posteriores; el Real Decreto Ley 20/2011 de 30 de Diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público, en su Disposición Final Segunda Punto 4; Disposiciones Transitorias Primera y Tercera de la Ley 13/2011 de 27 de Mayo, de Regulación del Juego; la disposición adicional primera de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre de Modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicio y su ejercicio, y el artículo 48, apartado 6, y apartado 7, número 12 de la Ley 13/2011, de 27 de Mayo de Regulación del Juego y el procedimiento para su presentación telemática y demás disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo por lo que, en su caso se realizará el ingreso a cuenta o la retención procedente, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante, IRPF). De conformidad con la citada normativa, se informará a los Participantes en la presente Promoción de que los premios concertados por la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios están sujetos a retención o ingreso a cuenta de IRPF siempre que el valor del premio sea superior a trescientos euros (300 ). En relación con lo anterior, y en cumplimiento de la normativa fiscal vigente, TRASMEDITERRANEA practicará la correspondiente retención e ingreso a cuenta por cada uno de los premios entregados y, en su momento, expedirá la oportuna certificación que facilite al practicante el cumplimiento de sus obligaciones fiscales al tener que incorporar en cada una de las declaraciones de IRPF de los ganadores. Con el fin de que puedan ser efectuadas las retenciones mencionadas en el punto anterior, el ganador deberá firmar todo caso un escrito justificativo de la recepción del premio, al recibir el mismo y entregar fotocopia de su DNI. En caso contrario, perdería su derecho a la recepción del premio. La cumplimentación de los datos personales y fiscales de los ganadores necesarios para la entrega de los premios tiene carácter obligatorio, de forma que la ausencia de cualquiera de dichos datos supondrá la pérdida del derecho a la recepción del premio.
15.- Jurisdicción y ley aplicable. Para el conocimiento de cualquier tipo de litigio que pudiera plantearse en cuanto a la interpretación o aplicación de las presentes bases, tanto Trasmediterranea como los participantes en esta promoción se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales de Alcobendas con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiere corresponderles. 16.- Aceptación. El participante, por el mero hecho de participar en el presente sorteo, acepta las Bases de la presente promoción. COMPAÑÍA TRASMEDITERRANEA, S.A. se reserva el derecho de anular la promoción en cualquier momento, excluir a aquellos participantes cuya conducta o abuso lo haga aconsejable para el buen desarrollo de la promoción o modificar las presentes bases en caso que se aprecie, justificadamente, la concurrencia de circunstancias que pudieran influir en la objetividad y transparencia de la promoción. Cualquier incidencia que pudiera surgir y que no se encuentre reflejada en las presentes bases será resuelta por COMPAÑÍA TRASMEDITERRANEA, S.A., según su criterio, sin que quepa reclamación alguna.