ANEXO 2 Instructivo en materia de Competencia Económica para el Cambio de Frecuencias de estaciones de Radiodifusión Sonora que operan en la Banda de Amplitud Modulada a Frecuencia Modulada. Las personas interesadas en obtener una autorización para realizar el cambio a la Banda de Frecuencia Modulada de estaciones de Radiodifusión Sonora que operan actualmente en la Banda de Amplitud Modulada deberán presentar la información y la documentación requeridas en este Instructivo. Esta información y la documentación deberán adjuntarse a la Solicitud de Cambio de Frecuencia que se presente ante el Instituto, de conformidad con el artículo 4, inciso C, de los presentes Lineamientos. La información y documentación requerida, se utilizarán para determinar los siguientes elementos: i) Identificar a los concesionarios solicitantes, en su dimensión de Grupo de Interés Económico, y considerando las personas con las que ese grupo tenga vínculos de tipo comercial, organizativo, económico o jurídico, involucrados en el cambio de frecuencias de la Banda de Amplitud Modulada a la Banda de Frecuencia Modulada, y ii) Evaluar los efectos en la acumulación de espectro radioeléctrico, con el fin de prevenir fenómenos de concentración contrarios al interés público que afecten el proceso de competencia y libre concurrencia. El presente Instructivo lo emite el Instituto de conformidad con lo dispuesto en los artículos 28, párrafos décimo primero, décimo quinto y décimo sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 7, 15, fracciones I y XXVIII, y 54 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión y 4 de los Lineamientos, en relación con los artículos 58, 59, 61, 63 y 64 de la Ley Federal de Competencia Económica. La información y la documentación requeridas en este Instructivo se sujetarán a lo siguiente: 1) Debe presentarse por escrito, como parte integral de la Solicitud de Cambio de Frecuencia, en la oficialía de partes de este Instituto, así como en formato electrónico a través de un dispositivo de almacenamiento portátil (USB o CD) en aplicaciones de formato abierto de hojas de cálculo y/o procesadores de texto. Los archivos electrónicos deberán guardar plena identidad con los ejemplares impresos. En caso de diferencias, se tomará en cuenta la información presentada por escrito. 2) Deberá presentarse en idioma español. No obstante, podrá presentarse información y documentación en idioma distinto al español, sin perjuicio de que el Instituto pueda solicitar a los Agentes Económicos que se realice la traducción al idioma español, por un perito traductor, de los aspectos que considere relevantes. Las traducciones realizadas por perito traductor serán a costa del interesado. En caso que no realice la traducción que ordene el Instituto, se tendrán por no presentados los documentos. 3) La información será clasificada y resguardada como pública, confidencial o reservada conforme lo acrediten los interesados. Por información confidencial debe entenderse aquélla que de divulgarse pueda causar un daño o perjuicio en la posición competitiva de quien la haya proporcionado, contenga datos personales cuya difusión requiera su consentimiento, pueda poner en riesgo su seguridad o cuando por disposición legal se prohíba su divulgación. No podrá considerarse como información confidencial aquélla que se encuentre en registros públicos o fuentes de acceso público. 4) En caso de que la información y la documentación requerida ya obre en los expedientes del Instituto, debe señalar para qué trámite, procedimiento, número de expediente y/o área fue proporcionada, así como referir el contenido de la misma. Las dudas y aclaraciones referentes al presente Instructivo serán atendidas por la Dirección General de Concentraciones y Concesiones adscrita a la Unidad de Competencia Económica del Instituto a través de los números telefónicos 5015-4047 y 5015-4274 o de manera presencial en el domicilio del Instituto (Insurgentes Sur 1143, Col. Nochebuena, Delegación Benito Juárez, Ciudad de México, C.P. 03720) previa cita, que se podrá solicitar a través del número telefónico (55) 5015-4047 y/o los correos electrónicos manuel.hernandez@ift.org.mx y cesar.arias@ift.org.mx en horas hábiles de lunes a jueves en horario de 9:00 a 18:30 horas y viernes de 9:00 a 15:00 horas.
Información y documentos requeridos 3. INFORMACIÓN ECONÓMICA 3.1. Identifique todos y cada uno de los títulos de concesión o permisos que detentan de manera directa o indirecta en radiodifusión sonora, cada una de las siguientes personas: El solicitante, Los Relacionados Accionistas, Los Relacionados por, Los Relacionados por Participación, y/o Relacionados por Participación Directiva. Para cada uno de los títulos identificados debe identificar: 1) Nombre o razón social del concesionario o permisionario, 2) Homoclave del concesionario o permisionario, 3) Tipo de concesión (comercial, social, permiso o de telecomunicaciones), 4) Concesión o permiso (número en el Registro Público de Concesiones), 5) Distintivo de llamada, 6) Banda, 7) Frecuencia, 8) Productos y/o servicios relacionados con radiodifusión y telecomunicaciones que ofrecen, 9) Localidad donde se ubica la estación asociada, 10) Localidad(es) Obligatoria(s)/ Principal(es) a servir, y 11) Localidades donde tiene cobertura (distintas a las identificadas en el inciso 10). Presente esta información en el Formato 5 en las columnas 1 a 11 correspondientes. 3.2. Identifique el distintivo y la frecuencia de las estaciones de radio abierta, por localidad, que se encuentren afiliadas, directa o indirectamente, para transmitir contenidos y/o publicidad, a las siguientes personas: El solicitante, Los Relacionados Accionistas, Los Relacionados por, y Los Relacionados por Participación. Para efecto de este Instructivo, se entenderá que existen vínculos o relaciones de afiliación cuando los contratos, convenios o acuerdos, formales o informales, independientemente de quien los firme, permitan u obliguen a un concesionario (afiliado), a través de su estación concesionada, a destinar desde el 15% (quince por ciento) 1 hasta la totalidad de su tiempo de contenido programático a retransmitir las señales de canales de programación pertenecientes a la empresa a la cual se afilia (Tiempo de Retransmisión). La afiliación puede consistir en las siguientes relaciones: a) La afiliada paga a la empresa que afilia un monto monetario por el licenciamiento de la retransmisión de contenidos. En estos casos, generalmente, el afiliado es quien inserta y cobra por la publicidad dentro de la programación. 1 Este porcentaje es semejante al utilizado por referencias internacionales. Al respecto, el Código de Regulación Federal de los Estados Unidos de América en el Apartado de Telecomunicaciones (C.R.R. 73.3555), precisa que cuando se lleve a cabo un contrato de retransmisión de contenido (programación o publicidad) en radio o televisión, en el que la estación que afilia adquiere más del 15% (quince por ciento) del tiempo de transmisión semanal de la estación afiliada y ambas estaciones pertenecen al mismo mercado, las partes que tengan un interés competente en la estación que afilia estarán sujetas a las limitaciones de propiedad establecidas en el Código, y además, la empresa afiliada deberá certificar por escrito que mantendrá el control financiero, de personal y de programación de la estación.
b) La empresa que afilia paga al afiliado un monto monetario por la retransmisión de contenidos. En estos casos, generalmente, el afiliado retransmite íntegramente la señal y es la empresa que afilia quien inserta y cobra por la publicidad. c) El afiliado retransmite el contenido de la empresa que afilia y cada uno inserta y cobra por publicidad un porcentaje del tiempo total disponible para esos fines. El porcentaje de tiempo de retransmisión se calcula de la siguiente forma: Donde: TR (numerador): Total del tiempo a la semana (se considera el total del tiempo de lunes a viernes de las 6:00 a las 23:00 horas) que el afiliado retransmite contenido y/o publicidad de la empresa que afilia, puede ser en horas o minutos. Para efectos de calcular el TR se deberá contabilizar el tiempo que dura la retransmisión de los contenidos/programas pertenecientes a la empresa que afilia, incluyendo el correspondiente a las inserciones publicitarias, independientemente de quién comercialice el tiempo de publicidad. TT (denominador): Total del tiempo a la semana (se considera el total del tiempo de lunes a viernes de las 6:00 a las 23:00 horas) del que dispone el afiliado para transmitir contenido y/o publicidad, puede ser en horas o minutos. Al momento de calcular el porcentaje debe usarse la misma unidad de medida de tiempo en el numerador y el denominador, es decir, si el numerador se contabiliza en minutos, también el denominador debe contabilizarse en minutos. De aquí en adelante, a los concesionarios de estaciones de radio abierta, identificados se les denominará Relacionados por Afiliación. Para cada uno de los Relacionados por Afiliación debe identificar: 1) Nombre o razón social, 2) Homoclave, 3) Concesión (Número en el Registro Público de Concesiones), 4) Ubicación y principal(es) localidad(es) a servir, 5) Distintivo de llamada, 6) Banda, 7) Frecuencia, 8) Descripción de la relación por afiliación, 9) Total ingresos generados por las relaciones de afiliación durante el último año, especificando el porcentaje que representan respecto de los ingresos totales (montos anuales de dos mil quince) del afiliado, 10) Porcentaje de tiempo que representan los espacios publicitarios objeto de los contratos, convenios o acuerdos, formales o informales, de afiliación con respecto del total de tiempo de los espacios de publicidad emitido por las estaciones afiliadas (calcular el porcentaje como se indicó anteriormente considerando el tiempo de lunes a viernes de las 6:00 a las 23:00 horas), 11) Porcentaje de tiempo que representan los contenidos sujetos a los contratos, convenios o acuerdos, formales o informales, de afiliación con respecto del total de tiempo de la programación emitida por la estación afiliada (calcular el porcentaje como se indicó anteriormente considerando el tiempo de lunes a viernes de las 6:00 a las 23:00 horas). 12) Copia o principales términos de los contratos, convenios o acuerdos, y 13) Empresa que afilia. Presente esta información en el Formato 6 en las columnas 1 a 13 correspondientes.
3.3. Para cada una de las concesiones identificadas en los numerales 3.1 y 3.2 que tengan como servicio autorizado la explotación comercial del servicio de Radiodifusión Sonora y que tengan cobertura en la misma localidad principal a servir por la estación objeto de la solicitud, identifique con base en la mejor información disponible: 3.3.1. El distintivo y frecuencia de las estaciones competidoras que tengan cobertura de servicio en la localidad; 3.3.2. El concesionario y el Grupo de Interés Económico al que pertenecen tales estaciones competidoras. Formato 1.1 Relacionados Accionistas Formatos Debe emplearse para dar respuesta al Numeral 2.1 del Instructivo (1) (2) (3) (4) (5) (6) Nombre o razón social de los Relacionados Accionistas homoclave Actividades que realiza Tipo de Participación Participación accionaria en el solicitante Participación en porcentaje Persona física 1 Persona física n Persona Moral 1 Persona Moral n Formato 1.2. Relacionados Accionistas que son Personas Morales Debe emplearse para dar respuesta al Numeral 2.1 del Instructivo (1) (2) (3) (4) (5) (6) Nombre o razón social de los Relacionados Accionistas Nombre o razón social de sus socios o accionistas homoclave Actividades que realiza Participación societaria o accionaria Participación en porcentaje Persona Moral 1 Persona Moral n
Formato 2. Relacionados por Debe emplearse para dar respuesta al Numeral 2.2 del Instructivo (1) (2) (3) (4) (5) (6) (7) (8) Participación en el Empleo, cargo o Nombre del Sociedad, asociación homoclave de la capital social (%) comisión que Nombre del homoclave del solicitante o Relacionado Accionista con el que está Tipo de relación de parentesco, consanguinidad, afinidad o civil, 1 o empresa donde participa directa o indirectamente el sociedad, asociación o empresa donde participa el que tiene el en la sociedad, desempeña el en la sociedad, relacionado asociación o asociación o empresa empresa Persona física 1 Persona física n 1 Identificar el grado en términos de los artículos 292 a 300 del Código Civil Federal. Formato 3. Relacionados por Participación Debe emplearse para dar respuesta al Numeral 2.3 del Instructivo (1) (2) (3) (4) (5) (6) (7) (8) Nombre o razón social de los Relacionados por Participación Homoclave Actividades que realiza Nombre o razón social de los socios, accionistas o asociados Homoclave de los socios, accionistas o asociados Número de acciones, partes sociales o unidades de participación, así como % de participación en el capital social Número de acciones con derecho a voto y participación porcentual, con respecto a todas las acciones con derecho a voto Los derechos que, directa o indirectamente, que tenga para designar, nombrar, vetar o destituir a miembros que integren el o los órganos encargados de tomar las decisiones Solicitante, Relacionado Accionista o Relacionado por Solicitante o Relacionado Accionista o Relacionado por
Formato 4. Relacionados por Participación Directiva Debe emplearse para dar respuesta al Numeral 2.4 del Instructivo (1) (2) (3) (4) (5) (6) (7) Nombre o razón social del Relacionado por Participación Directiva homoclave Actividades económicas que realiza Participación que tiene el solicitante, o cada uno de los Relacionados Accionistas, Relacionados por o directivos / administradores de los Relacionados por Participación en el Participación Directiva Nombre de los directivos / administradores de los Relacionados por Participación Directiva homoclave de los directivos / administradores de los Relacionados por Participación Directiva Empleo, cargo o comisión que desempeñan el solicitante, o cada uno de los Relacionados Accionistas, Relacionados por o directivos / administradores de los Relacionados por Participación en el Participación Directiva Formato 5. Concesiones y permisos Debe emplearse para dar respuesta al Numeral 3.1 del Instructivo (1) (2) (3) (4) (5) (6) (7) (8) (9) (10) Nombre o razón social del concesionario o permisionario Homoclave Tipo de Concesión CC (Concesión Comercial) CS (Concesión Social) P (permiso) T (Concesión de Telecomunicaciones) Número de concesión o de permiso en el Registro Público de Concesiones Distintivo de llamada /1 Banda Frecuencia /2 Productos y servicios relacionados con radiodifusión y telecomunicaciones que ofrecen Localidad donde se ubica la estación asociada Área de cobertura que atienden o principal(es) localidad(es) a servir Localidades donde tiene cobertura Notas: 1. Se refiere al distintivo de frecuencia de las estaciones de radio. 2. Se refiere a la frecuencia en la que operan las estaciones de radio.
Formato 6. Relacionados por Afiliación Debe emplearse para dar respuesta al Numeral 3.2 del Instructivo (1) (2) (3) (4) (5) (6) (7) (8) (9) (10) (11) (12) (13) Nombre o Razón Social del Afiliación homoclave Número de concesión en el Registro Público de Concesiones Ubicación y principal(es) localidad(es) a servir. Distintivo de llamada /1 Banda Frecuencia /2 Descripción de la relación por afiliación Total de ingresos generados por la relación de afiliación y porcentaje respecto de ingresos totales del afiliado (montos anuales de dos mil quince) Porcentaje de tiempo que representan los espacios publicitarios objeto del contrato de afiliación con respecto del total de tiempo de los espacios de publicidad emitido por la estacione afiliada (lunes a viernes de 6:00 a 23:00 horas) Porcentaje de tiempo que representan los contenidos sujetos al contrato de afiliación con respecto del total de tiempo de la programación emitida por la estación afiliada (lunes a viernes de 6:00 a 23:00 horas) Copia o principales términos de los contratos, convenios o acuerdos Empresa que afilia /3 Notas: 1. Se refiere al distintivo de llamada de las estaciones de radio. 2. Se refiere a las frecuencias en las que operan las estaciones de radio. 3. Se refiere a la empresa con la cual tiene el contrato de afiliación.