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DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE ORDEN de 30 de noviembre de 2012, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se convocan los Premios Extraordinarios de Formación Profesional en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón, correspondientes al año 2012 y se establecen sus bases reguladoras. Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación establece en su artículo 89 que el Ministerio de Educación y Ciencia, sin perjuicio de las competencias de las Comunidades Autónomas, podrá establecer, por sí mismo o en colaboración con otras entidades, premios y concursos de carácter estatal destinados a alumnos, profesores o centros escolares. En tanto la citada ley regula la convocatoria anual de los Premios Extraordinarios de Formación Profesional, la Orden 2128/2011, de 15 de julio del Ministerio de Educación ( Boletín Ofi cial del Estado de 28 de julio), en su artículo 1 crea los Premios Nacionales de Formación Profesional de grado superior como reconocimiento del rendimiento relevante de los alumnos que hayan terminado sus estudios de Formación Profesional de Grado Superior. El apartado tercero de la orden establece que podrán concurrir a los Premios Nacionales de Formación Profesional de grado superior los alumnos que hayan resultado merecedores de los Premios Extraordinarios convocados en su Comunidad Autónoma. El Decreto 336/2011, de 6 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, en su artículo 2.2 habilita a la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte para establecer las bases reguladoras de las subvenciones gestionadas por el Departamento. Esta orden ha cumplido la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón que establece en su artículo 49 la audiencia e información pública. Por todo lo anterior, conforme a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el año 2013, y con el fi n de realizar la convocatoria de Premios Extraordinarios de Formación Profesional y a propuesta del Director General de Ordenación Académica, dispongo: Primero. Objeto de la convocatoria. Se convocan en régimen de concurrencia competitiva, los Premios Extraordinarios de la Comunidad Autónoma de Aragón de Formación Profesional de Grado Superior correspondientes al año 2012. Segundo. Ámbito. En el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón, podrá concederse un premio por cada familia Profesional. Excepcionalmente el jurado podrá conceder más de un premio por familia. En ningún caso se podrá exceder de 21. Tercero. Requisitos de los participantes. 1. Podrán optar al Premio Extraordinario los alumnos que cumplan los requisitos siguientes: - Haber cursado en centros docentes aragoneses (públicos, concertados o privados) los estudios de Formación Profesional de Grado Superior, tanto en régimen presencial como en régimen a distancia. - Haber fi nalizado esos estudios incluido el módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2012. - Haber obtenido como califi cación fi nal del ciclo cursado una puntuación igual o superior a 8,5. 2. La califi cación fi nal del ciclo formativo se determinará hallando la media aritmética de las califi caciones de los módulos profesionales que tengan expresión numérica y el resultado se consignará con dos cifras decimales. No se tendrán en cuenta en dicho cálculo, las califi caciones de apto, exento o convalidado. Cuarto. Solicitud y documentación. 1. Los alumnos que, reuniendo los requisitos indicados, deseen optar al Premio Extraordinario, se inscribirán en el Centro en el que se encuentre su expediente académico. 2. Los alumnos que estén interesados en participar deberán formalizar su solicitud del 2 al 31 de enero de 2013, ambos inclusive. 3. Los alumnos y los secretarios de los respectivos centros deberán cumplimentar el modelo de inscripción que se incluye como anexo I y el anexo II de la presente convocatoria. 28559

4. Los alumnos presentarán el título de Formación Profesional correspondiente a la Familia Profesional a la que participa, o el resguardo de haberlo solicitado. 5. Asimismo acompañarán a la solicitud de inscripción una relación de los méritos alegados, debidamente justifi cados. 6. Ficha de terceros que se puede obtener en la página web del Gobierno de Aragón: www. aragon.es. 7. De acuerdo con lo establecido en el artículo 71 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común modifi cada por la Ley 4/1999 de 13 de enero, si la solicitud de inscripción no reuniese los requisitos precisos, se requerirá al interesado para que, en el plazo de 10 días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, indicándosele que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, archivándose la misma previa resolución que deberá ser dictada en los términos del artículo 42.1 de la citada ley. 8. Los Secretarios de los centros remitirán al Servicio Provincial de Educación, Universidad, Cultura y Deporte las inscripciones presentadas, en los tres días siguientes a la fi nalización del plazo de inscripción. Los Servicios Provinciales, en un plazo no superior a 5 días desde la recepción de las inscripciones, las remitirán a la Dirección General de Ordenación Académica. Quinto. Selección de premiados y propuesta de resolución. 1. La valoración de las solicitudes se realizará por un Jurado de Selección, cuya composición se determinará por el Director General de Ordenación Académica, y que tendrá en cuenta, además del expediente académico, cualesquiera otros méritos académicos o profesionales. 2. El Jurado de Selección acomodará su actuación a lo dispuesto en el Capítulo II del Título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. 3. Para la valoración de los méritos de los alumnos premiados el Jurado de Selección tendrá en cuenta el siguiente baremo: 1.º) Nota media obtenida en los estudios correspondientes de Formación Profesional de Grado Superior según el anexo II. 2.º) Otros méritos: Cursos de formación complementaria relacionados con la familia profesional por la que se opta al Premio Extraordinario. (Hasta 2 puntos). Participación en proyectos relacionados con la familia de Formación Profesional que ha cursado el aspirante. (Hasta 1 punto). Premios y menciones relacionados con la familia que ha cursado el aspirante. (Hasta 1 punto). Simultaneidad de los estudios con un empleo relacionado con la familia que ha cursado el aspirante. (Hasta 1 punto). 3.º) En caso de empate, el Jurado de Selección podrá tener en cuenta las califi caciones en cada uno de los módulos de los correspondientes estudios de Formación Profesional. 4. Una vez realizada la correspondiente valoración, el Jurado de Selección efectuará propuesta de concesión. Inmediatamente después, se procederá al trámite de audiencia al interesado, de acuerdo con la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. 5. La concesión de los Premios Extraordinarios de Formación Profesional se determinará por orden de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, que se publicará en el. 6. El Jurado podrá proponer desierto alguno de los premios. Sexto. Reconocimiento. 1. La obtención del Premio Extraordinario se anotará en el expediente académico de los alumnos por el Secretario del Instituto en el que se inscribieron, para lo que la Dirección General de Ordenación Académica procederá a enviar a los Centros de los alumnos seleccionados la concesión del Premio Extraordinario. 2. Los alumnos premiados recibirán, además de la cuantía en metálico recogida en el apartado séptimo, un diploma acreditativo de la distinción. 3. La obtención del Premio Extraordinario dará opción a concurrir al correspondiente Premio Nacional. a) A. tales efectos, la Dirección General de Ordenación Académica enviará a la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial del Ministerio de Educación, u órgano competente en su momento, antes del 1 de abril de 2013 la relación de los alumnos que hayan obtenido Premio Extraordinario con opción a concurrir al correspondiente Premio 28560

Nacional, con expresión de la titulación de los mismos así como la copia de sus expedientes académicos b) El alumnado presentará el modelo de inscripción y la documentación exigida en los plazos y lugares que establezca la correspondiente convocatoria estatal. c) A los Premios Nacionales solamente podrá concurrir un alumno de cada Familia Profesional. Séptimo. Asignación económica, características de la ayuda y justifi cación. 1. La dotación económica de cada Premio Extraordinario ascenderá a 600 (seiscientos euros), con cargo a la aplicación presupuestaria 18030/G/4226/480223/91002 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Aragón de 2013, que será ingresada mediante transferencia bancaria. 2. La concesión de las ayudas a las que se refi ere la presente convocatoria queda subordinada, en todo caso, a las disponibilidades presupuestarias que se establezcan en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2013. 3. Estos premios no requerirán otra justifi cación ante el órgano concedente del cumplimiento de la fi nalidad para la que fueron concedidos, que la acreditación por cualquier medio admisible en derecho, de que en el solicitante concurren los requisitos exigidos en esa convocatoria. 4. Corresponde al Director General de Ordenación Académica expedir las certifi caciones acreditativas del cumplimiento de las obligaciones derivadas de la concesión de la subvención, a efectos de su pago. Zaragoza, 30 de noviembre de 2012 La Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, DOLORES SERRAT MORÉ 28561

Boletín Oficial de Aragón ANEXO I INSCRIPCIÓN PREMIOS EXTRAORDINARIOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL AÑO 2012 Apellidos Nombre DNI / Pasaporte Fecha de nacimiento: Teléfono: Dirección ( a efectos de comunicación) Localidad Provincia C.P. Centro ( o centros ) en que cursó sus estudios Adscrito al I.E.S. (sólo para alumnos de centros privados) Localidad Provincia C.P. Ciclo Formativo Familia Profesional Desea participar en la convocatoria para la obtención de los Premios Extraordinarios de Formación Profesional convocados por Orden de En, a de de (firma) EXCMA. SRA. CONSEJERA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE 28562

Boletín Oficial de Aragón ANEXO II El Secretario/a del Centro docente, con domicilio en, de la localidad de, con código postal CERTIFICA: Que Don/Dña. ha finalizado los estudios de en el centro docente, cursando los siguientes módulos profesionales. MÓDULOS HORAS CURSO ACADÉMICO CALIFICACIÓN CALIFICACIÓN MEDIA: En, a de de Firma y sello del centro docente El Secretario/ La Secretaria 28563