SISTEMAS DE EVALUACIÓN Máster en Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas Grado en Educación Infantil Grado en Educación Primaria
- Los sistemas de evaluación de cada una de las asignaturas se ajustarán a lo establecido en las memorias de verificación de ANECA. - El alumnado tiene derecho a conocer el sistema de evaluación de cada asignatura al comienzo de curso. - Los programas de las asignaturas contendrán los sistemas de evaluación y se indicará todo lo relativo a la evaluación. - Los programas, anexos y guías docentes detallan los sistemas de evaluación empleados en cada una de las asignaturas. - Cada alumno/a matriculado/a en el Máster en Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas tiene derecho a dos convocatorias; y el Grado en Educación Infantil y el Grado en Educación Primaria tiene derecho a un total de seis convocatorias, cuatro ordinarias y dos de gracia. - Las asignaturas que cuentan con diferentes grupos de docencia tienen que compartir el mismo criterio en el sistema de evaluación y el número de convocatorias. - La evaluación final que se refleja en el acta es la que corresponde al sistema de evaluación de cada una de las asignaturas. - Los sistemas de evaluación de las asignaturas serán los establecidos en los programas y guías de las correspondientes asignaturas. Podrán ser objeto de modificación durante el curso académico por causa razonada y justificada. Al alumnado se le informará con la antelación suficiente de las modificaciones que se introduzcan. - El período de exámenes se reflejará en el calendario académico. - El sistema de calificaciones será el que figura en el Real Decreto 1.125/2003, de 5 de septiembre: Suspenso:0-4,9; Aprobado: 5-6,9; Notable: 7-8,9; Sobresaliente: 9-10. La mención de Matrícula de honor será otorgada por el profesor, y en base al expediente, al 5% de los alumnos con calificación de sobresaliente, salvo que el número de alumnos matriculados sea inferior a 20, en cuyo caso se concederá una sola Matrícula de Honor. - El profesor requerirá la identificación de los estudiantes en cualquier momento del examen. Dicha identificación se podrá realizar exclusivamente mediante el D.N.I., el carné del alumno de la UCAM, o cualquier otro documento admitido en derecho. 1
- Los alumnos tendrán derecho, si así lo requieren, a que se les facilite un documento justificativo de haber realizado examen. - Los alumnos serán evaluados de acuerdo con los criterios que figuren de forma en la asignatura y que, en general, se basarán, en alguno o algunos de los siguientes aspectos: a) Asistencia y participación en clases teóricas, seminarios y otras actividades complementarias. b) Realización de prácticas y trabajos en talleres, en laboratorio, en aulas de informática y trabajos de campo. c) Presentación de trabajos, ensayos o informes relacionados con el contenido de la asignatura. d) Pruebas de progreso, examen parcial y examen final. e) Otras actividades específicas que garanticen la evaluación en relación con la asignatura. - Los Trabajos Fin de Máster y de Grado serán evaluados por las Comisiones designadas, compuestas por varios profesores. El Trabajo Fin de Máster y de Grado se presentará por escrito, debidamente encuadernado y se defenderá públicamente ante un tribunal en la UCAM, con el visto bueno de su tutor/director. La evaluación contiene los siguientes elementos: Aspectos formales y metodológicos. Relevancia y originalidad del trabajo. Exposición y defensa. - La evaluación del Practicum se realizará mediante los informes del tutor de la Universidad, los informes del tutor del centro educativo y el trabajo escrito que realizará el alumno/a. - El plagio parcial de cualquier texto se penalizará con un cero en la práctica, y el plagio parcial de dos o más textos o el plagio total de un trabajo supondrán el suspenso automático de la asignatura. 2
Los alumnos/as que no puedan realizar examen en las fechas previstas Para que un alumno/a pueda ser examinado de una asignatura en fecha distinta al examen programado de conformidad con el calendario de exámenes hecho público en su momento, deben darse las siguientes circunstancias: a. La causa por la que no pudo asistir al examen programado debe ser sobrevenida y de fuerza mayor. b. Las causas alegadas deben justificarse fehacientemente. El estudiante deberá comunicar al profesor de la asignatura mediante email que no puede realizar el examen en las fechas previstas, además de justificar la causa. Será el profesor quien señale la fecha, hora y lugar del examen. Custodia de exámenes Una vez llevada a cabo la evaluación de una asignatura, mediante los sistemas de evaluación que corresponde a cada asignatura, tendrán que estar en custodia del profesorado, hasta la convocatoria siguiente dentro del mismo curso académico. Y, en todo caso, hasta tres meses después de la última convocatoria en la que haya participado el alumno/a aquel curso. A partir de este plazo las pruebas se podrán destruir. Revisión Revisión Ordinaria Una vez realizada la evaluación (en la modalidad que se establezca), el profesorado de la asignatura hará públicas las notas y el plazo de la revisión ordinaria. Este plazo deberá empezar, como mínimo, 24 horas después de la publicación de las notas o el mismo día, si se ha anunciado públicamente con anterioridad. 3
Revisión Extraordinaria En caso de disconformidad con la revisión ordinaria, el alumnado dispondrá de 10 días, para pedir una revisión extraordinaria. Esta revisión deberá pedirse mediante una solicitud dirigida al Vicedecanato de Magisterio. El Equipo Directivo del Máster/Grado propondrá el nombramiento de un tribunal revisor en el plazo máximo de un mes. De forma extraordinaria, el Equipo Directivo podrá nombrarlo directamente. Formarán parte de este tribunal tres profesores del Título de Máster/Grado, En ningún caso puede formar parte del tribunal el profesor que es directamente responsable. Uno de ellos/as, actuará de Presidente del tribunal. El tribunal se hará público y se notificará a la persona interesada. El tribunal resolverá la solicitud en el plazo máximo de un mes, a partir de la fecha de constitución. En el caso de que una evaluación sea revisada, el mismo tribunal se encargará de atribuirle la nota correspondiente y de notificarlo al interesado/a. Revisión de evaluaciones orales Dado que las evaluaciones orales (Trabajo Fin de Máster/Trabajo Fin de Grado entre otros) no contienen pruebas documentales, el tribunal la resolverá sin estas, sobre la base de las alegaciones del solicitante y de los informes presentados. El tribunal de revisión no puede revisar ni analizar las materias preguntadas en la prueba o su conveniencia sino el contenido de las respuestas y su adecuación y calidad. En Murcia a 1 de septiembre de 2009 4