CIRCULAR INFORMATIVA No. 044 CIR_GJN_BNR_044.16

Documentos relacionados
Las modificaciones contempladas en el Acuerdo son como a continuación se indica:

SECRETARIA DE ECONOMIA

CIRCULAR INFORMATIVA No. 001 CIR_GJN_ATS_001.18

SECRETARIA DE ECONOMIA

CIRCULAR AAANAC-P Nogales, Sonora., a 28 de diciembre de Asunto: Se modifica la regla 2,3,3, AGENTES ADUANALES ASOCIADOS:

D. O. F. 15 de abril de 2004.

CIRCULAR INFORMATIVA No. 019 CIR_GJN_ATS_019.16

SECRETARIA DE ECONOMIA

CIRCULAR INFORMATIVA No. 011 CIR_GJN_ATS_011.17

SECRETARIA DE ECONOMIA

Viernes 13 de diciembre de 2013 DIARIO OFICIAL (Primera Sección)

CIRCULAR INFORMATIVA No. 17 CLAA_GJN_IMH_ Ciudad de México, a 07 de febrero de 2017

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

CIRCULAR INFORMATIVA No. 031 CIR_GJN_ATS_031.16

SECRETARIA DE ECONOMIA

SECRETARIA DE ECONOMIA

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

28 de noviembre de 2006 DIARIO OFICIAL

CIRCULAR INFORMATIVA No. 045 CIR_GJN_IMH_045.17

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA

SECRETARIA DE ECONOMIA

ANEXO 10 DE LAS REGLAS GENERALES DE COMERCIO EXTERIOR PARA Sect o r es y f r acciones ar ancelar ias. A. Padrón de Importadores Sectorial.

CIRCULAR INFORMATIVA No.196 CIR_MRHL_195.14

Jueves 28 de diciembre de 2017 DIARIO OFICIAL (Décima Sección)

Jueves 28 de diciembre de 2017 DIARIO OFICIAL (Décima Sección) 83

El día de hoy se publicó en el Diario Oficial de la Federación la siguiente información relevante en materia de comercio exterior:

16 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 20 de octubre de 2011

Departamento de Compilación

SEGUNDA SECCION SECRETARIA DE ECONOMIA

A continuación se detallan los puntos más relevantes del presente Anteproyecto:

N.I. 061/ 2017 NOTA INFORMATIVA

1. Regla señala nuevas definiciones para efectos del citado Acuerdo.

Capítulo Segundo, Autotransporte de Pasajeros. Autotransporte de Pasajeros

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

A continuación se detallan los puntos más relevantes del presente Anteproyecto:

Que el pasado 26 de mayo de 2012, el Gobierno del Estado publicó el Programa de Verificación Vehicular del Estado de Chihuahua, mediante el cual se

SECRETARIA DE ECONOMIA

07 de septiembre de 2005 DIARIO OFICIAL

REGLA Se adiciona para ser considerada dentro de este supuesto la fracción IV, del artículo 7 del anexo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE EL IMPUESTO GENERAL DE IMPORTACIÓN PARA LA REGIÓN FRONTERIZA Y LA FRANJA FRONTIRIZA NORTE

CIRCULAR INFORMATIVA No. 021 CIR_GJN_ATS_021.17

SECRETARIA DE ECONOMIA

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

CIRCULAR INFORMATIVA No. 058 CLAA_GJN_PABV_058.16

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.- Secretaría de Salud.

SECRETARIA DE ECONOMIA

Jueves 6 de junio de 2013 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 74

CIRCULAR INFORMATIVA No. 27 CLAA_GJN_IMH_27.17/ Ciudad de México, a 01 de marzo de 2017

CONTENIDO: Boletín Informativo ASUNTO: Cupo de Asignación directa para importar azúcar en el 2010.

SECRETARIA DE ECONOMIA

CIRCULAR INFORMATIVA No. 042 CIR_GJN_IMH_042.17

CIRCULAR INFORMATIVA No. 62 CIR_ELC_062.10

SECRETARIA DE ECONOMIA

Acuerdo que modifica al diverso por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior.

ARTICULO 2.- Se modifican los ARTICULOS 17 y 18 del Acuerdo que se señala en el ARTICULO 1 del presente ordenamiento, para quedar como sigue:

Numeral 8.- Mercancías de importación sujetas a presentación de aviso automático.

Resolución anticipada de modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2017 y sus Anexos 1-A, 10, 21 y 22

DIARIO OFICIAL Lunes 26 de diciembre de 2011

CIRCULAR INFORMATIVA No. 208 CIR_LBTP_208.06

A continuación se detallan las modificaciones contempladas en el presente Anteproyecto:

Lunes 26 de marzo de 2012 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección)

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.- Servicio de Administración Tributaria.

SECRETARIA DE ECONOMIA

CIRCULAR INFORMATIVA No. 081

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

Viernes 1 de diciembre de 2017 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 1

Jueves 8 de mayo de 2014 DIARIO OFICIAL (Primera Sección)

SEGUNDA SECCION PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE ECONOMIA

A TODA LA COMUNIDAD DE COMERCIO EXTERIOR y ADUANAL:

N.I. 035/ 2018 NOTA INFORMATIVA

SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES BOLETA DE INFRACCION POR EXCESO DE DIMENSIONES

SECRETARIA DE ECONOMIA

Lunes 26 de marzo de 2012 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección)

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

CIRCULAR INFORMATIVA No. 005 CLAA_GJN_BNR_005.16

PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE ECONOMIA

Segundo.- Al cupo de importación a que se refiere el presente Acuerdo se aplicará el mecanismo de asignación directa conforme a la tabla siguiente:

Normas Oficiales Mexicanas SCT2

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

SEXTA SECCION PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

Asunto: Segunda Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2017 y sus Anexos 1, 1-A, 10, 21 y 22.

Normas Oficiales Mexicanas SCT2

Martes 1 de junio de 2010 DIARIO OFICIAL (Primera Sección)

Jueves 6 de abril de 2017 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 1

DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA LA TARIFA DE LA LEY DE LOS IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACIÓN Y DE EXPORTACIÓN.

Transcripción:

CIRCULAR INFORMATIVA No. 044 CIR_GJN_BNR_044.16 MéxicoD.F.a26dejuliode2016 Asunto:Seinformarespectodelapublicaciónenlapáginade la Comisión Federal de Mejora Regulatoria COFEMER) del AnteproyectoAcuerdoquemodificaaldiversoporelquela SecretaríadeEconomíaemitereglasycriteriosdecarácter generalenmateriadecomercioexterior. PormediodelpresentesehacedesuconocimientoqueenlapáginadelaComisiónFederaldeMejora Regulatoria COFEMER) se publicó para revisión el Acuerdo que modifica al diverso por el que la SecretaríadeEconomíaemitereglasycriteriosdecaráctergeneralenmateriadeComercioExterior, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2012 2012 y sus posteriores modificaciones,lacualsepublicarápróximamenteeneldiariooficialdelafederaciónyporelmomento estavisibleenlapáginadecofemerhttp://www.cofemersimir.gob.mx/portales/resumen/40774# Acontinuaciónseindicanloscambiosmásrelevantes: ARTICULO CONTENIDODELAMODIFICACIÓN PRIMERO Se adicionan las fracciones arancelarias que a continuación se indican, en el orden que les correspondasegúnsunumeración,alnumeral1y3,fraccionesiiiyix,delanexo2.4.1delacuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de ComercioExterior,comoacontinuaciónseindica: 1.Y Fracción arancelaria Anexo2.4.1 Descripción NOM Publicación D.O.F. 3917.39.99 Losdemás. NOM[014[SESH[ 16[10[13 Únicamente: Conexión integral 2013 denominada Cola de cochino, conexión integralflexibleyconexiónflexiblerizo). Referenciaanterior NOM[018/3[SCFI[ 1993) 4009.12.99 Losdemás. NOM[014[SESH[ 16[10[13 Únicamente: Conexión integral 2013 denominada Cola de cochino, conexión Referenciaanterior integralflexibleyconexiónflexiblerizo). NOM[018/3[SCFI[ 1993) 4009.22.02 Con refuerzos metálicos, con diámetro interior inferior o igual a 508 mm, excepto lo comprendido en las fracciones 4009.22.03y4009.22.04. Únicamente: Conexión integral denominada Cola de cochino, conexión integralflexibleyconexiónflexiblerizo). NOM[014[SESH[ 2013 Referenciaanterior NOM[018/3[SCFI[ 1993) 16[10[13 4009.32.02 Con refuerzos textiles, con diámetro Nueva Jersey Número 14, Col. Nápoles Deleg. Benito Juárez, México, D.F. C.P. 03810 Tel 55) 1107-8592 y 55) 1107-8515

CIRCULAR INFORMATIVA No. 044 CIR_GJN_BNR_044.16 SEGUNDO interior inferior o igual a 508 mm, excepto lo comprendido en las fracciones 4009.32.03y4009.32.04. Únicamente: Conexión integral denominada Cola de cochino, conexión integralflexibleyconexiónflexiblerizo). NOM[014[SESH[ 2013 Referenciaanterior NOM[018/3[SCFI[ 1993) 16[10[13 4009.42.99 Losdemás. NOM[014[SESH[ 16[10[13 Únicamente: Conexión integral 2013 denominada Cola de cochino, conexión integralflexibleyconexiónflexiblerizo). Referenciaanterior NOM[018/3[SCFI[ 1993)............ 4013.90.03 Delostiposutilizadosenmotocicletas. NOM[121[SCFI[ 04[06[04 2004Referencia anteriornom[121[ SCFI[1996) I.yII. III. Fracciónarancelaria Descripción 8506.10.02 Alcalinas. 8506.10.99 Lasdemás. IV.aVIII. IX. Fracciónarancelaria Descripción 3924.90.01 Mangosparamaquinillasdeafeitar. Seadicionaelincisog)ysemodificanlosincisose)yf)delafracciónX,numeral10delAnexo2.4.1 del Acuerdo por el que la Secretaría emite reglas y criterios de carácter general en materia de ComercioExterior,paraquedarcomosigue: Anexo2.4.1 e)elaboración,transformaciónyreparaciónenrecintofiscalizado, f)recintofiscalizadoestratégico,y g)depósitofiscalparasometersealprocesodeensambleyfabricacióndevehículosaempresas delaindustriaautomotrizterminalomanufactureradevehículosdeautotransporte,tratándosede las mercancías correspondientes a las fracciones arancelarias 4011.10.02, 4011.10.03, 4011.10.04, 4011.10.05, 4011.10.06, 4011.10.07, 4011.10.08, 4011.10.09, 4011.10.99, 4011.20.02, 4011.20.03, 4011.20.04 y 4011.20.05, siempre que las mercancías no se comercialicenenterritorionacional. Nueva Jersey Número 14, Col. Nápoles Deleg. Benito Juárez, México, D.F. C.P. 03810 Tel 55) 1107-8592 y 55) 1107-8515

CIRCULAR INFORMATIVA No. 044 CIR_GJN_BNR_044.16 TERCERO Se modifican las fracciones arancelarias que a continuación se indican, en el orden que les correspondasegúnsunumeración,delnumeral1y3,fracciónixdelanexo2.4.1delacuerdoporel que la Secretaria de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior,comoacontinuaciónseindica: Anexo2.4.1 1.Y Fracción arancelaria Descripción NOM Publicació D.O.F.... 4013.90.99 Lasdemás. Únicamente: Para trimotos, NOM[121[SCFI[2004 04[06[04 cuadrimotos, remolques y ReferenciaanteriorNOM[ semirremolques. 121[SCFI[1996)... 3.Y IX. Fracción Descripción arancelaria 4013.90.99 Lasdemás. Excepto:Paratrimotos,cuadrimotos,remolquesysemirremolques. 9609.10.01 Lápices. CUARTO Seeliminalafracciónarancelaria8506.10.01delnumeral3,fracciónIIIdelAnexo2.4.1delAcuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de ComercioExterior. Seadjuntapublicaciónparasuconsulta. Loanteriorsehacedesuconocimientoconlafinalidaddequelainformaciónbrindadaseadeutilidaden susactividades,ydeasíconsiderarloemitansuscomentariosenlapáginadereferenciaafindequesean consideradosantesdesupublicacióndeformaoficial. Atentamente GerenciaJurídicaNormativa CLAA Nueva Jersey Número 14, Col. Nápoles Deleg. Benito Juárez, México, D.F. C.P. 03810 Tel 55) 1107-8592 y 55) 1107-8515

Confundamentoenlosartículos34fraccionesIyXXXIIIdelaLeyOrgánicadela Administración Pública FederalA 4o. fracción III, 5o. fracción III, 17, 20 y 26 de la LeydeComercioExteriorA5fracciónXVIdelReglamentoInteriordelaSecretaría deeconomía,y CONSIDERANDO QueelAcuerdoporelquelaSecretaríadeEconomíaemitereglasycriteriosde caráctergeneralenmateriadecomercioexterioracuerdo),publicadoeneldiario OficialdelaFederaciónel31dediciembrede2012ysusdiversasmodificaciones, tieneporobjetodaraconocerlasreglasqueestablecendisposicionesdecarácter general y los criterios necesarios para el cumplimiento de las leyes, acuerdos o tratados comerciales internacionales, reglamentos, decretos, acuerdos y demás ordenamientosgeneralescompetenciadeestasecretaría,agrupándolosdemodo quefacilitenalusuariosuaplicación. QuemedianteelAnexo2.4.1delAcuerdoseidentificanlasfraccionesarancelarias de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación,cuyasmercancíasestánsujetasalcumplimientodeNormasOficiales Mexicanasenelpuntodesuentradaalpaísyeneldesusalida. Que el 19 de abril del 2011 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Norma Oficial Mexicana NOM\086/1\SCFI\2011, Industria hulera\llantas nuevas, de construcción radial que son empleadas en vehículos con un peso bruto vehicular superior a 4 536 kg 10 000 lb) y llantas de construcción diagonal de cualquier capacidad de carga\especificaciones de seguridad y métodos de prueba,lacualestablecelasespecificacionesdeseguridadymétodosdeprueba que deben cumplir las llantas nuevas, nacionales e importadas que se comercialicenenelterritoriodelosestadosunidosmexicanos. Que actualmente el Anexo 2.4.1 del Acuerdo sujeta la importación de llantas al cumplimiento de la NOM\086/1\SCFI\2011, sin embargo, resulta conveniente exceptuar del cumplimiento de dicha NOM las llantas que son destinadas a depósitofiscalporlasempresasdelaindustriaautomotrizterminalyquenovana sercomercializadasenterritorionacionaltodavezquenoseencuentransujetasal cumplimientodelanom\086/1\scfi\2011. Queel23denoviembrede2012,13dediciembrede2013y10dediciembrede 2014 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación Decretos por los que se modificó la Tarifa de la Ley de Impuestos Generales de Importación y de Exportación, mediante los cuales se crearon, modificaron y suprimieron diversas fraccionesarancelarias,porloqueresultanecesarioactualizarelmarconormativo aplicablealasmercancíasrelacionadasyotorgarcertidumbrealosparticulares. Queel16deoctubrede2014sepublicóenelDiarioOficialdelaFederaciónla Norma Oficial Mexicana NOM\014\SESH\2013, Conexión integral y conexión flexiblequeseutilizaneninstalaciones,deaprovechamientodegasl.p.ogas

Natural. Especificaciones y métodos de prueba, la cual a diferencia de la NOM\ 018/3\SCFI\1993 que canceló y sustituyó, también aplica a las conexiones integralesflexiblesyconexionesflexibles. Que tomando en cuenta lo señalado en el considerando anterior, es necesario sujetarlaimportacióndelasconexionesintegrales,conexionesintegralesflexibles yconexionesflexiblesdeplásticoycauchoalcumplimientodelanom\014\sesh\ 2013. Que conforme a lo dispuesto por los artículos 20 y 26 de la Ley de Comercio Exterior, sólo podrán hacerse cumplir en el punto de entrada al país, las normas oficialesmexicanascuyasmercancíashayansidoidentificadasentérminosdesus fraccionesarancelariasynomenclaturaquelescorresponda,conformealatarifa respectiva,y Que en cumplimiento a lo señalado por la Ley de Comercio Exterior, las disposicionesdelpresenteinstrumentofueronsometidasalaconsideracióndela Comisión de Comercio Exterior y opinadas favorablemente por la misma, por lo queseexpideelsiguiente: AcuerdoquemodificaaldiversoporelquelaSecretaríadeEconomíaemite reglasycriteriosdecaráctergeneralenmateriadecomercioexterior Primero.CSeadicionanlasfraccionesarancelariasqueacontinuaciónseindican, en el orden que les corresponda según su numeración, al numeral 1 y 3, fracciones III y IX, del Anexo 2.4.1 del Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior,publicadoenelDiarioOficialdelaFederaciónel31dediciembrede2012 ysusposterioresmodificaciones,comoacontinuaciónseindica: Anexo2.4.1 1.C Fracción arancelaria Descripción NOM Publicació nd.o.f. 3917.39.99 Losdemás. NOM\014\SESH\ 16\10\13 Únicamente: Conexión integral 2013 denominada Cola de cochino, conexión integralflexibleyconexiónflexiblerizo). Referenciaanterior 1993) 4009.12.99 Losdemás. NOM\014\SESH\ 16\10\13 Únicamente: Conexión integral 2013 denominada Cola de cochino, conexión Referenciaanterior integralflexibleyconexiónflexiblerizo).

4009.22.02 4009.32.02 Con refuerzos metálicos, con diámetro interior inferior o igual a 508 mm, excepto lo comprendido en las fracciones 4009.22.03y4009.22.04. Únicamente: Conexión integral denominada Cola de cochino, conexión integralflexibleyconexiónflexiblerizo). Con refuerzos textiles, con diámetro interior inferior o igual a 508 mm, excepto lo comprendido en las fracciones 4009.32.03y4009.32.04. Únicamente: Conexión integral denominada Cola de cochino, conexión integralflexibleyconexiónflexiblerizo). 1993) NOM\014\SESH\ 2013 Referenciaanterior 1993) NOM\014\SESH\ 2013 Referenciaanterior 1993) 16\10\13 16\10\13 4009.42.99 Losdemás. NOM\014\SESH\ 16\10\13 Únicamente: Conexión integral 2013 denominada Cola de cochino, conexión integralflexibleyconexiónflexiblerizo). Referenciaanterior 1993)............ 4013.90.03 Delostiposutilizadosenmotocicletas. NOM\121\SCFI\ 04\06\04 2004Referencia anteriornom\121\ SCFI\1996) 2.C 3.C I.yII. III. Fracción arancelaria 8506.10.02 Alcalinas. 8506.10.99 Lasdemás. IV.aVIII. IX. Fracción arancelaria 3924.90.01 Mangosparamaquinillasdeafeitar. Descripción Descripción

X.aXV. 4.Ca12.C Segundo.C Se adiciona el inciso g) y se modifican los incisos e) y f) de la fracciónx,numeral10delanexo2.4.1delacuerdoporelquelasecretaríaemite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior, publicado eneldiariooficialdelafederaciónel31dediciembrede2012ysusposteriores modificaciones,paraquedarcomosigue: Anexo2.4.1 I.aIX. X. a)ad) e)elaboración,transformaciónyreparaciónenrecintofiscalizado, f)recintofiscalizadoestratégico,y g) Depósito fiscal para someterse al proceso de ensamble y fabricación de vehículosaempresasdelaindustriaautomotrizterminalomanufacturerade vehículos de autotransporte, tratándose de las mercancías correspondientes a las fracciones arancelarias 4011.10.02, 4011.10.03, 4011.10.04, 4011.10.05, 4011.10.06, 4011.10.07, 4011.10.08, 4011.10.09, 4011.10.99, 4011.20.02, 4011.20.03, 4011.20.04 y 4011.20.05,siemprequelasmercancíasnosecomercialicenenterritorio nacional. XI.aXII. Tercero.CSemodificanlasfraccionesarancelariasqueacontinuaciónseindican, enelordenquelescorrespondasegúnsunumeración,delnumeral1y3,fracción IXdelAnexo2.4.1delAcuerdoporelquelaSecretariadeEconomíaemitereglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2012 y sus posteriores modificaciones,comoacontinuaciónseindica: Anexo2.4.1 1.C

Fracción arancelaria Descripción NOM Publicación D.O.F.... 4013.90.99 Lasdemás. Únicamente: Para NOM\121\SCFI\2004 04\06\04 trimotos, cuadrimotos, Referenciaanterior remolques y NOM\121\SCFI\1996) semirremolques.... 2.C 3.C I.aVIII. IX. Fracción Descripción arancelaria 4013.90.99 Lasdemás. Excepto:Paratrimotos,cuadrimotos,remolquesysemirremolques. 9609.10.01 Lápices. X.aXV. 4.Ca12.C Cuarto.CSeeliminalafracciónarancelaria8506.10.01delnumeral3,fracciónIII delanexo2.4.1delacuerdoporelquelasecretaríadeeconomíaemitereglasy criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2012 y sus posteriores modificaciones. TRANSITORIOS Único.C El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicacióneneldiariooficialdelafederación.