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Expediente n.º: 135/2018 Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares Procedimiento: Arrendamiento de Bien Inmueble por procedimiento abierto Asunto: Bar de las Piscinas Municipales Documento firmado por: El Alcalde PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES CLÁUSULA PRIMERA. Objeto del Contrato y calificación El objeto del contrato es la realización del servicio de explotación del bar de las Piscinas Municipales durante la temporada de verano 2018; propiedad de este Ayuntamiento y con el fin de dar servicio a los vecinos del Municipio, durante la temporada estival 2018. El contrato definido tiene la calificación de contrato privado, tal y como establece el artículo 9 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. CLÁUSULA SEGUNDA. Procedimiento de Selección y Adjudicación La forma de adjudicación del contrato del arrendamiento tendrá lugar mediante procedimiento abierto, en el que cualquier interesado podrá presentar una oferta. Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a un único criterio de adjudicación, el precio. CLÁUSULA TERCERA. Perfil de contratante Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios

de publicidad, este Ayuntamiento cuenta con el Perfil de Contratante al que se tendrá acceso según las especificaciones que se regulan en la página web siguiente: www.dpz.es. CLÁUSULA CUARTA. Presupuesto Base de Licitación El importe del presente contrato asciende a la cuantía de 1.000,00 euros, al que se adicionará el Impuesto sobre el Valor Añadido por valor de 210,00 euros, lo que supone un total de 1210,00 euros. CLÁUSULA QUINTA. Duración del Contrato La duración del contrato de servicio será durante la temporada de verano (desde el 1 de junio al 30 de septiembre) del año 2018. CLÁUSULA SEXTA. Horario del Bar y Servicios a prestar Los servicios a prestar con carácter obligatorio y en horario, mínimo de 11 a 22 horas, son los siguientes: El contratista deberá hacerse cargo de: La limpieza y recogida de la basura de todo el recinto de las Piscinas y traslado al contenedor. Apertura y cierre del bar, mínimo de 11 a 22 horas. Tenencia de cafetera exprés y menaje de restauración. Servicio de helados. No podrá prestarse servicio de comidas y bocadillos sino bajo licencia y en los espacios habilitados para ello, una vez obtenida la pertinente licencia de funcionamiento. La puerta del bar, solo dará acceso a repartidores. CLÁUSULA SÉPTIMA. Acreditación de la Aptitud para Contratar

Podrán presentar ofertas las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibiciones de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional. 1. La capacidad de obrar se acreditará: a) En cuanto a personas físicas, mediante la fotocopia compulsada del documento nacional de identidad. b) En cuanto a personas jurídicas, mediante la fotocopia compulsada del CIF y la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. 2. La prueba, por parte de los empresarios, de la no concurrencia de alguna de las prohibiciones para contratar, podrá realizarse mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos. Cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado. CLÁUSULA OCTAVA. Presentación de Ofertas y Documentación Administrativa 8.1 Condiciones previas Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a los pliegos y documentación que rigen la licitación, y su presentación supone la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de sus cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna. Cada licitador no podrá presentar más de una oferta.

8.2 Lugar y plazo de presentación de ofertas Para la licitación del presente contrato, no se exige la presentación de ofertas utilizando medios electrónicos debido a la inexistencia de modelos o equipos informáticos que así lo exigieran. Las ofertas se presentarán en el Ayuntamiento con domicilio en calle Mayor, n.º 107, en horario de 9 a 14 horas, dentro del plazo de 10 días contados a partir del día siguiente al de publicación del anuncio de licitación en el Perfil de contratante. Las proposiciones podrán presentarse en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día, consignándose el número del expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del licitador. La acreditación de la recepción del referido télex, fax o telegrama se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por el Secretario municipal. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos diez días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, esta no será admitida. 8.3. Información a los licitadores Cuando sea preciso solicitar la información adicional o complementaria a que se refiere el artículo 138 de la LCSP, la Administración contratante deberá facilitarla, al menos, seis días antes de que finalice el plazo fijado para la

presentación de ofertas, siempre que dicha petición se presente con una antelación mínima de doce días respecto de aquella fecha. Dicha solicitud se efectuará al número de fax o a la dirección de correo electrónico previsto en el anuncio de licitación. 8.4 Contenido de las proposiciones Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en dos sobres cerrados, firmados por el licitador, en los que se hará constar la denominación del sobre y la leyenda «Proposición para licitar el arrendamiento del aprovechamiento/servicio de bar en las Piscinas Municipales». La denominación de los sobres es la siguiente: Sobre «A»: Documentación Administrativa. Sobre «B»: Proposición Económica. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas, conforme a la Legislación en vigor. Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una relación numerada de los mismos: SOBRE «A» DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA a) Una declaración responsable de no estar incursa en la prohibición de contratar y que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias, incluidas las del Ayuntamiento, y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. Se presentará conforme al siguiente modelo: «MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE

, con domicilio a efectos de notificaciones en,, n.º, con NIF n.º, en representación de la Entidad, con NIF n.º, a efectos de su participación en la licitación, ante. DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD: PRIMERO. Que se dispone a participar en la contratación de. SEGUNDO. Que cumple con todos los requisitos previos exigidos por el pliego de cláusulas administrativas particulares para ser adjudicatario, en concreto: Que no está incurso en una prohibición para contratar de las recogidas en el artículo 71 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de las obligaciones con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. Que se somete a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador. (En el caso de empresas extranjeras) Que la dirección de correo electrónico en que efectuar notificaciones es. TERCERO. Que se compromete a acreditar la posesión y validez de los documentos a que se hace referencia en el apartado segundo de esta declaración, en caso de que sea propuesto como adjudicatario del contrato o en cualquier momento en que sea requerido para ello. Y para que conste, firmo la presente declaración.

En, a de de 20. Firma del declarante, Fdo.:» SOBRE«B» OFERTA ECONÓMICA a) Oferta económica. Se presentará conforme al siguiente modelo: «, con domicilio a efectos de notificaciones en,, n.º, con NIF n.º, en representación de la Entidad, con NIF n.º, enterado del expediente para el arrendamiento del servicio de bar en las Piscinas Municipales mediante procedimiento abierto anunciado en el perfil de contratante, hago constar que conozco el pliego que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente, tomando parte de la licitación y ofertando por el bien la cantidad de de euros y euros correspondientes al Impuesto sobre el Valor Añadido. En, a de de 20. Firma del candidato, Fdo.:.».

CLÁUSULA NOVENA. Criterios de Adjudicación Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la mejor oferta se atenderá a un único criterio de valoración, que será el precio. CLÁUSULA DÉCIMA. Apertura de Ofertas Los servicios técnicos de la administración contratante, una vez finalizado el plazo de presentación de las ofertas, procederá a la apertura y calificación de la documentación administrativa contenida en los sobres «A». Si fuera necesario, se concederá un plazo no superior a tres días para que el licitador corrija los defectos u omisiones subsanables observados en la documentación presentada. Posteriormente, se procederá a la apertura y examen de los sobres «B», formulando la correspondiente propuesta de adjudicación al órgano de contratación. CLÁUSULA UNDÉCIMA. Requerimiento de Documentación El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la mejor oferta para que, dentro del plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos, en concreto la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social así como aquella documentación que acredite la titularidad y condiciones óptimas del bien inmueble objeto del arrendamiento. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose a exigirle el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, en concepto

de penalidad, que se hará efectivo en primer lugar contra la garantía provisional, si se hubiera constituido. En el supuesto señalado en el párrafo anterior, se procederá a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. CLÁUSULA DUODECIMA. Fianza No se exige. CLÁUSULA DECIMOTERCERA. Adjudicación del Contrato Recibida la documentación solicitada, el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. En ningún caso podrá declararse desierta una licitación cuando exija alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego. La adjudicación deberá ser motivada se notificará a los candidatos o licitadores, debiendo ser publicada en el perfil de contratante en el plazo de 15 días. La adjudicación deberá recaer en el plazo máximo de quince días a contar desde el siguiente al de apertura de las proposiciones. CLÁUSULA DECIMOCUARTA. Formalización del Contrato La formalización del contrato en documento administrativo se efectuará dentro de los diez días hábiles siguientes a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicación; constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público.

El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos. CLÁUSULA DECIMOQUINTA. Pago El pago del arrendamiento del bar de las Piscinas Municipales se efectuará en un único pago a la firma del contrato. CLÁUSULA DECIMOSEXTA. Extinción del Contrato El contrato se extinguirá por cumplimiento o resolución. A estos efectos, será de aplicación además de lo contenido en el presente pliego de cláusulas administrativas particulares, en el Código Civil y demás disposiciones de derecho privado que sean de aplicación. Se considerará causa de resolución del contrato la falta del pago del precio, en los plazos y forma establecidos en el presente Pliego. La aplicación de las causas de resolución, sus efectos así como el procedimiento correspondiente y la indemnización por daños y perjuicios que proceda, se ajustarán a lo dispuesto en las disposiciones de derecho privado (Código Civil) de aplicación con las salvedades establecidas en este pliego. CLÁUSULA DECIMOSEPTIMA. Régimen Jurídico del Contrato Este contrato tiene carácter privado, su preparación y adjudicación se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas; el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio y la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.

privado. En cuanto a sus efectos y extinción se regirá por las Normas de Derecho El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente el conocimiento de las cuestiones que se susciten en relación con la preparación y adjudicación de este contrato. El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes. DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE