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ACTA Nº 14.611 SESIÓN DEL MIÉRCOLES 15 DE NOVIEMBRE DE 2017 En Montevideo, a los quince días del mes de noviembre de dos mil diecisiete, a las catorce y treinta horas, en el despacho de la Presidencia, se reúne el Directorio del Banco Hipotecario del Uruguay, con la presencia de la señora Presidente Cra. Ana María Salveraglio y el señor Director Dr. Gustavo Cersósimo. Actúa en Secretaría la señora Gerente de División Secretaría General Beatriz Estévez. Están presentes los señores Gerente General Ec. Guzmán Elola y Asesora Letrada Dra. Cristina Maruri. A continuación se tratan los siguientes asuntos: Nº 0347 DIRECTORIO - APROBACIÓN DE ACTA - Se da lectura al acta número catorce mil seiscientos nueve, correspondiente a la sesión celebrada el día diecinueve de octubre de dos mil diecisiete, la que se aprueba. Nº 0348 Expediente Nº 2017-52-1-05868 - ÁREA ADMINISTRACIÓN - CONTRATO BHU-ANTEL - Se dispone la ampliación del contrato y se adoptan otras medidas sobre el particular. por el Área Administración de fecha 10 de noviembre de 2017, que a continuación se transcribe: "VISTO: El contrato vigente con ANTEL (RD N 154/14, de 8 de mayo de 2014, expediente N 5024/2014). RESULTANDO: Que como objeto de dicha contratación ANTEL presta los siguientes servicios: a. Conectividad y espacio en Data Center. b. Arrendamiento de conectividad Lan to Lan. c. Arrendamiento de manos remotas. d. Arrendamiento de sala de contingencia completa en Datacenter Pocitos.

CONSIDERANDO: I) Que la División Informática plantea como objetivos mejorar los enlaces Lan que el Banco posee desde su data center hasta el sitio de contingencia contratado con ANTEL y poder trabajar en forma independiente en uno u otro sitio sin que se afecte la performance. En tal sentido recomienda mejorar los enlaces actuales, llevándolos de 100 mbps a 900 mbps, el máximo que puede obtenerse con la estructura actual disponible. II) Que por las gestiones realizadas, ANTEL ofrece una adenda al contrato, en el que se acuerda realizar las modificaciones que se señalan sobre los servicios existentes. III) Que la ampliación del contrato implica un costo mensual complementario de $ 79.013 (setenta y nueve mil trece pesos uruguayos) más IVA mensuales. IV) Que por resolución de la Superintendencia de Servicios Financieros (SSF) de 2 de mayo de 2016 se autorizó al Banco a tercerizar en ANTEL el servicio Lan to Lan, a los efectos de alojar su equipamiento de contingencia. V) Que se cuenta con dotación presupuestal, por la parte correspondiente al ejercicio en curso. ATENTO: A lo establecido en el artículo 74 del TOCAF. RESUELVE: 1.- Ampliar el contrato con ANTEL en $ 948.156 (novecientos cuarenta y ocho mil ciento cincuenta y seis pesos uruguayos) más IVA anuales. 2.- Autorizar la suscripción de la adenda del contrato. 3.- Remitir copia de la documentación que se suscriba a la SSF". Nº 0349 Expediente Nº 2017-52-1-10064 - ÁREA ADMINISTRACIÓN - TRASPOSICIÓN DE RUBROS CORRESPONDIENTE AL TRIMESTRE JULIO-SETIEMBRE 2017 - Se toma conocimiento y se aprueba lo actuado. por el Área Administración con fecha 6 de noviembre del corriente, que a continuación se transcribe: "VISTO: La necesidad de adecuar determinados rubros presupuestales correspondientes al Presupuesto 2017. CONSIDERANDO: Que el Área Administración, en uso de facultades delegadas, ha aprobado en el trimestre julioseptiembre de 2017 las siguientes trasposiciones correspondientes al Presupuesto 2017:

ASIGNACIONES REFORZANTES Rubro Nombre Monto en $ 197000 Artículos y accesorios de informática 80.000 223000 Impresiones, reproducciones y encuadernaciones 500.000 283000 Servicios médicos, sanitarios y sociales 17:750.000 299002 Remesa, distribución y servicio de cobro 1:000.000 Total 19:330.000 ASIGNACIONES REFORZADAS Rubro Nombre Monto en $ 198002 Repuestos y accesorios 50.000 199000 Bienes de consumo diversos 30.000 234000 Hospedaje con rendición de cuentas 100.000 255000 Arrendamiento de equipos y aparatos de audio y comunicación 1:750.000 259000 Arrendamientos otros 500.000 271000 Mantenimiento y reparaciones de inmuebles e instalaciones 4:700.000 282000 Servicios profesionales y técnicos 6:750.000 289000 Otros servicios no personales 5:450.000 TOTAL 19:330.000 ATENTO: A lo establecido en el artículo 51 del Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones correspondiente al Ejercicio 2017. RESUELVE: 1.- Tomar conocimiento y aprobar lo actuado. 2.- Comunicar a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal de Cuentas, agregando el formato de presentación de Folio N 1". Nº 0350 Expediente Nº 2017-52-1-06594 - ÁREA ADMINISTRACIÓN - LLAMADO A LICITACIÓN ABREVIADA AMPLIADA PARA LA EJECUCIÓN DE OBRAS DE ACONDICIONAMIENTO DEL 1ER. PISO DEL EDIFICIO DE CASA CENTRAL - Se autoriza el proceso licitatorio y se adoptan otras medidas sobre el particular. por el Área Administración con fecha 14 del mes en curso, cuyo texto se transcribe a continuación:

"VISTO: La necesidad de ejecutar obras en el Nivel 1 del edificio sede de Casa Central. RESULTANDO: Que dichas obras se enmarcan en el Proyecto "Adecuación - Traslado tercer piso y adecuación primer piso edificio sede del BHU". CONSIDERANDO: I) Que el Departamento Compras y Contrataciones ha formulado el proyecto de pliego de condiciones particulares, que consta a folios Nº 384 a 421, así como los anexos respectivos para el llamado a licitación abreviada ampliada, que lucen a fojas Nº 27 a 321 y Nº 369 a 372. II) Que la documentación mencionada cuenta con el visto bueno de la Comisión Asesora de Obras. III) Que para su emisión se consideró el informe de la División Servicios Jurídicos y Notariales de fecha 27 de octubre de 2017. IV) Que la erogación estimada de las obras asciende a $ 36:092.740 ($ 25:417.000 más IVA más $ 5:084.000 por concepto de leyes sociales). V) Que el proyecto ha obtenido el dictamen técnico favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, en el marco de lo dispuesto en el inciso 2º del artículo 24º de la Ley Nº 18.996 de fecha 7 de noviembre de 2012, por una inversión de $ 26:000.000. VI) Que informa el Departamento Presupuesto, en actuación de 8 de noviembre, que "la dotación presupuestal del Proyecto... para el año 2018 fue prevista en $ 5:405.400" y agrega que "por tanto, para disponer la presente compra, una vez aprobado el Presupuesto 2018, el Directorio debería resolver la trasposición de dotación presupuestal a efectos de asignar crédito para la presente erogación". RESUELVE: 1.- Autorizar el proceso de compra de que se trata, en régimen de licitación abreviada ampliada. 2.- Aprobar el proyecto de pliego de condiciones particulares así como los anexos respectivos. 3.- Disponer se actualice la información suministrada a la OPP respecto al monto estimado del proyecto. 4.- Establecer que la presente compra no podrá adjudicarse sin haberse aprobado previamente la trasposición de dotación presupuestal correspondiente". Nº 0351 Expediente Nº 2017-52-1-06756 - ASESORÍA LETRADA - SEÑORES AA Y BB - PROPUESTA DE CANCELACIÓN DE

HIPOTECA QUE GRAVA EL INMUEBLE PADRÓN Nº XXX - Se autoriza la cancelación. por la Asesoría Letrada con fecha 30 de octubre del corriente, que a continuación se transcribe: "VISTO: Que los señores AA y BB se presentan por nota de fecha 13 de setiembre de 2017 ofreciendo al Banco el pago de la suma de US$ 25.000 (dólares americanos veinticinco mil) para cancelar la hipoteca que pesa sobre la unidad 302 padrón Nº XXX, sito en xxxxx y lugar de garaje 4 del Garaje GS1 de la planta subsuelo. RESULTANDO: I) Que la unidad de propiedad horizontal 302 registra gravamen hipotecario proveniente de la escritura de cambio de régimen y división de gravamen otorgada por el promotor de la obra del edificio ZZ con el Banco el 5 de mayo de 1977 ante la Escribana María Pilar Iriarte e inscripta con el Número 491 al Folio 532 del Libro 330 el 30 de mayo de 1977, proveniente de ampliación de hipoteca autorizada por dicha escribana. II) Que con fecha 18 de diciembre de 2007, los solicitantes compraron la unidad de propiedad horizontal descripta, sin haber advertido en dicho momento el escribano interviniente en la compraventa, que la referida unidad se encontraba afectada por gravamen hipotecario. III) Que los solicitantes firmaron reserva de venta de esa unidad y reserva de compra de otro inmueble cuando advirtieron este hecho. CONSIDERANDO: I) Que en atención a las multas por incumplimientos en los contratos firmados, y a los efectos de precaver el reclamo judicial que deberían realizar para que se declare la prescripción del crédito de ZZ, es que los solicitantes ofrecen el pago de US$ 25.000 al Banco. II) Que las Divisiones Servicios Jurídicos y Notariales y Seguimiento y Recuperación de Activos con fechas 5 y 23 de octubre de 2017, respectivamente, y la Asesoría Letrada con fecha 30 de octubre de 2017 entienden que la propuesta recibida resulta conveniente a los intereses del Banco. RESUELVE: Autorizar la cancelación de la hipoteca que pesa sobre la unidad 302 del padrón Nº XXX (operación registrada como XXXX 00 a nombre de ZZ), por un monto de US$ 25.000 (dólares americanos veinticinco mil), liberando el gravamen de dicha unidad y el lugar de estacionamiento número 4 en el garaje GS1 de la planta subsuelo".

Nº 0352 Expediente Nº 2017-52-1-08145 - DIVISIÓN SEGUIMIENTO Y RECUPERACIÓN DE ACTIVOS - GRUPO DE TRABAJO BASE DE DATOS - PRODUCTOS CON SALDOS DERIVADOS DE REMATES REALIZADOS CON ANTERIORIDAD AL SIGB - Se autoriza la cancelación de las partidas. por el grupo de trabajo base de datos con fecha 6 de noviembre del corriente, que a continuación se transcribe: VISTO: La existencia de productos con saldos contabilizados en el SIGB que no han sido objeto de seguimiento ni solución definitiva. CONSIDERANDO: I) Que se analizó caso a caso los saldos referidos, en base a información recabada de las carpetas administrativas, expedientes relacionados, históricos del anterior sistema de gestión y registros del sistema SUCO. II) Que los casos incluidos en el expediente de referencia corresponden a remates realizados en la etapa pre-sigb y fueron oportunamente analizados en la etapa captura de datos. III) Que en el sistema SUCO se mantuvieron saldos que debieron haberse ajustado con las liquidaciones de remate y fueron migrados de forma errónea desde dicho sistema a SIGB en fechas posteriores a su entrada en producción. IV) Que algunos saldos fueron migrados en productos que no son sujeto de los procesos de calificación y previsiones que contempla el SIGB -por ejemplo AJUSTES RET y ADJenTRÁMITE - y registran valor contable, no así, aquellos saldos migrados en rubros de gastos que al ingresar en los procesos de calificación se encuentran castigados, por lo tanto no tienen incidencia a nivel de resultados, es decir, no generan impacto patrimonial. V) Que de acuerdo a lo señalado en el Considerando anterior, los saldos a cancelar, al momento del análisis, ascienden a $ 2:667.206,03 y US$ 10.525,12. No obstante ello, a partir del mes de setiembre de 2017, dado un cambio en la matriz contable, los productos están contabilizados en el rubro 685002/3 (castigados) lo cual reduce el impacto patrimonial. VII) Que con fecha 3 de octubre del corriente el Comité de Riesgos analizó el tema, dejando constancia de su acuerdo con lo propuesto por el grupo de trabajo.

RESUELVE: Autorizar la cancelación de todas las partidas existentes en la posición de los cinco casos de que se trata, teniendo en cuenta las partidas referidas en el Considerando V". Nº 0353 Expediente Nº 2017-52-1-05120 - DIVISIÓN SEGUIMIENTO Y RECUPERACIÓN DE ACTIVOS - SEÑORES AA Y BB - PROPUESTA DE ADQUISICIÓN DEL INMUEBLE PADRÓN Nº XXX DE MONTEVIDEO - Se dispone la enajenación del bien. por la Gerencia General con fecha 3 de noviembre del corriente, que a continuación se transcribe: "VISTO: Que con fecha 14 de junio de 2017 la Sra. AA y el Sr. BB, ocupantes del inmueble padrón Nº XXX de Montevideo, plantean comprar al Banco Hipotecario del Uruguay dicho bien por la suma de US$ 10.000, asumiendo el compromiso de hacerse cargo de todo lo adeudado a la Intendencia Municipal de Montevideo. RESULTANDO: Que por informe del Sector Notarial de fecha 7 de julio de 2017, el inmueble padrón Nº XXX de Montevideo es actualmente propiedad de BHU en virtud de haberlo adquirido por adjudicación de fecha 5 de octubre de 1989. CONSIDERANDO: I) Que el Departamento Gestión de Garantías e Inmuebles, el 3 de agosto de 2017, informa que la Intendencia de Montevideo comunicó que el padrón de referencia, registra a esta fecha la siguiente situación: Contribución Inmobiliaria- Cta. Cte. XXX - deuda desde 3 era. cuota 1992 a 2 da. 2017 $ 993.754. Tributos domiciliarios- Cta. Cte. XXX- deuda desde enero 1984 a 2017 $ 7.242.402. II) Que según informe del Área Riesgos del 19 de octubre del corriente, se trata de un inmueble de muy bajo valor, cuyo valor de rápida convertibilidad (VRC) es de US$ 18.000 según tasación realizada para balance el 29 de setiembre de 2016, el cual podría verse reducido aún más por el hecho de encontrarse ocupado. III) Que los costos directos de los procesos judiciales de lanzamiento pueden ser significativos en relación al bajo valor del inmueble, teniendo en cuenta además el monto adeudado a la Intendencia de Montevideo.

IV) Que por tratarse de un inmueble de muy bajo valor, las acciones de lanzamiento podrían significar riesgos de imagen para el BHU. V) Que la oferta que realizan los interesados representa un monto que no se aleja del que resultaría de deducir al VRC las deudas existentes. VI) Que el Área Riesgos recomienda aceptar la oferta planteada por los clientes, siempre y cuando la misma sea abonada al contado. RESUELVE: Enajenar a los señores AA y BB el inmueble padrón Nº XXX de Montevideo por un monto al contado de US$ 10.000 (dólares americanos diez mil)". Nº 0354 Expediente Nº 2017-52-1-10139 - PRESIDENCIA - REPRESENTANTE DE TRANSPARENCIA PASIVA - SR. CLEY ESPINOSA BALBUENA - SOLICITUD DE INFORMACIÓN AL AMPARO DE LA LEY Nº 18.381 RELATIVA A LOS PADRONES NÚMEROS 3.924 A 3.949 DE LA CIUDAD DE PASO DE LOS TOROS - Se toma conocimiento y se aprueba lo actuado. VISTO: La solicitud de información formulada por el Sr. Cley Espinosa Balbuena al amparo de lo establecido por la Ley Nº 18.381 "Derecho de Acceso a la Información Pública", acerca de la pertenencia al Banco de los padrones números 3.924 a 3.949 de la Ciudad de Paso de los Toros, Departamento de Tacuarembó, Conjunto Habitacional RC-6; así como de la situación jurídica actual y futura de los ocupantes de las viviendas que componen el programa. CONSIDERANDO: Que la señora Presidente da cuenta en sala que con fecha 13 de noviembre del corriente, autorizó la entrega de la información solicitada, en virtud que el plazo legal establecido para hacerlo vencía el día de la fecha. SE RESUELVE: Darse por enterado y aprobar lo actuado. Nº 0355 Expediente Nº 2016-52-1-12713 - DIVISIÓN SEGUIMIENTO Y RECUPERACIÓN DE ACTIVOS - GRUPO DE TRABAJO BASE DE DATOS - PRODUCTOS VIGENTES DE PROGRAMAS DE PROMOCIÓN PRIVADA - PROMOTOR AA - RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 0326/17 - Se modifica en lo pertinente la resolución de Directorio.

VISTO: La resolución de Directorio Nº 0326/17 de fecha 19 de octubre de 2017, mediante la cual se autorizó la cancelación de los saldos de los productos XXX y ZZZ a nombre de AA. CONSIDERANDO: Que de acuerdo al análisis y propuesta realizada por el grupo de trabajo Base de Datos, además de los mencionados, existen otros productos con saldos vigentes a nombre del mismo promotor, que también resultan necesario cancelar. SE RESUELVE: Modificar en lo pertinente, la resolución de Directorio Nº 0326/17 de fecha 19 de octubre de 2017, estableciendo que en su parte resolutiva quedará redactada de la siguiente forma: Autorizar la cancelación de la totalidad de los productos vigentes que registra la posición del promotor AA identificado con RUC XXXX.