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CONTRATO DE SERVICIOS 1. ESTABLECE LAS CONTRATAS PARA LAS CUALES ESTÁS TRABAJANDO Y CONSULTA NUESTRAS TARIFAS Aprovecha nuestro sistema de facturación mensual donde ajustamos los precios a tus necesidades y a tu forma de trabajar. 2. CUALES SON TUS PLATAFORMAS Y CLAVES 3. OTROS SERVICIOS ASESORAMIENTO CAE TRAMITACIÓN DOCUMENTACIÓN ONLINE OBTENCIÓN CERTIFICADO REA

4. USUARIOS DE SU EMPRESA O GESTORÍA QUE LLEVAN LA DOCUMENTACIÓN 5. ACEPTACIÓN/ FIRMA / FACTURACIÓN / PAGO D. /Dña. con email y teléfono móvil actuando en representación de la empresa con CIF y razón social teléfono de contacto fax y dirección postal Entidad Oficina DC Nº Cuenta Mediante la firma de esta orden de domiciliación, el cliente autoriza al proveedor a enviar instruccioness a la entidad del cliente para adeudar su cuenta y a la entidad para efectuar los adeudos en su cuenta siguiendo las instrucciones del acreedor. Como parte de sus derechos, el cliente está legitimado al reembolso por su entidad en los términos y condiciones del contrato suscrito con la misma. La solicitud de reembolso deberá efectuarse dentro de las ocho semanas que siguen a la fecha de adeudo en cuenta.

AVISOS LEGALES/LOPD 1. Objeto del encargo del tratamiento Mediante las presentes cláusulas se habilita a la entidad ORGANIZAT, encargada del tratamiento, para tratar por cuenta del cliente, responsable del tratamiento, los datos de carácter personal necesarios para prestar el/los servicio/s de cargar, generar o emitir documentación correspondiente a la coordinación de actividades empresariales (CAE). El tratamiento consistirá en: La empresa registrada como titular y Responsable de los ficheros de datos de carácter personal autoriza a ORGANIZAT como Encargado del tratamiento a presentar sus datos y dar acceso por un medio seguro a los datos necesarios para prestar los servicios contratados a las empresas contratistas usuarias del servicio. Para el desarrollo del servicio será necesario que la empresa contratante autorice la cesión de claves a Organizat, la cual custodiará según la LOPD hasta el cese de los servicios contratados. 2. Identificación de la información afectada Para la ejecución de las prestaciones derivadas del cumplimiento del objeto de este encargo, la entidad/órgano cliente, responsable del tratamiento, pone a disposición de la entidad ORGANIZAT, encargada del tratamiento, la información que se describe a continuación: Empresa: l Escritura de constitución l Poderes Notariales l Alta Seguridad Social l Asociación Mutua Laboral l Seguro/Pago Responsabilidad Civil/Patronal l Seguro/Pago Convenio l Alta IAE l REA l Certificado Agencia Tributaria (a nombre de sus clie ntes) l Certificado Negativo Deudas S. Social (a nombre de sus clientes) l TC1 con justificante pago l TC2 l Certificado Pago Salarios (firmado por los trabajadores) l Prevención: Seguridad en el trabajo, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología, Vigilancia de la Salud, CIF, DNI apoderado firmante. Personal: l DNI/Pasaporte l Permiso Trabajo l Contrato Trabajo l Alta Seguridad Social l Reconocimiento Médico l Entrega EPIS l Curso 1er Ciclo PRL l Entrega de Información de RiesgosLaborales l Cursos Prevención/Aptitud l Autorización Uso Maquinaria l Ficha Riesgos Maquinaria l Otros Cursos Específicos l Carné/s de Conducir l Tarjeta Profesional de la Construcción TPC. Maquinaria: l Ficha Técnica l ITV l Recibo Seguro l Permiso Circulación l Tarjeta Transportes l Tacógrafos l Certificado CE l Inspección OCA l Revisiones/Mantenimiento l Prevención/Seguridad l Certificados Calidad l Mecancías Peligrosas. El envío y acceso a los datos aportados se hará siguiendo las directrices y medio que estime más apropiado el cliente. Respecto a la documentación de sus trabajadores el cliente recabará la autorización de los mismos para publicar su documentación, pudiendo limitarse el acceso parcial a documentos o determinados empleados. 3. Duración El presente acuerdo entrará en vigor desde la fecha de su firma y tendrá una duración de: Modalidad anual: UN AÑO, prorrogable automáticamente por una duración igual en caso de que ninguna de las partes comunique a la otra su intención de resolverlo, por escrito y de forma fehaciente, con una antelación mínima de QUINCE DÍAS. Una vez finalice el presente contrato, el encargado del tratamiento debe devolver al responsable los datos personales y suprimir cualquier copia que esté en su poder. 4. Obligaciones del encargado del tratamiento El encargado del tratamiento y todo su personal se obliga a: a. Utilizar los datos personales objeto de tratamiento, o los que recoja para su inclusión, sólo para la finalidad objeto de este encargo. En ningún caso podrá utilizar los datos para fines propios. b. Tratar los datos de acuerdo con las instrucciones del responsable del tratamiento. Si el encargado del tratamiento considera que alguna de las instrucciones infringe el RGPD o cualquier otra disposición en materia de protección de datos de la Unión o de los Estados miembros, el encargado informará inmediatamente al responsable. c. Llevar, por escrito, un registro de todas las categorías de actividades de tratamiento efectuadas por cuenta del responsable, que contenga: 1. En su caso, las transferencias de datos personales a un tercer país u organización internacional, incluida la identificación de dicho tercer país u organización internacional y, en el caso de las transferencias indicadas en el artículo 49 apartado 1, párrafo segundo del RGPD, la documentación de garantías adecuadas. 2. Una descripción general de las medidas técnicas y organizativas de seguridad relativas a: a) La seudoanimización y el cifrado de datos personales. b) La capacidad de garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento. c) La capacidad de restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rápida, en caso de incidente físico o técnico. d) El proceso de verificación, evaluación y valoración regulares de la eficacia de las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad del tratamiento. d. No comunicar los datos a terceras personas, salvo que cuente con la autorización expresa del responsable del tratamiento, en los supuestos legalmente admisibles. El encargado puede comunicar los datos a otros encargados del tratamiento del mismo responsable, de acuerdo con las instrucciones del responsable. En este caso, el responsable identificará, de forma previa y por escrito, la entidad a la que se deben comunicar los datos, los datos a comunicar y las medidas de seguridad a aplicar para proceder a la comunicación.

Si el encargado debe transferir datos personales a un tercer país o a una organización internacional, en virtud del Derecho de la Unión o de los Estados miembros que le sea aplicable, informará al responsable de esa exigencia legal de manera previa, salvo que tal Derecho lo prohíba por razones importantes de interés público. e. Subcontratación. No subcontratar ninguna de las prestaciones que formen parte del objeto de este contrato que comporten el tratamiento de datos personales, salvo los servicios auxiliares necesarios para el normal funcionamiento de los servicios del encargado. Si fuera necesario subcontratar algún tratamiento, este hecho se deberá comunicar previamente y por escrito al responsable, con una antelación de un mes, indicando los tratamientos que se pretende subcontratar e identificando de forma clara e inequívoca la empresa subcontratista y sus datos de contacto. La subcontratación podrá llevarse a cabo si el responsable no manifiesta su oposición en el plazo establecido. El subcontratista, que también tendrá la condición de encargado del tratamiento, está obligado igualmente a cumplir las obligaciones establecidas en este documento para el encargado del tratamiento y las instrucciones que dicte el responsable. Corresponde al encargado inicial regular la nueva relación de forma que el nuevo encargado quede sujeto a las mismas condiciones (instrucciones, obligaciones, medidas de seguridad ) y con los mismos requisitos formales que él, en lo referente al adecuado tratamiento de los datos personales y a la garantía de los derechos de las personas afectadas. En el caso de incumplimiento por parte del subencargado, el encargado inicial seguirá siendo plenamente responsable ante el responsable en lo referente al cumplimiento de las obligaciones. f. Mantener el deber de secreto respecto a los datos de carácter personal a los que haya tenido acceso en virtud del presente encargo, incluso después de que finalice su objeto. g. Garantizar que las personas autorizadas para tratar datos personales se comprometan, de forma expresa y por escrito, a respetar la confidencialidad 5 y a cumplir las medidas de seguridad correspondientes, de las que hay que informarles convenientemente. h. Mantener a disposición del responsable la documentación acreditativa del cumplimiento de la obligación establecida en el apartado anterior. i. Garantizar la formación necesaria en materia de protección de datos personales de las personas autorizadas para tratar datos personales. j. Asistir al responsable del tratamiento en la respuesta al ejercicio de los derechos de: 1. Acceso, rectificación, supresión y oposición 2. Limitación del tratamiento 3. Portabilidad de datos 4. A no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas (incluida la elaboración de perfiles) El encargado del tratamiento debe resolver, por cuenta del responsable, y dentro del plazo establecido, las solicitudes de ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición, limitación del tratamiento, portabilidad de datos y a no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas, en relación con los datos objeto del encargo. k. Derecho de información Corresponde al responsable facilitar el derecho de información en el momento de la recogida de los datos. l. Notificación de violaciones de la seguridad de los datos El encargado del tratamiento notificará al responsable del tratamiento, sin dilación indebida, y en cualquier caso antes del plazo máximo de 72 horas, y a través del correo electrónico facilitado por el responsable, las violaciones de la seguridad de los datos personales a su cargo de las que tenga conocimiento, juntamente con toda la información relevante para la documentación y comunicación de la incidencia. No será necesaria la notificación cuando sea improbable que dicha violación de la seguridad constituya un riesgo para los derechos y las libertades de las personas físicas. Si se dispone de ella se facilitará, como mínimo, la información siguiente: a) Descripción de la naturaleza de la violación de la seguridad de los datos personales, inclusive, cuando sea posible, las categorías y el número aproximado de interesados afectados, y las categorías y el número aproximado de registros de datos personales afectados. b) Descripción de las posibles consecuencias de la violación de la seguridad de los datos personales. c) Descripción de las medidas adoptadas o propuestas para poner remedio a la violación de la seguridad de los datos personales, incluyendo, si procede, las medidas adoptadas para mitigar los posibles efectos negativos. Si no es posible facilitar la información simultáneamente, y en la medida en que no lo sea, la información se facilitará de manera gradual sin dilación indebida. Corresponde al encargado del tratamiento comunicar las violaciones de la seguridad de los datos a la Autoridad de Protección de Datos. La comunicación contendrá, como mínimo, la información siguiente: a) Descripción de la naturaleza de la violación de la seguridad de los datos personales, inclusive, cuando sea posible, las categorías y el número aproximado de interesados afectados, y las categorías y el número aproximado de registros de datos personales afectados. b) Nombre y datos de contacto del delegado de protección de datos o de otro punto de contacto en el que pueda obtenerse más información. c) Descripción de las posibles consecuencias de la violación de la seguridad de los datos personales. d) Descripción de las medidas adoptadas o propuestas para poner remedio a la violación de la seguridad de los datos personales, incluyendo, si procede, las medidas adoptadas para mitigar los posibles efectos negativos. Si no es posible facilitar la información simultáneamente, y en la medida en que no lo sea, la información se facilitará de manera gradual sin dilación indebida. m. Dar apoyo al responsable del tratamiento en la realización de las evaluaciones de impacto relativas a la protección de datos, cuando proceda. n. Dar apoyo al responsable del tratamiento en la realización de las consultas previas a la autoridad de control, cuando proceda.

o. Poner disposición del responsable toda la información necesaria para demostrar el cumplimiento de sus obligaciones, así como para la realización de las auditorías o las inspecciones que realicen ell responsable u otro auditor autorizado por él. p. Implantar las medidas de seguridad siguientes: Se implementan las medidas de seguridad siguientes: consultar documento de seguridad y/o informe de evaluación de riesgos. Se implantan mecanismos para: a) Garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento. b) Restaurar la disponibilidad y ell acceso a los datos personales de forma rápida, en caso de incidente físico o técnico. c) Verificar, evaluar y valorar, de forma regular, la eficacia de las medidas técnicas y organizativas implantadas para garantizar la seguridad del tratamiento. d) Seudonimizar y cifrar los datos personales, en su caso. q. Destino de los datos. Devolver al responsable del tratamiento los datos de carácter personal y, si procede, los soportes donde consten, una vez cumplida la prestación. La devolución debe comportar el borrado total l de los datos existentes en los equipos informáticos utilizados por el encargado. No obstante, el encargado puede conservar una copia, con los datos debidamente bloqueados, mientras puedan derivarse responsabilidades de la ejecución de la prestación. 5. Obligaciones del responsable del tratamiento Corresponde al responsable del tratamiento: a) Entregar al encargado los datos a los que se refiere la cláusula 2 de este documento. b) Realizar una evaluación del impacto en la protección de datos personales de las operaciones de tratamiento a realizar por el encargado. c) Realizar las consultas previas que corresponda. d) Velar, de forma previa y durante todo el tratamiento, por el cumplimiento del RGPD por parte del encargado. e) Supervisar el tratamiento, incluida la realización de inspecciones y auditorías. 6. Ley aplicable y fuero Las presentes condiciones generales se rigen por la legislación española. Cualquier controversia surgida de la interpretación o ejecución que pudieran surgir en relación con la validez, interpretación, cumplimiento o resolución del presente contrato se someterá a la Jurisdicción y Competencia de los Juzgados y Tribunales de la Ciudad de A Coruña, con renuncia al fuero que pudiera corresponder al usuario, siempre que la legislación aplicable así lo permita. Fdo. Cliente Administradora empresa