CONVOCATORIA DE AYUDAS DE FORMACIÓN EN EL PROGRAMA DE RESPIRO FAMILIAR DEL S.A.C.U. CURSO

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1. DISPOSICIONES GENERALES

Transcripción:

CONVOCATORIA DE AYUDAS DE FORMACIÓN EN EL PROGRAMA DE RESPIRO FAMILIAR DEL S.A.C.U. CURSO 2012-13 La Universidad de Sevilla quiere poner a disposición de la Comunidad Universitaria una convocatoria de Ayudas de formación para estudiantes que realicen unas prácticas formativas en el ámbito de Atención a la Dependencia orientadas a complementar la formación práctica de los estudiantes a la vez que favorece la conciliación entre la vida laboral y familiar de los miembros de la Comunidad Universitaria con familiares en situación de dependencia a su cargo. Es por ello que este Rectorado ha resuelto consignar un presupuesto de 16.518,00 euros para esta convocatoria de Ayudas, que se regirá por los siguientes artículos. 1.- Se convocan siete ayudas para estudiantes con una dotación individual de 1.980,00 euros anuales, a los que hay que aplicar las correspondientes deducciones por IRPF y cuotas a la Seguridad Social. La duración de la beca será desde el 12 de noviembre de 2012 al 31 de julio de 2013 y desde el 1 de septiembre de 2013 al 31 de octubre de 2013. 2.- Los beneficiarios de las Ayudas sólo podrán disfrutar de éstas como máximo 11 meses y en caso de haberse disfrutado por un periodo inferior, la Ayuda sólo podrá alcanzar la duración que reste hasta los 11 meses. Los solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos: 3.- Requisitos Generales: 3.1.- Estar matriculado en la Universidad de Sevilla durante el curso 2012-13 de, al menos, 12 créditos necesarios para la obtención de alguno de los siguientes títulos oficiales, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes: -Licenciado en Medicina -Licenciado en Pedagogía -Licenciado en Psicología -Licenciado en Odontología -Diplomado en Enfermería -Diplomado en Fisioterapia -Diplomado en Podología -Maestro: Especialidad en Educación Especial -Maestro: Especialidad en Educación Física -Maestro: Especialidad en Educación Infantil -Maestro: Especialidad en Educación Musical -Maestro: Especialidad en Educación Primaria -Maestro: Especialidad en Lengua Extranjera

-Licenciado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte -Grado en Pedagogía -Grado en Enfermería -Grado en Fisioterapia -Grado en Podología -Grado en Medicina -Grado en Odontología -Grado en Psicología -Grado en Educación Infantil, -Grado en Educación Primaria -Grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte -Master Universitario en estudios avanzados en cerebro y conducta -Master Universitario en nuevas tendencias asistenciales en ciencias de la salud -Master Universitario en psicología de la intervención social y comunitaria -Master Universitario en psicología de la salud -Master Universitario en intervención y mediación familiar -Master Universitario en psicología de la educación, avances en intervención psicoeducativa y necesidades educativas especiales 3.2.- No estar en posesión, ni reunir los requisitos legales para la expedición de un título universitario o alguno de los correspondientes a estudios superiores que habiliten para el ejercicio profesional. No obstante, podrán concederse estas Ayudas a aquellos estudiantes que hayan superado un primer ciclo o estén en posesión de un título de Diplomado, de Maestro, de Arquitecto Técnico o de Ingeniero Técnico, y se encuentren matriculados en un segundo ciclo, en un Máster universitario o en 4º curso de una titulación de Grado o a quienes estén en posesión de un título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Diplomado, Maestro, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o Graduado y se matriculen en un Máster universitario. 4.- Requisitos académicos.- En igualdad de méritos, tendrán preferencia para la concesión de estas Ayudas los solicitantes que hayan superado en el curso 2011-12, o último curso universitario realizado, al menos las materias equivalentes al 30% de los créditos matriculados. 5.- Requisitos Económicos.- En igualdad de méritos, tendrán preferencia para la concesión de estas Ayudas, los solicitantes que no superen los umbrales de renta familiar máxima que se establecen en el art. 14.4 de la Resolución de 2 de agosto de 2012, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan becas de carácter general y de movilidad para el curso académico 2012-13, para estudiantes de enseñanzas universitarias. En igualdad de méritos, tendrán preferencia para la concesión de estas Ayudas, los estudiantes cuyas unidades familiares no superen los umbrales de patrimonio establecidos en el art. 15 de la Resolución de 2 de agosto de 2012, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan becas de carácter general y de movilidad para el curso académico 2012-13, para estudiantes de enseñanzas universitarias. 2

6.- Cálculo de la renta.- La renta familiar a efectos de estas Ayudas se obtendrá de acuerdo con lo establecido en los artículos 11 y 12 de la Resolución de 2 de agosto de 2012, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan becas de carácter general y de movilidad para el curso académico 2012-13, para estudiantes de enseñanzas universitarias. 7.- Solicitudes y presentación.- Los interesados deberán presentar su solicitud en el Registro General Auxiliar de la Universidad de Sevilla (Pabellón de Brasil, Paseo de las Delicias, s/n) o en el Registro General de la Universidad (Rectorado, c/ San Fernando, s/n), en el impreso que a tal efecto sólo estará disponible en el apartado de Becas y ayudas propias del Portal de la Universidad de Sevilla (www.us.es) o accediendo a la siguiente página web: http://www.us.es/estudios/becasyayudas/index.html#propias. Asimismo, las solicitudes podrán presentarse en los Registros o en las Oficinas de Correos y en cualquier otra de las dependencias a que se refiere el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El plazo de presentación de solicitudes será desde el día 9 al 19 de octubre de 2012, ambos inclusive. 8.- Documentación.- La solicitud deberá ir acompañada de los siguientes documentos: Fotocopia del DNI del solicitante. En el caso de estudiantes extranjeros, será obligatorio la presentación del NIE. Acreditación de la matrícula efectuada en el curso 2012-13. Currículum con la formación documentada y acreditada del solicitante, donde se valorará, especialmente, la formación teórica relacionada con la Atención de Personas Dependientes. Cualquier otro documento que el solicitante estime conveniente para avalar su solicitud. 9.- Los solicitantes deberán cumplimentar, obligatoriamente, en la solicitud de estas Ayudas, los siguientes extremos: -Domicilio a efectos de notificación -Dirección de correo electrónico, para el envío de comunicaciones -Firma de la solicitud 10.- Aportación de documentación y subsanación de la solicitud.- Se publicará una Resolución en el apartado de Becas y ayudas propias del Portal de la Universidad de Sevilla (www.us.es) o accediendo a la siguiente página web: http://www.us.es/estudios/becasyayudas/index.html#propias conteniendo una relación de los solicitantes que deban aportar documentación o cumplimentar los apartados obligatorios de la solicitud relacionados en el art. 9 de la convocatoria. 3

Los solicitantes dispondrán de un plazo de 5 días hábiles, contados a partir de la fecha de publicación de la Resolución que se establece en el párrafo anterior, para aportar la documentación o para cumplimentar los apartados obligatorios de la solicitud relacionados en el art. 9 de esta convocatoria. Los solicitantes que no presenten la documentación establecida en el art. 8 de la convocatoria o que no cumplimenten los apartados establecidos como obligatorios de la solicitud en el art. 9 en los plazos establecidos en esta convocatoria, se les considerará desistidos de su petición, que se notificará en la Resolución definitiva de la convocatoria. 11.- Selección.- El estudio de las solicitudes presentadas y la selección de los beneficiarios será efectuada por la Comisión General de Becas y Ayudas al Estudio, establecida en el Reglamento General de Estudiantes de la Universidad de Sevilla (Acuerdo 3/CU 19-3-09). A las reuniones de esta Comisión podrán asistir, con voz pero sin voto, la Trabajadora Social del SACU y cuantos asesores se consideren necesarios. 12.- Evaluación.- 12.1.- Se procederá a examinar la documentación presentada por los aspirantes, valorando especialmente la formación teórica en el ámbito de la atención a las personas dependientes. Asimismo se valorará la disponibilidad del solicitante para cumplir las obligaciones de la presente convocatoria. 12.2.- Estudiadas todas las solicitudes, se seleccionará para una entrevista a los candidatos que presenten suficientes méritos. La fecha de celebración de la entrevista y la relación de los solicitantes seleccionados para la misma se publicará con, al menos, 3 días de antelación en el apartado de Becas y ayudas propias del Portal de la Universidad de Sevilla (www.us.es) o accediendo a la siguiente página web: http://www.us.es/estudios/becasyayudas/index.html#propias. No se admitirá prórroga o aplazamiento, salvo casos de fuerza mayor. La no asistencia a la entrevista será causa de denegación de la solicitud. 13.- En el caso de igualdad de méritos, una vez valorados el currículum y las entrevistas, se tendrán en cuenta por este orden: a) la no superación de los umbrales de renta establecidos en el art. 5, b) la menor renta per cápita de la unidad familiar del solicitante, c) el cumplimiento de los requisitos patrimoniales establecidos en el art. 5, d) el cumplimiento de los requisitos académicos establecidos en el art. 4, e) la nota media del expediente académico. 14.- En el caso de igualdad de méritos de los candidatos, se requerirá a aquellos que se encuentren igualados a méritos, la aportación del Impreso de autorización para solicitar datos económicos a la AEAT de la unidad familiar del solicitante, debidamente firmado y cumplimentado por todos los miembros computables de la unidad familiar, así como aquella otra documentación económica 4

necesaria para la determinación de la renta y del patrimonio de la unidad familiar. En el caso de que la solicitud sea formulada por personas que formen parte de unidades familiares de las que las Administraciones Tributarias no dispongan de datos, será el propio solicitante quien deba aportar información fehaciente sobre la situación económica de renta y patrimonio de su unidad familiar. Del mismo modo, si existiesen dificultades técnicas que impidan o dificulten la cesión de los datos por parte de las Administraciones Tributarias, podrá requerirse al solicitante de la Ayuda la presentación del certificado resumen de la declaración anual del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o el Certificado de Imputaciones, en su caso, de los miembros computables de su familia. También podrá requerirse, en su caso, copia de certificación académica personal para los estudiantes matriculados en el C.E.U. Cardenal Spínola o en las titulaciones de 1º ciclo de los Centros Adscritos de la Universidad de Sevilla. La documentación económica y la certificación académica, en su caso, se requerirá mediante correo electrónico a la dirección de correo que el solicitante haya indicado en su solicitud. En caso de que alguno de los candidatos no aporte la documentación requerida en el plazo de 2 días hábiles, se situará en último lugar dentro del grupo de candidatos igualados a méritos. 15.- Resolución.- Examinadas las solicitudes, y una vez realizadas las entrevistas, la Comisión General de Becas y Ayudas al Estudio resolverá estas Ayudas y formulará al Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Sevilla la propuesta de Resolución, en la que figurarán los beneficiarios seleccionados, y los suplentes, en su caso; asimismo, incluirá relación de los solicitantes denegados y de los solicitantes desistidos de su petición por no aportar la documentación requerida o por no cumplimentar debidamente la solicitud en plazo. Aquellos candidatos entrevistados que no hayan sido nombrados titulares o suplentes, tendrán su solicitud denegada por no presentar suficientes méritos, aunque hayan sido seleccionados para la realización de las entrevistas que se establecen en el art. 12 de esta convocatoria. En el supuesto de que el número de solicitantes sea menor al de ayudas previstas, se abrirá un segundo plazo de presentación de solicitudes. Una vez nombrados los titulares, la Comisión podrá establecer un listado de suplentes, para poder prever cualquier renuncia o incidencia de los seleccionados en primera instancia. En el caso de producirse alguna vacante en las ayudas convocadas y que no existan suplentes para cubrir la ayuda, se realizará una convocatoria extraordinaria para cubrir la citada ayuda. En su caso, los sustitutos disfrutarán de esta Ayuda hasta el 31 de octubre de 2013, siéndoles abonada la parte proporcional correspondiente al periodo en el que el estudiante desarrolle su formación. 5

La adjudicación de estas Ayudas no implicará ninguna relación administrativa ni laboral con la Universidad de Sevilla. 16.- Publicación.- La Resolución de la convocatoria, una vez firmada por el Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Sevilla, se publicará en el apartado de Becas y ayudas propias del Portal de la Universidad de Sevilla (www.us.es) o accediendo a la siguiente página web: http://www.us.es/estudios/becasyayudas/index.html#propias La publicación de esta Resolución surtirá los efectos de notificación individual a los solicitantes. 17.- Calendario.- La convocatoria se resolverá de acuerdo con el siguiente calendario. Todas las fechas tienen carácter provisional y orientativo, debiendo los solicitantes consultar las fechas definitivas en el apartado de Becas y ayudas propias del Portal de la Universidad de Sevilla (www.us.es) o accediendo directamente a la siguiente página web: http://www.us.es/estudios/becasyayudas/index.html#propias, excepto el plazo de presentación de solicitudes y la fecha de incorporación de los beneficiarios. Plazo presentación de solicitudes 9 al 19 de octubre de 2012 Plazo aportación documentación 2ª quincena de octubre de 2012 Plazo subsanación solicitud 2ª quincena de octubre de 2012 Realización de entrevistas 1ª quincena de noviembre de 2012 Incorporación de los beneficiarios 15 de noviembre de 2012 18.- Obligaciones.- Los beneficiarios de estas Ayudas deberán realizar las Prácticas formativas desde el 12 de noviembre de 2012 al 31 de julio de 2013 y desde el 1 de septiembre de 2013 al 31 de octubre de 2013, durante 20 horas mensuales. Se respetarán las obligaciones académicas de los estudiantes. Los beneficiarios de estas ayudas dependerán en su actividad de la Trabajadora Social del SACU, que ejercerá las funciones de tutora, supervisando el desarrollo de su participación y verificando el aprendizaje y la adquisición de las habilidades previstas, para lo cual realizará un seguimiento periódico y elaborará un informe a la finalización del período de la beca, que quedará depositado en el SACU y una copia será remitida a la Comisión General de Becas y ayudas al Estudio de la Universidad de Sevilla para su conocimiento. Los beneficiarios de estas ayudas elaborarán una memoria explicativa de las actividades realizadas mensualmente, que deberá ser informado favorablemente por la tutora. La existencia de dos informes no favorables de la tutora, supondrá la paralización del abono y puede suponer la revocación de la ayuda. 6

Las prácticas formativas consistirán en: o Sesiones teóricas organizadas por la Dirección de los Servicios Sociales y Comunitarios de la Universidad de Sevilla, desarrolladas en el Plan formativo específico para esta convocatoria. o Sesiones prácticas con las personas dependientes que podrán consistir en: -Acompañamiento y apoyo puntual en su domicilio o fuera del mismo. -Acompañamiento en salidas programadas de Ocio y Tiempo Libre en sábado, domingo o festivos. -Servicio de acompañamiento en trayectos cortos: Apoyo que va dirigido a familias de personas con dependencia que no pueden acompañarlas al centro donde habitualmente están atendidas. -Acompañamientos esporádicos a citas médicas o de otro ámbito. Los beneficiarios de estas Ayudas deberán comunicar a la Dirección del SACU, con quince días mínimo de antelación, si se renuncia al programa o no pueden participar en alguna/s de las actividades programadas. 19.- Abono.- Los beneficiarios recibirán mensualmente el importe de sus ayudas, una vez aplicadas las deducciones que pudieran corresponder (deducción por IRPF y cuota a la Seguridad Social). Los gastos de seguro de responsabilidad civil que el estudiante pueda tener en el desarrollo de las actividades quedarán cubiertos por la Dirección de Servicios Sociales y Comunitarios. 20.- Los beneficiarios de estas Ayudas estarán incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre (BOE nº 259 de 27 de octubre), por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la Disposición Adicional Tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social. 21.- Incompatibilidades.- El disfrute de cualquier ayuda regulada por esta convocatoria es incompatible con el de cualquier otra beca o ayuda destinada a la colaboración o formación en otro Servicio/Unidad de la Universidad de Sevilla. 22.- Revocaciones.- La concesión de estas Ayudas podrá ser revocada en el caso de descubrirse que en su concesión concurrió ocultación o falseamiento de datos o que existe incompatibilidad con la titularidad de otra beca o ayuda, según lo establecido en el art. 20 de esta convocatoria. La existencia de dos informes no favorables de la tutora y previa audiencia al interesado por la Dirección de los Servicios Sociales y Comunitarios, supondrá la paralización del abono y podrá proponerse a la Comisión General de Becas y ayudas al Estudio de la Universidad de Sevilla la revocación de la ayuda de formación concedidas. 7

La ayuda cesará en el caso de anulación de matrícula o traslado de expediente a otra Universidad. 23.- La presentación de la solicitud de Ayuda implicará por parte del candidato, la aceptación expresa de los criterios y las decisiones que el SACU pueda adoptar ante cualquier duda interpretativa sobre los requisitos y las condiciones enunciadas en las presentes bases. La obtención de esta ayuda implica para el candidato no tener dificultades para participar en las actividades que se le encomienden. 24.- Contra la denegación de estas Ayudas se podrá presentar recurso de reposición ante el Sr. Rector Magnífico, en el plazo de un mes, contado a partir de la publicación de la Resolución de esta Ayuda. 25.- Será supletoriamente aplicable a esta convocatoria la Resolución de 2 de agosto de 2012, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan becas de carácter general y de movilidad para el curso académico 2012-13, para estudiantes de enseñanzas universitarias. 26.- Las referencias a personas, colectivos o cargos académicos figuran en la presente convocatoria en género masculino, como género gramatical no marcado. Cuando proceda, será válida la cita de los preceptos correspondientes en género femenino. Sevilla, a 24 de julio de 2012 8