ANTECEDENTES DECLARACIONES

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1.6. Tener el siguiente Registro Federal de Contribuyentes (R.F.C.) ITS

1.5 Está inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con el número de clave CEP FJ7.

DECLARACIONES. I.3 Que señala como domicilio el ubicado en Privada 7-A-Sur, 4301, Alpha, Puebla, Heroica Puebla, C.P

PROCESO ELECTORAL CONTRATO CIVIL DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PUESTO

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES

ATL-PUE-ADMÓN

DECLARACIONES. 3. Que cuenta con la suficiencia presupuestal, para comprometerse en los términos del presente contrato.

1.5 Está inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con el número de clave CEP FJ7.

CONTRATO DE HONORARIOS ASIMILABLES AL SALARIO

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS.

ANTECEDENTES DECLARACIONES

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ANTECEDENTES DECLARACIONES I.- EL ORGANISMO, A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE, DECLARA:

EL ORGANISMO, LIC. CARLOS ACEVES AMEZCUA

ATL-PUE-ADMÓN

ANTECEDENTES D E C L A R A C I O N E S

D E C L A R A C I O N E S

D E C L A R A C I O N E S

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$107, CON I.V.A. FONDO: FORTAMUN Y HABITAT 2013 C. JAVIER MERINO ESTRADA

CONTRATO DE ADQUISICIONES No. MCHM/FIII-AD/013/2016.

MAGON $91, CON I.V.A. HABITAT 2013 Y FORTAMUN 2013 C. JAVIER MERINO ESTRADA

$69, CON I.V.A.

PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE YUCATÁN CONSEJO DE LA JUDICATURA

ADMINISTRACION CENTRAL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES


ADMINISTRACION CENTRAL CONTRATO DE HONORARIOS ASIMILABLES A SALARIOS

ANEXO NO. 2. Modelo de Contrato.

DECLARACIONES. I.- EL CAPPSI, declara:

D E C L A R A C I O N E S:

a) Consumidor.- A la persona física o moral que adquiere como destinatario final muebles de línea.

DENOMINACIÓN: SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y SERVICIOS CORRECTIVOS DE TELEFONIA PARA EL H. AYUNTAMIENTO DE ATLIXCO

D E C L A R A C I O N E S

DECLARACIONES: 1.- DE "EL CONSEJO" DECLARA QUE:

D E C L A R A C I O N E S. I. El PRESTADOR DE SERVICIOS declara por conducto de su representante que:

I. Del Prestador de Servicios. El Prestador de Servicios declara por conducto de su representante que:

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO JUZGADO MIXTO DE METZTITLÁN /ENERO-DICIEMBRE 2013 C. MARÍA TRINIDAD PIÑA PÉREZ

D E C L A R A C I O N E S:

A N T E C E D E N T E S

LIC. ANTONIO FERRARI CAZARIN, CODIVER COMPANY S.A. DE C.V.

D E C L A R A C I O N E S.

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ANTECEDENTES. Av. Américas No. 87, Col. Aguacatal, C.P , Xalapa, Veracruz.

ANTECEDENTES DECLARACIONES: I. DECLARA EL I.T.S. SER: Secretaria de Educación en Veracruz Dirección de Educación Tecnológica

Contrato de Prestación de Servicios Profesionales Independientes

2. Declara - a través de su representante: 2.1 Es una sociedad legalmente constituida conforme a las leyes mexicanas, por

CONTRATO DE PRESTACiÓN DE SERVICIOS

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D E C L A R A C I O N E S

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Dirección de Administración

CONVENIO No. CEA-(DA)-DOP-MOD-SERV-ISO 9001:2008-PTAR-003/2015.

D E C L A R A C I O N E S

COMISIÓN ESTATAL PARA LA ATENCIÓN Y PROTECCIÓN DE LOS PERIODISTAS LA COMISIÓN

LIC. ANTONIO FERRARI CAZARIN, FEDEX DE MEXICO S. DE R.L. DE C.V.

ANTECEDENTES D E C L A R A C I O N E S

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO

D e c l a r a c i o n e s:

D E C L A R A C I O N E S

D E C L A R A C I O N E S

D E C L A R A C I O N E S. I.- Manifiesta EL MUNICIPIO, a través de sus representantes :

EL EJECUTIVO ESTATAL EL PRESTADOR DE SERVICIOS

EL C. DR. FRANCISCO JAVIER IBARRA GUEL, RECTOR

1988 Y PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL NÚMERO 99, DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ, DE FECHA DIECIOCHO DE AGOSTO DEL MISMO AÑO.

TECNOLÓGICO NACIONAL DE MÉXICO INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE CIUDAD SERDÁN

LIC. ANTONIO FERRARI CAZARIN, OPERADORA DE HOTELES XALAPA, CHACHALACAS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, LIC. ENRIQUE SUAREZ GALLEGOS

COMISIÓN MUNICIPAL DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DEL MUNICIPIO DE HUATUSCO, VERACRUZ

1. DECLARA "EL COMPRADOR" POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE:

D E C L A R A C I O N E S

ADJUDICACION DIRECTA NO. AD/COBAEV/015/07

E S P E C I F I C A C I O N E S TRES PERSONAS

ARRENDADORA" RESPECTIVAMENTE Y CUANDO ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA "LAS PARTES", AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS DECLARACIONES:

CONTRATO DE PRESTACiÓN DE SERVICIOS

Contrato de arrendamiento de bienes muebles para eventos sociales.

PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE YUCATÁNCONSEJO DE LA JUDICATURA

CONTRATO DE ARRENDAMIENTOJUZGADO MIXTO DE JACALA /ENERO-DICIEMBRE 2013 C. MARÍA DOLORES MORÁN MÁRQUEZ

11.3. BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, MANIFIESTA QUE SE ENCUENTRA AL CORRIENTE EN EL PAGO DE SUS OBLIGACIONES FISCALES.

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO JUZGADO PENAL DE MIXQUIAHUALA /ENERO-DICIEMBRE 2013 C. MARÍA DEL CARMEN VIZZUETT CRUZ

ANTECEDENTES DECLARACIONES. Declara EL COMODANTE por conducto de su representante legal:

Transcripción:

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS SAF/CB/SERV/053/2016, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE: EL INSTITUTO TL CNOLÓGICO SUPERIOR DE CIUDAD SERDÁN, POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE LEGAL EL C. P. JOSÉ ANTONIO ZACAULA MARTÍNEZ, EN SU CARÁCTER DIRECTOR GENERAL, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL SUJETO OBLIGADO" Y POR LA OTRA PARTE, EL C. JOSÉ BALDOMERO AVELINO CRUZ, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL CONTRATADO" Y CUANDO ACTUEN EN FORMA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", SUJETANDOSE AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS: ANTECEDENTES Que en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y art 3 en su fracción X y 42 con relación al anexo nueve del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2016, por la naturaleza del servicio y cumpliendo con los parámetros de ley así como en cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 4, 96, 99, 100, 101, 103 y 107, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal. En base a lo antes mencionado, de acuerdo a los montos máximos y mínimos que establece la fracción X del artículo 3 y 42 de la Ley de Egresos de la Federación, para el ejercicio 2016 y demás relativos a la contratación; así como sus relativas de acuerdo a la contratación dicho proveedor ofrecerá los servicios requeridos, los cuales fueron previamente analizados, en razón de las condiciones que se solicitan para realizar este servicio. DECLARACIONES L- De "EL SUJETO OBLIGADO": 1.1. Ser un Organismo Público Descentralizado del Gobierno del Estado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, y tiene por objeto: 1.2. Ofrecer educación tecnológica de tipo superior que forme profesionales con un sentido innovador que, incorporados a los avances científicos y tecnológicos, estén aptos para aplicar sus conocimientos a la solución creativa de problemas que se presenten en su región; L3. Realizar investigación científica y tecnológica que coadyuve al constante mejoramiento económico, social y cultural, permitiendo elevar la calidad de vida de la comunidad, así como impulsar la producción industrial y de servicios de la región. 1.4. Contribuir a ampliar la cobertura de servicios educativos de tipo superior, en el área de la ciencia y la tecnología. 1.5. Desarrollar programas de apoyo técnico en beneficio de la comunidad. 1.6. Promover la cultura científica, tecnológica y humanística estatal, nacional e internacional. 1.7. Vincular los aprendizajes científicos y tecnológicos que imparta, con los sectores público, social y privado para apoyar el desarrollo económico y productivo de la región y del Estado; y

1.8. Cumplir con cualquier otro que permita consolidar su modelo educativo. De conformidad con los artículo 26, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y art 3 en su fracción X y 42 con relación al anexo nueve del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015. 1.9. Que para efectos del presente Contrato señala como domicilio oficial, legal y fiscal el ubicado en Avenida Instituto Tecnológico sin, Col. La Gloria, Ciudad Serdán, Puebla, C.P. 75520., teléfonos: 01 (245)4521834, 4521835 y 4521836 página web: direccioneeneralptecserdan.edu.mx y e-mail: azacaula@tecserdan.edu.mx. 1.10. Que requiere contratar al C. JOSÉ BALDOMERO AVELINO CRUZ CON LA FINALIDAD DE "RENTAR UNA LONA DE 20X30 MTS" misma que será colocada en la explanada del Instituto Tecnológico Superior de Ciudad Serdán, con el propósito de llevar a cabo el evento de la XXIII Semana Nacional de Ciencia y Tecnología, mediante el servicio que ofrecerá el "CONTRATADO". 1.11. Que el "EL SUJETO OBLIGADO", no tiene relación de parentesco o de negocios con "EL CONTRATADO", por lo que no infringe el artículo 50 fracción XIII, de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado, como relativos a la Ley Federal. 1.12. Que se encuentra inscrito en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHC,_eon--- Registro Federal de Contribuyentes (RFC) número ITS0002044B7. II.- DECLARA "EL CONTRATADO" BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD: Como Persona Física. 11.1. De "EL CONTRATADO" de nombre José Baldomero Avelino Cruz, mayor de edad, pe nacionalidad Mexicana. 11.2. Que cuenta con la capacidad jurídica para ser contratado y reúne las condiciones técnicas, económicas y de experiencia para el propósito de fortalecer el área de conocimiento bajo un esquema de desarrollo de proyectos, objeto del presente contrato, como lo acredita en su credencial de elector con folio: 0000105012024 documento que presenta ante el Instituto Tecnológico Superior de Ciudad Serdán (ITSCS). 11.3. Que se encuentra inscrito en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) con Registro Federal de Contribuyentes (REO) número AECB770405JH9. NN, 11.4. Que señala como domicilio para efectos legales derivados del presente contrato, el ubicado en avenida revolución 1010 B, Ciudad Serdán Puebla C.P. 75520, teléfono: 01 245 45 105 96 51 y 245 45 2 26 99 y e-mail: Ionaserdan@gmail.com 11.5. Que tiene la capacidad legal, económica así como la experiencia y conocimientos suficientes, para llevar a cabo los servicios solicitados por "EL SUJETO OBLIGADO", habiendo considerado todos y cada uno de los factores que intervienen directa o indirectamente en la ejecución de dicha actividad, habiendo considerado todos y cada uno de los factores que intervienen directa o indirectamente en la ejecución de dicha actividad. 111 De "LAS PARTES": 111.1. Que se reconocen mutua y recíprocamente la personalidad y capacidad jurídica con la que intervienen para suscribir el presente contrato, no mediando entre ellas incapacidad legal y vicio

de consentimiento alguno, por lo que es su libre voluntad, celebrar el presente contrato sujetándose a lo dispuesto en los artículos 1, 3, 4, 9, 11, 15, 18, 22, 25, 26 y demás relativos a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como estatal y municipal si fuera el caso. Estableciendo al efecto las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA. DEL OBJETO"EL SUJETO OBLIGADO", contrata los servicios de "RENTA DE UNA LONA DE 20X30 MTS." Misma que será colocada en la explanada del Instituto Tecnológico Superior de Ciudad Serdán el día 28 de noviembre de 2016. SEGUNDA. DE LAS OBLIGACIONES DE "EL CONTRATADO" Para cumplir con el objeto del presente Contrato, "EL CONTRATADO", se obliga a: Alquilar una lona de 20x30 mts, para el día 28 de noviembre de 2016; con la finalidad de llevar a cabo el evento de la XXIII Semana Nacional de Ciencia y Tecnología" el día 28 de noviembre de 2016 en las instalaciones del Instituto Tecnológico Superior de Ciudad Serdán Puebla. De igual forma, durante la vigencia de este contrato "EL CONTRATADO", se obliga además a: I. Cumplir en todas sus partes respecto de la prestación de servicio del alquiler de una lona de 20x30 mts. II. No efectuar trabajos adicionales de cualquier índole, que en forma separada le solicite "EL SUJETO OBLIGADO", o cualquier servidor público del mismo, ni desempeñar cualquier empleo, cargo o comisión dentro del propio Sujeto de Revisión Obligado. 111. Abstenerse de ejecutar actos u omisiones que impliquen dolo, culpa o negligencia, relacionados con el ejercicio de sus funciones, por lo que en caso de dejar de hacer la obligación que le confiere el presente, para lo cual es contratado, podrá ser solidario las responsabilidades que se resulten de las acciones señaladas. TERCERA. IMPORTE DEL CONTRATO "EL SUJETO OBLIGADO", pagará a "EL CONTRATADO", o a su representante autorizado--, por el objeto de este contrato, el precio fijo que se detalla a continuación: La cantidad de $3,038.80 (Tres mil treinta y ocho pesos 801100 M.N.) más el Impuesto al valor agregado, por el importe de $486.20 (Cuatrocientos ochenta y seis pesos 20/100 M.N.), dando un importe total de $3,525.00 (Tres mil quinientos veinticinco pesos 00/100 M.N), j para lo cual "LAS PARTES", convienen en que, para retribuir los servicios profesionales contratados, tomaran como referencia el presupuesto de egresos por ejercer en el año 2016 CUARTA. PLAZO Y CONDICIONES DE PAGO "EL SUJETO OBLIGADO", pagará a "EL CONTRATADO", o a su representante autorizado, las facturas que se generen por concepto del objeto de este contrato, de acuerdo al servicio especificado en la cláusula Primera. Así mismo "EL CONTRATADO", deberá comunicar a "EL SUJETO OBLIGADO", la prestación del servicio objeto de este Contrato, a lo cual dicho pago se hará en una sola exhibición por la cantidad total de $ 3,525.00 (tres mil quinientos veinticinco pesos 00/100 m.n.). QUINTA. DE LOS VIATICOS "EL CONTRATADO", manifiesta su conformidad en que el importe de los viáticos que pudieran originarse con motivo del presente contrato, sean a su cargo.

SEXTA. DE LAS OBSERVACIONES "El SUJETO OBLIGADO", se compromete a solventar las observaciones que le sean formuladas por "EL CONTRATADO", en los escritos respectivos, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de suscitarse cualquier duda. SÉPTIMA. DE LA RELACIÓN LABORAL "EL CONTRATADO", manifiesta que en caso de requerir de personal que colabore en la realización de sus actividades, asume plenamente la responsabilidad que le corresponde, motivo por el que deslinda a "El SUJETO OBLIGADO", de cualquier obligación laboral que pudiera derivarse de esa relación. OCTAVA. CONFIDENCIALIDAD "LAS PARTES", acuerdan que toda la información que se proporcione verbalmente, por escrito o cualquier medio convencional o electrónico, con motivo de los trabajos que realicen para cumplir con el presente instrumento, así como lo que se genere, desarrolle y obtenga con motivo del mismo, es estrictamente confidencial, razón por la cual, quedan obligadas a guardar absoluta reserva de la misma, salvo disposición legal en contrario o con motivo del requerimiento de autoridades competentes. Esta cláusula de confidencialidad subsistirá aún después de la terminación del presente contrato. La información relacionada con el contenido del presente instrumento, podrá ser publicada con apego a las disposiciones que en materia de transparencia y acceso a la información pública resulten aplicables a "LAS PARTES". Así mismo "EL CONTRATADO", se obliga a responder por la calidad del servicio, así como de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido en los términos señalados en el presente---- contrato. eto. NOVENA. FECHA, LUGAR Y CONDICIONES DE ENTREGA "EL CONTRATADO'' se obliga a entregar el día domingo 27 de noviembre del año en curso la lona de 20x30 mts ya que se llevará a cabo la instalación de lo solicitado a las 14:00 horas en.- las Instalaciones del Instituto Tecnológico Superior de Ciudad Serdán. DECIMA. SUPERVISIÓN DEL SERVICIO "EL SUJETO OBLIGADO", a través del servidor público que se designe por parte de la unidad administrativa, tendrá el derecho de supervisar el servicio objeto de este contrato, para lo cual, "EL CONTRATADO", se obliga a darle todas las facilidades que se requieran y a proporcionarle toda la información necesaria para ello. DÉCIMA PRIMERA. PENAS CONVENCIONALES "EL SUJETO OBLIGADO", aplicará una pena convencional a cargo de "EL CONTRATADO", calculada a razón del 20% del monto de partida o concepto cubierto por este contrato, por las siguientes causas: a) Que exista atraso en el servicio. b) Que el servicio sean de diferentes características, a las señaladas en la cláusula Primera, del presente Contrato y, c) Que el servicio sea de calidad inferior a la pactada. Si el servicio cuenta con diferentes características o de calidad inferior a la pactada, habrá de considerarse como ausencia en su prestación, por ende, en tales casos la citada pena convencional se computará. "EL CONTRATADO", acepta pagar la pena convencional la cual no podrá exceder del 20% del monto total del contrato, en cuyo caso "EL SUJETO OBLIGADO", podrá optar entre hacer efectiva la fianza si es que se llegare a depositar la misma en razón de garantía por el

cumplimiento o la rescisión del contrato, sin que medie resolución judicial y en ningún caso se autoriza la condonación de la misma. El importe de la pena convencional se hará efectivo por parte de "EL SUJETO OBLIGADO", ya sea mediante deducción del importe facturado, a través de la presentación de nota de crédito o mediante presentación por parte de "EL CONTRATADO", de cheque certificado o de caja por el importe que corresponda. DÉCIMA SEGUNDA. OBLIGACIONES DEL SUJETO OBLIGADO Para cumplir con el objeto del presente Contrato "EL SUJETO OBLIGADO", se obliga a: a) Pagar a "EL CONTRATADO", o a su representante autorizado, las facturas que se generen por concepto de prestación de servicio dentro de los cinco días naturales posteriores a la recepción de la misma. DÉCIMA TERCERA. RESPONSABILIDAD DE "EL CONTRATADO" "EL CONTRATADO", será responsable de cumplir con todas las obligaciones que tenga con motivo del presente contrato. DÉCIMA CUARTA. MODIFICACIÓN AL CONTRATO "LAS PARTES", no podrán modificar los términos del presente contrato, solo en caso fortuito o fuerza mayor. DECIMA QUINTA, RESCISIÓN ADMINISTRATIVA "EL SUJETO OBLIGADO", podrá rescindir administrativamente, de pleno derecho y sin necesidad de declaración judicial, el presente contrato en los siguientes casos: 1.- Si "EL CONTRATADO", no cumple con la prestación del servicio, en las fechas convenidas. 2.- Suspenda injustificadamente el objeto del presente contrato, por causas imputables al mismo. 3.- Sí "EL CONTRATADO", no otorga a "EL SUJETO OBLIGADO" la información que este solicite con relación a los servicios objeto de este Contrato. 4.- Por casos fortuitos o de fuerza mayor y, 5.- En general, por el incumplimiento de "EL CONTRATADO", a cualquiera de las obligado derivadas del presente Contrato, dando aviso con quince días posteriores a la fecha del incumplimiento. La rescisión se efectuará de conformidad con lo invocado la Ley de Adquisiciones,, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Federal, o Estatal y Municipal de acuerdo a l condición del contrato. DECIMA SEXTA. TERMINACION ANTICIPADA DEL CONTRATO En caso de que "EL SUJETO OBLIGADO", tenga necesidad de dejar de utilizar el servicio, sin cumplirse la vigencia del presente contrato, este no será sujeto de sanción legal, siempre y cuando dé aviso por escrito a "EL CONTRATADO", con tres días naturales de anticipación, cubriendo únicamente los servicios que se hayan recibido hasta el momento de la terminación anticipada. DECIMA SEPTIMA. LICENCIAS Y PERMISOS Por esta cláusula "EL CONTRATADO", se obliga a obtener, mantener en vigor y a su costa, todas las licencias, permisos y registros necesarios que se requieran conforme a las leyes o reglamentos aplicables, así como a renovarlos en su caso. ckí DECIMA OCTAVA. RELACIÓN LABORAL "LAS PARTES", acuerdan que la relación laboral se mantendrá en todos los casos de manera exclusiva entre ellas, aún en los casos de trabajos realizados en forma conjunta o desarrollados en las instalaciones o con equipo de cualquiera de "LAS PARTES", por lo que, cada una

asumirá su responsabilidad con sus colaboradores y en ningún caso podrán ser considerados como patrones solidarios o sustitutos. DECIMA NOVENA. VIGENCIA DEL CONTRATO El presente contrato surtirá efectos a partir del día 25 de noviembre y hasta el 28 de noviembre del 2016. VIGÉSIMA. JURISDICCIÓN Para la interpretación y cumplimiento derivados del presente Contrato, "LAS PARTES", se someten a la jurisdicción y competencia de los Tribunales del Distrito Judicial de los Jueces y Tribunales del Distrito Judicial con sede en el Municipio de Ciudad Serdán, Puebla, renunciado expresamente al fuero que pudiese corresponderles por razón de sus domicilios presentes o futuros. Leído el presente contrato y enteradas "LAS PARTES" de su contenido y alcance jurídico lo firman de conformidad por duplicado al mafgen -sral- alce, en seis fojas útiles por su anverso en el Municipio de Ciudad Serdán, Puebla, pf día 25 de " r4ibre del dos mil dieciséis, quedando un ejemplar en poder de cada una de "LAS P RTE C.P. José la Martínez Direc r General a el Instituto Tecnológico Superior de Ciudad Serdán C. José Baldomero Avelino Cruz Contratado Mtro. lego Mercado Tepichín Jefe del Depto. de Ciencias Básicas Lic. Laza -11-óp-ez Hernández Jefe de Rec. Materiales y Serv. Generales 6