EMPRESA MUNICIPAL DE AGUAS DE HUELVA, S.A. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO DE LAVADO INDRUSTRIAL Y DESCONTAMINACIÓN DE LA ROPA DE TRABAJO DEL PERSONAL DE LA EMPRESA MUNICIPAL DE AGUAS DE HUELVA, S.A., CON RIESGO DE CONTAMINACIÓN POR AGENTES BIOLÓGICOS. Expediente de Contratación SV-2018-006
ÍNDICE: CLÁUSULA 1: OBJETO DEL CONTRATO... 2 CLÁUSULA 2: DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO.... 2 2.1 RECOGIDA DE ROPA SUCIA.... 2 2.2 TRANSPORTE A LA LAVANDERÍA.... 2 2.3 TRATAMIENTO DE LA ROPA SUCIA (LAVADO-DESINFECCIÓN-PLANCHADO- PLEGADO)... 3 2.4 CONTROL Y SEGUIMIENTO.... 3 CLÁUSULA:3 GARANTÍAS DE FUNCIONAMIENTO.... 3 CLÁUSULA 4: RESPONSABLE DEL CONTRATO.... 3 CLÁSULA 5: COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES.... 3 ANEXO A: CONDICIONES TÉCNICAS.... 5 1
CLÁUSULA 1: OBJETO DEL CONTRATO La limpieza de la ropa de trabajo en el desarrollo de la actividad diaria, así como tener estas con las mejores condiciones higiénicas, colaboran en el bienestar del trabajador y a la imagen de éste de cara al exterior, consiguiendo con ello poner las mejores condiciones para el desempeño de sus funciones tanto individuales como sociales. Con la contratación de una empresa para la prestación de estos servicios, se pretende satisfacer la realización de las tareas de lavandería y desinfección de las ropas de trabajo del personal seleccionado de la EMAHSA, utilizando técnicas, útiles productos y maquinaria que garanticen la limpieza, desinfección y mantenimiento de las prendas, siempre bajo la supervisión del profesional competente y cumpliendo con la normativa en materia de seguridad y salud. El objeto del presente Pliego de Prescripciones Técnicas es regular las condiciones que deberán regir en la contratación del Servicio de lavado, planchado, desinfección, plegado, clasificación, empaquetado y su posterior transporte a los puntos indicados de la EMAHSA. La prestación del servicio de realizará de acuerdo con los requerimientos y condiciones que se estipulan en este Pliego de Prescripciones Técnicas, y el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares relativas a esta contratación de las que se derivan los derechos y obligaciones de las partes contratantes. El tipo de ropa a procesar será la indicada en el Anexo A. CLÁUSULA 2: DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO. 2.1 RECOGIDA DE ROPA SUCIA. La recogida de ropa sucia se realizará en los lugares y días indicados en el Anexo A. Las recogidas se deben de realizar utilizando los medios apropiados para la correcta ejecución del servicio. Estos medios, para el transporte de la ropa limpia y sucia, deberán de cumplir entre otras las siguientes condiciones mínimas: Serán de material de fácil limpieza y desinfección. Resistente a la corrosión y con mecanismo que su transporte no sea dificultoso ni entrañe riesgo para su manipulación. Se realizará el mantenimiento para que estén en óptimas condiciones de funcionamiento, limpieza e higiene. Los medios que se utilicen para el transporte de la ropa sucia serán cerrados. 2.2 TRANSPORTE A LA LAVANDERÍA. El transporte de la ropa se realiza por la empresa adjudicataria, empleando vehículos con compartimentos distintos para la ropa sucia y ropa limpia, de manera, que nunca se encuentren simultáneamente ambos tipos de ropa en el mismo vehículo o compartimento, estableciendo así una barrera sanitaria o establecer un sistema de transporte en el nunca viaje ropa limpia y sucia a la vez. No se acepta la introducción de ropa limpia en un compartimente que haya transportado ropa sucia y no haya sido previamente desinfectado. 2
2.3 TRATAMIENTO DE LA ROPA SUCIA (LAVADO-DESINFECCIÓN-PLANCHADO- PLEGADO) La ropa se debe tratar y clasificar aplicando los procesos y productos adecuados de lavado a cada tipo de prenda, con independencia del tipo de maquinaria utilizada en el lavado, se debe de garantizar la total desinfección, con inclusión de procedimientos térmicos y/o aditivos de productos químicos, que eviten al máximo la destrucción del tejido. En todo momento se observarán las exigencias técnicas de asepsia (separación de la ropa sucia de la limpia) a emplear en el lavado, garantía de enjuagues, forma de planchado, plegado e higiene en el transporte. La empresa adjudicataria será responsable de que el personal que manipule la ropa cumpla las condiciones higiénico-laborales en cumplimiento de la normativa vigente, especialmente en lo que se refiere a la separación total de personal y bienes de equipos en la zona limpia y sucia. 2.4 CONTROL Y SEGUIMIENTO. Cuando se considere por parte de la EMAHSA, que la ropa limpia no está en óptimas condiciones de limpieza, se informará al adjudicatario y será devuelta siendo objeto de un nuevo tratamiento a cargo de ésta. La empresa adjudicataria abonará el importe de las prendas que puedan demostrarse que han sido entregadas y extraviadas, así como las prendas que se hayan deteriorado, siempre y cuando no sea debido a causas del desgaste propio de la ropa sino sea por causas imputables a la empresa adjudicataria. El precio a aplicar será el coste de compra que haya tenido la EMAHSA. CLÁUSULA:3 GARANTÍAS DE FUNCIONAMIENTO. El adjudicatario tomará las medidas oportunas para asegurar el mantenimiento del servicio en caso de circunstancias extraordinarias, debiendo establecer los medios adecuados para solventarlas. Los licitadores deberán indicar las medidas previstas para cumplir estas garantías. Si la ejecución del servicio se interrumpe durante 24 horas de los días señalados, la EMAHSA podrá dar a la ropa sucia la solución que considere más adecuada con el fin de mantener la continuidad del servicio en condiciones normales, descontándose los gastos ocasionados en la próxima factura o en su defecto el abono por parte del adjudicatario. CLÁUSULA 4: RESPONSABLE DEL CONTRATO. Para la gestión, desarrollo y control de este contrato, a efectos técnicos y operativos la EMAHSA, designara un responsable del contrato, siendo éste, el interlocutor para interpretar, ejecutar y controlar todos los apartados que contempla el presente pliego técnico. Así mismo, el adjudicatario del contrato deberá designar un coordinador para la ejecución del contrato, dicho coordinador será el único interlocutor válido con la EMAHSA para el control y supervisión del contrato. CLÁSULA 5: COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES. El ADJUDICATARIO hará entrega a AGUAS DE HUELVA de aquella documentación y acreditaciones que les sean solicitadas, en el cumplimiento de sus obligaciones en materia de Seguridad y Salud Laboral. 3
La documentación y la acreditación prevista en el párrafo anterior deberá exigirlas el ADJUDICATARIO a sus Subcontratistas, si cabe, cuando subcontrate la realización de parte del servicio (cumpliendo con las limitaciones establecidas para ello en el PCAP). Para un mejor control, tanto de la documentación requerida como de los plazos de entrega de la misma, el ADJUDICATARIO, así como cualquiera de sus subcontratistas, deberán formalizar su alta e inscripción en la plataforma informática "Coordinaqua" (www.coordinaqua.com), destinada a regular la coordinación de las actividades entre AGUAS DE HUELVA y el Adjudicatario, así como de sus posibles Subcontratistas, de acuerdo a la regulación contemplada en los Reales Decretos 171/2004, de 30 de enero, y 1627/1997, de 24 de octubre (si fuere de aplicación). Tanto el ADJUDICATARIO como sus posibles Subcontratistas se obligan a introducir la documentación requerida, en dicha aplicación, en los plazos indicados para ello. Para ello, la documentación requerida según la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/1995, de 8 de noviembre) deberá estar introducida en el citado sistema informático de forma previa al inicio de la ejecución del servicio u obra determinados en el Contrato. Huelva a 4 de junio de 2018 Guadalupe Carrasco Mancha Directora de Operaciones 4
ANEXO A: CONDICIONES TÉCNICAS. 1. Volumen Anual Estimado CAZADORAS PANTALONES CHAQUETONES CAMISAS TOALLAS BAÑO BATAS SUDADERAS JERSÉIS IMPERMEABLES CALCETINES 199 Ud. 1.755 Ud. 33 Ud. 2.009 Ud. 599 Ud. 35 Ud. 84 Ud. 82 Ud. 24 Ud. 2.079 pares 2. Descripción. Entrega y recogida de ropa de trabajo: lunes y jueves Entrega de ropa empaquetada de forma individual (llevan nº de referencia) Lugar de entrega y recogida: Oficinas comerciales Avda. de Alemania nº 7, 21002. Huelva Estación Depuradora de Aguas Residuales. Marismas del Titán s/n (terrenos aledaños al Rio Tinto, detrás de Bda. Pérez Cubillas. Huelva) Forma de lavado: Lavado en seco y desinfección. 3. Otras condiciones. Las ofertas económicas serán establecidas por precios unitarios conforme al Anexo I del PCAP 5