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Transcripción:

TEMA DE PROPUESTA DIRECCIÓN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES PROPUESTA DE CONSULTA PÚBLICA Reglamentación para la comercialización de televisores en la República de Panamá, para uso local, con el sintonizador integrado Digital Video Broadcasting - Terrestrial (DVB-T), entre otras disposiciones. OBJETIVOS Facilitar a la población y a los hogares, la disponibilidad y adquisición de televisores con sintonizador digital DVB-T. Impulsar el desarrollo de la Televisión Digital en Panamá (TDT de Panamá), utilizando la tecnología DVB-T. Promover el cambio tecnológico de la televisión abierta, de analógica a digital. Asegurar que los usuarios adquieran televisores con el sintonizador digital de televisión abierta, con el estándar escogido por Panamá (DVB-T), y de igual forma, brindar información acerca de los beneficios de esta tecnología. Impulsar las FASES de Apagón Analógico de la televisión abierta en toda la República de Panamá. ALCANCE Incluir a todos los agentes económicos que comercialicen televisores en la República de Panamá, para uso local, como también a todas las marcas y modelos de televisores. Ofrecer un plazo razonable para su debida ejecución. Mantener las disposiciones de las Resoluciones AN No.3144-RTV de 11 de diciembre de 2009, AN No.4901-RTV de 15 de noviembre de 2011 y AN No.7350-RTV de 12 de mayo de 2014, que establecen los parámetros técnicos mínimos que deben cumplir los televisores con tecnología DVB-T y la identificación (logotipo) de receptores con dicho sintonizador digital. Utilizar, como posibilidad, el sintonizador DVB-T versión 2 (DVB-T2) de televisión digital, compatible con la tecnología DVB-T.

I. ANTECEDENTES DE LA PROPUESTA 1. Antecedentes Generales Mediante el Decreto Ejecutivo No. 96 de 12 de mayo de 2009, se adoptó el DVB-T (Digital Video Broadcasting - Terrestrial), como el estándar de televisión digital terrestre a implementar en la República de Panamá y se designó a la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP), como la entidad encargada de establecer las directrices técnicas y la reglamentación necesaria para dicha implementación. La Televisión Digital Terrestre (TDT) consiste en el cambio de la tecnología analógica a la digital del servicio televisión abierta (televisión de libre recepción y gratuita), que beneficia a los usuarios con una mejor calidad de audio y video, con más contenidos y servicios informativos, los cuales no pueden brindarse con la actual tecnología analógica. En cumplimiento del Decreto citado, la ASEP, mediante la Resolución AN No. 3988-RTV de 15 de noviembre de 2010, entre otras reglamentaciones, estableció de manera general, las directrices técnicas y reglamentarias para la implementación de la televisión digital abierta en Panamá, puntualizando entre ellas, las condiciones técnicas mínimas que regirían durante el proceso de transición e inicio de las transmisiones digitales, las cuales resumimos a continuación: 1. Se otorgaron nuevos canales de televisión a los concesionarios existentes, para uso en digital, y se introdujo el concepto de operaciones de Redes de Frecuencia Única (SFN, por sus siglas en inglés). 2. Se declaró formalmente la fecha del inicio de la Transición de análogo a digital de la televisión (14 de septiembre de 2011). 3. Se establecieron las cuatro (4) FASES para realizar la implementación de la TDT de Panamá, con un periodo inicial de 18 meses cada una, dentro del cual los concesionarios debían iniciar sus transmisiones digitales de televisión abierta y mantener simultáneamente transmisiones analógicas, en las correspondientes regiones geográficas, que mencionamos a continuación: FASE I: Provincias de Panamá y Colón (hoy día incluye la provincia de Panamá Oeste). FASE II: Provincias de Coclé, Herrera, Los Santos y Veraguas. FASE III: Provincias de Chiriquí y Bocas del Toro. FASE IV: Provincia de Darién. 4. Se adoptaron las condiciones mínimas para el Apagón Analógico, por cada Fase de la TDT. 5. Se establecieron los parámetros técnicos mínimos para la operación de los nuevos canales digitales.

6. Se dictaron las normas y guías para los agentes económicos que comercializan y distribuyen en Panamá cajas decodificadoras y televisores con el formato digital DVB- T, dentro de la República de Panamá, con la finalidad de que dichos equipos sean compatibles con la tecnología DVB-T. 2. Avances de la TDT de Panamá Actualmente la Televisión Digital de Panamá se encuentra en el proceso de Transición y como consecuencia de las acciones arriba señaladas, se está ejecutando las Fases de Implementación y se han obtenido avances significativos como: Se ha concluido con la digitalización de las redes comprendidas dentro de la FASE I y se ha alcanzado un avance estimado del 70% de la FASE II; esto incluye 21 contenidos televisivos que ya se encuentran disponibles en digital, de los cuales 12 se transmiten en formato de Alta Definición (HD) y 10 contenidos de audio se incorporan a la televisión. Cabe mencionar que actualmente existen 12 programaciones en analógico activas, por lo que hay más disponibilidad de contenidos televisivos en la TDT. Con la digitalización de la FASE I, se cubre más del 90% de los hogares con televisor dentro de esta fase, en comparación con la analógica, cumpliendo con un indicador esencial para el proceso del apagón análogo. Además, con el avance de la FASE I se cubre aproximadamente el 62% de los hogares que cuentan con televisores dentro de la República de Panamá. Hoy día las principales marcas de televisores que se comercializan en nuestro país, ya traen integrado el sintonizador digital DVB-T, y existen agentes económicos que están vendiendo cajas decodificadoras con este formato digital, lo cual facilita la penetración de la TDT en los hogares. II. JUSTIFICACIÓN Desde la adopción del estándar digital para implementar la TDT de Panamá, la ASEP ha establecido medidas para promover la introducción de televisores y cajas decodificadoras con la tecnología digital DVB-T, reglamentando, por ejemplo, las especificaciones técnicas mínimas que deben contar estos equipos, con el fin de que sean compatibles con dicha tecnología. Bajo este orden de ideas, esta Autoridad adoptó un logotipo y acrónimo para identificar la TDT de Panamá, con la finalidad principal de promover el cambio tecnológico. En adición, se establecieron, de manera gradual, disposiciones para que los agentes económicos que comercialicen televisores dentro de la República de Panamá, introdujeran la tecnología DVB-T en los televisores (desde el año 2009) y ofrecieran la información a sus clientes sobre esta tecnología digital. Cabe señalar que la TDT de Panamá y las reglamentaciones arriba mencionadas, han sido socializadas oportunamente a la mayoría de los agentes económicos en referencia, a través de

la celebración de cinco (5) reuniones, cuatro (4) notas y correos electrónicos, entre otros medios (vía telefónica, anuncios en periódicos y página web), siempre con el objetivo de explicar e informar, sobre la importancia del cumplimiento de estas medidas. Es importante resaltar, que con la Resolución AN No.3144-RTV de 11 de diciembre de 2009 y su modificación, relacionada con la comercialización de televisores con formato DVB-T, se buscó promover que dicho aparato tuviera integrado el sintonizador digital, lo cual facilitaría el cambio tecnológico de los usuarios y la efectividad de un posterior apagón analógico. En adición, con la información que deben brindar los agentes económicos a los usuarios, éstos podían tener la opción de escoger un televisor con el formato DVB-T y aprovechar los beneficios de la TDT de Panamá, ya que como se menciona en los antecedentes, existen más contenidos televisivos y de mejor calidad, en audio y video, disponible en digital, dentro de las provincias de Panamá, Panamá Oeste y Colón. Como resultado de la reglamentación arriba descrita, la ASEP ha observado lo siguiente: Desde el año 2011, existe un crecimiento importante de marcas y modelos de televisores que se venden en la República de Panamá con el sintonizador digital DVB-T integrado. De acuerdo a la información recabada en el mercado, por lo menos ocho (8) de las marcas de televisores que se venden en la República de Panamá, ya cuentan con dicho sintonizador digital. No obstante lo anterior, en diversas visitas que se han realizado a diferentes comercios que venden televisores, se ha observado que son pocos los establecimientos que están cumpliendo con la disposición de identificar los televisores con la tecnología digital en referencia y, mucho menos, en brindar la información mínima obligatoria. De igual forma, se observa la venta y promoción de televisores con otras tecnologías o sintonizadores digitales de televisión (como ATSC y ISDB-T), mismas que no corresponden ni son compatibles con el estándar DVB-T adoptado en Panamá, lo que genera confusiones a los usuarios. A pesar de los ingentes esfuerzos que ha realizado esta Autoridad para obtener información de la comercialización de televisores con formato digital DVB-T, no se ha logrado el objetivo. Bajo los planteamientos expuestos, la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos considera necesario y fundamental, sobre todo en esta etapa del proceso de transición hacia la TDT de Panamá, incrementar las medidas reglamentarias para la comercialización de televisores en la República de Panamá, para uso local, por parte de los agentes económicos, de tal forma que dichos aparatos cuenten con el sintonizador digital DVB-T integrado, además del tradicional sintonizador analógico NTSC.

Cabe señalar que esta Autoridad Reguladora, en sus jornadas de socialización y en las reuniones técnicas correspondientes, ha recibido comentarios y solicitudes por parte de los concesionarios de televisión y asociaciones de consumidores, sobre la necesidad de que todos los televisores que se comercialicen en la República de Panamá, para uso local, cuenten con el sintonizador digital DVB-T integrado. Muchos países de Europa, que han recorrido el proceso de transición en comento, y en América, países como México, Ecuador y Paraguay, han adoptado reglamentaciones dirigidas a que los televisores que se comercialicen en dichos países, cuenten con los sintonizadores digitales, de conformidad con la tecnología escogida por cada de uno de estos países. Por otra parte, los avances de la FASE I de la TDT de Panamá se han completado satisfactoriamente, desde el punto de vista de las reglamentaciones y de las inversiones realizadas por los operadores concesionados, lo cual ha permitido alcanzar los logros arriba descritos, por lo que corresponde iniciar el proceso de apagón analógico de dicha FASE I. No obstante, para ejecutar el apagado en referencia, es necesario que se aumente la densidad de receptores de televisión DVB-T en los hogares dentro de la FASE I, hasta lograr que el 90% de estos hogares con televisor, cuenten con dicho sintonizador digital. Bajo este orden de ideas, es conocida la evolución de la tecnología DVB-T a DVB-T2, con los beneficios propios que dicha evolución tecnológica proporciona, la cual, oportunamente y cumpliendo con los principios establecidos en la Ley 24 de 1999, esta Autoridad Reguladora podrá armonizar con el sector. No obstante, con el fin de ampliar la gama de receptores que se ofrezcan, esta Autoridad considera que es favorable la comercialización de sintonizadores DVB- T2, dentro de la República de Panamá, para uso local, compatibles con la tecnología DVB-T, previa revisión técnica y cumpliendo con el estándar internacional correspondiente. Por lo anterior, esta Autoridad debe reglamentar lo propio, para que todos los televisores que se comercialicen en la República de Panamá, para uso local, cuenten con el sintonizador digital DVB-T, de acuerdo a lo establecido en las Resoluciones AN No.3144-RTV de 11 de diciembre de 2009, AN No.4901-RTV de 15 de noviembre de 2011 y AN No.7350-RTV de 12 de mayo de 2014. III. PROPUESTA Considerando lo anteriormente expuesto, la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos, somete a Consulta Pública, la siguiente propuesta de reglamentación: 1. ORDENAR a todos los agentes económicos que los televisores que se comercialicen en la República de Panamá, para uso local, deberán contar con el sintonizador Digital Video Broadcasting-Terrestrial, mejor conocido por sus siglas en inglés como DVB-T.

2. OTORGAR un plazo de seis (6) meses, contados a partir de la entrada en vigencia de la resolución que resulte de la presente Consulta Pública, para el cumplimiento de lo dispuesto en el punto anterior. 3. ADVERTIR que, transcurrido el término de los seis (6) meses propuesto, aquellos agentes económicos que mantengan en sus inventarios televisores que no cuenten con el sintonizador DVB-T en referencia, deberán proporcionar al usuario, de manera gratuita, una caja decodificadora con el sintonizador DVB-T, que cumpla con las características técnicas mínimas, establecidas en la Resolución AN No.3144-RTV de 2009 y su modificación, la cual deberá contar con garantía valida por un periodo similar a la del televisor, al igual que con toda la información que facilite al usuario su instalación. 4. COMUNICAR a todos los agentes económicos que los televisores que comercialicen en la República de Panamá, para uso local, deberán cumplir con las especificaciones técnicas mínimas establecidas en la Resolución AN No.3144-RTV de 11 de diciembre de 2009 y su modificación. 5. COMUNICAR a todos los agentes económicos que podrán comercializar televisores, y demás receptores de televisión digital (cajas decodificadoras, entre otros), en la República de Panamá, para uso local, que cuenten con el sintonizador DVB-T2, siempre y cuando sean compatibles con el DVB-T a 6 MHz y con las especificaciones técnicas mínimas establecidas en la Resolución AN No.3144-RTV de 11 de diciembre de 2009 y sus modificaciones. Para tales efectos, los agentes económicos deberán presentar ante esta Autoridad Reguladora, una certificación por parte del fabricante que señale que el receptor DVB- T2, es compatible con el DVB-T a 6 MHz autorizado en la República de Panamá. 6. COMUNICAR a todos los agentes económicos que comercialicen televisores y cajas decodificadoras compatibles con el formato DVB-T en la República de Panamá, para uso local, que deberán cumplir con la identificación de los mismos, de acuerdo a lo establecido en la Resolución AN No.7350-RTV de 12 de mayo de 2014. 7. ADVERTIR a todos los agentes económicos que la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos realizará las inspecciones y levantará un acta por cada lugar que se encuentre en violación de dichas medidas, sujeto al siguiente procedimiento: 7.1. Se levantará una primera acta en la cual se consignará el nombre del local objeto de la inspección y lo detectado, dejándose un aviso en el establecimiento visitado en el que se consigne el día, la hora, y lo encontrado; advirtiéndose en este documento que se deberán realizar los ajustes que correspondan para el cumplimiento de las medidas establecidas por esta Autoridad Reguladora, o de lo contrario se iniciará un Proceso Sancionador.

7.2. En caso de detectarse en una posterior visita el no acatamiento a la advertencia indicada en el numeral anterior, se levantará una segunda acta en la cual se consignará el nombre del local objeto de la inspección y lo detectado, con lo cual esta Autoridad Reguladora iniciará un proceso sancionador por incumplimiento. 8. ADVERTIR a los agentes económicos que las acciones u omisiones que vulneren lo dispuesto en la presente reglamentación serán sancionadas, previo proceso sancionador, por la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos, de conformidad con lo dispuesto en su normativa sectorial, sin perjuicio de las sanciones que pueda aplicar la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (ACODECO) en virtud de las disposiciones contenidas en la Ley No. 45 de 31 de octubre de 2007 y su reglamentación.