AJUNTAMENT D'ONDA ONDA (CASTELLÓ)

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Transcripción:

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACION DE LOS TRABAJOS DE ASISTENCIA TÉCNICA PARA EL MANTENIMIENTO DEL CATASTRO URBANO DEL MUNICIPIO DE ONDA. CLÁUSULA 1. - OBJETO DEL CONTRATO Constituye el objeto del contrato la realización de los servicios que se describen en la cláusula 2ª y que suponen la conservación integral del Catastro Urbano en el municipio de ONDA, en desarrollo y de acuerdo con el convenio de colaboración suscrito entre el Ayuntamiento de Onda y la Secretaría de Estado de Hacienda ( Dirección General de Catastro) con fecha 28 de noviembre de 2.000 y sus posteriores modificaciones, así como la actual normativa catastral. Se trata de realizar la colaboración técnica precisa para que por el Centro de Gestión Catastral se proceda a la incorporación de altas o modificaciones (alteraciones catastrales) en la base de datos catastral del municipio. La empresa adjudicataria realizará los trabajos necesarios con sujeción al presente pliego de cláusulas administrativas particulares y en lo no previsto en este, en los Pliegos de Condiciones Modelos-Tipo que utiliza la Gerencia Territorial del Catastro en la contratación de trabajos similares ( Pliego de Cláusula Administrativas particulares y Pliego de Prescripciones Técnicas de aplicación general a la contratación de trabajos de revisión y modificación del Catastro urbano editado por la Subdirección General del Catastro Inmobiliario Urbano) y se ajustará al mismo régimen de garantías y exigencia de responsabilidad que la propia entidad colaboradora encargada del tratamiento de los datos. En todo caso la empresa adjudicataria utilizará la forma de remisión y la estructura, contenido, especificaciones técnicas y formato informático de los ficheros de intercambio de información catastral que en cada caso y momento exija y tenga aprobados la Dirección General de Catastro. No obstante, el Ayuntamiento de Onda, se reserva el derecho, durante el tiempo de vigencia del contrato, de incluir o excluir las prestaciones del mismo en cualquiera de los conceptos que potencialmente constituyen el objeto de este contrato y que no han sido incorporados inicialmente al mismo. CLÁUSULA 2. - DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS. Con este contrato se pretende ejercer la delegación de funciones efectuada por la Dirección General del Catastro en favor del Ayuntamiento de Onda, mediante Convenio para la colaboración en materia de gestión catastral, en la tramitación de los expedientes de alteraciones de orden físico y económico ( Modelos 902N, 903N y 904N ) y en la conservación y actualización de la Base de Datos Catastrales de Urbana. La realización de los trabajos se ejecutará de conformidad con la normativa catastral vigente aplicable a cada municipio y deberá permitir la incorporación de los inmuebles y sus alteraciones al catastro Inmobiliario urbano. Los trabajos objeto del presente contrato se dividen en cinco conceptos: Concepto 1. Tramitación de alteraciones catastrales producidas por documento 902N,

903N, 904N o documento similar, que motive una modificación del Catastro de Urbana, sea alta por obra nueva, rehabilitación, reforma,ampliación, agregación, segregación, agrupación, demolición o derribo, cambio de uso etc. Concepto 2.- Tramitación de alteraciones catastrales producidas por altas de oficio motivadas por cambio de planeamiento, apertura o alineación de calles, expropiaciones, cesiones o reparcelaciones, incorporaciones de nuevo suelo, etc. Concepto 3. - Colaboración y asistencia en los recursos y reclamaciones que se presenten. Concepto 4 Mantenimiento y actualización de la Cartografía Catastral digitalizada de este municipio de conformidad con el sistema, formatos e instrucciones a tal efecto establecido por la Dirección General del Catastro. Concepto 5- Actualización por modificación del Callejero Municipal del nombre de la calle y/o número de policía. El desarrollo de los trabajos contemplados en los conceptos anteriores incluirá: a) Formalización de los requerimientos, a que hubiere lugar por la indebida cumplimentación de las declaraciones o falta de documentación adjunta al expediente. b) Realización de los trabajos de campo necesarios para la resolución de los expedientes que no han sido documentados mediante el requerimiento previo o en los que resulte necesario para su resolución, la comprobación a nivel de campo de los datos físicos, económicos y jurídicos cuando existieren dudas o cuando en todo caso sea necesario. c) Preparación y grabación de los datos existentes en los expedientes de declaración, con actualización de datos jurídicos. La preparación implica, entre otras cosas, la tarea de comprobar la identidad de la parcela objeto de la declaración con la que figura en la base de datos catastrales y en la cartografía municipal. d) Confección de los Croquis Catastrales ( CC) digitales. e) Elaboración del formato de intercambio de cartografía catastral FXCC digital ( formato FX.CC) o el que exigiera y tuviera aprobado en cada momento la Dirección General del Catastro, ajustándose a los formatos e instrucciones a tal efecto establecidos por dicha Dirección. Se generaran dos salidas convencionales del mismo en soporte papel y otra en soporte informático acorde con los criterios de la Subdirección General de Estudios y Sistemas de información. Cuando así se considere necesario se entregara, en su caso, el formato FICC de cartografía. f) Entrega de la información de los datos físicos, económicos y jurídicos necesarios para que la Gerencia Territorial del Catastro pueda efectuar la valoración y alta en la Base de datos Catastral en el soporte de intercambio FIN 2006 o el que se establezca por la Gerencia en cada momento, y corrección de los errores encontrados en el proceso de validación.

g) Entrega, en su caso, de la información en soporte informático de intercambio ( Cinta LIQ) que contenga los datos jurídicos, periodos y valores a liquidar necesarios para que se pueda llevar a cabo la regularización tributaria del expediente. h) Relación, en su caso, en soporte informático y papel de las parcelas afectadas con especificación de la parcela originaria, así como del expediente que ha motivado la actuación. i)entrega, en su caso, en soporte informático y físico de las parcelas que causan baja/ alta/modificación, en la Base de Datos Catastral, con identificación de la referencia catastral, fecha de la alteración, número de expediente catastral, propuesta de regulación tributaria, etc. ( listado de clasificación de documentos normalizados por la Gerencia Territorial del Catastro). j) Remisión con cada entrega en soporte físico e informático, conteniendo datos estadísticos relativos al número de expedientes tramitados, en donde se indicará expresamente su situación administrativa: expedientes entrados, pendientes, requeridos y resueltos, con indicación de las unidades urbanas. k) Encarpetado y archivo físico de la documentación original en la Gerencia Territorial de Catastro y de una copia en el Ayuntamiento de Onda. l) Desplazamientos a la Gerencia Territorial del Catastro de Castellón para efectuar las gestiones pertinentes para llevar a buen fin los trabajos. m) Desplazamientos al Ayuntamiento de Onda cuando lo requiriese el buen funcionamiento de los trabajos y siempre que sea necesario, para atender las posibles reclamaciones que se presenten, en todo caso y como mínimo, una mañana de 9 a 14 horas un día a la semana en la fecha a convenir por los Servicios Municipales. n) Colaboración en la tramitación y asistencia a los ciudadanos, en los recursos y reclamaciones que se presenten. La empresa realizará las funciones de soporte técnico solicitadas por la Gerencia de Catastro. Dichas funciones podrán consistir en la confección de un informe referido a las comprobaciones realizadas con relación a dichos recursos, para su posterior presentación en la Gerencia Territorial, así como un plano de situación con señalamiento de la finca e indicación de su referencia catastral. La entrega de los trabajos se realizará con una periodicidad cuatrimestral, salvo que se reciban instrucciones distintas de este Ayuntamiento. CLÁUSULA 3. - OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. 1º El contratista hasta la finalización del plazo de garantía estará obligado a resolver y subsanar, a su costa, los trabajos defectuosos o incorrectos que pudieran advertirse. 2º Corresponde al contratista la obtención de todas las autorizaciones y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la elaboración de los trabajos contratados. 3º En relación a los trabajos contratados, el contratista adecuará sus actuaciones a la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de Carácter Personal ( B.O.E número 298 de 14 diciembre) y demás normas de aplicación. El adjudicatario tendrá la

consideración de encargado del tratamiento y el acceso a la información catastral de carácter personal para la realización de los trabajos no supondrá comunicación de datos a efectos de la Ley de protección de datos. El adjudicatario estará sometido, en todo caso, a las siguientes obligaciones con respecto a los datos de carácter personal: Actuará conforme las instrucciones de la Gerencia Territorial responsable del fichero, a través o bajo la supervisión del Ayuntamiento. Adoptará todas aquellas medidas de índole técnica y organizativas que resulten necesarias para garantizar la seguridad de los datos de carácter personal, así como evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizados. No aplicará ni utilizará los datos con fines distintos a los de la realización de los trabajos objeto del contrato, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas. Estará obligado a guardar secreto profesional respecto de los mismos, aún después de finalizar las relaciones contractuales. Una vez finalizados los trabajos objeto del contrato, el adjudicatario deberá devolver a la Gerencia Territorial del Catastro, todos los documentos o soportes informáticos en que pudieran constar datos de carácter personal. En el caso de que los comunique o los utilice incumpliendo las estipulaciones establecidas en el contrato, será considerado responsable del tratamiento, respondiendo de las infracciones en que hubiera incurrido previstas en la citada Ley 15/1999. CLÁUSULA 4 DIRECCIÓN DE LOS TRABAJOS. La dirección de los trabajos corresponderá a los servicios técnicos municipales. CLÁUSULA 5. - VIGENCIA DEL CONTRATO. El contrato tendrá una duración de un año, a computar desde la formalización del mismo. No obstante ello, dicho contrato podrá ser prorrogado por un año más mediante acuerdo expreso de este Ayuntamiento siempre que las partes no denuncien el mismo con una antelación de al menos tres meses antes de la finalización del contrato. CLÁUSULA 6. - PRECIOS UNITARIOS DE LOS TRABAJOS. El precio máximo unitario, IVA no incluido, para la ejecución de los trabajos a realizar descritos en la Cláusula segunda es el que se describe a continuación, tomando como referencia los precios de mercado. El licitador, teniendo en cuenta que se establecen como precios máximos podrá mejorarlos a la baja. CONCEPTO 1. Tramitación de expedientes de alteraciones catastrales producidas por documento 902N, 903N, 904N o similar. Precio por unidad urbana: 21,21 IVA excluido. CONCEPTO 2. Tramitación de alteraciones catastrales producidas por altas de oficio motivadas por cambio de planeamiento, apertura o alineación de calles, expropiaciones, cesiones o reparcelaciones, incorporaciones de nuevo suelo etc. Precio por unidad urbana: 15,38 IVA excluido.

CONCEPTO 3 Colaboración en la tramitación y asistencia en los recursos y reclamaciones presentadas. a) Precio por parcela: 21,21 IVA excluido. b) En el caso que la resolución de la reclamación afecte a parcelas residenciales colectivas, por cada unidad urbana que se modifique, a partir de la segunda, el coste sería de 5,83 IVA excluido por unidad urbana. CONCEPTO 4 Mantenimiento anual de la cartografía digitalizada, como consecuencia de las alteraciones realizadas. Precio por parcela:6,52 IVA excluido. CONCEPTO 5. Actualización de la base alfa-numérica y gráfica por modificaciones en el Callejero del nombre de calle y/o números de policía. Precio por unidad urbana 0,58 IVA excluido. CLÁUSULA 7. PRECIO DEL CONTRATO En base a los precios unitarios expuestos en la cláusula 6ª, el precio anual del contrato será orientativamente de 16.940 IVA incluido ( Base imponible = 14.000, IVA = 2.940 ). Dicho importe viene establecido en función del número de expedientes que se prevé tramitar en un año mediante la previsión de unidades urbanas a incorporar en la Base de Datos Catastral. El Arquitecto Municipal La Tesorera Salvador Fóres Furió Mª Isabel Marco Monfort. Onda, 11 noviembre de 2013

MODELO DE PROPOSICIÓN Don... mayor de edad, vecino de... con domicilio en...con D.N.I....en nombre propio o en representación de...enterado del procedimiento convocado para la adjudicación del contrato de los trabajos de asistencia técnica para el mantenimiento integral del Catastro urbano del municipio de ONDA, declara que conoce el contenido del Pliego cláusulas administrativas particulares y pliego de prescripciones técnicas de aplicación general a la contratación de los trabajos catastrales, de la Dirección General de Catastro y el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y CondicionesTécnicas que rigen para este contrato, y conforme a los mismos se compromete a prestar el servicio bajo el mismo régimen de garantías y exigencia de responsabilidad que la propia Entidad Colaboradora encargada del tratamiento de los datos, por los siguientes precios unitarios: CONCEPTO 1. Tramitación de expedientes de alteraciones catastrales producidas por documento 902N, 903N, 904N o similar.. Precio por unidad urbana: IVA...: Total IVA incluido...: CONCEPTO 2. Tramitación de alteraciones catastrales producidas por altas de oficio motivadas por cambio de planeamiento, apertura o alineación de calles, expropiaciones, cesiones o reparcelaciones, incorporaciones de nuevo suelo etc. Precio por unidad urbana: IVA...: Total IVA incluido...: CONCEPTO 3. Colaboración en la tramitación y asistencia en los recursos y reclamaciones presentadas. a) Precio por parcela: IVA...: Total IVA incluido..: b) En el caso que la resolución de la reclamación afecte a parcelas residenciales colectivas, por cada unidad urbana que se modifique, a partir de la segunda: Precio por unidad urbana : IVA...:

Total IVA incluido:...: CONCEPTO 4. Mantenimiento anual de la cartografía digitalizada, como consecuencia de las alteraciones realizadas. Precio por parcela: IVA...: Total IVA incluido...: CONCEPTO 5. Actualización de la base alfa-numérica y gráfica por modificaciones en el Callejero del nombre de la calle y/o números de policía. Precio por unidad urbana: IVA...: Total IVA incluido...: Lugar, fecha y firma del proponente.