CONVENIO INTERNACIONAL SOBRE NORMAS DE FORMACIÓN, TITULACIÓN Y GUARDIA PARA LA GENTE DE MAR DE 1978, EN SU FORMA ENMENDADA. (STCW/78). ADOPTADO Londres, Gran Bretaña. DEPOSITARIO Organización Marítima Internacional 7 de julio de 1978. OBJETIVO El STCW/78 establece en sus disposiciones los requisitos mínimos aplicables a la titulación de capitanes y oficiales que presten sus servicios a bordo de los buques, así como los conocimientos básicos que procede exigir para tal efecto. Este convenio exige la expedición de títulos de capitán, oficial o marinero a los aspirantes que reúnan los requisitos necesarios en cuanto a periodos de embarco, edad, aptitud física, formación, competencia y exámenes. Estos títulos serán refrendados por la autoridad marítima ajustándose al modelo dado en el mismo convenio. 1
Nacional 28 de abril de 1984. VIGENCIA Internacional 28 de abril de 1984. Fue aprobado por la Cámara de Senadores del H. Congreso de la Unión, el 19 de noviembre de 1981, según Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación del 18 de diciembre de 1981. México lo ratificó el 11 de enero 1982 y depositó el instrumento de de adhesión el 2 de febrero de 1982, según el Diario Oficial de la Federación del 13 de abril de 1982. 2
ENMIENDAS VIGENCIA NACIONAL VIGENCIA INTERNACIONAL Enmiendas de 1991 (SMSSM y pruebas) (MSC.21(59)). 1 de diciembre de 1992 (Publicado en el Diario Oficial de la Federación 1º de diciembre de 1992 Acuerdo: 31 de Agosto de 2012 Enmiendas de 1994 (MSC.33(63)). (prescripciones sobre formación especial del personal de los buques tanque). Enmiendas de 1995 (Resolución 1 de la conferencia). (anexo revisado del convenio (Código de Formación)). Enmiendas de 1997 (MSC.66(68)). (requisito de formación y competencia para el personal de los buques de pasaje) * Texto: 17 de septiembre de 2012) 1 de Enero de 1996 (Publicado en el Diario Oficial de la Federación Acuerdo: 31 de Agosto de 2012. Texto: 17 de Septiembre de 2012) 1 de febrero de 1997. (Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de noviembre de 1998). 1 de Enero de 1999 (Publicado en el Diario Oficial de la Federación Acuerdo: 31 de Agosto 2012 Texto: 17 de septiembre 2012) 1 de enero de 1996. 1 de febrero de 1997. 1 de enero de 1999 3
ENMIENDAS VIGENCIA NACIONAL VIGENCIA INTERNACIONAL Enmniendas de 2006 (MSC.203(81)* 1 de enero de 2018 (Publicado en el Diario Oficial de la Federación. Acuerdo: 31 de Agosto de 2018. Texto: 17 de Septiembre de 2012. 1 de enero de 2008 Enmiendas de Manila de2010 al Convenio y al Código de Formación (adoptadas por una Conferencia de las Partes Contratantes del Convenio de formación 1978) 1 de Enero de 2012 (Publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 2 de diciembre de 2013) 1 de enero de 2012 Enmiendas de 2014 (MSC.373(93)) Enmiendas de 2015 (MSC.396(95)) Enmiendas de 2016 (MSC.416(97)) No Publicada en el DOF 1 enero 2016 No Publicado en el DOF 1 enero 2017 No Publicado en el DOF 1 julio 2018 4
Código adoptado en la conferencia sobre el convenio de formación : Código de formación, titulación y guardia para la gente de mar (Código de Formación) (Resolución 2 de Conferencia). 1 de febrero de 1997 (Publicado en el DOF el 9 de noviembre de 1998) [1 de febrero de 1997] Parte A-(Normas de obligado cumplimiento) (Normas relacionadas con las disposiciones del anexo del convenio). 1 febrero de 1997. (Publicado en el DOF) [1 de febrero de 1997] Enmiendas de 1997 (Código de Formación) (MSC.67(68)). (requisitos de formación y competencia para el personal de los buques de pasaje).* 1 de Enero de 1999 (Publicado en el DOF) Acuerdo: 31 de Agosto 2012 Texto: 17 de Septiembre de 2012) [1 de enero de 1999]
ENMIENDAS VIGENCIA NACIONAL VIGENCIA INTERNACIONAL Enmiendas de 1998 (MSC.78(70)) (manipulación y estiba de la carga a nivel operacional y de gestión).* 1 de Enero de 2003 (Publicado en el DOF) Acuerdo: 31 de Agosto de 2012 Texto: 17 de Septiembre de 2012) 1 de enero de 2003. Enmiendas de 2004 (MSC.156(78)), Parte A, capítulo 1.* 1 de Julio de 2006 (Publicado en el DOF) Acuerdo: 31 de Agosto de 2012 Texto: 17 de Septiembre de 2012) 1 de julio de 2006 Enmiendas de 2004 (MSC.180(79)) al Código.* 1 de Julio de 2006 (Publicado en el DOF) Acuerdo: 31 de Agosto de 2012 Texto: 17 de Septiembre de 2012 1 de julio de 2006 Enmiendas de 2006 (MSC.209(81)) a la Parte A.* 1 De Enero de 2018 (Publicado en el DOF) Acuerdo: 31 de Agosto de 2012 Texto: 17 de Septiembre de 2012 1 de julio de 2008 Enmiendas de Manila de 2010 al Convenio y al Código de Formación (adoptadas por una Conferencia de las Partes Contratantes del Convenio de formación 1978) 1 de enero de 2012 (Publicadas en el DOF el 2 de Diciembre de 2013) 1 de enero de 2012 6
ESTADOS PARTE AMERICA ANTIGUA Y BARBUDA ARGENTINA BAHAMAS CHILE DOMINICA ECUADOR PANAMÁ PERÚ REP. DOMINICANA BARBADOS BELICE EL SALVADOR ESTADOS UNIDOS SAN CRISTÓBAL Y NEVIS SAN VICENTE Y LAS GRANADINAS BOLIVIA GUATEMALA SANTA LUCIA BRASIL GUYANA SURINAM CANADÁ HONDURAS TRINIDAD Y TOBAGO COLOMBIA JAMAICA URUGUAY CUBA MÉXICO NICARAGUA VENEZUELA 4
ESTADOS PARTE EUROPA ALBANIA FINLANDIA MOLDAVIA ALEMANIA FRANCIA NORUEGA AUSTRIA GRECIA PAÍSES BAJOS BÉLGICA HUNGRÍA POLONIA BULGARIA CHIPRE CROACIA DINAMARCA ESLOVAQUIA ESLOVENIA ESPAÑA ESTONIA GEORGIA IRLANDA ISLANDIA ISLAS FAROE ITALIA LETONIA LITUANIA LUXEMBURGO MALTA MONTENEGRO PORTUGAL REINO UNIDO RUMANIA REPÚBLICA CHECA SERBIA SUECIA SUIZA UCRANIA Miembros Asociados. FEDERACIÓN RUSA 5
ESTADOS PARTE ASIA ARABIA SAUDITA IRÁN QATAR AZERBAIJÁN ISRAEL REP. DE COREA Miembros Asociados. BAHREIN BANGLADESH BRUNEI DARUSSALAM CAMBOYA CHINA EMIRATOS ÁRABES UNIDOS FILIPINAS HONGKONG, CHINA INDIA INDONESIA IRAK JAPÓN JORDANIA KAZAJSTÁN KUWAIT LÍBANO MACAU, CHINA MALASIA MALDIVAS MONGOLIA MYANMAR OMÁN PAKISTÁN REPUBLICA POPULAR DEMOCRÁTICA DE COREA SINGAPUR SIRIA SRI LANKA TAILANDIA TURKMENISTÁN TURQUÍA VIETNAM YEMEN 6
ESTADOS PARTE ÁFRICA ANGOLA ARGELIA BENIN CABO VERDE CAMEÚN COMORES CONGO COSTA DE MARFIL EGIPTO ERITREA ETIOPÍA GABÓN GAMBIA GHANA GUINEA GUINEA ECUATORIAL KENYA LIBERIA LIBIA MADAGASCAR MALAWI MARRUECOS MAURICIO MAURITANIA MOZAMBIQUE NAMIBIA NIGERIA REP. DEM. DEL CONGO SANTO TOMÉ Y PRÍNCIPE SENEGAL SEYCHELLES SIERRA LEONA SUDÁFRICA TANZANIA TOGO TÚNEZ 7
ESTADOS PARTE OCEANÍA AUSTRALIA ISLAS COOK ISLAS FIJI ISLAS MARSHALL ISLAS SALOMÓN KIRIBATI MICRONESIA NIUE PALAU PAPUA NUEVA GUINEA SAMOA TONGA TUVALU VANUATU NUEVA ZELANDA 8