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Transcripción:

Servicio de Salud Bío-Bío Hospital de Los Ángeles Ejercicio Fiscal 2012 Documento de Tesorería Título : Pago por $67.500.- Carmen rnartinez Lara B-2030 Descrioción Pa9 por $67'500-~ Carmen rnartinez Lara B-2030 Fecha : 20/08/2012 ID Asiento : 478605 ^ Moneda : Nacional j Estado : Aprobado : ID : 202140 Código : 015204 Preparado por : 16061861-2 Aprobado por : 16061861-2 T. Transacción : Pago Principa! Monto Cuenta Contable N Documento Programa Cuenta Banearía, 15485752-4 P- CARMEN MARTÍNEZ 67.500 ' LARA Tota! Documento: 67.500 C x P Bienes y Servicios de Consumo 0 01 15485752-4 Transferencia 55109078301 CARMEN MARTÍNEZ LARA

Asientos Pagc 1 of 1 COHIKRftO DKflIII F Asientos Título: Devenga boleta de honorario nq 203 Carmen Marlinez Lara $ 75.000.- Fecha: 13/OB/2012 Moneda: Nitó:!',ii Tipo Movimiento: [' rinrn1,!-"'» - Relación; (. oüsofúfruf-o líxíilititíi - : Aprobado(039117] 21522 CUEWTA NOMBRE DEBE HABER 53212060301 TOTALES ZxP Blones y Servicios do Consumo 3ompra De Intervenciones Quirúrgicas Inlrahospilalaiias Con ^crsonal Interno 75.000 75.000 75.000 IUX 75.000 S http://app.sigfe.cl/sigfe/arbol/asiento.asp 13-08-2012

BOLETA DE HONORARIOS ELECTRÓNICA Horn_e Bqjeta eje Honorarios Electrónica Identificar nuevo Contribuyente Cerrar Sesión Página Segura CARMEN ANDREA MARTÍNEZ LARA RUT: 15485752-4 GIRO(S): OTROS PROFESIONALES DE LA SALUD, AUXILIAR PARAMEDICO OHIGGINS 119, LOS ANGELES TELEFONO: 346430 BOLETA DE HONORARIOS ELECTRÓNICA N 2U3 Fecha: 07 de Agosto de 2012 Señor(es): COMPLEJO ASISTENCIAL DR.VICTOR RÍOS RUIZ Domicilio: AVDA. RICARDO VICUÑA 147, LOS ANGELES Rut: 61607301-K Por atención profesional: PROGRAMA COLECISTECTOMIA MES DE ABRIL Y MAYO 2012 75.000 Total Honorarios $ 75.000 10% Impto. Retenido 7.500 Total 67.500 Fecha/Hora Emisión: 07/08/2012 15:05 1548575200203C9250DC Res. Ex. N 83 de 30/08/2004 Verifique este documento en www.sii.cl 01201208071508 [ Imprimir Boleta j [ Enviar Boleta pore-mail J Emitir nueva boleta Emitir boleta con prellenado CANCELAD N CHEQUE _ FECHA hups://loa.sii.cl/csi IMT/TMBECN BoletaHonorariosElectronica.cgi 07-08-2012

GOBIERNO DE CHILE MINISTERIO DE SALUD SERVICIO DE SALUi COMPLEJO ASÍS DR.GRA/[.LUD-' ^\ c mi 9nna "í REF.: Aprueba Convenio de Pararnédico por participación en Intervenciones Quirúrgicas Coiecistectomía GES, que se índica. ^_ *~ ' "-«RESOLUCIÓN EXENTA Nc LOS ANGELES, 3 O JUN VISTOS: estos antecedentes, el convenio suscrito entre e! Complejo Asistencial "Dr, Víctor Ríos Ruiz" Los Angeles y el pararnédíco que se indica más adelante; la Resolución 520/96 de la Contralona General de la República; el DL. 2763/79, el Art. 46 de! Decreto Supremo 140/2004 del Ministerio de Salud, Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud, y (as facultades que me confiere ia Res. 897/95 del SS. BB.; Decreto Exento N 50'B/2007 del Ministerio de Salud modificado por el Decreto Exento N 73/2008 del Ministerio' de Salud; Resolución 0435/2002 del SS.BB., que me designó e! cargo y las atribuciones que me confiere el Art 46 del citado D.S. 140/2004, dicto la siguiente: RESOLUCIÓN 1.- APRUÉBASE el Convenio que se adjunta sobre Intervenciones Quirúrgicas Colecistectornias GES, entre e[ Complejo Asistencial "Dr. Víctor Ríos Ruiz" Los Angeles y el pararnédico que se indica: DOÑA. CARMEN MARTÍNEZ LARA, RUT N 15.485.752-4, celebrado con fecha 02 de Julio del 2008 2.- El gasto que irrogue este convenia será imputado al ítem 22.12.999.003.00 Compra Intervenciones Quirúrgicas del Presupuesto del Complejo Asistencial "Dr. Víctor Ríos Ruiz" Los Angeles POR FACULTAD DELEGADA DEL DIRECTOR SERVICIO SALUD BIO BIO, SEGÚN RESOLUCIÓN N 897 DEL 21 DE JUNIO DE 1995. ANÓTESE Y COMUNIQUES DISTRIBUCIÓN: "í> Depto.Jurídico SS.BB. <í> Depto. de Auditoria SS.BB. t> Depto. Auditoria Interna C. Asisten. DR. VRR "^ C. de C. Gestión Financiera C. Asisten. DR.VI... ^ Comercialización y Convenios C. Asisten. DR. VRR» ^ Oficina de Partes C-Asisten. DR. VRR ^ Interesada ROMERO ALEGRÍA ECTOR (S) CIAL "DR. VÍCTOR RÍOS RUIZ" NGELES TRANSCRITO FIELMENTE ERNARDA GARCES MARTÍNEZ MINISTRO DE FE U11-! Complejo I Teléfono ingeles Unidad Comercial y Cobranza (43) 409633 leonel.gomez@_ssb[qbig.cl www.hospitallosangeles.cl

D R.,. " CONVENIO ENTRE Eí. COMPLEJO ASISTENC1AL "DR VÍCTOR RÍOS RUIZ" LOS ANGELES Y TÉCNICOS PARAMEDICOS POR PARTICIPACIÓN EN INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS DE COLECISTECTOMIA DE LAS GARANTÍAS EXPLÍCITAS EN SALUD (CODIGO-18-02-028, 18-02-081) En Los Angeles, a 02 de Julio del 2008, entre el COMPLEJO ASISTENCIAL "DR. VÍCTOR RÍOS RUIZ" LOS ANGELES, RUT lsl 61.607.301-k, representado por el Director (S) DR. GERMÁN ROMERO ALEGRÍA, RUT N 6.587.568-3, Médico Ginecólogo, ambos domiciiiados en Avda. Ricardo Vicuña N 147, Los Ángeles, en adelante "el Complejo Asistencia!" y la SRA. CARMEN MARTÍNEZ LARA, Técnico Paramédico, RUT N 15.485.752-4, con domicilio en Tebas N" 1250, Villa Grecia, Los Angeles, en adelante "el Técnico Paramédico" se ha acordado celebrar un convenio que consta de las siguientes cláusulas: PRIMERO: El Complejo Asistencia! se ha visto en ia necesidad de: Aumentar la oferta de resolución quirúrgica de patología biliar al Gestor de Redes, donde existen listas de espera en toda la red Disminuir las listas de espera de Cirugía biliar en la red específicamente Colecistectornia. Aumentar los ingresos de pacientes de la lista de patología biliar, para ello se deberá ocupar el criterio alta precoz, disminuyendo con ello el promedio de días de estada. SEGUNDO: En razón del punto precedente ya que el Compíejo Asistencial no puede aumentar la oferta de resolución quirúrgica de la patología biliar en horario hábil y poder dar cumplimiento a la patología GES específicamente las Colecistectomias y poder aumentar ta cobertura de resolución de dicha patología, el Complejo Asistencial ha decidido establecer la modalidad de contratación de servicios de paramédicos, para lo cual autoriza al Técnico Paramédico para que apoye y colabore en los procedimientos e intervenciones quirúrgicas del código 18-02-028 Colecisiectomía tradicional y 18-02-081 Colecistectornia por videolaparoscopica a pacientes beneficiarios del Sistema Asistencial beneficiario del FONASA, que el Subdirector Médico del Complejo Asistencial determine, en las dependencias del Complejo Asistencial, corno Arsenalera y Pabellonera. TERCERO: Las partes reconocen y declaran que dichas prestaciones de Salud las efectuará el Técnico Paramédico en el ejercicio liberal de su profesión y no en calidad de funcionario del Servicio de Salud Bío- Bío, por lo que en eaia modalidad no existe vínculo laboral, de dependencia y subordinación entre las partes. En mérito de lo anterior, el Técnico Paramédico se hace responsable de sus actos profesionales. CUARTO: E! Técnico Paramédico colaborará en las intervenciones quirúrgicas, en horario fuera de su jornada laboral contratada en el Complejo Asistencial. QUINTO: El Complejo Asistencial cancelará al Técnico Pararnédico, por la colaboración en las intervención quirúrgica efectuada en la modalidad antes indicada, la suma de S 18.000.- (Dieciocho mil pesos), como Arsenalera, 5 10.000.- (Diez mil pesos), como Pabellonera, y como Ayudante Anestesia S 12.000.- (Doce mil pesos), independientemente que éstas se hayan efectuado en horario nocturno y en dias festivos, sábados y domingos, previa presentación de boleta de honorarios electrónica en la Sección Contabilidad hasta el día 23 del mes siguiente de ejecutadas las acciones de cada mes, indicando en ella el N Resolución y fecha que aprobó el convenio. SEXTO: Para el ejercicio de ésta modalidad de atenciones de pacientes beneficiarios del sistema FONASA, el Complejo Asistencial permitirá el uso de los Pabellones Quirúrgicos y de Procedimientos, siempre que estos o las dependencias requeridas se encuentren disponibles. Complejo Unidad Comercialización y Convenios ***S***a*»+**Z**1í Teléfono (43) 409633 j ASISI6HCJ3I Leonel.gome2@Esbiob o.cl ' "Dr. Víctor Ríos Ruiz" Les Angeles

SÉPTIMO: El Técnico Paramédico se compromete a utilizar las dependencias y elementos que se les proporcionan, para la colaboración en las intervenciones quirúrgicas, motivo del presente convenio, con la debida diligencia y cuidado, siendo de su cargo y responsabilidad, las reparaciones o reemplazo de los elementos que se dañen por el mal uso de los mismos. OCTAVO: En el ejercicio de esta modalidad de atención de pacientes beneficiarios del FONASA de la Atención en las dependencias del Complejo Asistencia!, el Técnico Paramédico se compromete a observar las normas y procedimientos infernos que éste tenga establecido para el tratamiento de pacientes, uso de las dependencias, empleo de material, etc. NOVENO: El Jefe del Cenlro de Costo Indiferenciado Quirúrgico-Servicio Cirugía, tendrá la responsabilidad de confeccionar ficha de pago de los pacientes intervenidos, la que deberá indicar nombre del paciente, N ficha, fecha intervención, edad, nombre del 1" y 2 cirujano, médico anestesista, arsenalera, pabellonera y ayudante anestesia. Ficha que debe ser entregada los primeros 10 días de cada mes, en el Centro de Costo SOME respaldada con fotocopia del libro de pabellón de cada intervención, para verificación de las intervenciones quirúrgicas ejecutadas a los pacientes y si cumplieron con el protocolo de la patología Colecistectomia GES, esto significa, que deben tener el diagnóstico de la patología certificada mediante el formulario Ingreso Proceso Diagnóstico (IPD) e ingresado al SíGGES. Posteriormente, C. C. SOME la enviará a la Unidad Comercial y Cobranza para confeccionar nómina de pago, que se entregará a ia Sección Contabilidad y Presupuesto del Complejo Asistencial, para la cancelación de los valores indicados en la cláusula Quinta de este convenio, a cada participante de acuerdo a su función. DÉCIMO: La colaboración en las intervenciones quirúrgica motivo del presente convenio realizadas por el Técnico Paramédico en su jornada laboral contratada en el Complejo Asistencial no darán derecho a pago o cancelación alguna. DÉCIMO PRIMERO: El presente contrato será indefinido, a contar de ia fecha del presente convenio, pudiendo las partes desahuciarlo en cualquier momento, comunicando esa decisión a la contraparte con a lo menos treinta días de anticipación, salvo que haya incumplimiento de lo acordado en el presente convenio, caso en e cual operará el término inmediato de éste. DÉCIMO SEGUNDO: Las partes fijan su domicilio en la ciudad de Los Ángeles y se someten jurisdicción de sus Tribunales de Justicia. DÉCIMO TERCERO: El presente contrato se firma en tres ejemplares, quedando dos en poder Complejo Asistencial y uno el Técnico Paramédico. a la del TÉCNICO PARAMÉDICO & DR.GERWf^N ROMERO ALEGRÍA ÍECTOR (S) COMPLEJO ASISTENCIAL "DR. VÍCTOR RÍOS RUIZ'1 LOS ÁNGELES Complejo «c"»ovdr-víctar RÍDS Ruiz" LosÁn3eles mm a nací Unidad Comercialización y Convenios leonel.gomez@ssbiobio.cl

Igq.- RESOLUCION EXENTA Nc 1817 REF.: Aprueba valores para paramédicos, por compra de Servicios de Intervenciones Quirúrgicas, fuera de su jornada normal por la cual están contratados. LOS ANGELES, ^0 2011 VISTOS: estos antecedentes, vista la necesidad del Complejo Asistencial "Dr. Víctor Ríos Ruiz" de dar cumplimiento a las distintas intervenciones quirúrgicas de baja complejidad (Ambulatorias) y de alta complejidad, determinó la compra de servicios a paramédicos, fijándose precios de acuerdo a su función en cada intervención quirúrgica; la Resolución 1600/2008 de la Contraloría General de la República; el DL. 2763/79, el Art. 46 del Decreto Supremo 140/2004 del Ministerio de Salud, Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud; Decreto Exento N 508/2007 de! Ministerio de Salud modificado por el Decreto Exento N 73/2008 del Ministerio de Salud y las facultades que me confiere la Resolución Exta. N 897/95 del SS. BB.; la Resolución Exenta N 01747/2008 del Director del Servicio de Salud Bio-Bio que establece el orden de subrogancia en el cargo de Director del Complejo Asistencial "Dr. Víctor Ríos Ruiz" de Los Angeles; la Resolución N 0122/2010 del Director del Servicio de Salud Bio-Bio que me designó en el cargo y las atribuciones que me confiere el Art. 46 del citado D.S. 140/2004, dicto la siguiente: CONSIDERANDO: 1. Que, el Complejo Asistencial "Dr. Víctor Ríos Ruiz" actualmente tiene alrededor de 300 convenios vigentes por compra de servicios, con técnicos paramédicos funcionarios, para desempeñar funciones de arsenalero, ayudante anestesia y pabellonero, en las intervenciones quirúrgicas de las distintas patologías que debe ejecutar a sus beneficiarios, fuera del horario funcionario. 2. Que, dichos convenios se suscribieron por que no existe el personal suficiente de paramédicos para tener operativo los 8 Pabellones Quirúrgicos del Centro de Costo Anestesia y Recuperación de la atención Cerrada y los dos Pabellones Quirúrgicos de la Atención Abierta, en extensión horaria desde las 17,00 hrs. a las 21,000 hrs. 3. Que, el Complejo Asistencial debió suscribir los referidos convenios para dar cumplimiento a todas las cirugías que requieren los pacientes de ta Red Asistencial de la Provincia de Bio-Bio, por ser el establecimiento de salud de mayor Complejidad y poder cumplir con los compromisos contraídos con el FONASA relacionado con las Intervenciones quirúrgicas, tanto valoradas, GES y no GES. 4. Que, el Complejo Asistencial suscribió dichos convenios para disminuir las brechas de atención en consideración de la existencia de lista de espera con tiempos excesivamente prolongados. 5. Que, el Complejo Asistendal le es imposible realizar las intervenciones quirúrgicas de los pacientes beneficiarios del FONASA que optan por la modalidad de atención PAD (Pago Asociado a Diagnostico), en horario institucional, una razón más para suscribir los convenios en referencia. R E S O L U C I Ó N APRUÉBASE, los valores que se indican/ a pagar a paramédicos por compra de servicios, de acuerdo a su función en cada Intervención Quirúrgica: VALORES PARA PAGOS ASOCIADOS A DIAGNOSTICO (PAD1 PRESTACIONES COLELITIASIS LAPAROSCOPICA APENDICITIS HERNIA ABDOMINAL PARTO NORMAL 0 CESARÍA ENFER. CRÓNICAS AMÍGDALAS VEGETACIÓN ADENOIDES HIPERPLASIA DE PRÓSTATA FIMOSIS Unfcfad Gestión de Convenios Teléfonos Red Minsal 4362'M Pública 43-336211 Leonel.gomfiz<y)ssbiobio.el ww.w.nospi tal losa ng.cles..cj ARSENALERO 18.000 18.000 AYUDANTE ANESTESIA PABELLONERA I 18.000 18.000 15.QDO Complejo "'Asistencia],,..,111 Viciar Ríos fliii!" Los At'gtfcs 12.000 12.000

CRIPTORQUiPEA CATARATAS PROLAPSO ANTERIOR O HERNIA NÚCLEO PULPOSO COLAN6ÍAGRAFI AS PROSTAT1CA CATABAJAS HERNIA INGUINAL BLOQUEO FACETARIO AMÍGDALAS O ADENOIDES i 13,000 POR COMPRA DE SERVICIOS 2UK3Q 22.000 16.000 I 15:000 í......1.j.s.ooo 1L 11509 12,000 12.000 2. APLIQÚESE los valores Indicados en ei punto precedente, a todos los convenios que se encuentran vigentes ai il de Abrí! del 2011, dándose por modificada la cláusula t ue se refiere a los valores a pagar en cada uno de ellos, 3. Los valores a pagar del nuevo arancel, a los paramódícos que cumplan funciones de arsenaiero, Ayudante Anestesie y Pabeilanero, en as intervenciones quirúrgicas que el Complejo Asistencia! determine, regirán desde el 12 de Abril de! 2011 a! 31 de Mayo del 2012. 4. El gasto que irrogue esta modificación de convenios será imputada ai Ítem 22.12,999.003.01 Compra de Intervenciones Quirúrgicas Intrartospitalaria con personal interno, del Presupuesto cíe! Complejo Asistcndal "Dr. Víctor Ríos Ruis" Los Angeles. POR FACULTAD DELEGADA DEL DüíECTOR SERVICIO SALUD BíO 8 0, SEGÚN RESOLUCIÓN Nn 897 DEL 21 DESUNIÓ DE 1995. ANÓTESE Y COMUNIQÚESE OISTRIBUCrON; = 'V oepta Jurííileo SS.BÉJ, Dep-a. Autoría SS.fSB. "t Oapta, Audtoría y Coñtreí íniemo C. Asisten-;. DI!, "% DeplO. Gestión Financiera C. fcisionc. DR, VííP. 'ó O OH e C Asistenc, DR. VRR % Unicíad de Riícaudtóón C. teúlcni:. DR. VRR =i Jefe Centro CK Cesto Anosie^n y ííecupcradin C Asistenc. D ro Untíná Gestión de Coréenlas C. Asistenc. Díi, Víifl r*í Oftdna de Partes C Aslstenc. DR, VRR - nlcresiidos Unidad Gcsíióíi de Convenios Tekironos Red í-1írts<ii ^302'!'í Leonel. yomez< )ssl3lal>io. el 43-