BASES DEL CONCURSO DE RELATO CORTO PARA 2016 DE LA JUNTA MUNICIPAL DE ABASTOS La Junta Municipal de Abastos convoca Concurso de RELATO CORTO con arreglo a las siguientes bases: Base 1. Participantes. Podrán presentarse a este concurso alumnos/as de Primaria, 3º, 4º, 5º y 6º cursos, empadronados/as o de colegios o miembros de asociaciones inscritas en el registro municipal de entidades del Ayuntamiento de Valencia, situadas dentro de la demarcación de la Junta Municipal de Abastos. No podrán participar en las respectivas convocatorias las personas físicas, jurídicas o entidades que, cumpliendo los requisitos específicos de participación establecidos en cada una de ellas, estén incursas en alguna de las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiarios que establece el artículo 13 de la LGS. Los participantes tienen la obligación de presentar una declaración responsable de no encontrarse incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el citado artículo. Con carácter previo a la aprobación del acto administrativo de concesión, los participantes deberán acreditar que se encuentran al corriente en el cumplimiento de dichas obligaciones. Base 2.Tema El tema de los relatos será libre. Base 3. Características de los relatos. Las obras han de ser originales e inéditas, no habiendo sido premiadas en otros certámenes o concursos. Cada participante podrá presentar hasta un máximo de tres relatos diferentes. Base 4. Requisitos de los relatos.
Cada relato tendrá una extensión máxima de 2 folios mecanografiados o manuscritos y por una sola cara, en formato DIN A4., en valenciano o castellano. Base 5. Forma de presentación. Se presentarán los relatos en el Registro de la Junta Municipal de Abastos y se acompañarán de la siguiente documentación: 4 ejemplares del relato, sin firmar en los que conste el título del mismo 1 sobre cerrado, en el que figurará en su exterior el título de los relatos y que contendrá en su interior los siguientes datos: - Título de las obras presentadas. - Nombre y apellidos del concursante - Fotocopia del DNI, Pasaporte, o Tarjeta Residente del representante legal del niño (padre, madre o tutor). - Domicilio completo a efecto de notificaciones. - Teléfono y email. Autorización expresa y firmada por madre/padre/tutora/tutor del/de la concursante por la que se autoriza la publicación de los relatos si fueran premiados. Igualmente se deberá presentar autorización expresa firmada por el / la padre/madre, tutor o tutora del o de la concursante por la que se permite la aparición de los menores en alguna fotografía, si fuera el caso. Base 6. Lugar de entrega y plazos. Los sobres y los relatos deberán presentarse de lunes a viernes de 8:30 a 14:00 horas, en el Registro de la Junta Municipal de Abastos, C/ Alberique nº 18 de Valencia. La fecha de presentación de los relatos será del 24 de octubre al 21 de noviembre de 2016.
Base 7. Jurado. El jurado será presidido por la coordinadora de la Comisión de Cultura de la Junta o persona en quien delegue (quien podrá ejercer el voto de calidad en caso de empate), y constituido por vocales miembros de la citada comisión, o representantes en quien se delegue, en número proporcional al número de representantes de los grupos municipales en el Consejo de Abastos. Los criterios de selección y valoración se regirán por la calidad del relato, la técnica utilizada, la imaginación y creatividad. Los datos de los concursantes sólo serán descubiertos por el Jurado una vez se haya producido la selección y fallo del Jurado. El jurado se reserva el derecho de la interpretación de las Bases del presente Concurso y de la resolución de los casos no contemplados, de acuerdo con su mejor criterio. El jurado tomará los acuerdos por mayoría de votos y sus decisiones serán inapelables. El fallo del jurado, del que se levantará la correspondiente acta, se publicara en el Tablón de Edictos de la Junta Municipal de Abastos y en la página web del Ayuntamiento (webs municipales: Participación) y se comunicará personalmente a los/las premiados/as telefónicamente durante la semana posterior a la resolución del jurado, notificándose conforme a los previsto en los artículos 41 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El plazo máximo de resolución y notificación será de un mes desde el día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de las solicitudes de inscripción. El jurado se reserva el derecho a declarar desierto los premios que se establecen en el siguiente apartado, si los trabajos presentados no reunieran a su criterio los méritos suficientes. La resolución de la concesión de los premios pone fin a la vía administrativa. Base 8. Premios. Los premios para ambas categorías, castellano y valenciano serán los siguientes: Categoría valenciano: Primer premio: un vale para la compra de libros por valor de 95 y un lote de libros facilitado por la delegación de cultura.
Segundo premio: un vale para la compra de libros por valor de 65 y un lote de libros facilitado por Tercer premio: un vale para la compra de libros por valor de 40 y un lote de libros facilitado por Categoría castellano: Primer premio: un vale para la compra de libros por valor de 95 y un lote de libros facilitado por la delegación de cultura. Segundo premio: un vale para la compra de libros por valor de 65 y un lote de libros facilitado por Tercer premio: un vale para la compra de libros por valor de 40 y un lote de libros facilitado por Los premios serán entregados en un acto organizado por la Junta Municipal al efecto. La percepción de los premios se sujetará a la normativa fiscal legal vigente. Ningún participante podrá obtener más de un premio. Las obras premiadas pasarán a ser propiedad de la Junta Municipal de Abastos que se reserva todos los derechos sobre las mismas y podrá utilizarlas posteriormente con los fines que se estimen convenientes, citando siempre el nombre del autor y ateniéndose en todo caso a lo que dispone la Ley de Propiedad Intelectual. El órgano competente para aprobar estas bases y resolver el procedimiento es la Alcaldía y por delegación la Junta de Gobierno Local, en virtud de lo dispuesto en la Resolución de Alcaldía nº 20, de fecha 26 de junio de 2015. Con carácter previo a la concesión de los premios, los premiados deberán acreditar hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social, y no ser deudores por resolución de procedencia de reintegro. No existirá la obligación de practicar la retención o ingreso a cuenta sobre premios cuya base de retención no sea superior a 300.
A efectos de la justificación de los premios será de aplicación lo previsto en el art. 30.7 de la Ley General de Subvenciones, esto es, que por otorgarse los premios en atención a la concurrencia de una determinada situación del perceptor no requieren una justificación ulterior. Base 9. Observaciones. La organización tendrá un cuidado estricto en la manipulación de las obras recibidas, pero declina cualquier responsabilidad por pérdida, roturas, robos o daños sufridos en las mismas tanto en el envío como durante el concurso Los concursantes se responsabilizarán totalmente de que no existen derechos de terceros sobre los relatos presentados haciéndose responsable de cualquier reclamación que pudiera surgir por supuestos derechos de propiedad intelectual o cualquier otro derecho alegado por terceros. Todos aquellos relatos que no cumplan alguno de los requisitos establecidos en las presentes bases quedarán descalificados. Las obras premiadas quedarán en poder de la Junta Municipal de Abastos que podrá hacer uso público de las mismas, con mención a su autor/a. Los trabajos no premiados podrán retirarse dentro de los 30 días siguientes a la decisión del jurado, siendo necesario presentar el resguardo acreditativo que se le entregará a cada concursante en el momento de la presentación. Pasado este plazo la documentación entregada pasará a ser propiedad del Ayuntamiento de Valencia. La mera participación en este Concurso implica la total aceptación de las Bases Reguladoras del mismo y cualquier circunstancia no prevista en las presentes bases será resuelta por la organización de la manera más conveniente para el desarrollo del concurso.