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Transcripción:

Solicitud de registro, actualización, modificación y/o cancelación de la información de los trámites en el Catálogo Nacional de Trámites y Servicios Sección Campo Información Datos Generales del trámite Homoclave *Nombre oficial del trámite o servicio *Nombre ciudadano del trámite Nombre de la modalidad (si existe) SEMAR-05-017-D Autorización de arribo de embarcaciones y artefactos navales Autorización de arribo de embarcaciones o artefactos navales menores en navegación de cabotaje Embarcaciones o artefactos navales menores en navegación de cabotaje Fundamento Jurídico que da origen al trámite: Tipo de trámite o servicio * En qué casos se debe presentar el trámite? - Artículos 9 Fracc. I, 45 y 46 de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos. - Artículos 454, 462 Fracc. I y 463 del Reglamento de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos Autorizaciones, certificados, concesiones, informes, registros y avisos Cuando una embarcación menor que realice navegación de cabotaje necesite el permiso de entrada al puerto correspondiente Descripción del trámite * Quién puede solicitar el trámite? * Descripción Ciudadana El interesado o un representante legal, Naviero, armador, agente naviero Éste trámite Te permite que la embarcación menor de tu propiedad o que operas en navegación de cabotaje, obtenga la autorización de arribo a un puerto mexicano Sinónimos Qué efectos tendría la eliminación de este trámite? * Sinónimos (palabras clave de búsqueda): El propietario de una embarcación o artefacto naval procedente de algún puerto mexicano no podría tramitar el arribo de su embarcación a otro puerto o punto distinto. Entrada a puerto; Arribo; Embarcaciones menores; Navegación de cabotaje * Nombre(s) Albert A. * Apellido paterno Secundo Personas relacionadas con el trámite (Funcionario público responsable) * Apellido materno Ortiz * Cargo Jefe de Departamento * Correo electrónico digecapam.digacap@semar.gob.mx * Teléfono 0155 56246500 Extensión 7807 Teléfono adicional 0155 56246500 Extensión 7711 1

*Nivel de digitalización 3 100% Digitalizado No * Canales de atención (medios de presentación del trámite) Fundamento jurídico de canales de atención: En Línea y presencial - Artículos 14, 15, 15-A, 16 y 69-C de la Ley Federal del Procedimiento Administrativo - Artículo 454 del Reglamento de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos * Enlace o link al sitio en línea http://www.gob.mx/semar/digecapam/ Canales de atención Plazo máximo Plazo de prevención Enumera las acciones que el usuario tiene que hacer para realizar el trámite: Plazo máximo: Fundamento jurídico del plazo de respuesta: *Plazo de prevención: Fundamento jurídico del plazo de prevención: Presencial 1. Consultar los requisitos del trámite (en línea, vía telefónica o de manera presencial) en la Dirección General de la Capitanía de Puerto. 2. Llenar el formulario en línea y adjuntar los requisitos solicitados o presentarse en la Ventanilla de Gestión de Trámites de la Dirección General de Capitanías de Puerto y Asuntos Marítimos o de la Capitanía de Puerto con los requisitos solicitados, en los días y horario hábiles. 3. Solicitar el trámite, recibir el acuse de recibo y realizar el pago de derechos En línea 1. Ingresa al link señalado, 2. Ingresa al apartado Dirección General de Capitanías de Puerto y Asuntos Marítimos, 3. Descarga y revisa el manual para registro de usuario, 4. Regístrate en el portal, 5. Dirígete al apartado de Solicitud de Trámites por Internet y Consulta al Tablero Electrónico, 6. Accede al portal mediante tu RFC y contraseña proporcionados al momento de registrarte, 7. Cumple con cada uno de los pasos solicitados respecto al trámite 8. Recibe el acuse de recibo y realizar el pago de derechos 1 día natural - Artículo 454 del Reglamento de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos 1 día natural Artículo 17-A de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Plazo real *Plazo real 1 día natural Tipo de resolución *Tipo de resolución AUTORIZACIÓN 2

Criterios de resolución Fundamento jurídico del tipo de resolución Criterio de resolución del trámite Artículos 454 del Reglamento de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos 1. La autorización se sujetará a que el interesado proporcione los datos necesarios y cumpla con los requisitos aplicables. 2. Que la documentación que se solicita se presente completa y oportunamente. maniobra de fondeo o enmienda, en del particular, de más de 3 hasta de 20 unidades de arqueo bruto. Fracción I maniobra de fondeo, o enmienda, en del particular. De más de 20 hasta 100 toneladas brutas de arqueo. Fracción II $269.93. $406.65 Montos Monto de los derechos, productos y aprovechamientos aplicables Cuando los servicios se presten en días inhábiles o fuera del horario ordinario de operación, se pagará el doble de las cuotas señaladas, aplicable a cada caso, salvo lo previsto en la fracción I. Para los efectos de este artículo, se entenderá que el horario ordinario de operación comprende de lunes a viernes de 9:00 a las 14:30 horas. maniobra de fondeo, o enmienda, en del particular. De más de 20 hasta 100 toneladas brutas de arqueo. Fracción II maniobra de fondeo, o enmienda, en del particular. De más de 100 hasta 500 toneladas brutas de arqueo. Fracción III Cuando los servicios se presten en días inhábiles o fuera del horario ordinario de operación, se pagará el doble de las cuotas señaladas, aplicable a cada caso, salvo lo previsto en la fracción I. Para los efectos de este artículo, se entenderá que el horario ordinario de operación comprende de lunes a viernes de 9:00 a las 14:30 horas. maniobra de fondeo, o enmienda, en $813.30 $666.72 $1,333.45 3

del particular. De más de 100 hasta 500 toneladas brutas de arqueo. Fracción III En los casos señalados en la fracción I, embarcaciones de más de 3 hasta de 20 unidades de arqueo bruto y cuando la embarcación se utilice para el servicio de carga y pasaje en navegación interior, se pagara el 50% de la cuota establecida. $134.97 Fundamento jurídico de montos: * Consultas frecuentes del ciudadano Artículo 170 Fracc. I, II III, y Párrafos segundo, tercero y cuarto de la misma Ley. Dónde se realiza el trámite?, Cuál es el horario de atención para realizar el trámite?, Qué documentos deben presentarse?, Qué costo tiene el trámite? * Volumen de consultas anuales (frecuencia) 200 * Quejas frecuentes del ciudadano Ninguna Comentarios generales * Volumen de molestias o quejas anuales 0 * Comentarios respecto al trámite El trámite puede realizarse tanto en Capitanías de Puerto como en Oficina central de la DIGECAPAM o en línea. * Notas adicionales del trámite N/A * Más información N/A Procesos económicos * Subsector económico Transporte por agua * Proceso económico Transporte marítimo * El trámite cuenta con un sistema de gestión del trámite? * Nombre descriptivo del sistema SI Sistema Institucional de Puertos y Marina Mercante (SIPYMM). TIC * Tecnología del sistema * Grado de adaptación del sistema para envío/recepción de solicitudes electrónicas JEE / Java Servidor de aplicaciones comercial (Oracle, IBM ) Alto * Esfuerzo y complejidad de realizar modificaciones al sistema para recibir y enviar solicitudes electrónicas Bajo * Criticidad del sistema 4

* Disponibilidad de servicio mediante Webservice No * Latitud N/A * Longitud N/A * Peticiones diarias 44 * Es posible iniciar el trámite por Internet? * Es posible cargar o subir documentos en línea? * Se puede dar seguimiento al trámite por Internet? * La resolución o respuesta es por Internet? * Utiliza firma electrónica avanzada? * Utiliza Clave RUPA? Hechos vitales Categorías Procesos Hechos vitales Categorías agregadas Selecciona el tipo de trámite o servicio al que corresponda El trámite es para una persona y/o una empresa o persona física con actividad empresarial? Empresa o Persona Física con Actividad Empresarial (PFAE) Persona En cuáles de estas circunstancias de vida se podría encontrar el beneficiario del trámite? Adulto En qué momentos se podría encontrar la empresa o PFAE al realizar el trámite? Creación de empresa o AC / Primer año Mi negocio Bienes de mi negocio, Me encuentro en operación, otros trámites (Negocio) Agrupaciones sin fines de Lucro/ Gremios Banca y bolsa/trabajadores/subcontrataciones y Seguridad Social/Actividad Económica, Adquisiciones/ Ventas (Importaciones/ Exportaciones) Pagos, cobros, obligaciones Justicia y derechos/medio ambiente y manejo de residuos peligrosos Financiamiento y apoyos Necesito financiamiento, Otros apoyos Categoría: Capitanías de Puerto y Asuntos Marítimos Subcategoría: Navegación. Autorizaciones, certificados, concesiones, informes, registros y avisos 5

* Autorizaciones, certificados, concesiones, informes, registros y avisos * El trámite es de resolución inmediata? * En qué momento se realiza el pago? Autorizaciones administrativas Pago de derechos de forma presencial 1. El pago de derechos se realiza cuando el interesado presenta el trámite ante la Ventanilla de Gestión de Trámites. La factura o documento de pago debe especificar el nombre del interesado y trámite que paga. Documentos / Requisitos de entrada al trámite Documentos agregados (Datos y documentos solicitados) Pago de derechos vía en línea 2. Al registrar la solicitud en el portal de internet y recibir la autorización del trámite DATOS 1. Nombre del órgano administrativo a que se dirigen y lugar y fecha de su emisión. 2. Nombre del solicitante, denominación o razón social de quienes promueva, en caso de Representante legal, señalar su nombre, domicilio y clave del RFC y CURP. 3. Deberá precisar su Registro Federal de Contribuyentes (RFC) o tratándose de personas físicas, la Clave Única de Registro de Población (CURP). 4. Domicilio para recibir notificaciones, así como nombre de la persona o personas autorizadas para recibirlas. 5. Formulación de la petición, así como los hechos o razones que dan motivo a la misma 6. Fecha y hora prevista de arribo 7. Datos generales de la embarcación 8. Firma autógrafa del interesado o su representante legal. Si el interesado o el representante legal no pueden firmar, deberán imprimir la huella digital de su pulgar. DOCUMENTOS 1. Manifiesto de carga y en su caso, declaración de mercancías peligrosas 2. Lista de tripulantes y de pasajeros, si los hubiere 3. Documento que acredite la identidad del promoviente (credencial INE, pasaporte, etcétera). En caso de que el interesado sea persona moral o que siendo persona física no actué por sí mismo, el representante legal o apoderado deberá acreditar personalidad 6

jurídica (poder, carta mandato o documento similar) 4. Certificados aplicables. En caso de ser buques de línea regular será necesario entregar copia simple de los certificados aplicables la primera vez que arribe al puerto; o bien, cuando haya algún cambio. En los arribos sucesivos, sólo se entregará relación actualizada con vigencia firmada por el capitán de la Embarcación y se hará referencia a la primera entrega 5. Manifiesto, en caso de carga de precursores químicos, productos químicos esenciales o máquinas, en cuanto al tipo, cantidad, origen y destino, según lo establezca la legislación aplicable 6. Despacho de salida del puerto de origen 7. Solicitud al trámite Observaciones respecto a los documentos 1. En la solicitud al trámite se deben mencionar los siguientes datos de la embarcación: nombre, bandera, calado: proa y popa, tonelaje bruto, peso muerto, eslora, manga, tipo de embarcación, tipo de navegación, número de matrícula o registro, tipo de carga que transporta (en su caso), señal de llamada (en su caso), puerto de procedencia, hora y fecha de arribo prevista, fecha y hora de zarpe prevista, así como los datos del solicitante, del representante legal. 2. Indicar últimos seis puertos que ha tocado la embarcación. 3. Los documentos presentados en copias u originales deberán estar legibles. 4. El documento por el cual se acredita la identidad y personalidad jurídica puede ser poder notarial, carta mandato, credencial para votar, pasaporte. 5. El Despacho de salida del puerto de origen, deberá indicar la autorización que se le dio a la embarcación para salir del puerto de donde proviene. Artículo 462, fracción I, inciso a) del RLNCM. 6. Certificados aplicables. En caso de ser Embarcaciones de línea regular, es decir, que arriben de manera regular al puerto de que se trate, será necesario entregar copia simple de los certificados aplicables conforme a la sección del Reglamento, la primera vez que arribe al puerto; o bien, cuando haya algún cambio. En los arribos sucesivos, sólo se entregará relación actualizada con vigencia firmada por el capitán de la embarcación y se hará referencia a la 7

primera entrega. Artículo 455 y 462, fracción I, Inciso b), del RLNCM. 7. Lista de tripulantes y de pasajeros, si los hubiere, en la cual se deberá indicar el nombre y categoría de los tripulantes y el nombre de los pasajeros que desembarcan haciendo distinción en los que se internarán en el país y en los que volverán a embarcar. Artículos 462, fracción I, inciso c), del RLNCM. 8. Manifiesto de Carga y en su caso, declaración de mercancías peligrosas, se deberá indicar la mercancía transportada indicando tipo y cantidad. Artículos 462, fracción I, inciso d), del RLNCM. 9. En cuanto al manifiesto, en caso de carga de precursores químicos, productos químicos esenciales o máquinas, indicar tipo, cantidad, origen y destino, de la carga conforme a la legislación aplicable. Artículo 462, fracción I, inciso e), del RLNCM Fundamento jurídico de datos y documentos solicitados: Formato: Liga para descarga del formato aplicable: Fecha de publicación del formato en el DOF: Documentos agregados : (documento emitido por la dependencia): * Observaciones respecto a los documentos Documentos agregados: DATOS - Artículos 2, 15, 17-A primer párrafo, 19 y 50 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. DOCUMENTOS - Artículo 15, 15-A y 19 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. - Artículo 462 Fracc. I del Reglamento de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos. - Artículos 4º, 6º, y 12, Acuerdo para la Adopción y Uso por la Administración Pública Federal de la Clave Única de Registro de Población. - Artículo 3 párrafo segundo Ley Federal de Derechos. - 79, 80, 81 Código Federal de Procedimientos Civiles. Autorización de arribo de embarcaciones o artefactos navales menores en navegación de cabotaje http://www.gob.mx/semar/digecapam/ En trámite N/A Todos los documentos que se presenten en original y copia deberán encontrarse plenamente legibles. N/A 8

Documentos de salida al trámite Documentos agregados: Autorización de arribo de embarcaciones o artefactos navales mayores en navegación de cabotaje Cadenas Cadenas agregadas: No forma parte de una cadena Interacciones dependencia o entidad- Ciudadano * Cantidad de pasos fuera de la dependencia o entidad 0 Oficinas agregadas Oficinas Capitanías de Puerto de la República Mexicana. Tipo de Ficta Fundamento jurídico de Ficta Vigencia Fundamento jurídico de vigencia Negativa - Artículos 17 y 69-M.- Fracción VII, Ley Federal de Procedimiento Administrativo; - Artículo 6 del Reglamento de la Ley de Navegación y Comercio Marítimo. Este trámite solo es válido por un arribo y este no puede ser posterior a 3 horas después de la hora prevista de arribo Artículos 454 del Reglamento de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos. 9