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Transcripción:

Administración de las Obras Sanitarias del Estado Departamento de Suministros Oficina de Licitaciones Pliego de Condiciones Particulares LICITACIÓN ABREVIADA N 15401 OBJETO: ADQUISICIÓN DE NICHOS CON TAPA ENTERA PARA INSTALACIÓN DE MEDIDORES EN VEREDA" Fecha de Apertura: Hora: 1

INDICE CAPITULO l... 3 1- OBJETO DEL CONTRATO... 3 2- DE LOS PLAZOS Y LA FORMA DE ENTREGA... 3 3- LUGAR DE ENTREGA... 3 CAPITULO ll... 3 ESPECIFICACIONES GENERALES... 3 1- CARACTERÍSTICAS... 3 2 - DE LAS MUESTRAS... 6 3- EMBALAJE... 7 4- PROPUESTA BÁSICA, ALTERNATIVAS O VARIANTES... 9 5- FORMA DE COTIZAR... 9 6- EVALUACION Y COMPARACION DE LAS OFERTAS... 9 CAPÍTULO lll... 10 CONDICIONES GENERALES... 10 1- DEL REGISTRO DEL PROVEEDOR... 10 2- COMPRA DEL PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES... 10 3- ACLARACIONES AL PLIEGO... 10 4- MODIFICACIONES AL PLIEGO PARTICULAR... 11 5- SOLICITUD DE PRÓRROGA PARA LA APERTURA DE LA LICITACIÓN... 11 6- REQUISITOS PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTA... 11 7- DE LAS GARANTIAS DE MANTENIMIENTO DE OFERTA Y FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, Y SU CONSTITUCIÓN... 13 8- DEL PRECIO DE LA OFERTA... 13 9- DE LA MONEDA DE COTIZACIÓN... 14 10-DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO... 14 11-DE LAS CONDICIONES DE PAGO... 14 12-DE LA FACTURACIÓN... 15 13-DEL MANTENIMIENTO DE OFERTA.... 15 14-REGIMENES DE PREFERENCIA... 15 15-DE LA ADJUDICACIÓN... 16 16-AJUSTE DE PRECIOS... 16 17-DE LAS MULTAS... 17 18-COMPETENCIA JUDICIAL... 18 19-LEY 17.940... 18 20-IGUALDAD DE GÉNERO ACOSO SEXUAL ( LEYES 18.104 y 18.561).. 18 CAPÍTULO IV... 19 ANEXO I... 32 Modelo de Declaración para BIENES que califican como nacionales.... 32 INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA... 33 2

ADMINISTRACIÓN DE LAS OBRAS SANITARIAS DEL ESTADO O.S.E. LICITACIÓN CAPITULO l 1- OBJETO DEL CONTRATO 1.1- Adquisición de 5000 Nichos con tapa entera para instalación de medidores en vereda. 2- DE LOS PLAZOS Y LA FORMA DE ENTREGA 2.1- La entrega se realizará en un plazo máximo de 120 días pudiéndose efectuar entregas parciales previa coordinación con el Almacén indicado en el Numeral 3.1 del mismo Capítulo. 2.2- Para Ofertas Importación: Remitirse al Capítulo IV del presente Pliego. 3- LUGAR DE ENTREGA 3.1- El suministro deberá entregarse en el Almacén de Abayubá, Daymán 3188 entre Arrayán y Abrevadero. 3.2- Lugar de entrega importación: Remitirse al Capítulo IV del presente Pliego. CAPITULO ll ESPECIFICACIONES GENERALES 1 - CARACTERÍSTICAS 1.1- El nicho o caja para la colocación medidores en vereda estará compuesto de laterales y tapa, siendo opcional que el fondo sea unido o no a los laterales. La tapa y laterales serán de color negro o gris. La 3

superficie exterior del nicho estará bien terminada, sin poros, rebarbas, ni fibras a la vista. 1.2- El material a utilizar debe ser antiflama e inalterable a los rayos UV, sin degradación del color o sus propiedades mecánicas. También deberá soportar sin distorsionarse las temperaturas de insolación máximas de verano. Se preferirá que sea de material plástico (polímero) o plástico combinado con otros materiales. 1.3- Se deberá incluir en la Oferta información con las características del material a emplear, suministrada por el fabricante del mismo. La omisión de esta exigencia será considerada un apartamiento fundamental. La verificación del no cumplimiento de estas condiciones podrá ser motivo de rechazo de la Oferta. Los ensayos serán realizados por el Laboratorio Tecnológico del Uruguay (LATU) o equivalente. 1.4- DIMENSIONES: Las dimensiones exteriores serán: -ancho: entre 24.0 y 30.0 cm -largo: entre 45.0 y 54.0 cm -profundidad (al borde superior): entre 18.0 y 25.0 cm Las dimensiones interiores serán: -ancho: entre 20.0 y 26.0 cm -largo: entre 41.0 y 50.0 cm -profundidad (al borde superior): entre 15.0 y 22.0 cm Dimensiones interiores en la garganta producida por la pestaña de apoyo de la tapa: -ancho: mínimo 18.0 cm -largo: mínimo 39.0 cm Abertura para el pasaje de la tubería, realizada en ambos extremos del lateral: -ancho: entre 7.5 y 11.0 cm -altura (sobre el fondo): entre 11.0 y 15.0 cm ESQUEMA GENERAL DE CAJA PARA MEDIDOR DE 13 MM EN VEREDA : Llave del Usuario 4

1.5- El nicho podrá permitir su colocación en forma anterior o posterior a la instalación del medidor y las llaves de paso, según tenga el fondo adosado a las paredes o no. 1.6- En caso de poseer fondo independiente, las dimensiones del fondo serán tales que permitan el apoyo del lateral en todo su perímetro y dispondrá de topes que impidan el desplazamiento del lateral. 1.7- En ambos casos el fondo deberá tener entre 3 y 6 orificios de 15 a 25 mm de diámetro para permitir la salida del agua que ingrese a la caja y el mismo presentará un espesor y diseño que aseguren las resistencias pedidas. 1.8- El lateral se apoyará sobre el fondo en todo su perímetro salvo en las aberturas de pasaje de la tubería. Tendrá en su parte superior una pestaña vertical que rodee la tapa y constituya un marco que permita una vez instalada la caja la reposición de la vereda hasta el borde. Tendrá una pestaña horizontal de apoyo de la tapa, cuyo espesor mínimo será de 3mm presentando un diseño que asegure las resistencias exigidas. 1.9- La tapa apoyará sobre la pestaña dispuesta en el lateral, tendrá en su parte superior el logotipo de O.S.E., claramente visible, y un dibujo antideslizante en el que no quede retenida el agua de lluvia. Este dibujo antideslizante tendrá por lo menos 1mm de relieve. Su ajuste al marco lateral deberá asegurar que no se trabe por efectos de dilatación térmica o acumulación de suciedad. Su espesor y diseño deberán asegurar la resistencia solicitada. 1.10- La tapa deberá poseer un sistema de sujeción que la mantenga unida a la caja (cadena, linga, etc.), que estará fijada al cuerpo de la caja cuya longitud permita el retiro o abatimiento de la tapa para trabajos de sustitución. 1.11- La bisagra o pivot deberá permitir que una vez levantada la tapa quede estable en posición máxima de su apertura. 1.12- Debe ser posible la apertura de la tapa entre un mínimo de 90 a un máximo de 120, en el caso de que sea necesario realizar trabajos, tales como la sustitución del medidor. 1.13- En el caso de que se vuelque al cerrarla desde el punto de máxima apertura, deberá quedar en su posición de cerrada, sin producirse deterioros ni golpes inadecuados. 1.14- La tapa se deberá poder abatir o retirar completamente para trabajos de sustitución y deberá tener un elemento que vincule la tapa y el lateral que impida su total separación para evitar su sustracción. Estará unida al cuerpo del nicho por un sistema de cierre que impida abrir dicha tapa fácilmente. Se indicará si existe la alternativa que el nicho posea cerradura que no permita su apertura sin la utilización de un elemento o herramienta 5

especial. Se tendrá en cuenta en el costo de esta alternativa que se deberá entregar una herramienta cada 50 unidades adquiridas. 1.15- El marco lateral y la tapa superior deben estar en un mismo plano, no dejando diferencias de nivel. 1.16- La caja será construida de tal forma que soporte una fuerza de 500 kg aplicada en el centro de la tapa en forma distribuida en una superficie de 150 x 150 mm sin contenciones laterales, sin presentar deformaciones permanentes ni fisuras. 1.17- La tapa del nicho deberá soportar un ensayo de impacto, aplicado en cualquier punto de la misma, consistente en el impacto de una esfera de 1 kg soltada desde una altura de 2 m. La pesa deberá tener en su punto de aplicación la forma semiesférica de un radio de 25 mm. No se deberán apreciar deterioros tales como fisuras, roturas o deformaciones 1.18- El marco debe ser levemente deformable ante determinados esfuerzos, en particular los provenientes por el empuje del terreno, cuando la tapa NO está colocada. 1.19- Se preferirá el hecho de que tenga la menor cantidad posible de partes metálicas expuestas a los agentes atmosféricos o al terreno que puedan provocar su oxidación o eventualmente que las mismas sean inoxidables. 1.20- En la tapa deberá figurar el logotipo de OSE, la marca del nicho y la fecha de fabricación. 1.21- Se adjuntará a la oferta los certificados que muestren el cumplimiento de la resistencia a los esfuerzos indicados, otorgados por el LATU, Facultad de Ingeniería u otro organismo reconocido a nivel nacional o internacional. 2 - DE LAS MUESTRAS 2.1- El oferente deberá entregar muestra del ítem cotizado en la Oficina de Control de Calidad San Martín 3235, dentro de las 48 horas previas al acto de apertura de las ofertas. Las muestras deberán ser presentadas acompañadas de su correspondiente remito, debidamente identificadas con Nombre del Proveedor, tipo y número de Licitación y número de ítem. En caso de presentar muestras adicionales (según se coticen una o varias opciones), éstas deberán tener como información adicional el número de opción correspondiente. 2.2- Si las muestras entregadas presentaran diferencias menores respecto al material cotizado, las mismas deberán ser detalladas en la oferta. 6

2.3- La Administración se reserva el derecho de efectuar sobre las muestras presentadas, todos los ensayos que sean necesarios, a efectos de comprobar la calidad del material a adquirirse. 2.4- Los oferentes tendrán un plazo máximo de 30 días calendario a partir de la notificación de adjudicación para retirar las muestras que no hayan sido adjudicadas. En tanto para las adjudicadas, se computará a partir del día siguiente de la recepción definitiva. Vencidos los plazos antes mencionados, los oferentes no tendrán derecho a reclamación alguna. 2.5- Los oferentes podrán ver muestra de los Nichos para Medidores en la Oficina de Control de Calidad, ubicada en la Av. San Martín Nº 3235 entre Magested y Pugnalini, en el horario de 9:30 a 16:00 horas, no pudiendo ser retirada de la misma. 3- EMBALAJE 3.1- El material se entregará en pallets y/o cajones de madera con base tipo pallet, los cuales deberán ser del tipo de intercambio Mercosur. Las características de sus bases serán de entrada libre que permita el pasaje de las uñas de los transportadores de pallets con ruedas sin que estas pierdan contacto con el suelo de acuerdo a la Norma UNIT- ISO 445:1996 3.2- Los pallets y cajones de madera deberán estar fabricados con las especies recomendadas en la Norma UNIT 1123:2007. 3.3- Al momento de la recepción, los pallets y/o cajones serán inspeccionados minuciosamente a efectos de verificar su calidad en relación al estado de la madera, medidas y ensamblaje de los mismos, de acuerdo a los puntos 4 y 5 de la Norma UNIT 1123:2007. 3.4- Medidas pallets: 1,20 mts de largo x 1,00 mts de ancho x 0,15 mts de alto. 7

3.5- Medidas cajones: Laterales del cajón: Tablas 1 unidos por 6 listones Base Cajones: Tablas de 1, travesaños transversales de 80 x 100 x 1200 mm. 3.6- En caso de venir el material en pallets, el conjunto pallet y material deberá envolverse con nylon termocontraible o nylon strech. 3.7- En caso de venir el material en cajón, la altura máxima del mismo será de 0,80 mts. 3.8- El peso del conjunto pallet/cajón y material no podrá exceder los 1000 kg. 3.9- La disposición del material en el pallet y cajón de madera deberá ser tal que el material resista sin daño alguno las solicitaciones a las que será sometido durante su transporte o movimiento. Asimismo el material deberá venir perfectamente ordenado de manera tal que facilite su conteo. 3.10- En el exterior de cada pallet y cajón deberán colocarse dos etiquetas plastificadas tamaño A4 ubicadas en lados no opuestos, en las cuales deberá indicarse: Código de OSE del material Descripción del material Cantidad de material Tipo y Número de compra 8

3.11- Los pallets y/o cajones utilizados serán de cargo de la empresa proveedora del material y no serán devueltos a la misma por parte de la Administración. El costo que implique los referidos pallets y/o cajones no deberán cotizarse por separado. Los mismos deberán ser prorrateados en los precios de los artículos licitados. 3.12- Todo embalaje de madera utilizado, ya sean cajas, cajones, pallets, bobinas o cualquier estructura de madera, deberá estar certificado de acuerdo a lo establecido en la Norma Internacional de Medidas Fitosanitarias (NIMF) N 15." 4- PROPUESTA BÁSICA, ALTERNATIVAS O VARIANTES 4.1- Se podrán presentar modificaciones, alternativas y/o variantes según lo establecido en el Numeral 10.2, del Decreto 131/014, reservándose la Administración el derecho de su aceptación, aún sin cotizar la oferta básica. 5- FORMA DE COTIZAR 5.1- Se establecerán precios unitarios y totales de los nichos a cotizar. 6- EVALUACION Y COMPARACION DE LAS OFERTAS 6.1- Las ofertas serán evaluadas de acuerdo a las muestras presentadas, conforme a éstas se analizará la adecuación a las especificaciones indicadas. 6.2 Entre las ofertas que cumplan con las condiciones establecidas en és-te pliego, el único factor de comparación será el precio sin perjuicio de lo dispuesto por el TOCAF respecto a la mejora de ofertas. 6.3- Referente al instituto de mejora de ofertas y negociación, rige lo establecido en el Artº 66 del TOCAF. 9

CAPÍTULO lll CONDICIONES GENERALES REQUISITOS PARA OFERTAR 1- DEL REGISTRO DEL PROVEEDOR 1.1- A efectos de la presentación de las propuestas, los oferentes deberán estar registrados en el RUPE (Registro Unico de Proveedores del Estado, Decreto del Poder Ejecutivo Nº 155/13). Los estados admitidos para aceptar ofertas de proveedores son: EN INGRESO y ACTIVO. 1.2- Para ser adjudicatarios de un proceso de compras con la Administración, los proveedores deberán estar inscriptos en forma definitiva en el referido Registro (RUPE), habiendo adquirido el estado de ACTIVO. 2- COMPRA DEL PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES La adquisición del Pliego de Condiciones Particulares deberá efectuarse con anterioridad al acto de apertura, mediante depósito bancario en el Banco de la República Oriental del Uruguay, cuenta corriente en pesos uruguayos Nº 1520024170 y caja de ahorro en dólares estadounidenses Nº 1510297583, por el importe y moneda correspondiente. El comprobante del referido depósito se presentará en el momento de adquirir el Pliego en la Oficina de Licitaciones, ubicada en la Avenida San Martín Nº 3235 entre Magested y Pugnalini. 3- ACLARACIONES AL PLIEGO 3.1- Los adquirentes del Pliego de Condiciones Particulares del presente llamado podrán solicitar aclaraciones mediante comunicación escrita dirigida a la Oficina de Licitaciones; indicando un Nº de fax o una dirección de correo electrónico. 3.2- Las solicitudes de aclaraciones a los pliegos deberán ser presentadas con una antelación mínima de hasta 7 días hábiles, antes de la fecha fijada para la apertura. Dicho plazo se computará a partir del día siguiente al de presentación de la solicitud. Vencido dicho plazo no será obligatorio proporcionar más datos aclaratorios. 3.3- Las respuestas a las consultas efectuadas serán comunicadas al eventual oferente que la realice y a todos aquellos adquirentes del Pliego, en un plazo de hasta 48 horas previas al acto de apertura, al Nº de fax o dirección de correo electrónico indicados y a todos los interesados a través de su publicación en el sitio web de OSE y Compras y Contrataciones Estatales.. 10

3.4- Los oferentes podrán intervenir en el procedimiento licitatorio, únicamente en la forma, momentos y a los efectos previstos por la legislación, no pudiéndolo hacer espontánea y unilateralmente en ninguna otra oportunidad. 3.5- Durante la etapa de evaluación de las ofertas no se considerarán las notas que contengan opiniones, comentarios, aclaraciones o modificaciones, que no hayan sido solicitadas por escrito por la Comisión Asesora de Adjudicación de Licitaciones. 4- MODIFICACIONES AL PLIEGO PARTICULAR 4.1- La Administración podrá, antes que venza el plazo para la presentación de ofertas, modificar el Pliego Particular ya sea por iniciativa propia o en atención a una consulta u observación formulada por un particular. 4.2- Todos los interesados serán notificados de las modificaciones introducidas, en un plazo no menor a dos días antes del término límite para la recepción de las ofertas, personalmente al interesado que formuló la observación como a los que hayan adquirido pliegos y comunicando a los demás interesados a través del sitio web de OSE y de Compras y Contrataciones Estatales. 4.3- La Administración tendrá la facultad discrecional de prorrogar la fecha y hora de apertura del procedimiento de contratación, a fin de dar a los posibles oferentes tiempo adicional para la preparación de sus ofertas, debiendo comunicarse en la forma señalada en el numeral anterior. 5- SOLICITUD DE PRÓRROGA PARA LA APERTURA DE LA LICITACIÓN 5.1- La solicitud de prórroga de la fecha de apertura, podrá ser solicitada por cualquier proveedor, por escrito en la Oficina de Licitaciones con una antelación mínima de hasta 5 días hábiles de la fecha fijada para la misma. 5.2- La prórroga será resuelta por la Administración según su exclusivo criterio y deberá notificarse personalmente al interesado. En caso de disponerse la prórroga de la Apertura, además deberá comunicarse personalmente a los que hayan adquirido pliegos y publicarse la nueva fecha para conocimiento de los demás interesados en el sitio web de OSE y Compras y Contrataciones Estatales. 6- REQUISITOS PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTA 6.1- Las propuestas deberán ceñirse a las condiciones y formas que establece el presente Pliego de Condiciones Particulares, el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Contratos de Suministros y Servicios no Personales, Decreto del Poder Ejecutivo Nº 131/014, el Reglamento de Proveedores de la Administración, pudiéndose agregar cualquier información complementaria pero sin omitir las exigencias requeridas. 11

6.2- Las propuestas deberán presentarse en sobre cerrado en la Oficina de Licitaciones de O.S.E.- Av. San Martín N 3235 entre Magested y Pugnalini o recibirse por CORREO o FAX, antes de la hora fijada para la apertura al FAX 22084147 internos 175, 122 ó 115. A los oferentes que no se presentaren en tiempo, no les serán recibidas las ofertas. 6.3- Documentos integrantes de la oferta: a) Comprobante que acredite haber adquirido el Pliego de Condiciones Particulares de la Licitación. b) Recibo de haber constituido la garantía de Mantenimiento de Oferta, en los casos en que la ley lo requiere. c) Información y certificados requeridos en el Capítulo II del presente Pliego de Condiciones Particulares. 6.4- Los oferentes deberán tener vigente el cumplimiento de la Ley 16074 de Seguro contra Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales. 6.5- Los representantes de firmas extranjeras deberán acreditar tener vigente su inscripción en el Registro Nacional de Representantes de Firmas Extranjeras (Ministerio de economía y Finanzas) Ley 16.497 del 15 de junio de 1994 y Decreto 369/94 del 22 de agosto de 1994. 6.6- Cada oferta se presentará numerada correlativamente, en un original y 5 copias. El incumplimiento de este Numeral con respecto a la cantidad de copias requeridas será causal de observación por parte de la Administración. 6.7- A quien resulte adjudicataria se le exigirá la acreditación de los siguientes documentos: a) Poder con facultades suficientes del firmante de la oferta. b) Antecedentes legales acerca de la constitución y naturaleza jurídica y nacionalidad de la empresa o consorcio proponente, agregando copia de los estatutos o documentos constitutivos respectivos y de sus modificaciones. Deberá acreditar además si la empresa es filial o subsidiaria de cualquiera otra. 6.8- Previa comunicación quien resulte adjudicatario, dispondrá de un plazo de 48 horas para entregar la documentación antes referida, la que será entregada para su control a la Comisión Asesora de Adjudicación de Licitaciones. 12

7- DE LAS GARANTIAS DE MANTENIMIENTO DE OFERTA Y FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, Y SU CONSTITUCIÓN 7.1- Las Garantías de Mantenimiento de Oferta y Fiel Cumplimiento de Contrato, cuando correspondiere, se realizarán mediante depósito en efectivo o en valores públicos, fianza o aval bancario, o póliza de seguro de fianza, a nombre del Oferente y a la orden de la Administración. 7.2 - A efectos de determinar el monto de la garantía los valores públicos serán considerados por su valor nominal. 7.3 - Cuando la garantía se constituya en moneda extranjera, se tomará el tipo de cambio interbancario vendedor y arbitraje, vigente al cierre de la Mesa de cambio del Banco Central del Uruguay al día anterior al de la constitución de la garantía. 7.4- A los efectos de la constitución de la Garantía de Mantenimiento de Oferta, si la oferta es inferior al monto de $ 6.929.000 (Valor vigente para exigencia de garantía fijado por el INE), no deberá efectuarse Depósito de Garantía. 7.5- A partir del importe referido en el numeral anterior, el Depósito de Garantía de Mantenimiento de Oferta será obligatoria por la suma de $ 69.290 (pesos uruguayos sesenta y nueve mil doscientos noventa) y deberá estar previamente constituida al acto de apertura. 7.6- La Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato será obligatoria por el 5 % del monto total adjudicado y deberá ser constituida en un plazo no mayor a 5 (cinco) días hábiles de notificado de la adjudicación. El monto mínimo para exigir la referida garantía por el período Enero- Diciembre 2015 a considerar es de $ 2.772.000. 7.7- Dichas Garantías deberán presentarse o constituirse en el Módulo de Atención a Proveedores, ubicado en la Planta Baja del Edificio Central, sito en la calle Carlos Roxlo Nº 1275. 8- DEL PRECIO DE LA OFERTA 8.1- Los precios de las ofertas en moneda nacional deberán realizarse en condiciones de pago a 60 días de la fecha de factura. 8.2- Los precios no podrán estar sujetos a confirmación ni condicionados en forma alguna. 13

8.3- Todos los tributos que legalmente corresponden al contratista por el cumplimiento del contrato se consideraran incluidos en los precios cotizados. Las creaciones, supresiones o modificaciones de los tributos que gravan la última etapa de la comercialización de los bienes o prestación de servicios serán reconocidos en todos los casos a favor del adjudicatario o de la Administración según corresponda. La Administración rechazará de plano las ofertas que establezcan traslados tributarios diferentes a lo dispuesto por dicha norma. 9- DE LA MONEDA DE COTIZACIÓN 9.1- La cotización podrá hacerse en moneda nacional o moneda extranjera. 9.2- Si la cotización se realizara en la moneda del país de origen, la misma deberá ser de cotización normal en el Banco Central del Uruguay. 9.3- A los efectos de su comparación, las ofertas serán convertidas a moneda nacional o dólares estadounidenses tomándose como referencia el dólar interbancario vendedor al cierre del día anterior a la fecha de apertura de la licitación y se aplicará el arbitraje previsto por el Banco Central del Uruguay a la fecha antes indicada, para otras monedas. 10- DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Se indicará si corresponde Impuesto al Valor Agregado y porcentaje del mismo, de no indicarse se considerará incluido en el precio cotizado. 11- DE LAS CONDICIONES DE PAGO 11.1- OFERTAS EN MONEDA NACIONAL 11.1.1- La condición de pago será a 60 días fecha de factura. 11.1.2- Si la Administración efectuara el pago de una factura más allá del plazo estipulado en el Numeral anterior, el oferente tendrá derecho a un ajuste adicional aplicando al monto atrasado la tasa de interés por recargos de financiación vigente a la fecha de que cobra la Dirección General Impositiva. 11.1.3- El oferente deberá indicar expresamente su voluntad de hacer uso de este derecho. En caso contrario se entenderá que no se aplicarán recargos por atrasos en los pagos. 11.1.4- La Administración no considerará de recibo otros tipos de puniciones que la indicada en el Numeral precedente o que superen la tasa de interés establecida en la norma referida. 14

11.1.5- Los recargos se liquidarán únicamente a solicitud de los oferentes. 11.2- OFERTAS EN PLAZA MONEDA EXTRANJERA 11.2.1- El plazo para el pago de las mercaderías y/o servicios que se coticen de plaza en moneda extranjera será de 60 días fecha de factura. En caso de atraso en el pago, el proponente, si lo desea, establecerá la tasa de recargo, que deberá estar dentro del promedio publicado por el Banco Central del Uruguay para préstamos en moneda extranjera a Empresas, del trimestre anterior a la fecha de apertura de la Licitación. 11.2.2- En caso que los oferentes coticen en moneda extranjera, que no sea dólares estadounidenses o euros, el pago se le realizará en U$S (dólares estadounidenses) al arbitraje del Banco Central del Uruguay del día anterior a la emisión del cheque o transferencia. 11.3- Para las ofertas de importación: remitirse al Capítulo IV del presente Pliego de Condiciones Particulares. 12- DE LA FACTURACIÓN 12.1- A efectos de la tramitación de las facturas, las mismas deberán presentarse en el Módulo de Atención a Proveedores, ubicado en la Planta Baja del Edificio Central, sito en la calle Carlos Roxlo Nº 1275, una vez proporcionado por la Administración, el Nº de entrada de mercadería. Dicho No. deberá constar en la factura correspondiente. 12.2- Para las ofertas de importación: remitirse al Capítulo IV del presente P.C.P. 13- DEL MANTENIMIENTO DE OFERTA. 13.1- El plazo de mantenimiento de oferta mínimo será de 120 días a partir de la apertura de la Licitación. 13.2- Transcurrido ese plazo, las ofertas se considerarán mantenidas por todo el tiempo durante el cual los interesados no presenten nota solicitando su retiro. 14- REGIMENES DE PREFERENCIA Los regímenes de preferencia están establecidos en el numeral 10.5 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Contratos de Suministros y Servicios no Personales, Decreto del Poder Ejecutivo Nº 131/014. 15

14.1 BIENES O SERVICIOS QUE CALIFICAN COMO NACIONALES En la oferta, los interesados en beneficiarse con el margen de preferencia, deberán especificarlo y presentar la Declaración Jurada establecida en el Num 10.5.1 del Decreto Nº 131/014 (Anexo I). 14.2 MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MIPYMEs) Para la aplicación del beneficio, el oferente deberá presentar conjuntamente con su oferta el Certificado expedido por Dinapyme que acredite su condición de MIPYME y la Participación en el Subprograma de Contratación para el Desarrollo (Artºs 2 y 5, y concordantes del Decreto Nº 371/010). En caso de ausencia de acreditación de la condición exigida en el numeral precedente, implicará el no otorgamiento del beneficio alguno hacia la empresa ofertante, considerando a la misma como no MIPYME. 15 - DE LA ADJUDICACIÓN 15.1- La Administración se reserva el derecho de adjudicar el suministro, en forma total, parcial y/o dividido, así como también rechazar todas las ofertas. No rige la Reserva de mercado (Dec 371/2010 Art 11). 15.2- Para Ofertas Importación: remitirse al Capítulo IV del presente P.C.P 16- AJUSTE DE PRECIOS 16.1- Ofertas en Moneda Nacional. La única fórmula de ajuste que regirá para las variaciones de precio de las ofertas cotizadas, será la establecida en este Artículo no aceptándose propuestas que varíen la siguiente fórmula de ajuste: P= Po(0,20 I/Io + 0,20 CV/Cvo + 0,60 D/Do ) P = Precio actualizado. Po = Precio de la oferta. I = Índice de salarios del sector privado para el total del país del Instituto Nacional de Estadística, correspondiente al penúltimo mes anterior al de la fecha de entrega del suministro. Io = Índice del salario del sector privado para el total del país del Instituto Nacional de Estadística, correspondiente al penúltimo mes anterior al de la fecha de apertura de la Licitación. 16

CV = Índice general de los precios del consumo (costo de vida) del Instituto Nacional de Estadística, correspondiente al mes anterior al de la fecha de entrega del suministro. CVo = Índice general de los precios del consumo (costo de vida) del Instituto Nacional de Estadística, correspondiente al mes anterior al de la fecha de apertura de la Licitación. D = Cotización del dólar del Banco Central del Uruguay (Inter bancario) al día de la entrega de la mercadería. Do = Cotización del dólar del Banco Central del Uruguay (Inter bancario) al día anterior al de la fecha de apertura de la Licitación. 16.1.1- Los cambios de precios que surjan por las variaciones de los parámetros señalados se reconocerán cuando ocurran en el período comprendido entre el día anterior a la fecha de apertura de las propuestas y la fecha en que queda cumplido totalmente el servicio, dentro de los plazos de ejecución fijados en la oferta. 16.1.2- A los efectos de la liquidación de los ajustes de precios, el adjudicatario deberá presentar una nota solicitando la aprobación del ajuste de precios correspondiente a cada factura conforme a los plazos indicados en el presente pliego, en la Gerencia de Medición. 16.1.3- La referida solicitud deberá acompañarse con la planilla de cálculo y su correspondiente liquidación así como también con copia de la factura de la entrega del suministro. 16.1.4- Dichas solicitudes podrán presentarse hasta un plazo máximo de 60 días de presentada la factura de entrega del Suministro. 16.1.5- En todos los casos la aceptación o rechazo de las liquidaciones por variación de precios, quedan a exclusivo juicio de esta Administración. 16.2- Para las ofertas cotizadas en moneda extranjera no se aplicarán fórmulas de ajuste. 17- DE LAS MULTAS 17.1- MULTAS POR ATRASO EN LAS ENTREGAS E INCUMPLIMIENTOS 17.1.1- En caso de no cumplimiento en fecha de la entrega de un Suministro cotizado en moneda nacional, se aplicará una multa por el tiempo que dure el atraso sobre el importe del suministro no efectuado en tiempo cuya 17

tasa mensual es la establecida en el numeral 10.1.2 del presente capítulo. Si el material fuera de cotización en moneda extranjera la tasa será la establecida en el numeral 10.2.1 del presente capítulo. 17.1.2- El incumplimiento total o parcial de los Oferentes a los compromisos contraídos con la Administración, será pasible de las sanciones que al caso correspondan, según lo dispuesto en el Reglamento de Proveedores de O.S.E., pudiendo llegarse a la rescisión del Contrato, lo que a su vez dará mérito a la pérdida de la garantía del Fiel Cumplimiento del mismo, sin perjuicio de lo dispuesto por el Artº 64 del TOCAF. 17.1.3- El Organismo podrá asimismo exigir por la vía correspondiente los daños y perjuicios emergentes del incumplimiento e incluso podrá encomendar la realización del objeto del contrato por cuenta del adjudicatario omiso. 18- COMPETENCIA JUDICIAL Para todos los efectos judiciales o extrajudiciales que tengan relación con el presente pliego, el proceso licitatorio que el mismo forma parte, así como la relación contractual que se perfeccionará en la forma establecida en el Artículo 69 del TOCAF, se establece que cualquier trámite o proceso judicial que se inicie se someterá a los Tribunales de Justicia Ordinaria del Departamento de Montevideo que por turno y materia corresponda. La presentación de una oferta implicará indefectiblemente la aceptación de la presente prórroga de competencia, así como todas las condiciones establecidas en este Pliego. 19- LEY 17.940 Será obligación del contratante el cumplimiento de todas las normas laborales en vigencia, incluyéndose entre ellas la Ley Nº 17.940 de 2/1/2006. 20- IGUALDAD DE GÉNERO ACOSO SEXUAL ( LEYES 18.104 y 18.561) En el marco de lo dispuesto por las Leyes N 18104 y 18561, los proponentes deberán acreditar al momento de la presentación de sus ofertas haber implementado en sus empresas una política para abordar situaciones de acoso sexual y políticas y/o acciones concretas para la promoción de la igualad de oportunidades desde la perspectiva de género, de acuerdo a declaración jurada que figura en Anexo III. 18

CAPÍTULO IV CONDICIONES ESPECÍFICAS PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS DE IMPORTACIÓN En el presente capítulo se detallan las condiciones adicionales que deberán cumplir las ofertas que presenten cotizaciones de importación. 1. PLAZO DE EMBARQUE 1.1. Se deberá realizar en un único embarque. 1.2. El plazo de embarque será de un máximo de 40 días en condición FOB (embarques marítimos) y de 90 días en condición FCA (embarques terrestres y aéreos). 1.3. Los plazos se computarán a partir del día siguiente a la notificación de Adjudicación Definitiva. 1.4. El plazo de embarque en condición FOB/FCA se utiliza únicamente para controlar el momento en el que el proveedor pone la mercadería a bordo del buque designado o en manos del porteador u otra persona designada por el comprador en el punto acordado, si lo hay, en el lugar designado en la fecha acordada o dentro del plazo estipulado para cada uno de los casos. La transferencia de costos y riesgos se hará efectiva una vez que la mercadería este puesta en la condición de compra-venta adjudicada según normas INCOTERMS 2010. 2. LUGAR DE ENTREGA 2.1. El lugar de entrega de los bienes de importación, se regulará por las normas INCOTERMS 2010. 2.2. Cuando se contrate flete internacional, el destino del mismo deberá ser en alguno de los siguientes lugares: a) Puerto de Montevideo o Aeropuerto Internacional de Carrasco. Para cualquiera de los destinos se aceptarán ofertas en condición Puerto o Aeropuerto Libre, las cuales deberán ser bajo los términos CIF o CIP Puerto/Aeropuerto Libre, de lo contrario, la oferta no será considerada bajo esta condición para su comparación. b) Cualquier Zona Franca o Depósito con Franquicia Aduanera; para estos destinos la entrega deberá hacerse en condiciones CIF o CIP. c) Cuando se trate de transporte terrestre el destino del flete cotizado deberá ser hasta el lugar de entrega plaza. 19

3. FORMA DE COTIZAR 3.1. Se deberá completar obligatoriamente la TABLA DE PRECIOS 1.1 del Anexo 1, pudiendo optar el proveedor, en presentar, a su vez, una cotización por la totalidad de la oferta conforme a la TABLA DE PRECIOS 1.2 del mismo Anexo. 3.2. Se podrá incluir únicamente hasta dos decimales en cada uno de los precios solicitados según las TABLAS DE PRECIOS 1.1 y 1.2 del Anexo 1. En caso de incluirse más decimales que lo estipulado en este numeral, se considerará para la comparación y adjudicación únicamente los dos primeros. 3.3. En la TABLA DE PRECIOS 1.1 del Anexo 1, se solicita que los oferentes incluyan en su cotización, como mínimo, el siguiente desglose: a) Descripción del material. b) Cantidad ofrecida por ítem ofertado. c) Moneda de la cotización. d) Valor unitario FOB o FCA, según corresponda. e) Valor unitario del Flete internacional. f) Declarar el valor unitario CFR o CPT, según corresponda. g) Para ventas en Zona Franca, Puerto/Aeropuerto Libre o Depósito con Franquicia Aduanera se deberá cotizar obligatoriamente el valor unitario del seguro internacional. h) Para ventas en Zona Franca, Puerto/Aeropuerto Libre o Depósito con Franquicia Aduanera se deberá declarar el valor unitario CIF o CIP, según corresponda. 3.3.1. Se deberá declarar el lugar de destino del flete internacional y la condición de venta. 3.4. En la TABLA DE PRECIOS 1.2 del Anexo 1, en caso de que se desee cotizar, se solicita que los oferentes incluyan en su oferta, como mínimo: a) Descripción del material. b) Cantidad ofrecida por ítem ofertado. c) Moneda de cotización. d) Valor unitario FOB o FCA, según corresponda. e) Valor total por ítem FOB o FCA, según corresponda. f) Valor total FOB o FCA, según corresponda, de todos los ítems ofertados. g) Valor total del flete internacional por todos los ítems ofertados. h) Declarar el valor CFR o CPT, según corresponda, por la totalidad de los ítems ofertados. i) Para ventas en Zona Franca, Puerto/Aeropuerto Libre o Depósito con Franquicia Aduanera se deberá cotizar seguro internacional obligatorio para todos los ítems ofertados. 20

j) Para ventas en Zona Franca, Puerto/Aeropuerto Libre o Depósito con Franquicia Aduanera se deberá declarar el valor CIF o CIP, según corresponda, por la totalidad de los ítems ofertados. 3.4.1. Se deberá declarar el lugar de destino del flete internacional y la condición de venta. 3.5. Los precios declarados en las TABLAS DE PRECIOS 1.1 y 1.2 del Anexo 1, deberán ser al firme. De incluirse algún condicionante en la cotización, la oferta será rechazada. 3.6. Para las mercaderías puestas en Zona Franca, Puerto/Aeropuerto libre o Depósito con Franquicia Aduanera, la cotización deberá ser obligatoriamente bajo los términos CIF o CIP. 3.7. El precio CIF o CIP Puerto/Aeropuerto Libre cotizado en las TABLAS DE PRECIOS 1.1 y 1.2 del Anexo 1 deberá incluir los gastos de agencia generados hasta la transferencia de los documentos de embarque. De no declararse en la oferta la condición Puerto/Aeropuerto Libre los gastos de agencia serán incluidos en la comparación de oferta, sin perjuicio que una vez adjudicada la misma, si la venta se realiza bajo estos términos, el oferente deberá entregar los documentos con los gastos de agencia pagos hasta la transferencia de los mismos. 3.8. Las ofertas que coticen flete internacional terrestre deberán tener como destino final el lugar de entrega estipulado en el presente Pliego, como Lugar de entrega plaza. La cotización se podrá realizar declarando un único precio por ítem por concepto de flete internacional o desglosando el costo del trayecto hasta frontera como flete internacional y el costo generado dentro del territorio nacional como flete interno. 3.9. Las ofertas que coticen una venta desde Zona Franca o Depósito con Franquicia Aduanera no podrán incluir costo alguno por el traslado de la mercadería a este destino. El costo de poner la mercadería en dicho destino será el que se declare por precio CIF/CIP en las TABLAS DE PRECIOS 1.1 y 1.2 del Anexo 1. 3.10. Se deberá establecer en forma precisa la condición de venta y el destino del flete internacional ofertado en base a las regulaciones previstas en este pliego y en el PCG. 3.11. Se deberá presentar el FORMULARIO DE DATOS DE EMBARQUE del Anexo 2. El oferente deberá completar tantos formularios como embarques estén estipulados en el presente Capítulo. 3.12. Para la consideración de la oferta será imprescindible suministrar la totalidad de los datos indicados como obligatorios. 21

4. COMPARACIÓN DE OFERTAS 4.1. Además de lo estipulado en el Capítulo II del presente pliego, a los efectos de comparar la cotización de los bienes en condición de importación, se utilizará la información solicitada en las TABLAS DE PRECIOS del Anexo 1 y del FORMULARIO DE DATOS DE EMBARQUE del Anexo 2, en base a los siguientes criterios: a) Se deberá completar obligatoriamente la TABLA DE PRECIOS 1.1 del Anexo 1 y del FORMULARIO DE DATOS DE EMBARQUE del Anexo 2, quedando a criterio del oferente completar la TABLA DE PRECIOS 1.2. del Anexo 1. b) La cotización de precio de la TABLA DE PRECIO 1.1 del Anexo 1 deberá ser al firme, no pudiendo el oferente declarar un monto extra por adjudicación parcial. c) Los datos de la TABLA DE PRECIOS 1.2 del Anexo 1, en caso de ser presentados, únicamente serán utilizados para la comparación y posible adjudicación total, sin excluir la posibilidad de tomar los precios declarados en la TABLA DE PRECIOS 1.1 del mismo Anexo a tales efectos. d) En aquellos casos en los cuales no se cotice seguro internacional la Administración considerará para su comparación un 1% del valor FOB/FCA declarado. e) En todos los casos, la Administración le sumará por concepto de apertura de carta de crédito un 0,25% del valor CIF/CIP declarado o calculado según el literal d de este numeral. f) En todos los casos, la Administración considerará los costos de DUA calculados en base a los tributos que la misma deba pagar. g) En todos los casos, la Administración considerará los costos de honorarios de Despachante de Aduana según el contrato vigente de este servicio al momento de la apertura de esta compra. h) En los casos que corresponda, la Administración considerará los costos de flete interno según el contrato vigente de este servicio al momento de la apertura de esta compra. i) En aquellos casos en los que la mercadería es trasladada vía aérea o marítima se sumará a la oferta cotizada los gastos de almacenaje (15 días a partir de la llegada de la mercadería al puerto o aeropuerto) y de corresponder, también se sumará gastos de agencia marítima (incluyendo 8 días de gastos por concepto de demora) y ANP. Únicamente no se considerarán los gastos locales de agencia cuando el oferente haya declarado específicamente en su oferta que la condición de venta es CIF/CIP Puerto/Aeropuerto Libre. 22

j) Si el oferente no declarase precio de intermediación no se contemplará ningún costo extra. 4.2. Para la adjudicación de ofertas de importación, se podrá seleccionar el INCOTERM que se considere conveniente (FOB/FCA, CFR/CPT, CIF/CIP, etc.). A tales efectos, la Administración podrá determinar si considera o no para la adjudicación de dos o más ofertas de importación el costo del flete y seguro internacional o cualquier otro servicio extra que pueda haber sido ofertado. 5. DEL PRECIO DE LA OFERTA 5.1. Para ofertas de Importación el oferente deberá tener en cuenta que el único costo que asumirá la Administración respecto a la Carta de Crédito será el de la emisión de la misma, quedando todos los gastos bancarios de negociación así como aquellos que se generen fuera del país por cuenta del beneficiario. 6. DE LAS CONDICIONES DE PAGO 6.1. El pago de los bienes a ser importados por la Administración se efectuará en la moneda cotizada de la siguiente manera: Contra Carta de Crédito según detalle: i. El noventa por ciento (90%) del precio de los bienes embarcados, se pagará contra presentación de la documentación requerida. ii. El diez por ciento (10%) del precio de los bienes, se pagará dentro de los 30 días siguientes a la recepción y aceptación de los mismos en el lugar de entrega estipulado para plaza. 6.2. En la oferta se deberá indicar: nombre del beneficiario de la Carta de Crédito, dirección, ciudad, país, teléfono, correo electrónico y fax. 6.2.1. Para la apertura de la Carta de Crédito el proveedor tendrá 5 días corrido para comunicar su acuerdo o sugerir alguna modificación del borrador de la Carta de Crédito que oportunamente le haga llegar, vía correo electrónico, la Oficina de Comercio Exterior. Si transcurrido este plazo, el proveedor no se hubiera manifestado, la Oficina de Comercio Exterior considerará que los términos establecidos fueron aceptados por el beneficiario y procederá a abrir la Carta de Crédito. Si pasado este plazo, el beneficiario llegase a solicitar modificar alguna condición establecida en la misma, deberá asumir todos los costos que dicha modificación genere. 6.3. De considerarse oportuno, la Administración podrá optar por otro medio de pago que no sea la Carta de Crédito como por ejemplo la Transferencia Bancaria, manteniéndose los porcentajes estipulados en el presente Capítulo. 23

7. DE LA FACTURACION 7.1. La documentación deberá ser presentada según instrucciones establecidas por la Oficina de Comercio Exterior vía correo electrónico o según se definan por Carta de Crédito. 8. DE LA ADJUDICACIÓN 8.1. La Administración se reserva el derecho de adjudicar el INCOTERM que esta determine conveniente. En consecuencia, podrá optar en adjudicar el flete y el seguro internacional declarado en las TABLA DE PRECIOS 1.1 y 1.2 del Anexo 1. 8.2. Los precios declarados en la TABLA DE PRECIOS 1.1 del Anexo 1, serán considerados por ítem por concepto, pudiendo la Administración adjudicar en forma total. 8.3. Los precios declarados en la TABLA DE PRECIOS 1.2 del Anexo 1, serán considerados para una posible adjudicación total, no pudiendo la Administración realizar, en base a los precios declarados en esta tabla, una adjudicación en forma parcial o fraccionada, salvo casos que queden enmarcados en el numeral 8.3.1. 8.3.1. Para los casos en los que el oferente presente la cotización según la TABLA DE PRECIOS 1.2 del Anexo 1 y uno o más ítems fueran desestimados por aspectos técnicos, dicha cotización podrá seguir siendo considerada con la deducción del precio FOB/FCA de dichos ítems, en forma global tanto para la comparación como para la adjudicación de la oferta. 8.4. Independientemente del INCOTERM adjudicado, la Administración se obliga a abonar los precios unitarios de intermediación, declarados en la TABLA DE PRECIOS 1.1 del Anexo 1 por ítem adjudicado y los globales en la TABLA DE PRECIO 1.2 del Anexo 1. 9. COORDINACIÓN DE EMBARQUE 9.1. Aviso de Embarque. Por lo menos 10 (diez) días corrido antes de la fecha prevista para el embarque, el proveedor deberá comunicar a la Oficina de Comercio Exterior (Departamento de Suministros), vía correo electrónico (comercio.exterior@ose.com.uy) la siguiente información: a) Número de compra. b) Suministro a embarcar. c) Valor del embarque. d) Fecha prevista de embarque. 9.1.1. En caso de tratarse de embarques terrestres la Administración comunicará al proveedor el momento a partir del cual podrá producirse el 24

embarque, deslindando toda responsabilidad por los costos que pudieran originarse por incumplimiento de lo expresado. 9.2. Emisión de documentos: Todos los embarques deberán estar respaldados por la documentación acorde a los usos, normas y costumbres internacionales. 9.2.1. La documentación deberá ser emitida acorde a las disposiciones vigentes, debiendo reflejar las condiciones de pago contractualmente acordadas. 10. INCUMPLIMIENTO 10.1. Además de lo dispuesto en el Capítulo III por concepto de multas por atraso en las entregas, la Administración podrá exigir al proveedor el pago de los gastos de almacenaje y agencia en las siguientes situaciones: a) Documentos entregados fuera del plazo estipulado. b) Documentos requeridos con errores y omisiones. c) Obligaciones del proveedor no asumidas en tiempo y forma; por ejemplo, la cancelación de los gastos locales si estos estuviesen incluidos en su oferta. 10.2. En caso de constatarse un faltante o rotura de mercadería al momento de recepcionar la misma en el Almacén de OSE, y de no corresponder la denuncia contra el seguro internacional, el proveedor deberá asumir todos los costos de reponer esta mercadería en el Almacén de OSE. 10.3. En caso de incumplimiento en las especificaciones técnicas de la mercadería el proveedor deberá asumir todos los costos del recambio de la misma. 10.4. En todos los casos en los que exista un incumplimiento por parte del proveedor, este deberá asumir los costos de modificación que pudieran ser requeridos en la Carta de Crédito. 10.5. La no presentación de la documentación en el plazo establecido, así como errores y omisiones dará derecho a exigir por la Administración al contratista, el pago de todos los gastos incurridos y perjuicios ocasionados hasta el momento en que la Administración tenga en su poder y acepte la documentación acorde para gestionar el despacho de la mercadería. 10.6. Será por cuenta del contratista los cargos y perjuicios que pudieran ocasionar a la Administración el incumplimiento de lo referido en el Aviso de Embarque y la Emisión de documentos del presente Capítulo. 25

ANEXO 1 TABLA DE PRECIOS 1.1 Cotización obligatoria para ofertas de bienes a ser importados por OSE, según Capítulo IV del presente Pliego. 1 2 3 4 5** 6 7 8 = (6+7) 9* 10= (8+9)* 11** Rubro Descripción Cantidad 1 2 3 4 5 6 Moneda de cotización País de procedencia (lugar de embarque) Pr. unitario FOB o FCA Puerto / Aeropuerto o Lugar de embarque. Pr. unitario del flete internacional hasta Puerto, Aeropuerto / Frontera/ Zona Franca o Depósito con Franquicia Aduanera. Pr. Unitario CFR/CPT Puerto/ Aeropuerto / Frontera/ Zona Franca o Depósito con Franquicia Aduanera. Pr. Unitario del seguro internacional Pr. total por ítem CIF/CIP Puerto/ Aeropuerto / Frontera / Zona Franca o Depósito con Franquicia Aduanera. Pr. unitario por intermediación (impuestos incluidos) ATENCIÓN: En caso de incluirse más decimales que lo estipulado en el presente Capítulo, se considerará para la comparación y adjudicación únicamente los dos primeros. *Estos campos son únicamente obligatorios para las cotizaciones desde Zona Franca, Puerto o Aeropuerto Libre o cualquier otro Depósito con Franquicia Aduanera. ** Estos campos no son obligatorios. 26

ANEXO 1 TABLA DE PRECIOS 1.2 Cotización opcional para ofertas de bienes a ser importados por OSE, según Capítulo IV del presente Pliego. 1 2 3 4 5** 6 7 = (3x6) Rubro Descripción Cantidad Moneda de cotización País de procedencia (lugar de embarque) Pr. unitario FOB o FCA Puerto / Aeropuerto o lugar de embarque. Pr. Total FOB/ FCA por ítem 1 2 3 4 5 6 8 Total FOB/FCA Flete internacional hasta Puerto / Aeropuerto / 9 Frontera / Z.F. 10 (8+9) CFR/CPT hasta Puerto / Aeropuerto / Frontera / Z.F. 11* Seguro Internacional 12 (10+11)* CIF/CIP hasta Puerto / Aeropuerto / Frontera / Z.F. 13** Precio por intermediación (Imp. Incluidos) 14*** TOTAL DE LA OFERTA ATENCIÓN: En caso de incluirse más decimales que lo estipulado en el presente Capítulo, se considerará para la comparación y adjudicación únicamente los dos primeros. *Estos campos son únicamente obligatorios para las cotizaciones desde Zona Franca, Puerto o Aeropuerto Libre o cualquier otro depósito con franquicia aduanera. stos campos no son obligatorios. Aclarar INCOTERM cotizado. 27

ANEXO 2 FORMULARIO DE DATOS DE EMBARQUE Se deberá suministrar la siguiente información por cada embarque previsto en el presente Pliego Particular, según Capítulo IV. LOS DATOS APORTADOS EN ESTE FORMULARIO SE DEBERÁN AJUSTAR SUSTANCIALMENTE AL EMBARQUE REAL. Embarque Nº Licitación Oferente Dirección Tel Fax Email Persona de contacto * Medio de transporte Puerto/Aeropuerto de embarque o lugar designado (terrestre) Material Cantidad de bultos Tipo de bultos Medida de los bultos Peso de cada bulto Niveles de estiba que permite o especificar si no es estibable * Peso bruto (kilos) total * Peso neto (kilos ) total Volumen (metros cúbicos) total * Cantidad y tipo de contenedores si correspondiere * Cantidad y tipo de equipos a utilizar (emb. Terrestre) Mercadería peligrosa (si/no) Valor FOB/FCA de la mercadería Valor del Flete internacional *Estos datos deberán ser suministrados obligatoriamente. 28