Nº MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL COMISION NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO Resolución Nº 30/2013

Documentos relacionados

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO

Nº de Junio de 2013 CIRCULAR Nº Verde La presente circular se encuentra en la pagina Web

Nº de Septiembre de 2010 CIRCULAR Nº Verde La presente circular se encuentra en la pagina Web

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO

Boletín Oficial de la República Argentina viernes, 18 de enero de 2013

BUENOS AIRES, VISTO, el expediente N /12 del registro d el MINISTERIO de TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD, y

BUENOSAIRES, ^ ^ MAY 2015

RESOLUCIÓN (Com. Nac. Trabajo Agrario) 18/2006

BUENOSAIRES, VISTO, el expediente N /14 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, y

(-\ \ BUENOSAIRES, I7 ABR 2018

"2012 ^ Aiio De Homenaje al doctor D. MANUEL BELGRANO" 't BUENOSAIRES,

,?" G*A H COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO RESUELVE: {*gé. a,n bt

Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personal ocupado en las tareas de manipulación y almacenamiento de granos.

':( (u y) '''" oo. ~u4leno de q;a, o/f"o, fffnyzl<!o lf,ji,f!«'l',ckui J&cial. modloo do trn"'porto...

A{ fuí -;4- 3«o N. VISTO el Expediente N' /2018 del Reg stro det

BUENOS AIRES, VISTO, el expediente N /12 del registro del MINISTERIO de TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD, y

VISTO, el expediente N /2014 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, y

VISTO, el Expediente N /2017 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, y

Agrario determmo e las remuneraciones minimas de los trabajadores que se desempefian

consideracion de la Comision Nacional de Trabajo Agrario, una propuesta de incremento

Nº MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO Resolución 23/2015

f, l(t!.é h ir7jut.2018 /. ) \) Iá COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO RESUELVE:

BUENOSAIRES, 3 0 DlC 2016

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO

VISTO, el Expediente N /15 del registro del MINISTERIO de TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, y

BUENOSAIRES, 0 9 SEP 2014

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO

TABLA DE CONTENIDO LEGISLACIÓN LABORAL. Poder Legislativo Nacional Ley Nº

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO

CALENDARIO PREVISIONAL APLICACION TRIBUTARIA S.A. COORDINADOR GENERAL Antonio Raso

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO

TABLA DE CONTENIDO LEGISLACIÓN LABORAL. Poder Legislativo Nacional Ley Nº Ley Nº Ley Nº

VISTO, el Expediente N /12 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, y

VISTO el expediente Nº /13 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, y

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO

CIRCULAR LABORAL MAYO 2015

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL COMISION NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO. Resolución 84/2014. Bs. As., 12/11/2014

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO


BUENOSAIRES, VISTO, d Expediente N /15 dd registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL y,

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO

VISTO, el expediente N 548/14 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, y

BUENOSAIRES, 7 7 NOV 2013

VISTO el expediente W /12 del registro del MINISTERIO de TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, y

CIRCULAR LABORAL JULIO 2016

Nº MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL COMISION NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO Resolución N 54/2013

! 09 " Afio De Homenaje al doctor D. MANUEL BELGRANO"

VISTO, ei Expediente W /2017 del Registro del IVilNISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, y

VISTO, el expedtente N /12 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, y

VISTO, el Expediente N /15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURiDAD SOCIAL y,

VISTO, el expediente N /12 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, y

VISTO, el expediente N /12 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, y

ViSTO, el expediente N" /16 de! Registro del MINISTERIO de TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, y

VISTO, el Expediente N /15 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, y

BUENOSAIRES, 0 9 SEP 20^5

BUENOS AIRES, 22 Ago 2008

BUENOSAIRES, 0-3 JU;'i 2014

de fecha 19 de octubre de 2016 y su rectificatona la Resolucion de la Comision Nacional de

BUENOSAIRES, 7 MM 2015

TABLA DE CONTENIDO LEGISLACION LABORAL APLICACION TRIBUTARIA / 1

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO

BUENOS AIRES, 10 OCT 2007

VISTO, el Expediente N 666/16 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL y,

BUENOS AIRES, 2 3deJunio 2003,

Cómo definir las bases de cálculo para determinar los aportes y contribuciones del personal

s/ xd/y/yy- BUENOS AIRES, -

Roberto Mario Sobieray Servicios de Información Tributaria

Cómo definir las bases de cálculo para determinar los aportes y contribuciones del personal

Trabajo agrario. Todo el país. Personal permanente de prestación continua. Remuneraciones a partir del 1/10/2015 y 1/12/2015

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL. Resolución Nº 20/2013. Homológase Nueva Tarifa Sustitutiva.

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Servicio de Información

Resolución 266/2013. Administración Nacional de la Seguridad Social. Bs. As., 15/08/2013. Fecha de Publicación: B.O. 3/09/2013

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS SEGURIDAD SOCIAL RESOLUCIÓN GENERAL 3534

El artículo 30 de la Ley de Contrato de Trabajo y la solidaridad laboral

Homológase el Acta Acuerdo y Anexo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional.

RESOLUCIÓN (Com. Nac. Trabajo Agrario) 54/2007

InfoLEG - Ministerio de Economía y Finanzas Públicas - Argentina

LIQUIDACION DE HABERES CAMBIOS LEGALES MODIFICACION TOPE MOPRE RESOLUCION ANSES 28/2016

Trabajador Agrario Ley Escalas Salariales

RESOLUCION C.N.T.A. 68/16 Buenos Aires, 24 de agosto de 2016 Fuente: página web M.T. Vigencia: 1/10/16

Cómo definir las bases de cálculo para determinar los aportes y contribuciones del personal

Modificaciones en la base imponible para la determinación de aportes y contribuciones para la seguridad social - Res.

VISTO la Ley Nº y la Resolución Nº 266 del 15 de agosto de 2013 de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), y

Ministerio de Salud ARANCELES. Resolución 1534/2011

RESOLUCIONES ADHESIONES OFICIALES SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES

Sumario DECISIONES ADMINISTRATIVAS. Año CXX Número DECISIONES ADMINISTRATIVAS RESOLUCIONES PRESIDENCIA DE LA NACION.

a cabo las XXXIX Jornadas Tributarias, organizadas por el COLEGIO DE GRADUADOS EN CIENCIAS ECÓNOMICAS en la ciudad de Mar del Plata,

1 de 5 11/05/ :43 a.m.

Establécese la regionalización de las Comisiones Asesoras Regionales y de las Subcomisiones Asesoras Regionales.

Transcripción:

Nº 32.680 MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL COMISION NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO Resolución Nº 30/2013 Miércoles 16 Julio de 2013 Bs. As., 4/7/2013 VISTO el expediente Nº 1.568.477/13 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, y CONSIDERANDO: Que en el citado expediente obra copia del Acta Nº 190 de fecha 22 de mayo de 2013, mediante la cual la Comisión Asesora Regional (C.A.R.) Nº 2 eleva a consideración de la C.N.T.A. un acuerdo de incremento de las remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña en las tareas de MANIPULACION Y ALMACENAMIENTO DE GRANOS Y FARDOS DE PASTO, en las provincias de BUENOS AIRES y LA PAMPA. Que analizados los antecedentes respectivos, ponderadas las propuestas elevadas por ambos sectores y habiendo coincidido las representaciones sectoriales en cuanto a la pertinencia de incrementar los valores de los movimientos y del Jornal Mínimo Garantizado para la actividad, debe procederse a su determinación. Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 89 del Régimen de Trabajo Agrario, instituido por la Ley Nº 26.727. Por ello, LA COMISION NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO RESUELVE: ARTICULO 1 Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personal ocupado en tareas de MANIPULACION, ALMACENAMIENTO DE GRANOS Y FARDOS DE PASTO, en jurisdicción de la Comisión Asesora Regional (C.A.R.) Nº 2, Provincias de BUENOS AIRES y LA PAMPA, con vigencia a partir del 1 de mayo de 2013, conforme consta en el Anexo que forma parte de la presente resolución. ARTICULO 2 Las remuneraciones resultantes de la aplicación de la presente, serán objeto de los aportes y contribuciones previstos por las leyes vigentes, y por las retenciones, en su caso, por cuotas sindicales ordinarias. ARTICULO 3 Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dr. ALEJANDRO SENYK, Presidente Alterno C.N.T.A. Lic. CARLA E. SEAIN, Rep. Ministerio de Economía y Finanzas Públicas. Dr. ABEL F. GUERRIERI, Rep. Sociedad Rural Argentina. Sr. RICARDO GRETHER, Rep. CRA. Sr. JORGE HERRERA, Rep. U.A.T.R.E. Sr. HUGO GIL, Rep. U.A.T.R.E. ANEXO Jornal Mínimo Garantizado $ 229,51.- 1

MOVIMIENTO A GRANEL: Con S.A.C. Por Quintal 1) Descargar cereal a granel o gravitación directa $ 0,126 2) Descargar cereal a granel paleando. Para la cuadrilla $ 0,715 3) Descargar cereal a granel mediante el uso de plataforma hidráulica y/o media plataforma $ 0,126 4) Descargar a granel paleando sobre chimango $ 0,870 5) Descargar a granel paleando para un solo costado $ 0,870 6) Cargar a granel con impulsor mecánico y/o por gravitación $ 0,126 7) Paleo en medios de transporte $ 0,715 8) Palear en silos, galpón o celdas sin aireación o ventilación $ 0,715 9) Palear en silos, galpón o celdas con aireación o ventilación $ 0,493 10) Palear en silos subterráneos $ 8,096 11) Palear en silos de campaña $ 8,308 12) Transbordo de cereal a granel de galpón a galpón, de silo a silo, de galpón a silo o de silo a galpón con paleo por gravitación $ 0,681 13) Tendida surqueada de cereal Convencional El recorrido del paleo no podrá exceder de 3 metros cuando así fuere se aplicará otro movimiento por cada 3 metros. Cuando se trabaje con alpiste o sorgo los salarios sufrirán un recargo del 32%. 14) Alimentar el barredor de silo, galpón o celda $ 0,870 15) Alimentar el sin fin en galpón o celda $ 0,870 16) Carga a granel en vagones $ 0,218 CON SAC POR TONELADA 17) Aspiradora o chupadora de cereal $ 10,47 2

CON SAC POR UNIDAD 18) Paleo de base chica de silo Hasta 15 toneladas inclusive de paleo $ 229,47 19) Paleo de base mediana de silo Más de 15 toneladas hasta 30 toneladas inclusive de paleo $ 426,21 20) Paleo de base grande de silo Más de 30 toneladas hasta 60 toneladas inclusive de paleo $ 557,37 Más de 60 toneladas, a acordar entre las partes. Los movimientos a granel Nros. 17), 18), 19) y 20) sufrirán un recargo del 33% cuando se realicen en chacra e incluyen el 33% en concepto de insalubridad. En los pilotes o estibas que no se utilicen cintas, planchas o burros pasando la séptima Carnada de bolsas los salarios sufrirán un recargo del 50%. Cuando la estiba o pilote supere las 18 bolsas de altura los salarios sufrirán un recargo del 20%. El mismo porcentaje se aplicará al rebaje de los mismos. TAREAS EN SEMILLEROS 1) Selección, deschalado y picoteo de maíz y girasol, por un jornal de 8 horas $ 370,01 (trescientos setenta pesos con un centavo). En caso de no completarse el jornal de 8 (ocho) horas precedentemente consignado y no habiéndose superado las 4 (cuatro) horas de tareas realizadas; corresponde abonar la suma de $ 185,01 (pesos ciento ochenta y cinco pesos con un centavo) la jornada. 2) Colocar la bolsa en la bolsadora, accionar la máquina a dar paso al cereal, sacar la bolsa de la embolsadora, coser con máquina portátil y acomodar la bolsa sobre pallet, por todo concepto $ 3,93.- (pesos tres con noventa y tres centavos). MOVIMIENTO DE BOLSAS Distancia hasta 10 metros y de 10 a 20 máximo 50% Con S.A.C. Por bolsa 1) Derecho carga o descarga con cinta $ 1,153 2) Derecho carga o descarga sin cinta $ 1,444 3) Estibador o pilero $ 0,255 4) Parada de bolsas de vehículos $ 0,410 5) Acomodada de bolsa pistín en camión o carro $ 0,312 6) Sacada de bolsas de pilote o estiba hasta 7 bolsas de altura $ 0,435 7) Pulseada de bolsa $ 0,435 3

8) Corte de boca y vaciada de bolsa de camión o carro sin movimiento derecho $ 0,568 9) Cargar cortando sobre camión c/cinta $ 1,807 10) Cargar cortando sobre camión s/cinta $ 2,708 11) Cargar cortando sobre cinta o chimango $ 1,588 12) Traspile interno de bolsa de pila a pila $ 1,588 13) Transborde de bolsas de galpón a galpón c/cinta $ 2,744 14) Transborde de bolsa de galpón a galpón s/cinta $ 4,125 15) Embolsar, coser y estibar en embolsadero de alto porte movimiento completo $ 2,530 16) Embolsar, coser y cargar en embolsadero de alto porte movimiento completo $ 2,530 17) Embolsar, coser y estibar en embolsadero de bajo porte movimiento completo $ 2,821 18) Embolsar, coser y cargar en embolsadero de bajo porte movimiento completo $ 2,821 19) Embolsar a pala, coser y estibar movimiento completo $ 4,347 20) Embolsar a boquilla de camión o carro, coser y estibar movimiento completo $ 4,347 21) Recargo por pesar $ 1,153 22) Cambio de bolsas. Sin destino $ 2,175 23) Cambio de bolsas con destino estibar o cargar $ 2,597 24) Lauchero por día $ 289,61 Cuando se utilice burro o plancha se recargará un 50% de los salarios. MANIPULEO DE FERTILIZANTES Y AGROQUIMICOS: Distancia hasta 10 metros de 10 a 20 mts. 50% Con S.A.C. Por bolsa 1) Derecho carga o descarga c/cinta $ 1,429 2) Derecho carga o descarga s/cinta $ 1,729 3) Estibador o pilero $ 0,435 4

4) Parada de bolsas de vagón, camión o carro $ 0,435 5) Acomodada de bolsas pistín en vagón camión o carro $ 0,435 6) Sacada de bolsas de pilote o estiba hasta 7 bolsas de alto $ 0,435 7) Pulseada de bolsas $ 0,435 8) Traspile interno de bolsas de pila a pila $ 3,261 9) Traslado de bolsas de galpón a galpón c/cinta $ 3,261 10) Traslado de bolsas de galpón a galpón s/cinta $ 4,347 11) Embolsar, coser y estibar en embolsadero de alto porte movimiento completo $ 4,347 12) Embolsar, coser y cargar en embolsadero de alto porte movimiento completo $ 4,347 13) Embolsar, coser y cargar en embolsadero c/corte automático movimiento completo $ 3,798 14) Embolsar, coser y estibar en embolsadero automático, movimiento completo $ 3,758 15) Embolsar en embolsadero neumático $ 1,946 16) Descarga de vagón a granel por quintal $ 1,009 17) Descarga de camión a granel por quintal $ 0,937 18) Recargo por pesada $ 0,718 19) Rompe cascote lauchero $ 289,61 20) Carga y descarga de agroquímicos $ 0,643 21) Carga y descarga de agroquímicos en latas y bidones x 20 Its $ 0,643 22) Carga y descarga de agroquímicos en tambores x 205 Its Convencional MOVIMIENTO DE HERRAMIENTAS Y MATERIALES 1) Mover cinta o chimango $ 43,47 2) Mover burro o planchada o caballete $ 43,47 3) Mover embolsadero de alto porte $ 65,09 4) Transportar balanza de alto o bajo porte $ 43,47 5

5) Movimiento de lonas $ 21,74 6) Tapada de silos, montones o pilas $ 108,56 7) Descargar o cargar latas o cajas por unidad $ 1,145 8) Carga y/o descarga de atados de bolsas vacías $ 0,283 9) Molienda de granos en bolsas para preparación de alimentos y/o terceros. Movimiento completo $ 2,679 10) Carga o descarga de arena o piedras por tonelada $ 27,12 11) Carga o descarga de ladrillos por 1000 $ 108,56 12) Descarga de bolsas de cemento $ 3,255 13) Descarga de bolsas de cal o calcemit $ 1,977 14) Descarga de bolsas de harina $ 3,255 6