Núm. 84. Viernes 21 / Julio / sumario. Edición digital. diputación PrOvinCial de CuenCa. administración de justicia. administración local

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Edición digital www.dipucuenca.es SE EDITA: Lunes, miércoles y viernes (excepto festivos) Depósito Legal: CU-1-1958 Núm. 84 Viernes 21 / Julio / 2017 Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca sumario diputación PrOvinCial de CuenCa Patronato de Desarrollo Provincial. Ampliación plazos justificación Lanzadera 2016. Servicio de Deportes. Resolución convocatoria ayudas para programas de actividades físico-deportivas de municipios y entidades locales 2017. administración de justicia Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de Cuenca. Edicto sobre juicio por delito leve 16/2017. Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de Cuenca. Edicto sobre juicio por delito leve 92/2016. administración local Ayuntamiento de Cañaveruelas. Aprobación ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de ayuda a domicilio. Ayuntamiento de Los Valdecolmenas. Solicitudes presentadas para una licencia de autotaxi. Ayuntamiento de Valle de Altomira. Subsanación de anuncio de aprobación inicial. Ayuntamiento de Santa María del Campo Rus. Modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio de alcantarillado. Ayuntamiento de Santa María del Campo Rus. Lista provisional de admitidos para una bolsa de trabajo de personal de limpieza. Ayuntamiento de Laguna del Marquesado. Expediente para renovación cargos juez de paz. Ayuntamiento de Laguna del Marquesado. Aprobación definitiva del presupuesto y plantilla 2017. Ayuntamiento de Olmedilla de Alarcón. Exposición del presupuesto general 2017. Ayuntamiento de Saceda Trasierra. Exposición del presupuesto general 2017. Ayuntamiento de Campillo de Altobuey. Exposición de la cuenta general del presupuesto 2017. Ayuntamiento de Campillo de Altobuey. Adjudicación del contrato de gestión del servicio público de piscina municipal. Ayuntamiento de Campillo de Altobuey. Adjudicación de la parcela núm. 18 del Polígono Ganadero. Ayuntamiento de Sisante. Baja por inscripción indebida. Ayuntamiento de Fuentelespino de Haro. Expediente para renovación cargos juez de paz. Ayuntamiento de Villas de la Ventosa. Exposición proyecto técnico de la obra pavimentación y reparación de aceras. Ayuntamiento de Villar del Humo. Expediente de modificación de créditos. Ayuntamiento de Henarejos. Exposición de la ordenanza reguladora de la tenencia de animales de compañía. Ayuntamiento de Henarejos. Exposición proyecto técnico de la obra acondicionamiento de plaza. Ayuntamiento de Las Valeras. Exposición proyecto técnico de la obra acceso a población, adoquinado, acerado calles y adoquinado firme.

Pág. 2 Viernes 21 de julio de 2017 Núm. 84 Ayuntamiento de San Clemente. Expediente de modificación de créditos núm. 1/2117 EXT. OtrOs anuncios Comunidad de Regantes San Isidro de Campillos Sierra. Convocatoria asamblea general ordinaria.

Pág. 3 Viernes 21 de julio de 2017 Núm. 84 diputación PrOvinCial de CuenCa PatrOnatO de desarrollo PrOvinCial NúM. 1958 La Comisión Ejecutiva del Patronato de Desarrollo Provincial, en sesión celebrada el 19 de julio de 2017, y en relación con el II Concurso de proyectos empresariales Lanzadera de la Diputación de Cuenca (bases reguladoras publicadas en el BOP de 15 de julio de 2016 de 2016), adoptó, por unanimidad, los siguientes acuerdos: PRIMERO: Ampliar el plazo de justificación previsto en la presente convocatoria estableciéndolo en 3 meses más, siendo así el nuevo plazo que pone fin a la justificación de las subvenciones recibidas el 25 de octubre de 2017. SEGUNDO: Publicar el presente acuerdo en la página WEB del Patronato de Desarrollo Provincial así como en el BOP. TERCERO: Contra el acuerdo de ampliación de plazo no cabe recurso Cuenca, 20 de julio de 2017 Paloma García Casado. Presidenta del Patronato de Desarrollo Provincial

Pág. 4 Viernes 21 de julio de 2017 Núm. 84 servicio de deportes NúM. 1956 RESOLUCION CONVOCATORIA AYUDAS PARA PROGRAMAS DE ACTIVIDADES FISICO-DEPORTIVAS DE MUNICI- PIOS Y ENTIDADES LOCALES 2017 El Presidente de la Diputación Provincial de Cuenca, mediante Decreto DEPOR-00217-2017 del 19 de Julio de 2017 firmado por delegación (Decreto SECRE-000392015, SECRE-000052016 y SECRE-000012017, emitidos en diferentes fechas, al amparo de lo dispuesto en el art. 34.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local), ha resuelto: RESUELVO: PRIMERO: Conceder las subvenciones que a continuación se señalan a favor de los terceros reflejados y por los importes indicados. Nº AYUNTAMIENTO/ CIF ESCUELAS VERANO MANTENIM. ACTIVIDADES ACTIVIDADES AYUDA ENTIDAD LOCAL DEPORTIVAS DEPORTIVO FÍSICO GRUPOS SINGULARES 2017 MUNICIPALES ESPECÍFICOS (Euros) 1 ALBALADEJO DEL CUENDE P1600400D 197,85 197,85 2 ALBALATE DE LAS NOGUERAS P1600500A 197,85 197,85 3 ALBERCA DEL ZANCARA, LA P1600700G 197,85 148,39 247,31 593,55 4 ALCANTUD P1600900C 197,85 148,39 346,24 5 ALCONCHEL DE LA ESTRELLA P1601200G 346,23 346,23 6 ALIAGUILLA P1601400C 593,54 593,54 7 ALMARCHA, LA P1601500J 593,54 197,85 98,92 49,46 247,31 1187,08 8 ALMODOVAR DEL PINAR P1601700F 197,85 197,85 395,7 9 ALTAREJOS P1601900B 98,92 148,39 98,92 197,85 544,08 10 ARCAS DEL VILLAR P1602100H 989,24 989,24 11 ARCOS DE LA SIERRA P1602300D 247,31 247,31 12 ARGUISUELAS P1602400B 445,16 445,16 13 ATALAYA DEL CAÑAVATE P1602600G 148,39 148,39 197,85 494,63 14 BARAJAS DE MELO P1602700E 296,77 49,46 98,92 445,15 15 BARCHIN DEL HOYO P1602900A 98,92 98,92 197,84 16 BEAMUD P1603100G 197,85 197,85 17 BELINCHÓN P1603200E 98,92 593,54 98,92 98,92 98,92 989,22 18 BELMONTEJO P1603400A 148,39 148,39 98,92 247,31 643,01 19 BETETA P1603500H 890,32 890,32 20 BONICHES P1603700D 197,85 197,85 21 BUENACHE DE LA SIERRA P1604100F 197,85 197,85 22 BUENDIA P1604200D 197,85 197,85 23 CAMPILLO DE ALTOBUEY P1604300B 2176,33 2176,33 24 CAMPILLOS SIERRA P1604500G 148,39 98,92 247,31 25 CAMPOS DEL PARAISO P1606000F 296,77 197,85 494,62 26 CAÑADA JUNCOSA P1604800A 197,85 346,23 544,08

Pág. 5 Viernes 21 de julio de 2017 Núm. 84 Nº AYUNTAMIENTO/ CIF ESCUELAS VERANO MANTENIM. ACTIVIDADES ACTIVIDADES AYUDA ENTIDAD LOCAL DEPORTIVAS DEPORTIVO FÍSICO GRUPOS SINGULARES 2017 MUNICIPALES ESPECÍFICOS (Euros) 27 CAÑAVERAS P1605100E 296,77 98,92 197,85 593,54 28 CAÑAVERUELAS P1605200C 197,85 197,85 29 CAÑETE P1605300A 296,77 148,39 445,16 30 CAÑIZARES P1605400I 395,7 395,7 31 CARBONERAS DE GUADAZAÓN P1605600D 296,77 296,77 32 CARDENETE P1605700B 197,85 197,85 33 CARRASCOSA DE HARO P1605900H 296,77 296,77 34 CARRASCOSA DE LA SIERRA P1605800J 197,85 197,85 35 CASAS DE BENITEZ P1606100D 148,39 296,77 445,16 36 CASAS DE FERNANDO ALONSO P1606200B 1384,94 395,7 395,7 197,85 2374,19 37 CASAS DE HARO P1606500E 197,85 197,85 38 CASAS DE LOS PINOS P1606600C 98,92 98,92 98,92 296,76 39 CASASIMARRO P1606700A 3363,42 1384,94 494,62 989,24 6232,22 40 CASTILLEJO DE INIESTA P1606900G 197,85 98,92 98,92 395,69 41 CASTILLEJO DE LA SIERRA P1607100C 197,85 197,85 42 CASTILLEJO DEL ROMERAL P1600040H 148,39 0 98,92 247,31 43 CASTILLO DE GARCIMUÑOZ P1607300I 197,85 197,85 44 CERVERA DEL LLANO P1607400G 445,16 148,39 49,46 296,77 939,78 45 CHILLARÓN DE CUENCA P1602200F 197,85 197,85 46 CHUMILLAS P1608400F 197,85 49,46 247,31 47 FRESNEDA DE LA SIERRA P1608700I 197,85 197,85 48 FRONTERA, LA P1608800G 98,92 98,92 197,84 49 FUENTELESPINO DE HARO P1609000C 296,77 296,77 50 FUENTENAVA DE JÁBAGA P1611900J 197,85 197,85 51 FUENTES P1609200I 197,85 148,39 346,24 52 FUERTESCUSA P1609500B 296,77 296,77 53 GABALDÓN P1609600J 197,85 98,92 296,77 54 GASCUEÑA P1609900D 197,85 197,85 55 GRAJA DE CAMPALBO P1610000J 197,85 148,39 148,39 148,39 643,02 56 GRAJA DE INIESTA P1610100H 148,39 98,92 98,92 98,92 445,15 57 HERRUMBLAR, EL P1610300D 98,92 247,31 346,23 58 HINOJOSOS, LOS P1610500I 593,54 296,77 395,7 247,31 1533,32 59 HITO, EL P1610600G 148,39 98,92 247,31 60 HONRUBIA P1610700E 1384,94 1384,94 61 HORCAJO DE SANTIAGO P1611100G 3066,64 1582,78 445,16 2176,33 7270,91 62 HUELAMO P1611200E 98,92 197,85 296,77 63 HUELVES P1611300C 197,85 197,85 64 HUERTA DE LA OBISPALIA P1611500H 148,39 98,92 247,31

Pág. 6 Viernes 21 de julio de 2017 Núm. 84 Nº AYUNTAMIENTO/ CIF ESCUELAS VERANO MANTENIM. ACTIVIDADES ACTIVIDADES AYUDA ENTIDAD LOCAL DEPORTIVAS DEPORTIVO FÍSICO GRUPOS SINGULARES 2017 MUNICIPALES ESPECÍFICOS (Euros) 65 HUERTA DEL MARQUESADO P1611600F 395,7 593,54 989,24 66 HUETE P1611700D 1483,86 0 321,5 1805,36 67 INIESTA P1611800B 3511,8 890,32 395,7 1656,98 6454,8 68 LAGUNA DEL MARQUESADO P1612100F 197,85 98,92 296,77 69 LANDETE P1612300B 741,93 98,92 840,85 70 LEDAÑA P1612400J 741,93 692,47 296,77 98,92 1830,09 71 LEGANIEL P1612500G 197,85 197,85 72 MAJADAS, LAS P1612700C 98,92 296,77 395,69 73 MARIANA P1612800A 296,77 296,77 74 MESAS, LAS P1613200C 1879,56 989,24 593,54 3462,34 75 MINGLANILLA P1613300A 1286,01 395,7 296,77 494,62 2473,1 76 MIRA P1613400I 1187,09 197,85 1384,94 77 MONTALBANEJO P1613800J 98,92 148,39 247,31 78 MONTALBO P1613900H 494,62 148,39 49,46 247,31 939,78 79 MOTA DEL CUERVO P1614200B 4303,19 890,32 395,7 494,62 6083,83 80 MOTILLA DEL PALANCAR P1614300J 2967,72 593,54 1187,09 4748,35 81 OLMEDILLA DE ALARCÓN P1615100C 692,47 692,47 82 PAJARONCILLO P1615600B 197,85 197,85 83 PALOMARES DEL CAMPO P1615700J 296,77 296,77 84 PALOMERA P1615800H 692,47 692,47 85 PARACUELLOS DE LA VEGA P1615900F 197,85 197,85 86 PEDERNOSO, EL P1616200J 890,32 395,7 197,85 321,5 1805,37 87 PEDROÑERAS, LAS P1616300H 3363,42 791,39 4154,81 88 PERAL, EL P1616400F 296,77 296,77 89 PESQUERA, LA P1616600A 197,85 197,85 90 PICAZO, EL P1616700I 890,32 296,77 1187,09 91 PINEDA DE GIGÜELA P1616900E 247,31 247,31 92 PORTILLA P1617200I 98,92 197,85 296,77 93 POZOAMARGO P1617500B 148,39 197,85 346,24 94 POZORRUBIELOS DE LA MANCHA P1617700H 741,93 98,92 296,77 296,77 123,66 1558,05 95 POZORRUBIO DE SANTIAGO P1617600J 296,77 197,85 494,62 96 POZUELO, EL P1617800F 296,77 296,77 97 PRIEGO P1617900D 1384,94 1384,94 98 PROVENCIO, EL P1618000B 1780,63 989,24 296,77 296,77 3363,41 99 PUEBLA DEL SALVADOR P1618200H 197,85 98,92 296,77 100 QUINTANAR DEL REY P1618300F 6034,36 1187,09 494,62 1088,16 8804,23 101 SAELICES P1619500J 296,77 296,77 102 SALINAS DEL MANZANO P1619600H 197,85 197,85

Pág. 7 Viernes 21 de julio de 2017 Núm. 84 Nº AYUNTAMIENTO/ CIF ESCUELAS VERANO MANTENIM. ACTIVIDADES ACTIVIDADES AYUDA ENTIDAD LOCAL DEPORTIVAS DEPORTIVO FÍSICO GRUPOS SINGULARES 2017 MUNICIPALES ESPECÍFICOS (Euros) 103 SALMERONCILLOS P1619700F 148,39 148,39 148,39 197,85 643,02 104 SALVACAÑETE P1619800D 197,85 197,85 105 SAN CLEMENTE P1619900B 3116,11 395,7 296,77 816,12 4624,7 106 SAN LORENZO DE LA PARRILLA P1620000H 593,54 296,77 1088,16 1978,47 107 SAN MARTIN DE BONICHES P1620100F 395,7 395,7 108 SANTA MARÍA DE LOS LLANOS P1620500G 296,77 296,77 109 SANTA CRUZ DE MOYA P1620300B 197,85 395,7 148,39 98,92 840,86 110 SANTA MARÍA DEL CAMPO RUS P1620400J 148,39 247,31 395,7 111 SISANTE P1620700C 1978,48 296,77 593,54 2868,79 112 SOTORRIBAS P1621000G 395,7 296,77 296,77 989,24 113 TALAYUELAS P1621100E 148,39 395,7 395,7 197,85 1137,64 114 TARANCÓN P1621200C 4748,35 4748,35 115 TÉBAR P1621300A 197,85 197,85 395,7 116 TINAJAS P1621500F 197,85 197,85 117 TORRUBIA DEL CAMPO P1622100D 98,92 148,39 247,31 118 TORRUBIA DEL CASTILLO P1622200B 395,7 395,7 119 TRAGACETE P1622400H 197,85 197,85 120 TRESJUNCOS P1622500E 197,85 296,77 98,92 593,54 121 UCLÉS P1622700A 197,85 197,85 122 UÑA P1622800I 197,85 197,85 123 VALDEMECA P1623300I 197,85 197,85 124 VALDEOLIVAS P1623700J 148,39 247,31 395,7 125 VALDETÓRTOLA P1623200A 49,46 296,77 148,39 494,62 126 VALERAS, LAS P1623800H 1929,02 296,77 346,23 2572,02 127 VALERIA P1600041F 197,85 247,31 445,16 128 VALHERMOSO DE LA FUENTE P1624000D 197,85 197,85 129 VALLE DE ALTOMIRA P1609800F 197,85 197,85 130 VALVERDE DE JUCAR P1624500C 1384,94 296,77 296,77 692,47 2670,95 131 VALVERDEJO P1624600A 296,77 296,77 132 VARA DE REY P1624700I 148,39 148,39 296,77 593,55 133 VEGA DEL CODORNO P1624800G 445,16 445,16 134 VELLISCA P1624900E 247,31 247,31 135 VILLAESCUSA DE HARO P1625300G 296,77 494,62 791,39 136 VILLAGARCÍA DEL LLANO P1625400E 296,77 296,77 98,92 692,46 137 VILLALBA DE LA SIERRA P1625500B 98,92 98,92 296,77 494,61 138 VILLALBA DEL REY P1625600J 296,77 296,77 139 VILLALPARDO P1625800F 2967,72 2967,72 140 VILLAMAYOR DE SANTIAGO P1625900D 2473,1 593,54 395,7 296,77 3759,11

Pág. 8 Viernes 21 de julio de 2017 Núm. 84 Nº AYUNTAMIENTO/ CIF ESCUELAS VERANO MANTENIM. ACTIVIDADES ACTIVIDADES AYUDA ENTIDAD LOCAL DEPORTIVAS DEPORTIVO FÍSICO GRUPOS SINGULARES 2017 MUNICIPALES ESPECÍFICOS (Euros) 141 VILLANUEVA DE LA JARA P1626100J 3610,73 989,24 989,24 593,54 6182,75 142 VILLAR DE CAÑAS P1626300F 494,62 296,77 49,46 445,16 1286,01 143 VILLAR DE DOMINGO GARCIA P1626400D 197,85 98,92 296,77 144 VILLAR DEL INFANTADO P1626900C 296,77 296,77 145 VILLAR Y VELASCO P1627000A 197,85 197,85 146 VILLAREJO DE FUENTES P1627400C 148,39 98,92 247,31 147 VILLAREJO DE PERIESTEBAN P1627700F 494,62 148,39 49,46 420,43 1112,9 148 VILLARES DEL SAZ P1628000J 494,62 148,39 49,46 321,5 1013,97 149 VILLARTA P1628200F 296,77 296,77 150 VILLAVERDE Y PASACONSOL P1628300D 197,85 197,85 151 VILLORA P1628400B 197,85 197,85 152 YEMEDA P1628600G 197,85 197,85 153 ZARZUELA P1629000I 197,85 197,85 SEGUNDO: Excluir de la convocatoria al/los siguiente/s solicitante/s por los motivos señalados. Nº AYUNTAMIENTO/ ENTIDAD LOCAL CIF CAUSA EXCLUSIÓN 1 ENGUIDANOS P1608500C INCUMPLIMIENTO PUNTO PRIMERO NORMATIVA. NO JUSTIFICA NI RENUNCIA AYUDA 2016. 2 OLMEDA DEL REY P1615000E INCUMPLIMIENTO PUNTO TERCERO CONVOCATORIA. ACTIVIDAD YA SUBVENCIONADA. 3 PORTALRUBIO DE GUADAMEJUD P1617100A INCUMPLIMIENTO PUNTO QUINTO CONVOCATORIA. SOLICITUD FUERA DE PLAZO. 4 VILLAR DEL HUMO P1626800E INCUMPLIMIENTO PUNTO QUINTO CONVOCATORIA. SOLICITUD FUERA DE PLAZO. TERCERO: Comprometer el gasto derivado de las concesiones aprobadas en la presente Resolución por importe total de 153.999,99 Euros, con cargo a la aplicaciones presupuestarias 308.341.4620004 del presupuesto vigente, a favor de los terceros reflejados y por los importes indicados. CUARTO: El pago de la subvención se realizará previa justificación, por el beneficiario, de la realización de la actividad subvencionada, en los términos establecidos en la normativa reguladora de la subvención. Se producirá la pérdida del derecho al cobro total o parcial de la subvención en el supuesto de falta de justificación o de concurrencia de alguna de las causas previstas en el artículo 37 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones. QUINTO: Dar traslado a los interesados afectados, así como a la Intervención de Fondos y al Servicio de Deportes. Conforme a lo dispuesto en el art. 109 de la LRJ/PAC, esta Resolución pone fin a la vía administrativa, pudiendo formularse contra la misma y de acuerdo con lo establecido en el art. 8 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Cuenca, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación y potestativamente ante este mismo órgano- Recurso de Reposición previo a dicha vía en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación.

Pág. 9 Viernes 21 de julio de 2017 Núm. 84 administración de justicia juzgado de Primera instancia n.º 4 de CuenCa NúM. 1939 EDICTO Dª. RAQUEL LOPEZ FANDO DE MIGUEL, LETRADO DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE INS- TRUCCIÓN NúMERO 4 DE CUENCA. DOY FE Y TESTIMONIO: Que en el Juicio por Delito Leve 16/2017, se ha dictado la presente resolucion. SENTENCIA 33/2017 En Cuenca, a ocho de mayo de dos mil diecisiete, Vistos por mí, Javier Martín Mesonero, Magistrado Juez del Juzgado de Instrucción nº 4 de Cuenca, los presentes autos de juicio por delito leve que se siguen en este Juzgado con el número 16/17, con la intervención del Ministerio Fiscal y en los que figuran como DENUNCIANTE: Francisco José Navarro Arcos, como DENUNCIADO: Marta Álvarez Guerrero. FALLO ABSOLVER a Marta Álvarez Guerrero, con expresa declaración de las costas de oficio. Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma se puede interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días, ante este mismo Juzgado y para su resolución por la Audiencia Provincial; y expídase testimonio de la misma, que quedará unido a los autos, incorporándose el original al correspondiente libro de sentencias. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Doy fe.- Y no siendo hallado FRANCISCO JOSE NAVARRO ARCOS, por el presente se le notifica la resolución dictada con el fin de que sirva de notificación en forma. Dado en Cuenca, a 18 de Julio de 2017. EL LETRADO DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA. RAQUEL LOPEZ FANDO DE MIGUEL

Pág. 10 Viernes 21 de julio de 2017 Núm. 84 juzgado de Primera instancia n.º 4 de CuenCa NúM. 1940 EDICTO Dª. RAQUEL LOPEZ FANDO DE MIGUEL, LETRADO DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE INS- TRUCCIÓN NúMERO 4 DE CUENCA. DOY FE Y TESTIMONIO: Que en el Juicio por Delito Leve 92/2016, se ha dictado la presente resolucion. SENTENCIA 21/2017 En Cuenca, a siete de abril de dos mil diecisiete, Vistos por mí, Javier Martín Mesonero, Magistrado Juez del Juzgado de Instrucción nº 4 de Cuenca, los presentes autos de juicio por delito leve que se siguen en este Juzgado con el número 92/16, con la intervención del Ministerio Fiscal y en los que figuran como DENUNCIANTE: Luis Alfonso Iglesias Redondo, como DENUNCIADO: Abdelaziz Talha. FALLO ABSOLVER a Abdelaziz Talha, con expresa declaración de las costas de oficio. Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma se puede interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días, ante este mismo Juzgado y para su resolución por la Audiencia Provincial; y expídase testimonio de la misma, que quedará unido a los autos, incorporándose el original al correspondiente libro de sentencias. Y no siendo hallado Luis Alfonso Iglesias Redondo por el presente se le notifica la resolución dictada con el fin de que sirva de notificación en forma. Dado en Cuenca, a 18 de Julio de 2017. EL LETRADO DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA. RAQUEL LOPEZ FANDO DE MIGUEL

Pág. 11 Viernes 21 de julio de 2017 Núm. 84 ayuntamiento de Cañaveruelas NúM. 1926 Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de este Ayuntamiento sobre la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa de ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMI- CILIO, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO. ARTÍCULO 1. Fundamento y Naturaleza Esta Entidad Local, en uso de las facultades contenidas en los artículos 133.2 y 142 de la Constitución Española, de acuerdo con lo previsto en el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y en los artículos 15 a 27 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, establece la presente tasa por la prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio a personas de la tercera edad y personas con dependencia, que se regirá por las Normas de la presente Ordenanza Fiscal. La Ordenanza será de aplicación en todo el término municipal de CAÑAVERUELAS. ARTÍCULO 2. Hecho Imponible Constituye el hecho imponible de la presente Ordenanza la prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio en CAÑAVERUE- LAS, que es un servicio social básico de carácter polivalente, comunitario y preventivo que tiene por objeto asegurar el derecho de las personas a vivir dignamente, mediante la cobertura de sus necesidades personales básicas y de las necesidades sociales, en el marco de la justicia social y del bienestar de las personas. ARTÍCULO 3. Prestación del Servicio y Gestión 1. El Servicio de Ayuda a Domicilio será prestado y gestionado por el Ayuntamiento de CAÑAVERUELAS por sí mismo o a través de otras entidades públicas o privadas. 2. Las personas que se encargarán de realizar las prestaciones del Servicio de Ayuda a Domicilio podrán ser contratadas por el Ayuntamiento de Cañaveruelas o por empresas del sector encargadas por aquel y tendrán la denominación de Auxiliares de Ayuda a Domicilio que deberán trabajar en coordinación con otros profesionales de los Servicios Sociales Municipales. 3. Los servicios o tareas que darán lugar a la percepción de la tasa por el Ayuntamiento serán los propios del servicio de acuerdo con la supervisión de los servicios sociales. ARTÍCULO 4. Sujetos Pasivos Están obligados al pago o son sujetos pasivos de la tasa las personas físicas que disfruten, utilicen o aprovechen los Servicios o quienes se beneficien de los servicios o actividades prestadas. ARTÍCULO 5. Responsables Responderán de la deuda tributaria los deudores principales junto a otras personas o Entidades, considerándose a estos efectos como deudores principales los obligados tributarios del apartado 2 del artículo 35 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. Salvo precepto legal expreso en contrario, la responsabilidad será siempre subsidiaria. En relación a la responsabilidad solidaria y subsidiaria de la deuda tributaria, se estará a lo establecido en los artículos 42 y 43, respectivamente, de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. ARTÍCULO 6. Condición de Beneficiario 1. Pueden ser beneficiarios del Servicio de Ayuda a Domicilio todas aquellas personas, generalmente ancianos, discapacitados, niños, etc, que por diversos motivos se encuentren en situación de no poder asumir por sí mismos la responsabilidad de su propio cuidado personal, doméstico y social. 2. Podrán gozar de la condición de beneficiarios del Servicio de Ayuda a Domicilio todas aquellas personas que, a la fecha de entrada en vigor de la presente Ordenanza, se encuentren recibiendo la ayuda, siempre y cuando no hubieran manifestado su negativa expresa a seguir recibiendo el servicio.

Pág. 12 Viernes 21 de julio de 2017 Núm. 84 3. Será indispensable para obtener la condición de beneficiario del Servicio de Ayuda a Domicilio estar empadronado en este Municipio. 4. La condición de beneficiario no se entenderá nunca como un derecho permanente, sino que sufrirá modificación o se perderá en función de la variación de de las causas que motivaron su adquisición. ARTÍCULO 7. Pérdida de la Condición de Beneficiario La condición de beneficiario del Servicio de Ayuda a Domicilio podrá perderse por cualquiera de las siguientes causas: a) Por renuncia expresa del beneficiario. b) Por impago reiterado de la tasa. c) Por fallecimiento o cambio de domicilio fuera del Municipio del beneficiario. d) Por decisión del Ayuntamiento, en base a los informes de los Servicios Sociales Municipales, al no cumplirse las condiciones por la que la prestación fue dada. e) Por ausencia temporal del domicilio. f) Por incumplimiento de sus obligaciones como beneficiario. g) Por interrupción del servicio, tanto de forma voluntaria como de oficio por el Ayuntamiento, debiéndose comunicar por escrito para su constancia. En este supuesto, el beneficiario abonará el importe correspondiente hasta el cese efectivo de la prestación del servicio. ARTÍCULO 8. Seguimiento, Regularización y Evaluación Los Servicios Sociales Municipales serán los competentes en el seguimiento, regulación y evaluación del Servicio de Asistencia a Domicilio, pudiendo proponer la inclusión o exclusión de beneficiarios. Asimismo, serán los competentes para determinar el número de horas de servicio necesarias en cada caso. Todas las reclamaciones, quejas o sugerencias sobre el funcionamiento del Servicio de Ayuda a Domicilio deberán canalizarse a través de los Servicios Municipales. Asimismo, los Servicios Sociales Municipales elaborarán un informe anual sobre el funcionamiento del Servicio de Ayuda a Domicilio. ARTÍCULO 9. Exenciones y Bonificaciones Conforme al artículo 9.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, no podrán reconocerse otros beneficios fiscales en los tributos locales que los expresamente previstos en las normas con rango de Ley o los derivados de la aplicación de los tratados internacionales. Según el artículo 24.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo para la determinación de la cuantía de la tasa podrá tenerse en cuenta criterios genéricos de capacidad económica de los sujetos obligados a satisfacerlas. ARTÍCULO 10. Cuota Tributaria y Tarifas Las cuotas del Servicio de Ayuda a Domicilio serán mensuales y la cuota a abonar será 3 /hora. ARTÍCULO 11. Devengo La obligación de pagar la tasa nace desde el momento en que se inicie la prestación del servicio, sin perjuicio de que pudiera exigirse el depósito equivalente a una mensualidad de la tarifa de la tasa al solicitarse el servicio. Conforme al artículo 26.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la tasa podrá devengarse: Cuando se inicie la prestación del servicio o la realización de la actividad, aunque en ambos casos podrá exigirse el depósito previo de su importe total o parcial. Cuando se presente la solicitud que inicie la actuación, que no se realizará sin que se haya efectuado el pago correspondiente En virtud del apartado tercero del citado artículo 26, cuando por causas no imputables al sujeto pasivo, el servicio público, la actividad administrativa o el derecho a la utilización o aprovechamiento del dominio público no se preste o desarrolle, procederá la devolución del importe correspondiente.

Pág. 13 Viernes 21 de julio de 2017 Núm. 84 ARTÍCULO 12. Gestión, Liquidación e Ingreso El sujeto pasivo deberá de proceder al pago de la tasa en los, en los primeros quince días del mes. Preferiblemente deberá domiciliarse el pago. El retraso en el pago de 3 meses implicará la suspensión del servicio y la pérdida del derecho a continuar recibiendo su prestación, sin perjuicio de su cobro por vía ejecutiva. El interesado que, por cualquier motivo, desee causar baja a lo largo del año, deberá solicitarlo a la Administración. Procederá la devolución de las tasas cuando no se realice el servicio de Asistencia a Domicilio por causas no imputables al sujeto pasivo. ARTÍCULO 13. Infracciones y Sanciones Tributarias En todo lo referente a infracciones y sanciones, será de aplicación la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en concreto los artículos 181 y siguientes, así como sus disposiciones de desarrollo, según lo dispuesto en el artículo 11 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA En todo lo no previsto en la presente Ordenanza, se estará a lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, así como en la Ordenanza Fiscal General aprobada por este Ayuntamiento. DISPOSICIÓN FINAL La presente Ordenanza, que fue aprobada por el Pleno de este Ayuntamiento en sesión celebrada el día 13 de diciembre de 2016, entrará en vigor a los quince días de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad con los artículos 65.2 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, permaneciendo en vigor hasta que se acuerde su modificación o su derogación expresa. Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. En Cañaveruelas a 1 de julio de 2017. EL ALCALDE-PRESIDENTE GREGORIO VILLAMIL DE LAS HERAS

Pág. 14 Viernes 21 de julio de 2017 Núm. 84 ayuntamiento de los valdecolmenas NúM. 1935 Con fecha de 30 de junio de 2017, se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca, núm. 75, el anuncio con las bases que han de regir la adjudicación de UNA (1) licencias de autotaxi para el Municipio de Los Valdecolmenas. Que durante el plazo de previsto, se han presentado las siguientes solicitudes: N.º de registro de entrada: 2017-E-RC-144. Presentada por: Dª. Ana Belén Delgado Muñoz. Resultando fuera de plazo las que a continuación se reseñan: no se han presentado solicitudes fuera de plazo. Finalizado este plazo de presentación, de conformidad con el artículo 10 del Real Decreto 763/1979, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Nacional de los Servicios Urbanos de Transporte en Automóviles Ligeros, se abre un nuevo plazo de quince días, contados desde el día siguiente de la publicación de este anuncio, al objeto de que los interesados y las Asociaciones profesionales de empresarios y trabajadores puedan alegar lo que estimen procedente en defensa de sus derechos. En Los Valdecolmenas, a 17 de julio de 2017. Alcalde, Fdo.: Alfonso Manuel Hidalgo Barbero.

Pág. 15 Viernes 21 de julio de 2017 Núm. 84 ayuntamiento de el valle de altomira NúM. 1936 SUBSANACION DE DE APROBACIÓN INICIAL Advertida la omisión existente en el anuncio de aprobación inicial del expediente de modificación de créditos n.º 72/2017 del Presupuesto en vigor en la modalidad de crédito extraordinario para la aplicación del superávit presupuestario con cargo al remanente de tesorería para gastos generales, publicado en el Boletín oficial de la Provincia nº 81 de 14/07/17 se procede a su subsanación en el sentido siguiente: En último párrafo, donde dice: Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo. Debe decir Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a exposición pública por el plazo de quince días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo En El Valle de Altomira, a 17 de julio de 2017. Alcalde, Fdo.: Antonio Fernández Odene. CON FECHA AL MARGEN, DOCUMENTO FIRMADO ELECTRONICAMENTE

Pág. 16 Viernes 21 de julio de 2017 Núm. 84 ayuntamiento de santa maría del CamPO rus NúM. 1937 DE APROBACIÓN PROVISIONAL El Pleno del Ayuntamiento de Santa María del Campo Rus en sesión ordinaria celebrada el día 7 de julio de 2017 acordó la aprobación provisional de la modificación la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por prestación del Servicio de Alcantarillado. Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo. En Santa María del Campo Rus a 17 de julio de 2017. El Alcalde, DOCUMENTO FIRMADO AL MARGEN ELECTRONICAMENTE Fdo.: Carlos Cano García.

Pág. 17 Viernes 21 de julio de 2017 Núm. 84 ayuntamiento de santa maría del CamPO rus NúM. 1938 Mediante la presente se notifica la Resolución de Alcaldía n.º 2017/0043, de fecha 17-0702017, del tenor literal siguiente: Visto que ha expirado el plazo de presentación de solicitudes de admisión para la contratación laboral de la provisión de una plaza y constitución de Bolsa de Trabajo de Personal de Limpieza del consultorio Médico del Excmo. Ayuntamiento de Santa María del Campo Rus. Vistas las bases de la convocatoria aprobadas junto con la convocatoria en Resolución de Alcaldía núm. 2017-0034 de fecha 13 de Junio de 2017. De conformidad con las bases aprobadas junto con la convocatoria en Resolución de Alcaldía núm. 2017-0034 de fecha 13 de Junio de 2017, y de conformidad con el artículo 20 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se apruebe el Reglamento General de ingreso de Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, RESUELVO PRIMERO. Aprobar la siguiente relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos: RELACIÓN DE ASPIRANTES ADMITIDOS: BENITA CARLOS REQUENA. DNI 04603088Y LEONOR RODA GARCIA. DNI 04577597E REMEDIOS GARCÍA GARCÍA. DNI 4556097G ANGELES CAMPOS ARRIBAS. DNI 04605727T CANDELARIA ROSELL SEVILLANO.DNI 52761029H JUAN BAUTISTA ESQUINAS GALLEGO. DNI 46934986J GABRIEL CORPA IGLESIAS. DNI 04611893W CONSUELO BELTRÁN RUBIO. DNI 0459721W NOEMI BERMEJO VIANA.DNI 04625559Y RELACIÓN DE ASPIRANTES EXCLUIDOS: SOFÍA IBAÑEZ GÓMEZ. DNI 70513257H Por las causas siguientes: no acredita el requisito indicado en la base segunda de la convocatoria estar en posesión del Certificado de Escolaridad o equivalente SEGUNDO. Los aspirantes excluidos disponen de un plazo de diez días hábiles, a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia para formular reclamaciones o subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión. TERCERO. Publicar la relación provisional de admitidos y excluidos en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. Lo que se hace público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, a los efectos de que durante el plazo de diez días hábiles los aspirantes excluidos puedan formular reclamaciones o subsanar los defectos que hayan motivado la exclusión. EL ALCALDE. DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE Fdo.: Carlos Cano García

Pág. 18 Viernes 21 de julio de 2017 Núm. 84 ayuntamiento de laguna del marquesado NúM. 1941 Con motivo de la finalización del periodo de cuatro años para el que fueron nombrados los Sres. Juez de Paz y sustituto y en cumplimiento de la Ley 38/98, de 28 de Diciembre, de demarcación y planta Judicial, según lo establecido en los artículos 101y 102 de la Ley Orgánica 6/85del Poder Judicial, se concede un plazo de 15 días naturales, contados desde el día siguiente a la publicación de este Anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados que se consideren capacitados y no incursos en causa de incompatibilidad o incapacidad para desempeñar los cargos mencionados por periodos de cuatro años, dirijan sus peticiones a este Ayuntamiento. La Corporación por mayoría absoluta elegirá entre los solicitantes, si no los hubiera el Pleno elegirá libremente. Laguna del Marquesado a 04 de Juliode dos mil diecisiete. El Alcalde. Fdo: José Rodrigo Rubio.

Pág. 19 Viernes 21 de julio de 2017 Núm. 84 ayuntamiento de laguna del marquesado NúM. 1942 De conformidad con lo establecido en el artículo 169.3 del RD Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y habida cuenta que el pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el 12 de Diciembre de 2016, adoptó acuerdo de Aprobación inicial del presupuesto General de esta Entidad para 2017, que ha resultado definitivo al no haberse presentado ninguna reclamación durante el plazo de exposición pública, se hace constar lo siguiente: RESUMEN DEL PRESUPUESTO A NIVEL DE CAPITULOS PRESUPUESTO DE GASTOS 2.017 CAPITULO CONCEPTO EUROS 1 GASTOS DE PERSONAL 31.000,00 2 GASTOS EN BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS 36.000,00 3 GASTOS FINANCIEROS 500,00 4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 7.500,00 6 INVERSIONES REALES 51.250,00 7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 8 ACTIVOS FINACEROS 9 PASIVOS FINACIEROS TOTAL 126.250,00 PRESUPUESTO DE INGRESOS DE 2.017 CAPITULO CONCEPTO EUROS 1 IMPUESTOS DIRECTOS 8.150,00 2 IMPUESTOS INDIRECTOS 3 TASA Y OTROS INGRESOS 10.600,00 4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 60.000,00 5 INGRESOS PATRIMONIALES 22.500,00 6 ENEJENACION INVERSIONES REALES 7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 25.000,00 8 ACTIVOS FINACIEROS 9 PASIVOS FINACIEROS TOTAL. 126.250,00 Plantilla de personal: 1. - Personal Funcionario Secretario Interventor, 1 Plaza Según lo dispuesto en el art. 171.1 del referido RD Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. Laguna del Marquesado a 6 de junio de dos mil diecisiete. El Alcalde. Fdo: José Rodrigo Rubio.

Pág. 20 Viernes 21 de julio de 2017 Núm. 84 ayuntamiento de Olmedilla de alarcón NúM. 1943 DE APROBACIÓN INICIAL Aprobado inicialmente en sesión ordinaria del Pleno de este Ayuntamiento, de fecha 14 de julio de 2017, el Presupuesto General, Bases de Ejecución, y la plantilla de personal funcionario, laboral y eventual para el ejercicio económico 2017, con arreglo a lo previsto en el artículo 169 del Texto Refundido de la ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se expone al público el expediente y la documentación preceptiva por plazo de quince días desde la publicación de este anuncio, a los efectos de reclamaciones y alegaciones. De conformidad con el acuerdo adoptado el Presupuesto se considerará definitivamente aprobado, si durante el citado plazo no presenten reclamaciones. En Olmedilla de Alarcón, a 18 de julio de 2017 LA ALCALDESA-PRESIDENTA, Fmdo.: Mª Pilar Navarro Tebar

Pág. 21 Viernes 21 de julio de 2017 Núm. 84 ayuntamiento de saceda-trasierra NúM. 1944 Aprobado inicialmente en sesión Extraordinaria del Pleno de este Ayuntamiento, de fecha 18 de julio de 2017, el Presupuesto General, Bases de Ejecución, y la plantilla de personal funcionario y laboral para el ejercicio económico 2017, con arreglo a lo previsto en el artículo 169 del Texto Refundido de la ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se expone al público el expediente y la documentación preceptiva por plazo de quince días desde la publicación de este anuncio, a los efectos de reclamaciones y alegaciones. De conformidad con el acuerdo adoptado, el Presupuesto se considerará definitivamente aprobado, si durante el citado plazo no presenten reclamaciones. Saceda-Trasierra, 18 de julio de 2017 LA ALCALDESA Fdo: María Sol Añonuevo Bállega

Pág. 22 Viernes 21 de julio de 2017 Núm. 84 ayuntamiento de CamPillO de altobuey NúM. 1946 En cumplimiento de cuanto dispone el artículo 212 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y una vez que ha sido debidamente informada por la Comisión Especial de Cuentas, se expone al público la Cuenta General correspondiente al ejercicio 2016, por un plazo de quince días, durante los cuales y ocho más quienes se estimen interesados podrán presentar reclamaciones, reparos u observaciones que tengan por convenientes. En Campillo de Altobuey, a 18 de julio de 2017. El Alcalde - Presidente, Fdo.: Francisco López López

Pág. 23 Viernes 21 de julio de 2017 Núm. 84 ayuntamiento de CamPillO de altobuey NúM. 1949 Por Resolución de Alcaldía de fecha, se adjudicó el contrato de gestión del servicio público de Piscina Municipal y Bar Anexo, publicándose su formalización a los efectos del artículo 154 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. 1. Entidad adjudicadora: a) Organismo. Alcalde b) Dependencia que tramita el expediente. Secretaria c) Número de expediente.62/2017 d) Dirección de Internet del perfil del contratante. http://campillodealtobuey.sedelectronica.es/contractor-profile-list 2. Objeto del contrato: a) Tipo. Procedimiento Abierto b) Descripción. Piscina Municipal y Bar Anexo c) CPV (Referencia de Nomenclatura). 92610000-0 Servicios de explotación de instalaciones deportivas d) Medio de publicación del anuncio de licitación. Boletín Oficial de la Provincia nº 49 e) Fecha de publicación del anuncio de licitación. 26-04-2017 3. Tramitación y procedimiento: a) Tramitación. Urgente b) Procedimiento. Contrato de Concesión de Servicios por Procedimiento Abierto, Oferta Económicamente más Ventajosa, varios Criterios de Adjudicación y Tramitación Urgente para Bar de Piscina Municipal 4. Presupuesto base de licitación. Importe neto: 100,00 euros. Importe total: 121,00 euros. 5. Formalización del contrato: a) Fecha de adjudicación. 20 de junio 2017 b) Fecha de formalización del contrato. 21 de junio de 2017 c) Contratista. Jorge Serrano Paños d) Importe o canon de adjudicación. Importe neto: 285 euros. Importe total: 344,85 euros. e) Ventajas de la oferta adjudicataria. - El importe del 50 % del Coste de los productos necesarios para la buena calidad de las aguas de baño y limpieza y mantenimiento - Puesta a disposición de personal especialmente en la puesta en marcha de la piscina. - Visita y seguimiento del tratamiento y condiciones del agua y control de equipos. - Actividades Acuáticas 3 días. - Actividades deportivas 2días - Asunción de los gastos de material deportivo. - Diez Años experiencia en mantenimiento de piscinas. En Campillo de Altobuey, a 18 de julio de 2017, El Alcalde, Francisco López López DOCUMENTO FIRMADO ELECTRONICAMENTE

Pág. 24 Viernes 21 de julio de 2017 Núm. 84 ayuntamiento de CamPillO de altobuey NúM. 1950 Por acuerdo del Pleno de fecha 8 de mayo de 2017 se aprobó la adjudicación de la Parcela nº 18 del Polígono Ganadero de esta Localidad, lo que se publica a los efectos de lo establecido en el Reglamento de Bienes y el TR de la Ley de Contratos del Sector Público RDL 3/2011, 1. Entidad adjudicadora. a) Órgano: Pleno b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría c) Número de expediente: 84/2017 2. Objeto del contrato. a) Tipo de contrato: Enajenación de Bienes Ref. 02.03.07.-GAN-9-1/2017 b) Descripción del objeto: Parcelas Polígono Ganadero c) Boletín o Diario Oficial y Perfil de Contratante: nº 72 de 27 de junio de 2014 3. Tramitación, procedimiento. a) Tramitación: ordinaria b) Procedimiento: concurso 4. Precio del Contrato. Según publicación del B.O.P nº 72 de 27 de junio de 2014. 5. Adjudicación a) Fecha: 8 de mayo 2017 b) Adjudicatario e Importe de adjudicación: Fianza Definitiva Parcela Adjudicatario Total Adjudicación 4 % 18 JULIÁN MATEO LÓPEZ 4.612,73 184,51 En Campillo de Altobuey, a 18 de julio de 2016. El Alcalde, Francisco López López DOCUMENTO FIRMADO ELECTRONICAMENTE.

Pág. 25 Viernes 21 de julio de 2017 Núm. 84 ayuntamiento de sisante NúM. 1947 No habiéndose podido notificar personalmente a las personas relacionadas a continuación, en el último domicilio conocido, el trámite de audiencia, en expediente de BAJA POR INSCRIPCIÓN INDEBIDA, tramitado a instancias del Instituto Nacional de Estadística, por medio del presente, se les concede el plazo de diez días, desde la publicación del anuncio en el B.O.E., para que puedan formular las alegaciones pertinentes, haciéndoles saber que, transcurrido dicho plazo, salvo estimación de las alegaciones, si se formulasen, se procederá de oficio, previo informe del Consejo Provincial de Empadronamiento, a dar la baja de los interesados en la Hoja Padronal del domicilio dónde figuran empadronados, y que no se corresponde con el que realmente tienen, todo ello en los términos previstos en el art. 72 del reglamento de Población, según la redacción dada por el R.D. 2612/1996: Nombre Domicilio DNI, NIE Irimei OPREA Tva. Molino de Viento, 9 X4559972 El presente Edicto se publica a los efectos contemplados en el art. 59.4 de la Ley 30/1992, del Procedimiento Administrativo Común. Sisante, 11 de julio de 2017 El Alcalde, Fdo.: Modesto Herráiz Laserna

Pág. 26 Viernes 21 de julio de 2017 Núm. 84 ayuntamiento de fuentelespino de HarO NúM. 1948 En este Ayuntamiento se sigue expediente para la renovación de los cargos de Juez de Paz Titular y Sustituto de este municipio, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de Julio, del Poder Judicial, y artículo 4 y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de Junio, de los Jueces de Paz. Se comunica que se abre el plazo de quince días hábiles para que las personas que estén interesadas, y reúnan las condiciones legales, lo solliciten por escrito dirigido a esta Alcaldía. En la Secretaría del Ayuntamiento puede ser examinado el expediente y recabar la información que se precise en cuanto a requisitos, duración del cargo, remuneración, etc. En caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, comunicando el acuerdo al Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha. En Fuentelespino de Haro, a 14 de Julio de 2017. EL ALCALDE, Fdo: Benjamín Prieto Valencia.

Pág. 27 Viernes 21 de julio de 2017 Núm. 84 ayuntamiento de villas de la ventosa NúM. 1951 Aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de Villas de la Ventosa, en la sesión extraordinaria celebrada el 17 de Julio 2017, el Proyecto Básico y de Ejecución de la obra del P.O.S. Nº 255, anualidad de 2017, denominada Pavimentación y reparación de aceras en Bólliga, Culebras, Fuentesbuenas, Villarejo del Esparal, La Ventosa y Valdecañas, redactado por el Arquitecto D. Luia del Burgo Pulla, con un presupuesto total de 78.000,00 euros. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 93 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Locales vigentes en materia de Régimen Local, y en aplicación del artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se somete el Proyecto Básico y de Ejecución a información pública por plazo de veinte días, a contar desde el siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. La Alcaldesa. Mª Carmen Salmerón Ferrer

Pág. 28 Viernes 21 de julio de 2017 Núm. 84 ayuntamiento de villar del HumO NúM. 1952 El Pleno del Ayuntamiento de VILLAR DEL HUMO, en sesión celebrada el día 7 de julio de 2017, acordó la aprobación inicial del expediente de modificación de créditos financiados con cargo al remanente líquido de Tesorería, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 177.2 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a exposición pública por el plazo de quince días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de CUENCA, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo. En VILLAR DEL HUMO A 7 de julio de 2017. El Alcalde, Fdo.: ARMANDO CUBILLO FERRER.

Pág. 29 Viernes 21 de julio de 2017 Núm. 84 ayuntamiento de HenarejOs NúM. 1953 El Pleno del Ayuntamiento de Henarejos en sesión celebrada el día 13 de julio de 2017 acordó la aprobación inicial de la Ordenanza Reguladora de la tenencia de animales de compañía y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/4985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia para que pueda ser examinado y se presenten las reclamaciones que estimen oportunas Si transcurrido dicho plazo no se hubieran presentado alegaciones, se considerará definitivamente aprobado dicho acuerdo. En Henarejos a 14 de julio de 2017 La Alcaldesa Fdo: María Isabel Jiménez Montoya.

Pág. 30 Viernes 21 de julio de 2017 Núm. 84 ayuntamiento de HenarejOs NúM. 1954 EXPOSICIÓN DE PROYECTO TÉCNICO DE OBRA En la Secretaría de esta entidad se encuentra expuesto al público a efecto de examen y formulación de alegaciones, por plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, el proyecto técnico de la obra denominada Acondicionamiento de Plaza incluida en Plan Provincial de Cooperación a las Obras y Servicios Municipales (P.O.S ) anualidad 2017, con el número 19, presupuesto de 21.000 euros y redactado por el arquitecto Manuel Valiente García En Henarejos a 14 de julio de 2017 La Alcaldesa María Isabel Jiménez Montoya