Documento de Tesorería Page 1 of1 Servicio de Salud Bío-Bío Hospital de Los Ángeles Ejercicio Fiscal 2012 Título : [ ago por $ 119.999.- B-13 Andrea Mora Riquelme Documento de Tesorería j Estado : Aprobado _,... IPago por $ 119.999.- B-13 Andrea Mora Riquelme Descripción : a ' Fecha : 20/08/2012 ID Asiento : 478559 H; Moneda : Nacional ID : 202109 Código : 015174 Preparado por : 11577909-5 Aprobado por : 11577909-5 T.Transacción : Pago Principa) Hortto Cuenta Contable N" Documento Programa Cuenta Banearía 1 13843712-4 i Andrea Lorena Mora 119.999 * Riquelme C x P Bienes y Servicios de Consumo 0 01 13843712-4 Transferencia 55109078301 Andrea Lorena Mora Riquelme Totaf Documento: 119.999 NIDAD ONTABÍLIDAD VPRESUPUESr Devengado por Graciela Martínez Jara 20/08/2012
Asientos Page 1 of1 A probad o (038 76 5) Asientos Devenga boleta de honorario ne 13 Andrea Mora Riquelme $.- 09/08/2012 21522 CUENTA NOMBRE DEBE HABER 53212060301 TOTALES C x P Bienes y Servicios de Consuma Compra De Intervenciones Quirúrgicas Intradós pila I arias Con ^ersonal Interno ÜIX, TL *on http://app.siiiic.cl/sigfe/arbol/asiento.asp 09-08-2012
ANDREA LORENA MORA RIQUELME RUT: 13843712-4 GIRO(S): OTROS PROFESIONALES DE LA SALUD, TECNOLOGO MEDICO JARDINES DE LUXEMBURGO 2305 Villa/Pob. PARQUE SOR VICENTA, LOS ANGELES TELEFONO: 369899 BOLETA DE HONORARIOS ELECTRÓNICA N 13 Fecha: 07 de Agosto de 2012 Señor(es): COMPLEJO ASISTENCIAL DR. VÍCTOR RÍOS RUIZ Domicilio: AVENIDA RICARDO VICUÑA 147, LOS ANGELES Rut: 61607301- K Por atención orofesional: PROGRAMA HERNIA NÚCLEO PULPOSO Total Honorarios $: 10% Impto. Retenido: Total: 13.333 119.999 II iiniiiiiiiiiiiiniiiiiiiii Fecha /Hora Emisión: 07/08/2012 16:25 13843712000133F3B511 Res. Ex. N 83 de 30/08/2004 Verifique este documento en www.sii.cl El conlrlthiyentí para el cual está destinada esta boleto, es el encargado de retener el 10%. 11201208071628 0SÍÍCE
RESOLUCIÓN EXENTA N" 4334 REF.: Aprueba Convenio de Tecnóíogos Módicos en Rayos por participación en intervenciones quirúrgicas da Hernia Núcleo Pulposo de pacientes GES beneficiarios del Complejo Asíslencial "Dr. Víctor Ríos Rute". LOS ANGELES, 30 0!C. 2011 VISTOS: estos antecedentes, cl Convenio de la paramédíco por participación en las intervenciones de Hernia Núcleo Pulposo en las dependencias del Complejo Asistencia! "Dr. Víctor Ríos Ruiz", suscrito entre cl Complejo Asistencia! "Dr. Víctor Ríos Rulz" Los Angeles y las Tecnólogos Médicos en Rayos que se indican más adelante; la Resolución 1600/2008 de la Contralona General de la República; cl DL. 2753/79, el Aft. -56 de! Decreto Supremo 110/2001 del Ministerio de Salud, Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud, y las facultades que me confiere a Res, 897/95 del SS. BB.; Decreto Exento N 508/2007 del Ministerio de Salud modificado por el Decreto Exento N 73/2008 del Ministerio de Salud; la Resolución N 0267/2011 tíel Director del Servicio de Salud Bio-Bio que me designó en el cargo y las atribuciones que me confiere el Art. 46 dci citado D.5. 110/2004, dicto la siguiente: RESOLUCIÓN 1. APRUÉBASE los convenios de las Tecnólogos Médicos en Rayos de fecha 29 de Noviembre del 2011 que se adjunta, sobre participación en intervenciones quirúrgicas Hernia Núcleo Pulposo, patología GES de pacientes beneficiarios del Compiojo Asistencia! "Dr. Víctor Ríos Rulz", con riesgos de vencimiento y provenientes de SIGGES, celebrado entre cl Complejo Aststencial "Dr. Víctor Rfos Ruti" Los Angeles y las profesionales:. DOÑA MORIN QUILAPAN PINO, RUT ND 16.138.535-2 - DOÑA ANDREA MORA REQUELME, RUT N 13.343.712-4 2. El gasto que Irroguen estos convenios serán imputados a! ítem 22.12.999.00.301 Compra de Intervenciones Quirúrgicas I ntra hospital aria con personal interno del Presupuesto del Complejo Asistencíal "Dr. Víctor Ríos Rulz" Los Angeles. POR FACULTAD DELEGADA DEL DIRECTOR SERVICIO SALUD 81O BIO, SEGÚN RESOLUCIÓN N 897 DCL 21 DE JUNIO DE 1995, ANÓTESE Y COMUNIQÚESE DISTRIBUCIÓN: => Demo. Jurídico 55. 8Í3. ^ DcptO. fiuüiloria SS. DO. "j Depto. Auditoria y Control Interno C. Asistan. DR. VRR c? Dcpto. Gestión Financiera C, Asisten. DR. VRR <ó Unidad Gestión de Convenías C. Asisten. DR. VRf! % Unidad Gestión de Documentos del C. Asisten. DR. VRR Inés 'Bastidas MINISTRO DE FE Girrp'eyi L ORIGINAL
CONVENW ENTRE EL COMPLEJO ASISTENCIAL "DR VÍCTOR RÍOS RUIZ" LOS ANGELES 7 YTECNOLOGOS MÉDICOS EN RAYOS POR INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS DE HERNIA NÚCLEO PULPOSO LUMBAR GES (CÓDIGO FONASA 11-03-Q49) En Los Angeles, a 29 de Noviembre del 2011, entre el COMPLEJO ASISTENCIAL "DR. VÍCTOR RÍOS RUIZ" LOS ANGELES, RUT N 61.607,301-k, representado por su Director SR. LUIS SAN MARTIN HERNÁNDEZ, RUT N 6.451.888-7, ingeniero Comercial, ambos domiciliados en Avda. Ricardo Vicuña N W7, Los Angeles, en adelante "el Complejo Asistencia!", por una parte y la SRA. ANDREA MORA RIQUELME, Tecnótogo Medico con mención en Imagenologia y Física Medica, Carnet de Identidad N" 13.843.712-4, domiciliado en Jardines Luxemuurgos N 2305, Parques Sorvlcenta, Los Angeles, en adelante "la Profesional", por la otra parte, se ha acordado celebrar un convenio que consta de las siguientes cláusulas: PRIMERO: El Complejo Asistencia! se ha visto en la necesidad de: Dar cumplimiento a las metas de la patología GES Hernia del Núcleo Pulposo Lumbar para el presente año 2011, código FONASA 11-03-049. Aumentar la oferta de resolución quirúrgica de esta patología, donde existen listas de espera en toda la red asistencia! de la Provincia de Blo-Blo. Gestionar resolución de la lista de espera de Herma del Núcleo Pulposo de la especialidad de neuroclrugía. SEGUNDO: En razón a que el Complejo Asistencial no puede aumentar la oferta de resolución quirúrgica de la patología Hernia del Núcleo Pulposo Lumbar y Seguimiento, dentro del horario hábil destinado a Pabellón de la Especialidad de Neurodrugia y considerando la existencia de financia miento por parte de FONASA para aumentar la cobertura de la resolución rfo esta patología, el Complejo Asistencia! ha decidido realizar la modalidad de contratación de servicios de Tecnólogos Médicos con especialidad en Rayos. Para lo cual establece la compra de servicios por evento a profesionales del área de la Tecnológica Medica en Rayos, para participar en las dependencias del Complejo Asistenclal en las intervenciones quirúrgicas del código 11-03-019, Hernia del Núcleo Pulposo Lumbar a los pacientes beneficiarios de las Garantías Explícitas en Salud, correctamente enrolados tic acuerdo a los mecanismos de garantías GES, que el Complejo Asistencia! determine, a través del Dcpto. de Orientación Medica y Estadística (DOME) en nómina rutificada. TERCERO; 61 Complejo Aslstencial por esto acto procede a contratar a la Profesional, para participación como tal en las Intervenciones quirúrgicas de Hernia Nlicleo Pulposo, intervenciones que deben corresponder a pacientes de [as listas de espera rutificada confeccionada por el DOME, con riesgo de Incumplimiento de su garantía (GES) y provenientes del SIGSES. CUARTO: Cas partes reconocen y declaran que dichas prestaciones de Salud las efectuará la Profesional en el ejercicio liberal de su profesión y no en calidad de funcionarlo de! Servicio de Salud Bío-Bío, por lo que en esta modalidad no existe vínculo laboral, de dependencia y subordinación entre las partes. En mérito de lo anterior el Profesional se hace responsable de sus actos profesionales. QUINTO: La Profesional participará en las Intervenciones quirúrgicas, procedimientos y seguimientos, en horario fuera de su jornada laboral contratada en el Complejo Asistenclal, como Tecnólogo Medico en Rayos, de Lunes a Viernes, y en Sábados, Domingos y Festivos. SEXTO; El Complejo Asistencial cancelará i la Profesional, las intervenciones quirúrgicas efectuadas en!a modalidad antes indicada, la suma de 5 22.222.- (Veintidós mil doscientos veintidós pesos), en horario fuera de su jornada laboral contratada en el Complejo Asistencial, como Tecnólogo Medico en Rayos, de Lunes a Viernes, y en Sábados, Domingos y Festivos, independientemente que éstas se hayan efectuada en horario inhábil y en días Festivos, Sábados y Domingos, previa presentación de boletas de honorarios electrónica en la Sección Contabilidad y Presupuesto hasta el día 23 del mes siguiente de ejecutadas las acciones de cada mes, indicando en ella el N de Resolución y fecha que aprobó el convenio. Uniíi.itl Geí-tu'm 'I'.' t'iinvimi tclífofttjs Re-il Mlrisrjl d,>63" U.'UiH>í.(jumtv.Kií<.!iiohín oí VYW vi. 110 spita I o*ají yol <;s, c!
SÉPTIMO: Para efectos de la cancelación, el Médico Coordinador de la especialidad de Neuro el rugía, tendrá la responsabilidad de confeccionar nomina de pacientes intervenidos, la que deberá Indicar nombre del paciente, RUT, fecha Intervención, nómina que deberá ser entregada en la Unidad Gestión de Convenios, quien deberá enviarla al DOME, para verificar que las intervenciones quirúrgicas fueron ejecutadas a los pacientes y además si cumplieron con e! protocolo de la patología Hernia Núcleo Pulposo Lumbar, GES, esto significa que debsn tener el diagnóstico de ID patología certificado mediante el formulario Ingreso Proceso Diagnóstico (IPD) e Ingresado al SIGGES previo a la prestación, registro que debe ser referido a la Unidad de moni torco Auge del Complejo Asistencial. Posteriormente, éste Depto. la devolverá a la unidad Gestión de Convenios para confeccionar nómina de pago, que se entregara a la Sección Contabilidad y Presupuesto del Complejo Asistendsl,. para la cancelación del valor Indicado en la cláusula precedente. OCTAVOi Para el ejercicio de esta mpdalldad de atenciones de pacientes beneficiarios de la patología Hernia del Núcleo Pulposo Lumbar con Garantías Explícitas en Salud, el Compiejo Asistencial permitirá el uso de los Pabellones Quirúrgicos y de Procedimientos, Box de Atención en el Centro de Responsabilidad Atención Abierta, siempre que oí pabellón o las dependencias requeridas se encuentren disponibles. NOVENO: La Profesional se compromete a utilizar las dependencias y elementos que se le proporcionan, para la participación en las intervenciones quirúrgicas motivo del presente convenio, con la debida diligencia y cuidado, siendo de su cargo y responsabilidad, las reparaciones o reemplazo de los elementos que se dañen por el maí uso de los mismos. DÉCIMO: En el ejercicio de esta modalidad de atención de pacientes beneficiarios de la patología Hernia del Núcleo Pulposo Lumbar de las Garantías Explícitas en Salud, en las dependencias del Complejo Asistencial, la Profesional se compromete a observar las normas y procedimientos internos que éste tenga establecido para el tratamiento de pacientes, uso de las dependencias, empleo de material, etc. DÉCIMO PRIMERO: El Subdirector Médico del Compiejo Asistencial, tendrá la responsabilidad de supervisar, controlar, prlorizary acreditar la inexistencia de hora anestesista en horario hábil de Pabellón y que sólo dispone de médicos que se encuentran fuera de su jornada laboral contratada en el Establecimiento, para la realización de las Intervenciones quirúrgicas de los pacientes beneficiarlos de la patología Hernia del Núcleo Pulposo Lumbar. DÉCIMO SEGUNDO: Las atenciones médicas, procedimientos y/o Intervenciones quirúrgicas realizadas por la profesional en su jornada laboral contratada en el Complejo Asistencial no darán derecho a pago o cancelación alguna, sino que solo serán contabilizadas y registradas en el SIGGES, para efectos de dar cumplimiento con la cantidad de intervenciones asignadas a! Complejo Asistencial. t DÉCIMO TERCERO: Los Profesionales que realicen convenio por esta intervención quirúrgica [Hernia Núcleo Pulposo Lumbar) materia del presente instrumento, on primer término, deben responsabilizarse de realizar las Intervenciones que les corresponda ejecutar dentro de su jornada normal, esto significa que también deben ejecutar Intervenciones de la patología Hernia del Núcleo Pulposo Lumbar dentro de su jornada normal por la cual están contratados, para que el Complejo Asistencial pueda cumplir con la garantía explícita y de la patología en cuestión, que deben estar ejecutadas al 31 de Diciembre de cada año, situación que debe ser evaluada y controlada por!a Subdlrecclón Médica del Complejo AsJstenclal "Dr, Víctor RíoS Rulz". DÉCIMO CUARTO: El presente contrato será Indefinido a contar del 29 de Noviembre deí 2011, pudiendo las partes desahuciarlo en cualquier momento, comunicando esa decisión a la contraparte con a lo menos treinta días de anticipación, salvo que haya incumplimiento de lo acordado en el presente convenio, caso en. el cual operará el término inmediato de éste. DÉCIMO QUINTO: Las partes fijan su domicilio en la ciudad de Los Angeles y se^someten a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia. DÉCIMO SEXTO: El presente contrato^ítfrflá8 ellf?r&íej r«p ar^s, qife^ndo/fos en poder^del Complejo Asistepcíal y uno la Profesional- \ DIRECTOR ; e Míen j,. Toícfunoa licü Minsai 4j63-H PútíÜc.1 <tj-33ií2'h 1.COIVil.qomr-,»{(»>,Sb'Olll'.l i-l