ANEXO I ORGANIZACIÓN, GESTIÓN Y EJECUCIÓN DE ESPECTÁCULO TAURINO DURANTE LA FERIA DE ALMONTE 2018, Y EN SU CASO 2019.

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Transcripción:

Departamento: CONTRATACION. ANEXO I EXPEDIENTE CON/16-2018/PRVDO. OBJETO (I.2) ORGANIZACIÓN, GESTIÓN Y EJECUCIÓN DE ESPECTÁCULO TAURINO DURANTE LA FERIA DE ALMONTE 2018, Y EN SU CASO 2019. PRESUPUESTO LICITACION (I.3) DE IMPORTE ANUAL DEL CONTRATO: 31.404,96. 21% IVA: 6.595,04. TOTAL IMPORTE ANAUL: 38.000,00. VALOR ESTIMADO (I.3) El valor estimado del contrato, excluido el IVA e incluida la posible prórroga, asciende a la cantidad de 62.809,92 euros; no coincidiendo con el tipo de licitación. REVISIÓN DE PRECIO (I.3) No procede. PARTIDA PRESUPUESTARIA (I.4) ANUALIDAD: 2018 PARTIDA: 2421 338 22699. PLAZO DE EJECUCIÓN (I.5) El presente expediente define los trabajos a contratar para el Festival Taurino de la Feria de 2018, concretamente para el 2 de julio de 2018, con la posibilidad de prorrogar el contrato para la realización del Festival Taurino en el año 2019, por mutuo acuerdo de las partes antes de los tres meses previos a la Feria de Almonte del 2019. SOLVENCIA (I.6.2) A) Solvencia económica y financiera: La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse de la siguiente forma: Volumen anual de negocios del licitador en el ámbito al que se refiere el contrato, que referido al año de mayor volumen anual de negocios de los tres últimos concluidos, sea al menos igual al importe anual total del contrato. (38.000,00 euros). Medio de acreditación: Por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en este Registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro 1

oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros Oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación: Los libros de contabilidad debidamente legalizados, la presentación del Modelo 390 de IVA de los tres últimos ejercicios, la presentación del Modelo 100 de IRPF de los tres últimos años, u otros medios alternativos ). En el supuesto que la empresa sea de reciente constitución o el empresario se haya dado de alta en la actividad recientemente, se le exigirá un volumen de negocio proporcional a los meses de actividad en función siempre del importe anual total del contrato (38.000,00 euros) y siempre que aporte documentación justificativa del inicio de actividad. B) Solvencia técnica: La solvencia técnica del empresario deberá acreditarse de la siguiente forma: Una relación de los principales servicios o trabajos ejecutados, relacionados con el objeto del contrato, realizados en los últimos dos años que incluya importe, fechas y destinatario, público o privado, de los mismos. DEBIENDO ACREDITAR COMO MÍNIMO SEIS MESES DE REALIZACIÓN DE TRABAJOS RELACIONADOS CON EL OBJETO DEL CONTRATO. Medio de acreditación: Mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. Se considerará que la empresa tiene solvencia técnica siempre que haya ejecutado en los tres últimos años, al menos, UN SERVICIO O TRABAJO, RELACIONADO CON EL OBJETO DEL CONTRATO, POR IMPORTE DE 38.000,00 EUROS, O UN CONJUNTO DE SERVICIOS O TRABAJOS RELACIONADOS CON DICHO OBJETO, CUYA SUMA ALCANCE AL MENOS LOS 38.000,00 EUROS. En el supuesto que la empresa sea de reciente constitución o el empresario se haya dado de alta en la actividad recientemente, se aplicará una regla proporcional a los meses de actividad, siempre que aporte documentación justificativa del inicio de actividad. PERFIL DEL CONTRATANTE (I.7) http://gobiernoabiertodealmonte.es/perfil-del-contratante/ PROCEDIMIENTO (II.8) ABIERTO. 2

TRAMITACION (II.8) Ordinaria (art. 109 RDL 3/2011, de 14 de noviembre TRLCSP). LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES. (II. 9.1) Las proposiciones se presentarán el Registro General de Entrada del Excmo. Ayuntamiento de Almonte en el plazo de 16 días NATURALES a contar desde el siguiente al de la publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva, y en horario de 9:30 a 14:00 horas. (En el anuncio del perfil del contratante se indicará fecha de publicación en el BOP de Huelva). Siendo la HORA LÍMITE para dicha presentación las 14:00 horas del decimosexto día NATURAL, a contar desde el siguiente al de la publicación del anuncio de licitación en BOP de Huelva; y ello tanto para las plicas presentadas de manera presencial en el Registro General del Ayuntamiento de Almonte o en el Registro de cualquier otra Administración con las que se tenga vigente el correspondiente convenio de colaboración, como las que se pudieran presentar a través de cualquier Oficina de Correos. Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en las Oficinas de Correos y anunciará la remisión de su oferta al órgano de contratación, en el mismo día, por los siguientes medios: mediante fax (Número de fax del Registro General de Entrada: 959.40 63 24), telegrama o correo electrónico (Dirección de correo electrónico: contratación@aytoalmonte.es). Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio. Transcurridos, no obstante, diez días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso. No se admitirá la proposición que llegue con posterioridad a la fecha de terminación del plazo de presentación de plicas si el envío se hace a través de servicios de mensajería. El licitador que optase por remitir su proposición por correo o a través de los servicios de mensajería, deberá remitir a la dirección de correo electrónico del Departamento de del Excmo. Ayuntamiento de Almonte (contratación@aytoalmonte.es) una INSTANCIA FIRMADA Y SELLADA, en la que solicite la admisión de la plica enviada para el procedimiento en cuestión, indicando el número de expediente, al objeto de registrar la proposición una vez que llegue al Registro General del Ayuntamiento. Dicha instancia deber ser enviada, en el primer caso ( Envío por correo ) simultáneamente a la remisión del justificante de la fecha de imposición del envío en las Oficinas de Correos, y en el segundo ( Envío a través de los servicios de mensajería ) inmediatamente después que se haga entrega de la proposición a la empresa de mensajería. 3

NÚMERO DE SOBRES (II.9.2.) SOBRE A: DOCUMENTACIÓN GENERAL. (146.4 TRLCSP) La aportación inicial de la documentación señalada en los apartados 9.2.1.1 y 9.2.1.2., será sustituida por una declaración responsable del licitador. Esta declaración deberá ajustarse al modelo establecido en el Anexo II, IV y V de los presentes pliegos. Además, en todo caso, el licitador deberá incluir en el SOBRE A de manera obligatoria la CERTIFICACIÓN ACREDITATIVA DE ESTAR INSCRITO EN EL REGISTRO DE EMPRESAS DE ESPECTÁCULOS TAURINOS DE ANDALUCÍA, SEGÚN EL ART. 12 y 13 DEL REGLAMENTO TAURINO DE ANDALUCÍA. SOBRE B: CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN QUE DEPENDEN DE VALORES OBJETIVOS. A).- PROGRAMA TAURINO: cartel cerrado, con los diestros que especifique. Hasta 40 puntos. En este concepto se valorará: Por cada uno de los toreros ofertados que se indican a continuación para intervenir en el festejo previsto para 2018, y en su caso 2019, se otorgan 7 puntos hasta un máximo de 35 puntos. Los toreros que serán objeto de valoración son los siguientes: López Simón, El Fandi, Sebastián Castella, Juan José Padilla, Enrique Ponce, Talavante, Ginés Marín, Juan Bautista, Joselito Adame, David Mora, José María Manzanares, El Juli, Miguel Ángel Perera, Roca Rey, José Garrido, Cayetano Rivera, Curro Díaz, El Cid, Morante de la Puebla, El Cordobés, Manuel Escribano, José Tomás, Rivera Ordóñez, Oliva Soto, Iván Fandiño, Daniel Luque, Antonio Ferrera y Rafaelillo. Los rejoneadores que serán objeto de valoración, con la misma puntuación y valoración, son los siguientes: Diego Ventura, Lea Vicens, Pablo Hermoso de Mendoza, Andy Cartagena, Andrés Romero, Joao Moura y Leonardo Hernández. Por un novillero sin picadores, 5 puntos. El mismo será puntuado si está entre los veinte primeros del escalafón actual, atendiendo a los resultados hasta la celebración de los festejos taurinos de la Feria de Abril de Sevilla de 2018, o en su defecto, cuando se publique este pliego. El cartel debe quedar conformado por UN REJONEADOR, 4 TOREROS DE A PIE Y UN NOVILLERO CON PICADOR. Esta es la propuesta base. 4

B).- GANADERÍAS: 10 puntos de la lista que se refleja a continuación, en la que se atiende a dos conceptos básicos, el primero el encaste y el segundo su proximidad territorial. La Dehesilla, Dª Ana María Bohórquez, Lagunajanda, Tornay, Cubero-Buendía, Arucci, Saltillo, Peralta, Soto de la Fuente, Diego Puerta Diánez, Marqués de Domeq Osborne Vázquez, La Resnera, El Parralejo, Torrestrella, Fermín Bohórquez, Hijos de Celestino Cuadri, Torrealta, Juan Pedro Domeq, Juan José González, Manuel Ángel Millares, Marcos Núñez, Fuente Ymbro, Buenavista, Luis Algarra, Manolo González, Los Recitales, Partido de Resina, Gerardo Ortega, Carlos Núñez, Rocío de la Cámara, Tomas Prieto de la Cal, Cebada Gago, Conde de la Maza, Santiago Domeq. C).- OFERTA ECONÓMICA: Hasta 30 puntos. 30 Puntos a la MEJOR OFERTA, el resto obtendrá una puntuación directamente proporcional a la más VENTAJOSA. Por tanto, el criterio de valoración es una simple regla de tres con productos paralelos Importe Puntuación A (mejor importe)... 30 B (oferta)... X Por tanto, la puntuación de los restantes importes se obtendrá por la fórmula: X= 30xA B Dónde B representa cada una de las restantes ofertas que pretendemos calcular. D).- REALIZACIÓN DE ESPECTÁCULOS DE IGUAL O SUPERIOR CATEGORÍA: Hasta 10 puntos. Atendiendo a la siguiente tabla de baremación: Año 2017 Corrida de toros.1 punto. Festival taurino..0,5 puntos Año 2016 Corrida de toros..1 punto. Festival taurino 0,5 puntos. D).- PUNTUACIÓN POR PORCENTAJE DE VENTA: El licitador recibirá un punto por cada punto porcentual de aportación a DOS asociaciones, de carácter local, por venta de las entradas realizadas por ellas, con un máximo de 10 puntos. 5

CRITERIOS PARA LA CONSIDERACIÓN DE QUE LA OFERTA CONTIENE VALORES ANORMALES O DESPROPORCIONADOS. (II.10.9) A).- En el caso del criterio objetivo del PRECIO, se considerarán, en principio, anormales o desproporcionadas las ofertas que se encuentren en los siguientes supuestos: 1. Cuando, concurriendo un solo licitador, sea inferior al presupuesto base de licitación en más de 25 unidades porcentuales. 2. Cuando concurran dos licitadores, la que sea inferior en más de 20 unidades porcentuales a la otra oferta. 3. Cuando concurran tres licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, se excluirá para el cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más de 10 unidades porcentuales a dicha media. En cualquier caso, se considerará desproporcionada la baja superior a 25 unidades porcentuales. 4. Cuando concurran cuatro o más licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, si entre ellas existen ofertas que sean superiores a dicha media en más de 10 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media sólo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el número de las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se calculará sobre las tres ofertas de menor cuantía. B).- En el supuesto del criterio objetivo del PROGRAMA TAURINO, se admitirán las propuestas que incluyan toreros, rejoneadores y novilleros no incluidos en las relaciones contempladas en el P.P.T., PERO SÓLO SE PUNTUARÁN EN FUNCIÓN A LOS QUE INTEGREN DICHAS RELACIONES. C).- En el supuesto del criterio objetivo de la GANADERÍA, se admitirán las ofertas que propongan otra ganadería diferente a las relacionadas en el P.P.T., pero no será valorada. DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO Y Nº FAX Deberá aportar correo electrónico y nº de fax para notificaciones del procedimiento. SUBCONTRATACIÓN (II.9.2.1.2. b) GARANTÍA DEFINITIVA (II.10.7,e) Conforme lo establecido en el art. 227 del TRLCSP. 5% del importe de adjudicación. IMPORTE DE ANUNCIOS (II.11) Anuncio de publicación en el BOP. Importe a determinar en el requerimiento previo a la adjudicación del contrato. 6

RESPOSABLE CONTATO III, 12 PROGRAMA DE TRABAJO (III,13) DEL El órgano de contratación (JUNTA DE GOBIERNO LOCAL) podrá designar un RESPONSABLE DEL CONTRATO por parte del Excmo. Ayuntamiento de Almonte, de acuerdo con lo establecido en la cláusula 12 del PCAP y en el art. 52 del TRLCSP. No se establece PÓLIZAS DE SEGUROS (III.15) Seguro de responsabilidad civil, para cubrir las eventualidades que el desempeño de las funciones recogidas en el contrato puedan suponer. PENALIDADES (III.16) Conforme al art. 212 del TRLCSP y la normativa al respecto. PLAZO DE GARANTÍA (III.17) ABONO DEL PRECIO DEL CONTRATO (III.18) No se establece. Abono conforme al art. 216 y DT 6ª del TRLCSP. El abono del precio del contrato a los treinta días de la celebración del evento. MODIFICACIÓN CONTRATO (III.21) No se establece. 7