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CONSORCIO CIUDAD MONUMENTAL HISTÓRICO-ARTÍSTICA Y ARQUEOLÓGICA DE MÉRIDA

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES CONTRATACIÓN PÓLIZAS DE SEGURO

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-CODIFICACION SEGÚN LA NOMENCLATURA DE LA CPV: PRESUPUESTO MAXIMO DEL CONTRATO: ,90 +18% I.V.A ,10 Total ,00.

1.- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN

V ANUNCIOS PRESIDENCIA DE LA JUNTA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO

CUADRO RESUMEN 3.- REFERENCIA DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN: 12C

Sección I - Administración Local Ayuntamientos

ANEXO I ESPECIFICACIONES DEL CONTRATO

3. TRAMITACIÓN, PROCEDIMIENTO Y CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN:

Expediente nº: PA 1/2014 Aplicación Presupuestaria: M

Los gastos producidos por los anuncios de este contrato serán por cuenta del adjudicatario.

1. -OBJETO DEL CONTRATO. Servicio de mantenimiento de los ascensores, rampas y escaleras mecánicas que se detallan en los Lotes.

ANEXO I IMPORTE DEL CONTRATO: ,00. 21% IVA: ,00. TOTAL IMPORTE DEL CONTRATO: ,00.

ANEXO I CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO

Transcripción:

MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ENPLEGU ETA GIZARTE SEGURANTZAKO MINISTERIOA INSTITUTO SOCIAL DE LA MARINA ITSASOKO GIZARTE INSTITUTOA DIRECCION PROVINCIAL DE GIPUZKOA GIPUZKOAKO PROBINTZIAR ZUZENDARITZA PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR EL CONTRATO DE SERVICIOS CON UN LABORATORIO DE ANÁLISIS CLÍNICOS, QUE INCLUYA LA EXTRACCIÓN DE SANGRE, LA RECOGIDA DE MUESTRAS Y LA ENTREGA DE LAS MISMAS EN SANIDAD MARÍTIMA, PARA EL RECONOCIMIENTO MÉDICO PREVIO AL EMBARQUE MARÍTIMO, PROCEDIMIENTO ABIERTO, TRAMITACION ORDINARIA ================================================================ 1.- OBJETO DEL CONTRATO 1.1. El objeto es la contratación del servicio de extracción de sangre, recogida de muestras, análisis clínicos y entrega de resultados en Sanidad Marítima, para el reconocimiento médico previo al embarque en las localidades de Pasaia, Hondarribia, Orio y Getaria. 1.2. Su codificación de clasificación es CPA 86.90.15 y CPV 85111810-1 1.3. En el contrato que se refiere el presente pliego regirá también el Pliego Tipo de Cláusulas Administrativas Particulares para la contratación de servicios por Procedimiento Abierto, aprobado por la Dirección del Instituto Social de la Marina. 1.4. Las especificaciones técnicas del servicio, objeto del contrato son las definidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas que rige la contratación. 1.5. Con esta contratación se pretende satisfacer la necesidad de obtención de resultados de los análisis que permiten valorar la capacidad de los trabajadores que se someten a los reconocimientos médicos previos al embarque. 2.- ORGANO DE CONTRATACION 2.1. El órgano de contratación competente, por Delegación, es la Dirección Provincial del Instituto Social de la Marina en Gipuzkoa, según Resolución del 16.5.2011, BOE del 20.5.2011. 2.2. La Dirección Postal es: Calle Marinos nº 1, 20.110 Pasai San Pedro, Gipuzkoa. 2.3. El correo electrónico: gipuzkoa.dirprov.ism@seg-social.es 2.4. Perfil del Contratante: se podrá acceder a toda la documentación referente a la presente licitación a través de la página web www.seg-social.es 3.- DURACION DEL CONTRATO 3.1. El plazo inicial de vigencia del contrato será de DOCE MESES, comprendidos desde el 1 de Enero de 2.013 a 31 de Diciembre de 2.013. CORREO ELECTRONICO: gipuzkoa.dirprov.ism@seg-social.es 1 MARINOS, 1 20110 PASAIA TEL.: 943 40 40 00 FAX.: 943 39 39 71

No obstante, el contrato podrá ser objeto de una prórroga por mutuo acuerdo de las partes habido antes de la finalización de aquél, sin que la duración total del contrato, incluida la prórroga, pueda exceder de dos años, y sin que la prórroga supere el plazo fijado originariamente (art. 303 del TRLCSP). 3.2. Con carácter previo al inicio de la prestación del contrato, deberá haberse formalizado el mismo y constituida la garantía definitiva. 4.- TIPO MÁXIMO DE LICITACIÓN Y VALOR MÁXIMO ESTIMADO DEL CONTRATO 4.1. El importe máximo de licitación del contrato objeto del presente Pliego, referido al plazo inicial de vigencia del contrato (y que será aquél que habrán de considerar los licitadores en el momento de formular su proposición económica), asciende a 25.000, IVA exento, imputándose a la aplicación presupuestaria 2325/22786, con la siguiente distribución de anualidades: Año Importe contrato IVA Total 2013 22.000 Exento 22.000 2014 3.000 Exento 3.000 TOTAL 25.000 Exento 25.000 A los efectos previstos en el artículo 88 del TRLCSP se significa que el valor máximo estimado del contrato, considerada la eventual prórroga prevista en la Cláusula 3.1 del presente Pliego, podrá alcanzar la cifra de 50.000 (IVA exento), sin contar el incremento derivado de la revisión de precios a que, en su caso, hubiere lugar, conforme al siguiente detalle:.- Importe del periodo inicial de vigencia del contrato: 25.000.- Importe de la eventual Prórroga prevista: 25.000 Se certifica la reserva de crédito adecuado y suficiente en el Anteproyecto Presupuesto de Gastos del ISM para los ejercicios 2013 y 2014 en los términos y condiciones establecidos por el artículo 47.2 de la Ley 47/2003, General Presupuestaria de 26 de noviembre, para hacer frente a las obligaciones derivadas del contrato. 4.2 El sistema de determinación del precio será el precio unitario por cada una de las prestaciones definidas en el Pliego de las Prescripciones Técnicas. En la factura se identificará cada usuario por separado, indicando el precio de cada una de las pruebas que le han sido practicadas a petición de los facultativos del Instituto Social de la Marina. 2

5.- REVISION DE PRECIOS 5.1. Durante el plazo inicial de vigencia del contrato y dada la duración del servicio, en el contrato a que se refiere el presente Pliego, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 89.1 del TRLCSP, no habrá lugar a revisión de precios. No obstante, en el caso de que las partes acordasen la prórroga del contrato, la fórmula de aplicación será la establecida en la cláusula 6.2 del Pliego Tipo de cláusulas administrativas particulares. 6.- FORMA DE TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE 6.1 El expediente se tramita de forma Ordinaria, de conformidad con los artículos 109 y siguientes del TRLCSP. El procedimiento de adjudicación es Abierto, de acuerdo con lo regulado en los artículos 138.2 y 157 del TRLCSP. 7.- REQUISITOS PREVIOS DE SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA O PROFESIONAL 7.1. La solvencia económica y financiera prevista en la cláusula 9.1.8.A, del Pliego Tipo se acreditará mediante una declaración de una Entidad Financiera respecto a que la situación financiera y patrimonial del empresario le permitirá ejecutar el contrato a que licita. 7.2. La solvencia técnica o profesional se acreditará con una relación de los principales servicios, de importe igual ó superior al que es objeto este Pliego, realizados en los últimos tres años, indicando su importe, fechas y destinatario público ó privado de los mismos. Los trabajos ó servicios efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos por el órgano competente cuando el destinatario sea una entidad del sector público y cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste y a falta de este certificado mediante una declaración del empresario, de acuerdo con lo previsto en la cláusula 9.1.9.A del Pliego Tipo de cláusulas administrativas particulares. 7.3. El Centro contratado facilitará los tubos de ensayo necesarios para la recogida de muestras, en perfectas condiciones, en los puntos de extracciones. Los tubos deberán estar perfectamente identificados y diferenciados según la prueba a la que vayan destinados. Asimismo, el laboratorio facilitará el material necesario y adecuado para el transporte de las muestras en perfecto estado de conservación para su análisis. El laboratorio dispondrá del personal que se requiera para realizar las extracciones en los puntos designados para ello y durante los periodos que se estimen necesarios por el ISM. 3

Las pruebas serán ejecutadas por personal técnico cualificado (Diplomado Universitario de Enfermería o similar). En el Centro o dispensario propio donde se vayan a efectuar las pruebas, los equipos deberán estar en perfectas condiciones y haber superado las revisiones y calibraciones que correspondan. Debiendo presentar al inicio del contrato las certificaciones de calibración, y sucesivamente a medida que éstas vayan venciendo. 7.4. Si el empresario se encontrara clasificado por la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Ministerio de Economía y Hacienda, se admitirá dicha clasificación como requisito de solvencia, siendo el GRUPO N Subgrupo 01, en cualquier categoría, eximiéndole de la presentación de los documentos de solvencia técnica y económica anteriormente señalados, según se establece en el art. 74.2 del TRLCSP. 7.5. Los licitadores presentarán copia del certificado de calidad, en vigor, conforme a la norma ISO 9001:2008. 8. PROPOSICIONES DE LOS LICITADORES 8.1. La documentación personal, indicada en el punto 9.1., del Pliego Tipo de Cláusulas Administrativas, y de solvencia económica y técnica, irá en el sobre nº 1. 8.2. Las proposiciones de los licitadores irán en un único sobre, sobre 2-b que contendrá el conjunto de la misma (oferta económica y documentación técnica relativa a los aspectos de la oferta cuya ponderación se realizará, en todo caso, mediante criterios de adjudicación cuantificables de forma automática). 8.3. No se admiten variantes ó alternativas y los licitadores podrán aportar cuantos documentos consideren convenientes para la mejor comprensión de su oferta. 9.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN 9.1. Las ofertas económicas de los licitadores, con una ponderación del 80 por 100, se valorarán de la forma siguiente: A la oferta cuyo precio medio, sea más bajo, le corresponderá la máxima puntuación, es decir 80 puntos, el resto de las ofertas presentadas se valorarán de acuerdo con la siguiente fórmula: Puntuación oferta X = (precio oferta más económica/precio oferta X ) x 80. Sin perjuicio de lo anterior se considerará desproporcionada, con valor anormal, la proposición cuyo valor ponderado se encuentre por debajo de 20 unidades porcentuales de la media aritmética de los valores de ponderación de todas las proposiciones presentadas. 4

9.2. Otros criterios relacionados con el objeto del contrato MEJORAS.- Se valorarán con un máximo de 20 puntos de acuerdo con el desglose siguiente: 5 puntos: Por disponer de 2 centros ó más, abiertos todos los días laborales del año, en la capital de la provincia de GIPUZKOA, en los que se puedan realizar las extracciones según protocolo de Sanidad Marítima. Se concederá la puntuación completa a quien cumpla el requisito y 0 a las demás. 10 puntos: Por disponer de 1 centro ó más, para las extracciones, abierto todos los días laborales del año en HONDARRIBIA y otro en GETARIA ó en una localidad cercana a ambas. Se concederá toda la puntuación a quien cumpla todos los requisitos y 5 puntos si sólo disponen de centros en una de las localidades. 5 puntos: Por disponer de 3 centros ó más en la provincia, abiertos todos los días laborales del año, en localidades diferentes a las anteriormente descritas. La acreditación de estas mejoras se presentará como declaración jurada de aceptación de compromiso. El ofrecimiento de las MEJORAS, en cualquiera de las opciones, caso de que sean objeto de valoración, tendrá carácter de obligación esencial del contrato, con las consecuencias que para estos casos de incumplimiento establecen los artículos 212.1 y 223 apartado, f) del TRLCSP. 10.- GARANTIA DEFINITIVA 10.1. La garantía definitiva exigible será de 1.250, equivalente al 5% del presupuesto base de la licitación (exento de IVA), en la forma y plazos establecidos en los artículos 95 y 96 del TRLCSP y la cláusula 14 del Pliego Tipo de Cláusulas Administrativas Particulares. 11.- EJECUCION DEL CONTRATO Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA 11.1 La ejecución del servicio se regirá por las condiciones especificadas en el presente Pliego, por el Pliego Tipo de Cláusulas Administrativas Particulares (17 y 19) y el Pliego de condiciones Técnicas. 11.2 Los médicos del servicio de Sanidad Marítima del Instituto Social de la Marina ejercerán la función de dirección, inspección y control sobre la ejecución de los trabajos, pudiendo dictar las instrucciones oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido. 5

11.3 Sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula 19.7 del Pliego Tipo de Cláusulas Administrativas Particulares y de conformidad con el art. 12 de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de datos de carácter personal y el art. 20 del Real Decreto 1720/2007 de 21 de diciembre que la desarrolla, la empresa contratista que tiene la condición de encargado del tratamiento únicamente tratará los datos conforme a las instrucciones del responsable del tratamiento y no los aplicará o utilizará con fin distinto al del propio contrato, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas. Además adoptará las medidas de seguridad a que se refieren el art. 9 de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre y el Título VIII del Real Decreto 1720/2007 de 21 de diciembre que lo desarrolla y que el encargado del tratamiento está obligado a implementar. 11.4 Penalidades El incumplimiento por el contratista del plazo de entrega de resultados (ya sea el establecido en este Pliego o aquél que se hubiere comprometido el licitador) de alguna de las pruebas solicitadas dará lugar a que, previa audiencia del mismo, se descuenten del precio del contrato el 100% del importe de cada una de las analíticas no presentadas en el plazo establecido. La deducción se realizará en el pago fraccionado correspondiente al mes o meses siguientes a aquél en que se haya producido el incumplimiento. En todo caso, la cuantía total de las penalidades apuntadas con anterioridad no podrá ser superior al 10% del presupuesto del contrato, sin perjuicio de que si superase por aplicación de la regla del apartado anterior el citado porcentaje, pueda el ISM rescindir el contrato, con pérdida de la garantía definitiva. 12. CUMPLIMIENTO Y RECEPCIÓN DEL SERVICIO 12.1. Mensualmente el Instituto Social de la Marina, determinará si la prestación realizada se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento y la subsanación de los defectos observados. 12.2. Se considerará realizado el servicio, cuando obren en poder de los médicos del Servicio de Sanidad Marítima, la totalidad de los resultados de las pruebas solicitadas, en caso de repetición de alguna prueba, cuando el resultado de la misma haya sido entregado. 12.3. En ningún caso los resultados de las pruebas serán entregados directamente al paciente. 6

13.- PAGO DEL PRECIO 13.1. Solamente se facturarán los análisis realizados por los precios convenidos en el contrato y que hayan sido solicitadas por los facultativos del ISM. No se admitirán cargos por pruebas que no hayan sido encargadas por los médicos de Sanidad Marítima. Se presentará la factura identificando por separado dentro de cada analítica los precios del estándar y de las otras pruebas solicitadas. A efectos de orientación, se prevén realizar entre 950 y 1.000 reconocimientos anuales. El pago de los servicios se efectuará por mensualidades vencidas, previa certificación de la conformidad del servicio realizado por la unidad de Sanidad Marítima. 13.2. La factura correspondiente a los servicios contratados deberá presentarse, en la primera quincena natural de cada mes. 14.- PLAZO DE GARANTIA 14.1. Se establece un plazo de garantía de tres meses, a contar desde la fecha de recepción ó conformidad. Transcurridos dichos plazos sin objeciones por parte de la Administración quedará extinguida la responsabilidad del contratista. 15.- GASTOS DE PUBLICIDAD 15.1. El importe derivado de la publicación de la licitación en el BOE, por un importe máximo de 1.500 será por cuenta del adjudicatario y serán deducidos de la primera factura que presente para el cobro del precio del contrato. 16.- ADECUACIÓN AL PLIEGO TIPO 16.1. Se certifica expresamente que el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares se adecua exactamente al Pliego Tipo de Cláusulas Administrativas Particulares aprobado por la Dirección del Instituto Social de la Marina para la contratación de servicios por Procedimiento Abierto. Pasaia, 9 de JULIO de 2012 EL DIRECTOR DEL I.S.M. P.D.LA DIRECTORA PROVINCIAL (Resolución de 16.5.2011, BOE 20.5.2011) Mercedes Jauregui Echaniz 7

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