Página 2 Periódico Oficial No. Extraordinario, Enero 13 del 2017

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Página 2 Periódico Oficial No. Extraordinario, Enero 13 del 2017 EL CONGRESO DEL ESTADO DE TLAXCALA LIBRE Y SOBERANO DE TLAXCALA, A NOMBRE DEL PUEBLO DECRETA. DECRETO No. 1 ARTÍCULO ÚNICO. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 31 párrafo primero, 38 y 45 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala; 2 párrafo primero, 5 fracción I, 9 fracción II y 10 apartado A fracción IV de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado; y Artículo Único del Decreto Número 188, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, Tomo XCV, Segunda Época, No. Extraordinario, de fecha 22 de enero de 2016, la Sexagésima Segunda Legislatura del Congreso del Estado de Tlaxcala, conforme al periodo constitucional para el cual fueron electos sus integrantes, Abre hoy treinta y uno de diciembre de dos mil dieciséis, los trabajos legislativos que habrán de concluir el día veintinueve de agosto de dos mil dieciocho. T R A N S I T O R I O ARTÍCULO ÚNICO. El presente Decreto surtirá sus efectos a partir de esta fecha. AL EJECUTIVO PARA QUE LO MANDE PUBLICAR Dado en la sala de sesiones del Palacio Juárez, recinto oficial del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, en la ciudad de Tlaxcala de Xicohténcatl, a los treinta y un días del mes de diciembre del año dos mil dieciséis. PRESIDENTE.- Rúbrica.- C. ERENDIRA - C. YAZMÍN DEL RAZO PÉREZ.- DIP. SECRETARIA.- Rúbrica. EL CONGRESO DEL ESTADO DE TLAXCALA LIBRE Y SOBERANO DE TLAXCALA, A NOMBRE DEL PUEBLO DECRETA. DECRETO No. 2 ARTÍCULO ÚNICO. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 42 y 45 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala; 4, 5 fracción I, 9 fracción II y 10 Apartado A fracción IV de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado; 91, 92, 96 y 97 del Reglamento Interior del Congreso del Estado, la Sexagésima Segunda Legislatura del Congreso del Estado de Tlaxcala, abre hoy treinta y uno de diciembre del año dos mil dieciséis, su Primer Periodo Ordinario de Sesiones, correspondiente al Primer Año de Ejercicio Constitucional. T R A N S I T O R I O ARTÍCULO ÚNICO. El presente Decreto surtirá sus efectos a partir de esta fecha. AL EJECUTIVO PARA QUE LO MANDE PUBLICAR Dado en la sala de sesiones del Palacio Juárez, recinto oficial del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, en la Ciudad de Tlaxcala de Xicohténcatl, a los treinta y un días del mes de diciembre del año dos mil dieciséis. PRESIDENTE.- Rúbrica.- C. ERENDIRA - C. YAZMÍN DEL

Periódico Oficial No. Extraordinario, Enero 13 del 2017 Página 3 RAZO PÉREZ.- DIP. SECRETARIA.- Rúbrica. EL CONGRESO DEL ESTADO DE TLAXCALA LIBRE Y SOBERANO DE TLAXCALA, A NOMBRE DEL PUEBLO DECRETA. DECRETO No. 3 ARTÍCULO PRIMERO. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 2, 30, 45 y 57 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala; 5 fracción I, 7 y 9 fracción II de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Tlaxcala; artículos Sexto y Séptimo Transitorios del Decreto número 118, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, Tomo XCIV, Segunda Época, No. Extraordinario, de fecha 21 de julio de 2015; Artículo Único del Decreto número 193, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, Tomo XCV, Segunda Época, No. Extraordinario, de fecha 22 de enero del 2016, y en cumplimiento a los artículos Segundo y Tercero del Decreto número 281, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, Tomo XCV, Segunda Época, No. 1 Extraordinario, de fecha 12 de Diciembre del 2016, el Ciudadano Marco Antonio Mena Rodríguez, rinde la Protesta de Ley ante los ciudadanos Diputados de la Sexagésima Segunda Legislatura del Congreso del Estado, al cargo de Gobernador del ARTÍCULO SEGUNDO. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos Sexto y Séptimo Transitorios del Decreto número 118, publicado el 21 de julio de 2015; Artículo Único del Decreto número 193, publicado el 22 de enero del 2016 ; y Artículo Primero del Decreto número 281 citado en el artículo inmediato anterior, el Ciudadano Marco Antonio Mena Rodríguez, Gobernador del Estado de Tlaxcala, ejercerá sus funciones al cargo conferido, durante el periodo comprendido del uno de enero de dos mil diecisiete al treinta de agosto del dos mil veintiuno. T R A N S I T O R I O S ARTÍCULO PRIMERO. El presente Decreto surtirá sus efectos a partir de su aprobación. ARTÍCULO SEGUNDO. Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 104 fracciones I y XIII de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Tlaxcala, se ordena al Secretario Parlamentario de esta Soberanía, remita el presente Decreto al Tribunal Superior de Justicia del Estado de Tlaxcala, a los sesenta ayuntamientos, así como a los organismos autónomos, todos del Estado de Tlaxcala, para los efectos legales correspondientes. AL EJECUTIVO PARA QUE LO MANDE PUBLICAR Dado en las instalaciones del Centro de Convenciones, recinto oficial del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, por único día, en la Colonia Adolfo López Mateos de la Ciudad de Tlaxcala de Xicohténcatl, al primer día del mes de enero del año dos mil diecisiete.

Página 4 Periódico Oficial No. Extraordinario, Enero 13 del 2017 Estados Unidos Mexicanos. Tlaxcala. dispuesto por los artículos 31 párrafos cuarto y quinto, 42 párrafo primero y 45 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala; 9 fracción III, 10 apartado B fracción VII, 42 y 44 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado, y 27 del Reglamento Interior del Congreso, se elige a los ciudadanos diputados que integrarán la Mesa Directiva que fungirá durante el Primer Periodo Ordinario de Sesiones del Primer Año de Ejercicio Legal de la LXII Legislatura del Congreso del Estado de Tlaxcala, que comprende del treinta y uno de diciembre de dos mil dieciséis al quince de mayo del año dos mil diecisiete, para quedar como sigue: Presidente: Dip. Nahum Atonal Ortiz Vicepresidente: Dip. J. Carmen Corona Pérez Primer Secretario: Dip. Olimpia Brindis Segundo Secretario: Primer Prosecretario: Segundo Prosecretario: Eréndira Cova Dip. Dulce María Ortencia Mastranzo Corona Dip. Aitzury Fernanda Sandoval Vega Dip. Yazmín del Razo Pérez SEGUNDO. Publíquese el presente Dado en la sala de sesiones del Palacio Juárez, recinto oficial del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, en la ciudad de Tlaxcala de Xicohténcatl, a los treinta días del mes de diciembre del año dos mil dieciséis. Estados Unidos Mexicanos. Tlaxcala. dispuesto por los artículos 45 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, y 7, 9 fracción III, 73 y 74 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado, la LXII Legislatura del Congreso del Estado de Tlaxcala, declara como integrantes del Comité de Administración, a partir de la presente fecha, para el primer año de ejercicio legal del Poder Legislativo del Estado, a los diputados representantes de los grupos parlamentarios siguientes:

Periódico Oficial No. Extraordinario, Enero 13 del 2017 Página 5 PAN Dip. Juan Carlos Sánchez García PRD Dip. César Fredy Cuatencontzi Cuahutle PRI PS PT Dip. Enrique Padilla Sánchez Dip. Delfino Suárez Piedras Dip. Jesús Portillo Herrera PVEM Dip. Aitzury Fernanda Sandoval Vega PANAL Dip. J. Carmen Corona Pérez SEGUNDO. Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 73 párrafo primero de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado, y en consecuencia de la voluntad del Pleno de esta Soberanía, se nombra al Ciudadano Diputado Juan Carlos Sánchez García, Presidente del Comité de Administración, quien fungirá, a partir de la presente fecha, durante el primer año de ejercicio legal de la LXII Legislatura del Congreso del Estado. TERCERO. Publíquese el presente Dado en la sala de sesiones del Palacio Juárez, recinto oficial del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, en la Ciudad de Tlaxcala de Xicohténcatl, a los tres días del mes de enero del año dos mil diecisiete. C. NAHÚM ATONAL ORTIZ.- DIP. Estados Unidos Mexicanos. Tlaxcala. dispuesto por los artículos 45 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala; 9 fracción III, 57, 59 y 60 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado, la LXII Legislatura del Congreso del Estado de Tlaxcala, declara integrados los Grupos Parlamentarios y reconocidos como Representantes de Partidos a los ciudadanos diputados que integran este Poder Legislativo del Congreso del Estado, para quedar de la forma siguiente: Grupo Partido Revolucionario Institucional Dip. Eréndira Olimpia Cova Brindis Dip. José Martín Rivera Barrios Dip. Mariano González Aguirre Dip. Enrique Padilla Sánchez Dip. Ignacio Ramírez Sánchez Dip. Arnulfo Arévalo Lara Grupo Partido de la Revolución Democrática

Página 6 Periódico Oficial No. Extraordinario, Enero 13 del 2017 Dip. Nahúm Atonal Ortiz Dip. César Fredy Cuatecontzi Cuahutle Dip. Adrián Xochitemo Pedraza Dip. Alberto Amaro Corona Dip. Floria María Hernández Hernández Grupo Partido Acción Nacional Dip. Juan Carlos Sánchez García Dip. Dulce María Ortencia Mastranzo Corona Dip. María Guadalupe Sánchez Santiago Dip. Carlos Morales Badillo Grupo Partido Socialista Dip. Delfino Suarez Piedras Dip. Agustín Nava Huerta Grupo Partido del Trabajo Dip. Yazmín del Razo Pérez Dip. Jesús Portillo Herrera Grupo Partido Verde Ecologista de México Dip. Fidel Águila Rodríguez Dip. Aitzury Fernanda Sandoval Vega Grupo Partido Nueva Alianza Dip. Sandra Corona Padilla Dip. J. Carmen Corona Pérez Representante del Partido MORENA Dip. Humberto Cuahutle Tecuapacho Representante del Partido Alianza Ciudadana Dip. Héctor Israel Ortiz Ortiz SEGUNDO. Publíquese el presente Dado en la sala de sesiones del Palacio Juárez, recinto oficial del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, en la Ciudad de Tlaxcala de Xicohténcatl, a los tres días del mes de enero del año dos mil diecisiete. C. NAHÚM ATONAL ORTIZ.- DIP. PRESIDENTE.- Rúbrica.- C. ERÉNDRIA Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice Estados Unidos Mexicanos. Tlaxcala. dispuesto por los artículos 45 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala; y 61, 62, 63 y 64 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado, se declaran como Coordinadores de los Grupos Parlamentarios y Representantes de Partidos, y en consecuencia como integrantes de la Junta de Coordinación y Concertación Política de la LXII Legislatura del Congreso del Estado, que fungirá durante el primer año de ejercicio legal, a los Ciudadanos Diputados siguientes:

Periódico Oficial No. Extraordinario, Enero 13 del 2017 Página 7 Dip. Mariano González Aguirre Dip. Alberto Amaro Corona Dip. Carlos Morales Badillo Dip. Delfino Suárez Piedras Dip. Jesús Portillo Herrera Dip. Fidel Águila Rodríguez Dip. Sandra Corona Padilla Partido Revolucionario Institucional Partido de la Revolución Democrática Partido Acción Nacional Partido Socialista Partido del Trabajo Partido Verde Ecologista de México Partido Nueva Alianza TERCERO. Publíquese el presente Dado en la sala de sesiones del Palacio Juárez, recinto oficial del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, en la Ciudad de Tlaxcala de Xicohténcatl, a los tres días del mes de enero del año dos mil diecisiete. C. NAHÚM ATONAL ORTIZ.- DIP. PUBLICACIONES OFICIALES Dip. Humberto Cuahutle Tecuapacho Representante Partido MORENA del Dip. Héctor Israel Ortiz Ortiz Representante Partido Ciudadana del Alianza SEGUNDO. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 64 y 65 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado, se ratifica como Presidente de la Junta de Coordinación y Concertación Política al Ciudadano Diputado Mariano González Aguirre, para ejercer sus funciones durante el primer año de ejercicio legal de la LXII Legislatura, a partir de la presente fecha.